Convalidacion de estudios en Espana

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Part of Espana Boletin Informativo

Title
Convalidacion de estudios en Espana
Language
Spanish
Year
1953
Rights
In Copyright - Educational Use Permitted
Fulltext
CONVALIDACION DE ESTUDIOS EN ESPAÑA De Acuerdo Con El Tratado Vigente, Está Abierto El Camino Para Que El Estudiante Filipino Que Estudie En Filipinas Obtenga La Convalidación De Su Titulo En España CONV ALIDACIONES.-Actualmente estudian en E~ pafia numerosos estudiantes de este país, la mayoría de los ouáles acuden para cursar estudios d·e Derecho, aunque cada vez en mayor número acuden también para obtener el Diploma de E-;tudios Hispánicos, o cursar otras materias, desde la Filología a la Cerámica, pa~.ando por el. Periodismo, el Arte, etc. Coincide esta corriente con otras paralelas que han determinado que en las Universidades e:-;pañolas estudien actualmente unas tres mil personas de nadonalirlad n.~ e~pañola. Entre 1939 y 1943 cuiatrocie.ntos de estos estudiantes convali.daron sus estudios. Entre 1945 y 1952 (hasta el mes de Julio) se convalidaron mil setec:ientos noventa. De éstos la mayoría son estudiantes .de Puerto Rico de los que viven en Madrid, Salamanca y Santiago ·u.nos trescient-os, estudiando pri.n.cipalmente Medicina. Doscientos noventa y tres puertoriqueñus llevaron .a ~u país Títulos españoles: doscientos seis colombianos; ciento ochenta y ocho fr.a.nceses; ciento sete.nta y dos al~ma­ ne~. ciento cuarenta bolivi,anos, cuarenta ~' dos filipi.nos, etc. En total, estudiantes de treinta y cuatro países de Europa, Asia, Africa y América. Estudian en Madrid centenares de bolivianos; hace p:leos años con motivo de una medida política que afectaba a !.a universidad, entraron en Españ.a un millar de universitarios venezolanos para prosegui,r s.us estudios. Por la identid<ad .de idioma, per·o sobre todo p:n· la calidad de los estudios de Medicina, Ingeniería ~' Arquitectura, Profesiones y Oficios artísticas, Filornfía y Letras, a.de.más de Jos estudios d.e idioma español, árnbe y hebreo, en los que España está en la cabeza d21 mundo, la Universidad Española se está haciendo la Universidad .de lo!-; países de habla castell.ana. En el caso espec\al de Filipinas, la vigencia en este país de cierta legis1.ación española, d:etermina una corriente es posible por la existencia de De·recho. Est.a corriente es posib~e por la <existencia de numerosos Tratados de Convalipa.eión .de Estudios, el primero de los cuáles fué fir.mado en 1903 con Bolivia, y al que siguieron años después otros muchos. Con Filipinas existe desde 1949 un Tratad-o, aun vi gente, que es el vehícu}o para la convalidac\ón y que vamos a examinar. TRATADO DE RECONOCIMIENTO MUTUO DE VALIDEZ DE TITULOS ACADEMICOS, DE MUTUA INCORPORACION DE ASIGNATURAS CON ARREGLO A SUS PLANES DE ENSEÑANZA Y DE TRATO RI<:CIPROCO EN EL EJERCICIO DE PROFESIONES.-Como complemento del Tratado Cultural firmado entre la República .de Filipinas y el Estado Español en Manila el 4 de Marzo de 1949, se firmó este otro Tratad.:>, ratificado el 5 de Enero- de 1951. Según él los filipinos y españoles que hayan estudiado en Filipi.nas o en España y hayan obtenido el Título correspondiente (degrees cr diplomas), podrán ejercer sus profesiones en Filipinas y en España. gs decir, un filipino que sea ingeniero, dentista, médico, abogado, por una Universidad de Manila (o por la de Barcelona, o Madrid, o Sevilla) puede ejercer en España. El español que ha :estudia.dio en España o Página 10 en Manila y es ingeniero, médico, abogad<>, etc. puede trabajar en Filipinas. E.n ambos casos .naturalmente cuando pru~be que poseen aquel Título. Esto ocurre en cualquier grado de la Enseñanza. España reconoce el High School filipino oomo correspondiente a nuestro Bachillerato. Así un estudiante filipino que tenga un dipfoma de High School pued·~ ingresar con él en una Universidad española, en lias mismas condiciones que un españ-ol que t:enga el Bachillerato. El filipino en España y el español en Filipinas "se considerarán habilitr.dos para •ejercer dicha~ profesi-ones e.n el t:erritorio de La otra parte oon ~llljeción a la~ leyes y reglamentos de la última." (.. . . shall be d:ee!med competent to exercise said professipns in the ter.ritory of the Other, subject to the !aws and regub.tions of the \atter.) Según el Artícul·o 2 del Tratado deberán legalizar su Título, dt:!mostoor que es auténtico. Una vez pr·obada esta autenticidad, Eepañ:i reconoc<? el Título filipi.no y Filipi_nas el' español y sus titu~e.res "podrán ejercer sus profesiones dentro del territ,:Jrio de la Otra, so~icitanido .J.a aut.orización necesaria a dicho ef·ecto del Ministerio de Trabajo en España o del Organismo o Autorid·ad competente en Filipinas, según sea el caso, c.uyas Autoridades la concederán siempre en ]as condiciones fijadas por las leyes y rej!'lamentos sobre trabajadores extranjer.os y ejercicip de cada profesión, a títu1ro revocable y unicamente Ja denegarán en casos excepci-onales por motivo justificado que afecte personalmente al peticionario." ( .. .can practice their professkms within the territory of the Other, by applying f.or the .necessary .authority to this effect frorn the Spanish Ministry of Labor or from the cclmpetent bocly ·Or authol'ity in• the Philippines, as the case may be, which authorities shall gr.a.nt always the application, subj:ect to the provisicns of applicable laws m.d reP,'ulations governing .alien labor and the practice ·Of each professio.n, under a revocable permit, and the applieation shall be denie.d only in excepcional cases for justifiable cause th.at affects persona~ly the petitioner.) El filipino autorizado a trabajar en España y el español en Filipinas quedan por el Articulo 3 sujetos a todas las leyes, impuestos, y reg'Jarn!e.ntos a qu.e el Estado :rnjete a sus propios nacionales. El Artículo 4 señal.a una excepción: La convalidación no afecta a profesiones o cargos que "estén reservados p:>r la Constitución, Ley·es o Reglamentos a sus propios naciona~es". Se entiende que !-'.e refiere a .actividades militares, políticas, etc. El Artículo 5 establece la convalidación de estudios de asignaturas, equiparándolas a las similares q.ue existan en el otro país, prévia petición naturalmente a las Autoridades correspondientes: Secretaría de Educación de Filipinas, Sección de Asuntos Exteriores del Ministerio de Educación Nacional en España. Ambos Organismos decidirán a La vista die !tos programas respectivos, buscando la equivalencia. Finalmente el Artículo 6 establece la vigencia de este Tratado hasta Enero de 1961, entendiéndose ESPAÑA