Speech by Mr. Mabanag against the amendments

Media

Part of Diario de Sesiones de la Legislatura Filipina

Title
Speech by Mr. Mabanag against the amendments
Language
Spanish
Year
1926
Subject
Legislative bodies -- Congresses
Philippines -- Politics and government
Legislative amendments
Sr. Mabanag -- Speech, addresses, etc.
Rights
In Copyright - Educational Use Permitted
Fulltext
1426 DIARIO DE SESIONES la discusión, el debate que se produjere dentro de las agrupaciones por la selección del mejor candidato, daría por resultado la eliminación de las personas menos aptas y la supervivencia, desde luégo, de las mejor preparadas. Señor Presidente : no voy a ser largo como he dicho, porque mi debilidad no me permite hablar por largo tiempo sobre una cuestión tan interesante como ésta. Sólo voy a decir que la medida que proponemos en estas enmiendas constituiría un experimento para el país. Hemos estudiado con interés las instituciones de la Metrópoli respecto a convenciones y a elecciones primarias. En los Estados Unidos, al igual que en Filipinas, no .se han establecido inmediatamente los procedimientos de nominación ni tampoco se ha adoptado inmediatamente por sus Estados el sistema de las primarias. Allá al igual que aqüí comenzaron con la misma práctica de dejar que todo el mundo pudiera ser candidato a cualquier cargo bajo su propia responsabilidad, hasta que el pueblo, a medida que iba adelantando en el conocimiento del gobierno propio, fué demandando una más directa intervención en la selección de los candidato~ antes de una elección formal. De ahí que ellos· hayan tenido las nominaciones, después los "endosos" por medio de mitines públicos, más tarde lo que ellos han llamado "legislative caucus," y después eso que han denominado "mongrel caucus." Confesamos francamente que el sistema de las nominaciones que un tiempo se hizo muy popular en los Estados Unidos, fué perdiendo poco a poco terreno para dar lugar al establecimiento de las primarias en todos los Estados. No hay un país donde esta cuestión ha tenido tantos y tan múltiples matices, digámoslo así, en lo que respecta a procedimientos, en lo que respecta a la intervención de los Estados, como en la gran República de América del Norte. Mientras un Estado adoi>taba una legislación regulando las nominaciones, otros Estados adoptaban el sistema de las primarias directas, al paso que.otros adoptaban una legislación completamente distinta de la adoptada por otro Estado. Por eso digo que las modalidades legislativas en lo que respecta a materia tan complicada como es ésta en los Estados Unidos han sido muy varias, múltiples en sus aspectos. Pues bien, si en América hace solamente una década y media que se ha aprobado una ley acerca de las primarias, los autores de las enmiendas creen que, por lo costosas que son esas elecciones primarias, debemos proceder gradualmente en la adopción de esos sistemas, comenzando poi' el sistema de las nom,inaciones, e it mejorándolo luego a medida que nuestras mismas masas, que nuestros propios electores, vayan demandando, como se ha hecho en América por lol electores, una intervención más directa en la selección por partidos o grupos politicos de los candidatos que ellos seleccionan para una elección general. Señor Presidente : por estas consideraciones' y porque nosotros, los autores de las enmiendas, creemos sinceramente que no debemos optar por los cambios bruscos, porque un desarrolló gradual está asentado sobre bases más firmes que las transformaciones instantáneas, pedimos que sean adoptadas estas enmiendas, en que proponemos que de modo gradual, se adopte el sistema de las nominaciones en Filipinas, o sea exigiendo previamente a cada candidato, salvo algunas excepciones que se men .. cionan en las enmiendas, una seleoción previa a su favor por un grupo o partido político. El Sr. MABANAG. Señor Presidente, para un turno en contra de las enmiendas. El PRESIDENTE. Tiene la palabra el Senador por el Segundo Distrito. · DISCURSO DEL SR. MABANAG EN CONTRA DE LAS ENMIENDAS El Sr. MABANAG. Señor Presidente: La enmienda que hoy tenemos bajo nuestra consideración declara inelegible para cualquier cargo electivo toda persona que no presente, además del certifi.Cado de candidatura que exije la ley vigente, un certificado de nominación a su favor por un partido o grupo político, o en caso de no estar afiliada a ningún partido o grupo político, un certificado de nominación firmado por el 20 por ciento de los electores del municipio si se presenta candidato para un cargo municipal, o por el 20 por ciento de los electores de tres municipios de la subprovincia si es candidato a subgobernador, o el 20 per ciento de los electores de seis municipios de la provincia si se trata de una candidatura para un cargo provincial electivo, o el 20 por ciento de los electores del distrito s1 es candidato a Representante, o el 20 por ciento de los electores de una provincia comprendida en el Distrito Senatorial, si es candidato a Senador. El mencionado certificado de nominación es un requisito esencial, sine qua, non, para la elegibilidad de un candidato para cualquier cargo electivo, según dispone esta enmienda. En faltando dicho certificado de nominación, serán nulos todos los votos emitidos a favor del candidato. Se verá, pues, que las principales diferencias entre el sistema propuesto y el sistema actual que ha estado rigiendo en nuestro país desde que se implantó en el mism:o el sufragio popular son : l.ª, mientras bajo el sistema vigente hay libertad casi absoluta para presentarse candidato para cualquier cargo electivo (y digo casi absoluta, porque la ley vigente impone ciertas restricciones a esta libertad exigiendo que todo candidato, para que sea elegible, debe reunir ciertas condiciones de madurez, residencia y saber), bajo el plan propuesto se trata de restringir más esta libertad, porque se requiere que el candidato, además de reunir las condiciones legales ya mencionadas, debe también ser nominado por un partido o grupo politico, o por el 2 por ciento de los electores registrados en la circllnscripción territorial en que presenta su candidatura. 2.ª, bajo el sistema actual el electorado puede votar por el candidato que crea más apto e idóneo para el cargo, sin tener en cuenta su filiación política; bajo el sistema propuesto se le obliga al electorado a que se limite a escojer de entre los candidatos que los partidos o grupos políticos tengan a bien nominar en sus convenciones, aunque los electores no estuviesen satisfechos de las dotes morales e intelectuales de los candidatos nominados, declarándose nulos y de ningún valor los votos que diere a candidatos que río hayan tenido el privilegio de ser nominados, no importa que ellos fuesen más aptos e idóneos que los nomina!los. 3.ª, bajo el sistema actual, los partidos o LEGISLA TURA FILIPINA 1427 grupos políticos no pueden obligar a un miembro suyo a que acate el resultado de .una convención fraudulenta o irregular ; bajo el sistema propuesto se le pÓdrá obligar a que respete tal resultado. 4. • en virtud de la ley vigente, cualquier ciudadano que se sintiese con deseos de servir a su pueblo en un cargo electivo, aunque no esté afiliado a un partido o grupo político,. con tal de que reuna las condiciones de idoneidad que exige la ley, puede presentar su candidatura sin restricciones de ningún género; bajo la medida propuesto, ninguno, por regla general, que no estuviese afiliado a un partido o grupo político, podrá ser ya candidato. Es verdad que en la enmienda propuesta se establece una excepción a esta regla general, la cual excepción consiste en permitir la presentación de candidatos independientes si salen nominados por el 20 por ciento de ros electores registrados dentro de los respectivos limites territoriales a que me he referido al comienzo de mi discurso, ¡)ero dada la cantidad de gasto y de trabajo que supone el recojer este número de firmas, estoy seguro que solamente podrán acojerse a los beneficios de esta excepción aquellos pocos que cuentan con los medios e influencia necesarios. Los· pobres, los humildes, los desheredados de la fortuna, aunque fuesen hombres de mucho valer, patriotismo y talento, no podrán, en términos generales, conseguir su nominación y por consiguiente no podrán ser candidatos, no podrán ofrecer sus servicios al pueblo. Tales hombres estarán condenados a ser meros espectadores o testigos- de los desaciertos, ilegalidades, ineficiencias y abusos que se cometan por los privilegiados funcionarios electivos en la dirección de los asuntos de la localidad o de la nación, porque ya no podrán aspirar a dichos cargos y a enderezar por si mismos, si saliesen elegidos, dichas anomalías. Y o me opongo con todas las energías de que es capaz mi llJ.ma a esta medida altamente antidemocrática, au'focrática, injusta, y atentatoria a los derechos y libertades del pueblo. No hay ninguna razón de justicia, de equidad o de orden público que justifique la adopción de esta medida. El derecho de sufragio es una de las más grandes conquistas del pueblo filipino en su larga y cruenta lucha por la libertad. Esta gran conquista fué alcanzada por los esfuerzos unidos de todo el pueblo filipino, constituido en su inmensa mayoría de desheredados de la fortuna, a costa de grandes sacrificios de sangre, vidas y propiedad. Si esto es así, cómo lo es, no es justo, no es democrático, colocar este derecho en manos de ciertos grupos privilegiados llamados partidos .• o agrupaciones politicas, convirtiendo a la gran mayoría del electorado en mero espectador sin más derecho que el de manifestar su conformidad con la nominación hecha por un partido o la hecha por el otro, y sin opción para escojer a otros candidatos que le parezcan mejores pero que no han tenido la suerte de ser nominados en la forma dispuesta en la enmienda. Bajo el plan propuesto, si los partidos politicos han tenido el desacierto o la ocurrencia de nominar a hombres ineptos, corrompidos y venales, como con harta frecuencia sucede aqui y en todas partes del mundo donde existen partidos politicos, el pueblo no tendría opción de escojer a otros más aptos, más idóneos, más eficientes y más probos, pues tiene necesariamente que elegir entre los candidatos nominados Previamente por los partidos o grupos politicos. En otras palabras,_ en este caso citado por mí, el único derecho que le queda al_ .electorado es elegir al menos malo de entre los nominados. Ahora pregunto yo : ¿a qué viene esta tentativa de restringir la libertad del electorado? ¿Qué crimen ha cometido ese electorado para ser castigado con el propuesto cercenamiento de sus derechos? Por ventura, ¿ha hecho mal uso de esos derechos? ¿Ha mandado acaso a los escaños de las cámaras legislativas y a los puestos provinciales y municipales electivos un número escándalosamente grande de servidores ineptos o de dudosa moralidad y patriotismo? ¿Acaso ha llegado ya a constituir un mal, una calamidad pública, o un peligro para el bienestar y seguridad del Estado, el número de candidatos para los diferentes cargos electivos en nuestro país que ya se hace preciso urgente, imperativo, adoptar medidas drásticas para cortarlo o restringirlo, ejerciendo para ello el poder de policla del Estado? Señor Presidente, yo digo enfáticamente NO. Yo sostengo que no tenemos porque avergonzarnos de la manera en que nuestro pueblo ha estado ejerciendo el derecho de sufragio bajo la ley vigente, ni de la actuación de los hombres que el pueblo ha elevado al poder. Por el contrario tenemos sobrados motivos para enorgullecernos tanto de la conducta del electorado como de la actuación de sus elegidos. Y o sostengo, sin temor de ser contradicho con éxito, que bajo el sistema actual de libertad casi absoluta en la presentación de candidaturas a cargos públicos, el electorado ha sabido ejercer colÍ acierto su derecho de elegir, escogiendo solamente a los más idóneos de entre lQs varios candidatos que se han presentado ante él. Yo mantengo además, y reto a cualquiera que me desmienta si tiene pruebas en contrario, que el surgimiento de varios c.andidatos independientes en la palestra de la lucha electoral, lejos de haber perjudicado los intereses públicos, ha redundado en su beneficio. Es más : bajo la ley vigente, que no impone casi nin'guna restricción a la presentación de candidaturas a cargos· públicos, nadie que no fuera idóneo para el cargo se atrevió a presentarse como candidato independiente, salvos muy rarísimos casos de excepción. Si analizamos el resultado de las elecciones en Filipinas bajo el actual sistema desde su implantación veremos que si ha habido casos, muy raros por cierto en que los más idóneos no salieron elegidos los responsables de ello fueron precisamente los leaders de los partidos o grupos políticos, los cuales en su ciego partidismo no tuvieron el menor reparo wi sacrificar a hombres de gran valer solamente porque no eran de su respectivo partido o grupo. De modo que la medida que ahora se propone, no solameD.te es injusta y antidemocrática, sino que no responde a ninguna necesidad, ni tiende a remediar un mal, ni a mejorar la situación actual. Si no hay ningún mal que remediar, si no hay ninguna necesidad que atender, si el sistema actual no ha <lado malos resultados, ¿por qué se trata de · reformarlo en el sentido de restringir los derechos y las libertades del electorado? ¿Es que nosotros, que continuamente clamamos "libertad, más libertad,". "democracia, más democracia," ya estamos 1428 DIARIO DE SESIONES cansados de la libertad y de la democracia? ¿Es que los autores de la medida están convencidos de que la democracia es un fracaso en Filipinas y que ya ha llegado el momento de cortar sus vuelos? ¿O es que creen ellos que para la pronta consecución de nuestra ansiada independencia es preciso sacrificar parte de los derechos y libertades de que goza el pueblo, reconcentrándolos en manos de los leaders políticos para que ellos puedan con más libertad y desembarazo desarrollar su política que dará irremisiblemente por resultado nuestra pronta emancipación, o por lo menos la pronta salida de Filipinas de los imperialistas?· Porque es indudable, señor Presidente, que el resultado inmediato de la medida, si se aprobase, sería reforzar el control y la in:fluen ... cia que ejercen los jefes de partido o grupo politico sobre sus seguidores. Una vez aprobada esta medida, aquell~ que deseen ser candidatos, conscientes del poder y de la infiuencia que ejercen los jefes de su partido o grupo político sobre éste y sobre sus miembros, renunciarán, siquiera aparentemente, a su independencia de criterio, adularán a sus jefes, obedecerán hasta sus más leves indicaciones para congraciarse con ellos. De esta manera, señor Presidente, en vez de tener en el servicio público hombres de convicción arraigada, de criterio independiente y de carácter combativo, hombres dignos, tendremos hombres indignos, hombres sin principio que no obran más que· por su propia conveniencia o por la conveniencia de su partido o de sus jefes, hombres aduladores, hipócritas y serviles. En otras palabras, señor Presidente, esta medida fomentará el ~ciquismo político arriba y el carnerismo abajo. Pero no es este el único mal que produciría el sistema propuesto. Dicho sistema puede prestarse, además, a combinaciones ilícitas entre los jeff!s de partidos o grupos politicos. Bajo este sistema dichos jefes pueden combinarse para repartir entre si los cargos electivos y las gangas anejas al ejercicio de éstos. Pueden ellos reunirse en conciliábulo dentro de las cuatro paredes de un despacho y allí, sin más testigos Que diehas paredes, determinar quienes han de ser los candidatos de sus respectivos partidos o grupos políticos, y una vez adoptado el acuerdo, poner en juego toda su influencia y poder para sacár triunfantes en sus respectivas convenciones a los candidatos escogidos por ellos, expulsando u ordenando la expulsión de aquellos miembros que tienen bastante valor cívico para oponerse a tales determinaciones. Por razones obvias, es evidente que dichos jefes en esa conferencia secreta no escojerán como candidatos suyos a aquellos de sus correligionarios que conocen muy bien los límites de la obediencia debida y las lindes de la verdadera, genuina y legitima disciplina. En esa conferencia serán escogidoS aquellos que se presten a ser dóciles instrumentos de los designios y planos de los jefes. Bien se echa de ver, señor Presidente, que tales combinaciones, que son muy factib1es bajo la enmienda propuesta, son desastrosas y funestas. para los intereses públicos. La medida propuesta no solamente adolece de los defectos que ya he señalado. Es también inadaptable a las condiciones existentes en nuestro país. Aquí tenemos un pueblo que, en términos generales, puede decirse que vota no por consideraciones de partido, sino teniendo en cuenta las cualidades personales del candidato. Los candidatos que luchan no discuten por regla general ante el electorado cuestiones de partido, sino que desarrollan sus Propias ideas personales, aun aquéllos que están afiliados a un partido político. Desde que se han organizado partidos y grupos politicos en nuestro pais, las convenciones celebradas por dichos partidos o grupos politicos para nominar candidatos. fueron cási siempre impugnadas y atacadas de fraudulentas, con el objeto de sacar avante a determinados candidatos por encima de la voluntad de Ja mayoría de los convencionistas. La razón ha estado en la mayor parte de los casas de parte de los impugnadores de tales convenciones, pues el electoradQ. cuando llegaron las elecciones, les ha dado el triunfo a lbs rebeldes sobre los candidatos oficiales nominados en dichas conveneianes por sús partidos. En este momento voy a citar solamente el caso de la primera convención del gran Partido Nacionalista de Manila para nominar candidatos para la primera Asamblea. Como se recordará en aquella célebre convención fueron aclamados como triunfantes y declarados como candidatos oficiales del partido para los dos distritos de diputado de la ciudad dos de los candidatos que lucharon en aquella convención. Contra este resultado de la convención se rebelaron los dos candidatos derrotados en la misma. Ambos grupos de candidatos lucharon en aquella elección y el electorado de Manila otorgó el triunfo a los candidatos rebeldes. Este caso que acabo de citar se ha ido repitiendo con idéntico resultado en la mayor parte de las veces en diferentes partes del Archipiélago filipino en que existen grupos o partidos políticos. El caso más reciente es el que ocurrió en el seno del partido demócrata a raíz de la última elección especial en el Tercer Distrito ~:::!~r~ª~ele~~:::i~ ~~[r~~~~ªdf;e~:o:f:~~º I~~d~ partidos coaligados de dejar este cargo para el partido demócrata en razón a que era de este último partido el difunto Senador cuyo cargo se trataba de cubrir en aquella elección especial, el directorio del partido demócrata, a petición y por acuerdo de los mismos candidatos, procedió a la nominación del que había de ser el candidato oficial de dicho partido, habiendo salido nominado en aquella convención al ex-representante Concepción. Los leaders de los dos candidatos derrotados en aquella convención, por razones que creyeron justas y legítimas, no quisieron acatar el resultado de dicha convención y sostuvieron a sus respectivos candidatos ante el electorado del Tercer Distrito Senatorial. El resultado es conocido por todos: triunfó-en aquella elección uno de los candidatos derrotados en aquella convención, el digno colega y veterano. parlamentario Hon. Luis Morales, ocupando el segundo lugar el otro candidato rebelde Sr. Almazar. El candidato oficial del partido quedó relegado al último lugar. No es de extrañar, señor Presidente, que en las convenciones de partido se cometan fraudes e irregularidades que vician su resultado, pues no existen leyes que regulen dichas convenciones determinando, por ejemplo, qui~nes pueden tomar parte en las mismas, las balotas que deben usarse, la manera de emitir los votos, los funcionarios que han de actuar LEGISLATURA FILIPINA 1429 en las mismas, cómo se han de contar los votos einitidos, etc., y además porque no existe ninguna pe. nalidad por las irregularidades y fraudes que se cometan en dichas convenciones. Es que, señor Presidente, en las convenciones como en las elecciones, se ponen frente a frente candidatos y leaders, las pasiones se encienden y los ánimos se exacerban. 'Estando empeñados en la lucha prestigios, amor propio mal entendido e intereses pel"sonales y de otra indole, nadie quiere dar su brazo a torcer. Todo~ quieren vencer a sus adversarios. Y puestos en este trance, cada cual o cada grupo se cree autorizado para echar mano de todos los medios a su alcance para asegurar el triunfo, y no encontrando ninguna valla en la ley cometen abusos, fraudes e irregulari~ dades. Si en las elecciones celebradas bajo una Ley Electoral rigida como ·Ja que actualmente rige e:i Filipinas no es infrecuente la comisión de fraudes C' irregularidades que alteran la verdadera voluntad del electorado, es de lo más lógico y natural que tales fraudes se cometan en mayor escala en las convenciones de partido que no están reguladas ni regidas por Ja Ley Electoral o por otra ley. Ahora bien, señor Presidente: siendo hecho inconcuso, indubitado, indiscutible; evidente, el fracaso de las convenciones de partido en nuestro pais, ¿no sería acaso el colmo de la insensatez aprobar una medida dando validez y fuerza legal a los acuerdos de tales convenciones? No habiendo ninguna ley qae regule tales convenciones y que impida o minimice la comisión de fraudes, irregularidades y otras prácticas ilícitas e injustas en las mismas, que proteja debidamente a los candidatos que en la lucha no emplean más que las blancas armas del honor y de la buena fe, yo sostengo que el dar fuerza y validez legal a laS nominaciones hechas en tales convenciones, como proponen los autores de la enmienda, no solamente seria el collio de la insensatez e irresponsabilidad, sino que seria la consagración del crimen, de"! fraude y de la mala fe. Se arguye por los proponentes de la enmienda que el sistema que ellos tratan de implantar en nuestro pais existe en los Estados Unidos y en otras partes del mundo. Pues yo digo que no basta que exista allí para que lo implantemos aqui. Nosotros no debemos ser meros imitadores de todo lo que se hace y se deje de hacer en América o en otros países. Desde Juego, siendo deber del hombre y de la sociedad el procurar su propio perfeccionamiento, podemos y- debemos imitar todo aquello que sea indiscutiblemente bueno aunque sea de otros países y pueblos, pero aun en este caso debemos examinar muy cuidadosamente si las condiciones de nuestro pais son favorables a S!.l adopción, pues puede muy bien suceder que lo que sea bueno en otros países debido a la existencia de ciertas condiciones, resulte malo y contraproducente aquí por ser diferentes las condiciones reinantes. Refiriéndome ahora especialmente al sistema propuesto por los autores de la enmienda, voy a decir que es un sistema que ya está desacreditado desde hace varios años aun en América misma, en donde ya ha caido en desuso casi por completo, debido a abusos y combinaciones de la índole apuntada por mi en el curso de mi argumentación. En relación con esto, permitaseme relatar brevemente la historia de este sistema en los Estados Unidos según se lee en libros 2281155--2 reconocidos como ·autoridad en la materia. El sistema de nominación de candidatos por convenciones de partido llegó a su apogeo en América en 1840. Fué implantado en sustitución del que hasta entonces estaba en boga, que cc;msistía en la :p.ominación de los candidatos de un partido por los jefes principales del mismo y por los congresistas afiliados a dicho partido en conferencia secreta o caucus. Poco tiempo después de implantado el sistema de nominación por convenciones se vi6 que en las convenciones mangoneaban los caciques o bosses de cada partido y que se cometian fraudes e irregularidades aue adulteraban la verdadera voluntad del partido. Debido a esto, se promulgaron leyes regulando las convenciones y haciendo que las mismas se lleven a cabo al igual que las elecciones ordinarias. Pero a pesar de estas regulaciones legales, el predominio de los bosses en las convenciones continuaba, y tambien continuaba la comisión de fraudes e iregularidades. En vista de todo esto, en 1900 se inició un movimiento general en toda la nación americana que dió por resultado la sustitución del sistema de nominación por convenciones ·:oor el de las primariai::i. Las primarias son las asambleas que antes de cada elección celebran los afiliados de cada partido en las diferentes comunidades que integran la nación para noininar a sus candidatos para dicha elección. Estas primarias están reguladas por Ja ley. En Ja actualidad solamente la nominación de candidatos .para la presidencia y vicepresidencia de los Estados Unidos se lleva acabo oor el sistema de convenciones. De modo que, señor Presidente, los ilustres autores de la enmienda en su inmoderado deseo de introducir en nuestro pais cosas del extranjero no se recatan en implantar aquí un sistema ya desacreditado y condenado en otros paises. Por todas las razones expuestas .por mí, me opongo a las enmiendas propuestas. El Sr. QUIRINO. Para algunas preguntas al orador, señor Presidente. El PRESIDENTE. Puede contestar el orador, si lo desea. El Sr. MABANAG. Con mucho gusto. EL SR. QUIRINO DIRIGE ALGUNAS PREGUNTAS PARLAMENTARIAS El Sr. QUIRINO. ¿Puede informarnos el caballero por el Segundo Distrito (Sr. Mabanag). si la nomición del ex-Representante Concepción en aquella convención a que Su Señoría ha aludido ha sido una convención debidamente convocada por todos los elementos políticos pertenecientes al Partido Demócrata o un mero "caucus" de unos cuantos "leaders"? El Sr. MABANAG. Era una convención celebrada por el Directorio mediante convenio entre los candidatos. El Sr. QUIRINO. ¿Aquella convención ·era reglamentaria? El Sr. MABANAG. No se ha discutido si era reglamentaria o no, pero lo cierto es que a ella se sometieron todos los candidatos. DISCURSO DEL SR. ALEGRE Él Sr. ALEGRE. Señor Presidente. El PRESIDENTE. Señor Senador por el Sexto Distrito. ·