A cada palo su vela

Media

Part of Estudio

Title
A cada palo su vela
Language
Spanish
Year
1924
Rights
In Copyright - Educational Use Permitted
Fulltext
Julio ESTUDIO 26, 1924 ~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~ A cada palo su vela ~ 1 ~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~°'~~~,~~~~~~~~~ de la Ciudad, Sr. Baltazar, del cual nos ocupamos ya, lleva fecha 10 de diciembre del año pasado; el 14 el entonces Alcalde interino, Sr. Geróni.mo Santiago, remitió los papeles a la Hon. Junta Municipal para la actua+ ción que la misma considerara T más acertada; el 18 los ref eridos papeles fueron remitidos al Comité de escuelas; el 2 de enero del presente afio el Pres1idente del referido com~té, Sr. Ciria Cruz, requirió del Tasador de la Ciudad un informe sobre los valores amillarados y mercantiles de las propiedades; el mismo día el Tasador, Sr. Julio Francia, rindió el informe requerido; el 3 de enero el Comité de escuelas rindió el informe que a continuación se copia: "Respetuosamente devuelto a la Junta Municipal, recomendando la compra de las propiedades aquí m~ncionadhs actualmente utilizadas1 por la Ciudad como escuelas, con excepción de la Escuela Primaria de Herbosa, al valor amillarado por las siguientes razones; l. Que la Ciudad de Manila está obligada como arrendataria de estos edificios, como sigue: Escuela Superior del Este, 5 afíos; Escuela primaria de Herbosa, 5 años; escuela primaria de J ef f erson, 5 años; edificio anejo de la escuela primaria de Jefferson, 2 años; primaria de Ta yabas, 5 afíos; y primaria de Washington, 3 años. 2. Que la Ciudad de Manila está pagando actualmente por alquileres de estos edificios la cantida.d de P55,524.00 anualmente, y por el período de 5 años la Ciudad tendrá que pagar la cuanti.osa cantidad de P277,620.00. El valor amillarado de estas propiedades, de acuerdo con el adjunto informe del Tasador de la Ciudad, es como sigue: Terl'eno:t P39,504.00 y los edificios P333,583.00 o un total de P373,087.00; y un valor mercantil de lo.'5 terrenos, P96,480.00, edificios P307,500.00, o un total die N03,980.00. 3. Que aunque es' cierto que estos edificios no han sido construidos con materiales de primera calidad, sin embargo es indudablemente cierto que la Ciudad los está usando actuaJ.mente como casas escuelas, debido al hecho que estando en apurada situación financiera la Ciudad no puede construir nuevos edificios escolares1 del tipo del de Legarda, de J ef f erson, de Lincoln, y de Rizal, etc. 4. Que aunque se emitan bonos para edificios escolares y otras mejoras públicas, sería sin embargo desventajoso para la Ciudad, porque tendría que proceder a la expropiación de los terrenos para fines escolares:, lo cual en la ~yoría de los casos, ha sido muy difícil, em.parejado con el hecho que la Ciudad tiene que proveer para otras mejoras que ha quedado probado ser no menos importantes a sus habitantes. 5. Que la adquisición de la escuela primaria de Herbosa se recomienda s1 ea excluída de esta compra, debido al hecho que el Comité que suscribe halló que el terreno de este edificio es demasiado inadecuado, además de que su vecindad no es tan buena. 6. Que alquilando los cinco edificios, excluyendo la escuela p1·imaria de Herbosa, por el período de 5 mios, la Ciudad tendrá que pagar la cantidad P250,000.00, mientras que si compramos estot,1 edificios, esta cantidad de P250,000.00 será un pago parcial de la citada compra. Si se siguiera como al presente pagando alquileres por estos edificios la Ciudad sería la arrendataria perpetua pagando tal vez más y poseyendo nada. Más aún: los pagos por alquileres para fines escolares disminuirían si esta compra se efectuase. El valor amillarado de estos cinco ( 5) edificios es como sigue: Terrenos, P35,305.00, edificios, P303,583.00 o sea un total de P338,888.00. 7. Que nosotros et>1 tam.os acordes con el informe del Tasador de la Ciudad de que el valor am.illarado .de los terrenos ocupados por estos edificios es de P35,305.00 'lniientras e~ valor mercantil es de P85,680.00, o sea una dife1 encía de P50,375.00 a favor de la Ciudad. Esta diferencia sin embargo queda cancelada por la diferencia del valor mercantü de estos edificios, como sigue: valor amillarado P303,583.00, mientras que 1mlor mercantil P275,500.00, o una diferencia de P28,083.00. En atención a las' anteriores razones, se recomienda encarecidamente que estos cinco ( 15) edificios actualmente usados por la Cfodad como escuelas sean comprados al valor amillarado. (Fdo.) José Ciria Cruz Presidente. comité de escuelas. (Fdo.) A. Periquet Miembro. (Fdo.) P. del Rosario. Miembro. Es verdaderamente sorprendente, sobre todo tratándose de trámites guberrwmentales, que habiendo t>1id.o requeridos los valores amillarados y mercantiles el día 2 de ene1'0 fuera cumplido el mismo día y que el Com,ité pudi.era rendir informe al día siguiente 3 de enero del ai'ío en curso. Empezaremos por puntualizar algunos errores contenidos en las llamadas por el Comité ra. zones para realizar la compra al valor amillarado. En la primera consignan que la Ciudad está obligada como arrendataria de los edificios por un número de mios, que no comprobaron o t1·ataron de comprobar, pues la J ef f erson sólo lo estaba por do:;. años y el edificio anejo de la misma por t?·es, a más que el número de años se contaba de,sde la fecha del contrato por cuya razón la Ciudad en la fecha del informe sólo estaba obligada en: 4-1!-¿ Vol. IV -13- Núm. 82 Julió ESTUDIO. 26, 1924 años por la escuela ~uperior del Este; 5. meses por la J efferson; 1 afi.9 y 8 meses por el edificio an.ejo de Jefferson; 41h a11os por la Tayabas; y t año y 6 meses por la Washington. En la cuarta afirman que la expro])iación de los terrenos para fines escolares ha sido 'fr4UY difícil, afirmación que no quedaría comprobada por los archivos oficiales. En la sexta, como suma total de alquileres de los cinco edificios, cuya compra se recomienda, dan poi' cinco años la cantidad de P250,000.00 debiendo ser P246,900.00 pues el alquiler mensual de los mismos es de P4115.00 o sean P49,380.00 anualmente que multiplicada rpor 5 dan la mencionada cantidad de P246,900.00. Y en la séptima dicen que la dif erencia entre el (supuesto) ralor mercantil y el valor amillarado de los terrenos que es de P50,375.00 queda compensada (offset) por la diferencia entre el 'Valor amillarado y el (supuesto) valor mel'canUl de los edificios, que es de P28,083.00. Analicem/os a.hom las por el Comité llamadas razones para ver si es el grupo lógico a que deben pertenecer; o, en caso de no poderlas considerar incluídas en dicho grupo, reclasificarlas : Paralogismo l. La Ciudad está obligada como arrendataria por un cierto número de años. A esta aserción, mejor dicho, a este hecho podríamos lla'fY4arle premisa mayor, pero como no encontramos la menor, ni tácita ni expre&a, no po. demos sentar la conclusión, que también se la tragó el Comité. Por consiguiente este no es más que un hecho cierto, ciertísimo, no lo negaremos, pero nada más que hecho. Paralogismo 2. La Ciudad está pagando cierta cantidad por alquileres anualmente, cantidad que durante cinco años suma tanto; que el valor amillarado y mercantil según el Tasador es tanto. Podríamos llamar a lo anterior, como en el caso precedente, premisa mayor, pero, como allí, no· encontramos la menor ni la conclusión. Esta razón se convierte en un hecho real bien triste por Cierto', pues que la Ciudad pague cantidad tan enorme por edifiicios que no reunen condición nin· guna para escuelas no puede considerarse de otro modo. Paralogismo 3. La Ciudad utiliza estos edificios aunque no están consitruidos con buenos materiales (y nosotros aiiadimos : ni bien construidos) porque la Ciudad no tiene dinero para construir buenos como el de la escuela Legarda, etc., Premisa m;,ayor llamaremos a lo anterior; la menor no la ·menciona el Comité, pero nosotros la vamos a suplir: cuando no se puede resignarse o patalear-; y la conclusión lógica es utilizar los edificios hasta que se encuentren otros mejores o la Ciudad pueda construirlos, pero aunque el Comí.té tampoco consigna la conclusión, como el mismo considera. esta como razón para la compra, la conclusión tácita es com,prar los edifi_cios, aunque malos:, así la: Ciud'ad tendrá que utiliZar malos edificios por más tiempo. Esta, por consiguiente, puede considerarse como razón en contra de la compra y no a favor. Paralogismo 4. Con la cantidad obtenida mediante 1a emisión de bonos se debe atender no Sólo las necesidades escolares sino otras mejoras públicas tan importantes como las escolares, a más que la expropiación de los terrenos ha sido difícil muchas veces y por· consiguiente lo será, premisa mayor; la conelUsió1l tácita del Comfté es: Cómprense ~stas escuelas, pero la premisa menor para · · llégar a esta conclusión no está expresa y, por mucho que nos hemos devanado los seso-s, no hemos . , .encontrado ninguna para suplir a la tácita. Razón 5. La escuela de Herbosa no llena las condiciones debidas para fines escolares, premisa m.ayor; un edificio que no llena lds condiciones necesarias para el fin que se desea no debe comprarse, premisa menor, que el comité por creerla tan razonable consideró innecesario consignarla; conclusión expresa del comité: La escuela H erbósa rw debe comprarse. · El Comité en esta razón dice: "el Comité que suscribe halló que el terreno de este edificio esi demasiado inadecuado", lo cual da a entender que el terreno de alguno o algunos de los otros edificios era bastante inadecuado. Esta es fo única de las llamad.as por el comité razones que nosotros consideramos bien bautizada con el re,f erido nombre, vero obsérvese que es una razón en· contra de la compra de uno de los edficios y no a favor de la compra de los otros 1J nótese también que de haber el comité aplica.do la misma lógica a alguno de los otros hubiera. recomendado la no compra de los mismos. El por qué el comité aplicó a uno y no a los otros esta razón no lo sabemos ni creemos que lo llegaremos a saber nunca. Paralogismo 6. Que de seguir la Ciudad ocupando los cinco edificios durante cinco años tendría que pagar cierta suma considerable como alquileres y seguiría sienao arrendataria; que si efectúa la compra la misma suma puede considerarse como pago parcial y que los pagos de la Ciudad por alquileres dis·'llinuirían, premisa mayor con la, que estamos en un todo con{ orm es; la conclusión tácita del comité es q?fe las propiedades deben comprarse al valor ~illarado; pero la premisa menor que debe ser un cálculo en que se demuestre la ventaja de comprar los edificios en la cantidad recomendada no la consigna el comité. Y nosotros, como más adelante lo haremos, aun sientiendo disentir de la. opinión del comité referido, demostraremos que la premisa menor es : "la compra es desventajosa para la Ciudad", y por consiguiente disentiremos también en nuestra conclusión, que será contraria a la compra. en la cantidad recomendada. Paralogismo 7. Que el comité está conforme con los valores amillarados y mercantiles fijados por el Tasador de la Ciudad', a lo cual S'ílo podemos llamar opinión y· de ninguna manera razón. a no ser que el comité considerara ésto como la premisa mayor, cuya menor tácita serfri: lo que opina el comité es una verdad innegable porque habla ex-cátedra"; y en ese caso llegaríamos a la misma conclusión que el comité, pero teniende que confesar que por lo visto algunos creen que su opinión sin prueba niriguna es razón, es decir un G. . de hombres y no de leyes de razón. De las siete llamadas razonet1 sólo una por consiguiente es razón y es precisamente contraria a la compra de uno de los edificios. En su informe por consiguiente el comité no dió ninguna razón para la compra y a! recomendar la. misma lo hizo porque sí y nada más. Es muy de notar las repetidas veces que el, comité en su informe hace referencia al valor amillarado y mercantil, pues lo consigna en las razones segunda, sexta y séptima, sobre todo si se tiene en cuenta que al discutirse tanto la ordenanza en que se autorizaba la compra como en la que se derogaba la misnw, toda la argumentación de los defensores era que el valor amillarado es tanto y por consiguiente debe comprarse en esa cantidall sin atender a ningún otro argumento o razón. lNEL ITROP . Vol. IV - 14 Núm. 82