Decalogo del buen afiliado

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Part of Boletin de la Camara de Comercio

Title
Decalogo del buen afiliado
Creator
Alvarez, Antonio Escudero
Language
Spanish
Rights
In Copyright - Educational Use Permitted
Fulltext
Vol. XXVIII CÁMARA DE COMERCIO ESPAÑOLA DE FILIPINAS Núm. 381 Decaloqo del buen afiliado -------- oOo-------I. Compañero de agrupación, sea de la índole que fuere: no ingreses nunca en colectividad si pretendes que la de que formes parte se instituya o actúe solamente para servirle. Las entidades formadas sobre este prejuicio, como todos cuantos las forman, sienten el mismo espíritu negativo; en fuerza de intentar servir a todos, no pueden satisfacer a ninguno. II. No intentes nunca forzar a que prevalezca tu criterio porque sea tuyo, sino cuando la reflexión y el contraste de tu opinión con las de los demás legitimen la razón de tu intento. Las entidades en que se sobrepone la fuerza de una opinión por su tenacidad, contra la opinión de los demás, suelen vivir sin rumbo fijo y sin poseer jamás el sentido de la ponderación ni la medida de la justicia. III. Tu condición de colaborante en la obra de todos te da el derecho de opinar y proponer, pero jamás te rebeles contra las decisiones de la mayoría. Tu derecho social termina donde empieza , el derecho de los demás. Si te opusieras o ejercieras acto de indisciplina contra las resoluciones de los más, no serías un compañero, sino un insurgente tildable con los dicterios de la rebeldía negativa. IV. No inculpes jamás a los directores de tu colectividad de remisos ni de torpes, si no te sientes capaz de hacer lo que ellos no hicieran y no les proporcionaste tus iniciativas. Piensa lo que harías en su lugar, y si no te reconocieras capaz de emularles ni de superarlos, acata sus decisiones, porque sólo tendrás la dirección que merezcas. V. Piensa siempre que tus actos en colectividad deben ser confesables, y aunque les realices a solas, fórjate la convicción de que te rodean todos tus compañeros como testigos. De este modo tendrás conciencia de tu responsabilidad, y ella te servirá, unas veces de acicate, y otras, de freno. VI. Cuando elijas a tus directores, medita previamente hasta reconocerlos aptos. Exígelos cuanto tú hicieras y más, con apremio, pero con nobleza, y así serás su consejero y su censor. Pero jamás elijas a tus amigos porque sean tus amigos, a menos que estuvieren acreditados como sociables y dispuestos para la misión que les confíes. VII. No rechaces nunca ningún cargo que tus compañeros te disciernan salvo en tres casos: Si no sirves para él, si no quieres servir para él, o si no puedes dedicarte a él. Si no sirves y lo aceptas, eres traidor a tus compañeros; si no quieres atenderle y sólo por vanidad lo recibes, acreditarás tu simonía; si no puedes dedicarte a él, serás traidor contigo mismo. Pero si puedes, quieres y sirves, acepta los cargos a conciencia de que no te supondrá halago ni jerarquía, sino gasto de enrgías y prueba de tu concepto de la responsabilidad. VIII. Si alguna vez aceptas un cargo sin propósito de lucro ni perspectiva de tu medro privado, que es como debes recibirlos, observa el criterio de que debes consagrarte a él, y ten la seguridad de que no obtendrás ninguna satisfacción; templa tu espíritu en la censura, y acepta la repulsa, el ataque, la perfidia y hasta la calumnia, porque será el único fruto personal que logres. IX. Tu contribución a la marcha de una colectividad, no se limita a pagar la cuota necesaria para cubrir los gastes de la entidad y aceptar los principios reglamentarios. Además de cumplir la obligación del pago de la cuota, tienes que cumplir el reglamento que aceptaste, cooperar con tu concurso a las empresas que la sociedad inicie, coadyuvar en la realización de las que exijan tu auxilio personal, ofrecer tus iniciativas, discutir y razonar las ajenas y producirte siempre con decidido propósito de colaboración y recto sentido de la disciplina. X. Tus derechos como afiliado serán los que el reglamento te asigne. Pero ten en cuenta que los derechos de todos están por encima del tuyo, y que cuanto a tí te beneficie «exclusivamente», puede perjudicar a los demás. Si no reconoces los derechos de los demás, los tuyos no serán racionales ni merecerán respeto. Todo cuanto el reglamento por que te rijas te dé, puede ser tuyo en la parte que te corresponda, pero si intentas absorber los derechos reglamentarios para tí, detentarás lo que no es tuyo y serás sólo un afiliado ocasional. Todos estos preceptos se encierran en dos: En amar a la colectividad como obra tuya y en no pretender a ella lo que no estés dispuesto a colaborar en conseguir. Teniéndolos como norma invariable, acreditarás tus condiciones sociables y podrás ser un colaboiador eficaz de la obia común. Olvidándolos o desatendiéndolos, cooperarás a desmedrar el éxito de la colectividad. ANTONIO ESCUDERO ALVAREZ. 6