Diario de Sesiones dela Legislatura Filipina, v.I, no.74

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Title
Diario de Sesiones dela Legislatura Filipina, v.I, no.74
Issue Date
Volume I (Issue No. 74) October 21, 1926
Year
1926
Language
Spanish
Rights
In Copyright - Educational Use Permitted
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DE LA LEGISLATURA FILIPINA [Reslatrado en I& Administración de Correos de Manila, I. F., como corri!spondencJa. de HSUDda claA] SÉPTIMA LEGISLATURA FILIPINA, SEGUNDO PERIODO DE SESIONES Vol. 1 Manila, Jueves, 21 de Octubre.de 1926 Núm. 74 SENADO DE FILIPINAS JUEVES, 21 DE OCTUBRE DE 1926 APERTURA DE LA SESIÓN Se abre la sesión a las 4 p. m., ocupando el estrado el Senador Rodríguez, por designación del Presidente. El PRESIDENTE. Se abre la sesión. DISPENSACIÓN DE LA LilCTURA DE LA LISTA El Sr. DE· LOS REYES. Señor Presidente. El PRESIDENTE. Señor Senador por el Sexto Distrito. . El Sr. DE LOS REYES. Pido que se dispense la lectura de la lista. El PRESIDENTE. /,Tiene el Senado .alguna objeción a la moción? (Silencio.) La !Ilesa no oye ninguna. Queda aprobada. Se dispensa la lectura de la lista y se presume la existencia de un quorum. LECTURA Y APROBACIÓN DEL ACTA Se lee el acta correspondiente a la sesión del 20 de octubre de 1926, la cual es aprobada. DESPACHO DE LOS ASUNTOS QUE ESTÁN SOBRE LA lllESA DEL PRESIDENTE El PRESIDENTE. Léanse los documentos recibidos. El CLERK DE ACTAS: Frailes' que amplia a ciento cuarenta y cuatro hecUreas Ja venta que se haga a cada individuo de los terrenos comúnmente conocidos por 'Terrenos de los Frailes,' y dispone la manera de vender los terrenos vacantes y el plazo dentro del cual los compradores de dichos Terrenos de los Frailee pueden hacer los pagos de los mismos." Muy respetuosamente, (Fdo.) R. GONZWoz LLoRET Secretario, Cá:ma;ra; de Reprnentcintes Al Honorable PRESIDENTE DEL SENADO. El PRESIDENTE. Al Comité de Agricultura y Recursos Naturales. · SEÑOR PRESIDENTE: Octubre 16, 19S6 Se me ha ordenado que ponga en conocimiento de ese Honorable Cuerpo que la Cámara de Representantes aprobó el 16 de octubre de 1926 el siguiente Proyecto de Ley No. 1148 de la misma, respecto al. cual se solicita el concurso del Senado: "Ley que enmienda ciertos artículos de la Ley Número Tres mil doscientos sesenta y tres de la Legislatura Fili:pi!la qJ,Je crea el Servicio de Inspección de Fibras de Filipinas dirigida por la Junta de Standardiiaeión." Muy respetuosamente, (Fdo.) R. GoNZÁLEZ LLoRET Secretario, Cámara; de Representantes Al Honorable PRESIDENTE DEL SENADO. El PRESIDENTE. Al Comité de Agricultura y Recursos Naturales. MENSAJES DE LA CÁMARA DE- REPRESENTANTES SEÑOR PRESIDENTE: Octubre SO, 19!6 Octubre 11, 19!6 Se !ne ha ordenado que ponga en conocimiento de ese HoSEÑOR PRESIDENTE: norable Cuerpo que la Cámara de Representantes aprobó el Se me ha ordenado que ponga en conocimiento de ese Ho- 19 de .octubre de 1926 el siguiente Proyecto de Ley No. 760 norable Cuerpo que la Cámara de Representantes aprobó el de la misma, respecto al cual se solicita el concurso del Se20 de octubre.de 1926 el siguiente Proyecto de Ley No. 1460 nado: de la misma, respecto al cual se solicita el concurso del Se- "Ley que autoriza la organización de un departamento nado: adecuado de bomberos en los municipios, prescribe las cuali"Ley que enmienda los articulos nueve y once de la Ley ficaciones de éstos y fija el procedimiento para la suspensión N'6mero Mil ciento veinte, titulada 'Ley de. Terrenos de los · y destitución de los mismos, enmendando al efecto la sección 228862 1869 1360 · DIARIO DE SESIONES doce del capítulo cincuenta y siete, titulo nuever-del Código Administrativo." Muy respetuosamente, (Fdo.) R. GoNz-'1.Ez LLORl:T Secreta.rio, Cámarii de Reprssenta.ntes Al Honorable PRESIDEÑTE DEL SENADO. El PRESIDENTE. Al Comité de Gobernación. COMUNICACIÓN Comunicación del Secretario de Justicia, sometiendo y ncomendando la aprobación de un proyecto de ley, titulado: "Ley que dispone que las fq.nciones del sheriff sean desempeñadas ex-oficio por los escribanos de los juzgados de primera instancia en todas las Islas, y que reforma los artfculos ciento ochenta y tres, <:lento ochen~ y cuatro, ciento ochenta y seis, ciento ochenta y siete, ciento ochenta y ocho y ciento ochenta y nueve del Código Administrativo de las Islas Filipinas. El PRESIDENTE. Al Comité de Justicia. PETICIONES Resolución del C~ncejo Municipal de Agno, Pangasinán, trasmitida por el Senador Osias, recomendando la construcción de la carretera Bangap-Oda, Agno-Burgos. El PRESIDENTE. Al Comité de Comercio y Comunicaciones. Resolución del Concejo Municipal de Piddig, Iloco.s Norte, adhiriéndose al Proyecto de Ley No. 1333 de la Cámara de Representantes, presentado por el Representante Remando, sobre presupuestos municipales. El PRESIDENTE. Al Comité de Gobernación. Resolución del Concejo Municipal de San Juan, La Unión, l'llCabando del Presidente de los Estados Unidos, por conducto del Coronel Thompson, la inmediata independencia de Filipinas. El PRESIDENTE. Al Comité de Relaciones Exteriores. Resolución del Concejo Municipal de Santa Margarita, Sámar, protestando contra el Bill Bacon. El PRESIDENTE. Al Comité de Relaciones Exteriores. IN.FORME DE COllITf NO. '188 MR. P'RESIDENT: The Committee on Provincial and Municipal GoverntiJ.~nts to which was referred on October 11, 1926, Senate Bill Nu. 323 entitled: "An. Act to amend section twenty hundred and eighty-one of Act Numbered Twenty-seven hundred and eleven known as the Administrative Code." (Re employment of provincial subordinates personnel.) has duly studied the same and has the honor to retum it to the Senate with the following recommendation: That same be appr~ved without amendments. Respectfully submitted, (Sgd.) JOB.E P. LAUREL Chairman, Committee on. Provincial and Municipal Govern.ments The Honorable, the PRESIDENT OF TBE SENATll. El PRESIDENTE. Al Calendario de la Cámara. INFORME DE COMITf NO. 184 MR. PRESIDENT: The Committee on Provincial and Municipal GovernmentS to which was referred on August 23, 1926, Senate Bifl No. 264, entitled: "An Act regulating the suspension and removal of elective offi.cials;" · has duly studied the same and has the honor to return it to the Senate with the following recommendation: Tha~ same be approved without amendment. Respectfully submitted, (Sgd.) JoSE P. LAUREL Chairman, Committee 0t1. Provinci{il a-nd Municipal Govern.menta The Honoral:!le, the PRESIDENT OF TBE SENATE. El PRESIDENTE. Al Calendario de la Cámara. INFORME DE COMITf NO. 18G SEÑOR PRESIDENTE: El' Comité de Justicia al cual se trasladó el 31 de agosto de 1926, el Proyecto de Ley No. 280 del Senado, titulado: · "Ley que reforma el articulo ciento cuarenta y ocho de la Ley Número Dos mil setecientos once, conocida por Código Administrativo, tal como ha sido enmendado por la Ley Número Dos mil novecientos cuarenta y uno, añadiendo además un nuevo articulo al final del mismo," · lo ha examinado y tiene el honor de devolverlo informado al Senado con la recomendación siguiente: Que sea sustituido por el adjunto Proyecto de Ley No. 340 del Senado. Respetuosamente sometido, (Fdo.) ELPmIO QUIRINO Presidente Interino, Comité d6 Justicia, Al Honorable PRESIDENTE DEL SENADO. El PRESIDENTE. Al Calendario 0 de la Cámara. INFORME DE COHlTi: NO. 188 SEÑOR PRESIDENTE: El Comité de Justicia al cual se trasladó el 3 de septiembre de 1926, el Proyecto de Ley No. 285 del Senado, titulado: "Ley que enmienda el artículo ciento cuarenta y nueve de la Ley Número Dos mil setecientos once, conocida por Código Administrativo, prescribiendo un procedimiento es-pecial para la selección y nombramiento de los jueces y jueces auxiliares de primera instancia, y que provee a otros fines/' lo ha examinado y tiene el honor de devolverlo informado al Senado con la recomendación siguiente: Que sea sustituido por el adjunto Proyecto de Ley No. 341 del Senado. Respetuosamente sometido, (Fdo.) ELPIDIO QUIRINO Presidente Interino, Comité de Justicia Al Honorable PRESIDENTE DEL SENADO. El PRESIDENTE. Al Calendario de la Cámara. INFORME DE COMITf NO, 187. SEÑOR PRESIDENTE: El Comité de Justicia al cual se trasladó el 6 de septiembre de 1926, el Proyecto de Ley No. 288 del Senado, titulado: "Ley que enmienda los artículos doscientos siete y doscientos diez de la Ley Número Dos mil setecientos once, conocida por Código Administrativo, tal como han sido enmendados por la Ley Número Tres mil ciento siete, y que 1 roro;:e e~a~~~~d!n;s·;iene el honor de devolverlo informado al Senado con la recomendación siguiente: Que sea sustituido por el adjunto Pro~to de Ley No. 342 del Senado. • Respetuosamente sometido, (Fdo.) ELPIDIO QUIRINO Presidente Interino, Comité de Justicia Al Honorable PRESIDENTE DEL SENADO. El PRESIDENTE. Al Calendario de la Cámai'a. LEGISLATURA F.ILIPINA 1361 INFORME DE COMITÉ NO. 188 El Senado '11 la Cámara de Representantes de Filipinas constituidos en Legislatura '11 por autoridad de la misma SEÑOR PRESIDENTE: decretan: . El Comité de Justicia al cual se trasladó el 20 de sep- . ARTfcuLO l. Esta Ley será conocida por "Ley de Pensión t~embre de 1926, el Proyecto de Ley No. 303 del Senado, del Departamento de Policia de Manila." tit~}ado: . d 1 t• 1 d . to ¡ ti u e de ART. 2. Fuentes del fondo de pensüSn '11 retiro.-A este Ley que enmien 8: e ar .1cu o oscien s ye n n e~ . fondo se acumularán todas las multas y los decomisos que la L~y _Num~ro Dc;is mi! setecientos on.ce, conocida por, Codigo provengan de investigaciones administrativas, y Ptmbién Admm1strat1yo,, disponiendo que los JUeces de paz ~ol~ pue- todas las sumas "que se deduzcan.y retengan de la paga mend~n ~i:_r dest1tu1dos por. el Gobernador Gene!al prevta ~nves- sual de los individuos del Departamento de Policía, según ~1gac10~ Y re~om~ndac16n hechas por .~l Juez de pl'lmera se prescribe en el articulo tres de esta Ley. Todas las domstanc1a de! d1str1to, .Y para otros fines, • naciones al Departamento de Policía serán aceptadas por lo ha exammado Y tiene el ~onor .de. dev~lverlo mformado la junta de pensión y-constituirán también parte de los fonal ~~~~~ :~~tiI:¡J:c;=e:id:dj~1:ii:1i~i:;::t·o de Ley No. 343 dos~~-PS.~~~d~:ts~e~~~i:i:¡n!feld~~f~~~te c!1n~~ªdesde del Se~e~~etuosamente sometido, . :!JrL~;: yd~e~:~J~:i~. i::s l~iru!:~l:o~ª s!ª d:d~~i~á~ó; r~~ (Fdo.) ELPIDIO QUIRINO tendrán de cada sueldo, paga o r~muneración mensual de P1"esidente Interino, Comité de Jmticia cada empleado a quien pueda beneficiar esta Ley, una suma Al Honorable PRESIDENTE DEL SENADO. igual al tres por ciento. de su sueldo, paga o remuneración El PRESIDENTE. Al Calendario de 18. Cámar&. :o8:d!i~ ! :i°;ri:!1:ª m1:aud! :~ai~ie~n~c~::0 ~~e~a p~';:de INFORME DE COMITf: NO. 189 SEÑOR P'REsmENTE: El Comité de Hacienda al cual se trasladó el 11 de octubre de 1926 el Proyecto de Ley No. 322 del Senado titulado: 1'Ley' que destina la cantidad de (.dos~ientos) quinientos mil pesos para ser gastada como ayuda insular en la cons:;~~tr!.la~,"!1ipo de 1Josp1tale~ en las provincias regularmente lo ha examinado y tiene el honor de devolverlo informado al Senado con la recomendación siguiente: Que sea aprobado con las enmiendas siguientes: Que en el titulo promulgatorio, enmiéndese la palabra "dos· cientos" por "quinientos." Que en la linea 3, página 1, suprímase la palabra "dos-cientos" y en su lugar insértese "quinientos." Respetuosamente sometido, (Fdo.) HERMENEGILDO VILLA.NUEVA P1"esidente Interino, Comité de Hacienda. Al Honorable PRESIDENTE DEL SENADO. El PRESIDENTE. Al Calendario de la Cámara. AUSENCIA DEL SENADOR OSMEAA El Sr. QUIRINO. Señor Presidente. El PRESIDENTE. Señor Senador por el Primer Distrito. El Sr. QUIRINO. Pongo en conocimiento del Senado que el Senador por el Décimo Distrito (Sr. Osmeña), no puede asistir a la sesión por hallarse enfermo. El PRESIDENTE. Hágase constar así. Está en orden la consideración del Prqyecto de Ley No. 318 del Senado. MOCIÓN DE CONSIDERACIÓN EN SESIÓN DEL SENADO. SU APROBACIÓN El Sr. DE LOS REYES. Propongo, señor Presidente, que se considere en sesión del Senado dicho proyecto. El PRESIDENTE. Si no hay objeción, así se hará. (No hubo objeción.) CONSIDERACIÓN DEL PROYECTO DE LEY NO. 318 DEL SENADO dicho empleado. El Tesorero de la Ciudad dispondrá que en los presupuestos se hagan dichas deducciones de cada sueldo o remuneración, y de todas las "asignaciones de suma englobadas destinadas para el pago de dichos sueldos o remuneración durante cada año .económico, y dichas sumas serán transferidas. en el libro del Tesorero de la Ciudad, al crédito del 1'fondo de pensión y retiro del Departamento de Policía de la Ciudad de Manila," creado por esta Ley. ART. 4. Personas con derecho al retiro.-Cuando un individuo del Departamento de Policía, perteneciente al servi· cio clasificadot o un detective, haya completado veinte años o más de servicio verdadero en el Departamento de Policia de la Ciudad de Manila, no habiendo sido anteriormente separado del servicio por algún motivo, que tenga cincuenta o más años· de edad, puede, previa solicitud al efecto, ser retirado tJ.el servicio activo por el Jefe del Departamento, y, al ser retirado, recibirá hasta su muerte, del fondo de retiro arriba mencionado, una remuneración anual igual a dos y medio por ciento por cada año de servicio activo basta en. tonces prestado por dicho individuo del promedio de sueldo recibido durante los últimos cinco años de servicio, sin incluir la paga adicional y demás emolumentos tales como la conmu. tac1ón de alojamiento y subsistencia, pero en ningún caso excederá este retiro del setenta y cinco por ciento de dicho pro111edio de sueldo¡ EntendUndose, Que siempre que alguna persona sea admitida de nuevo al Departamento de Policía después de la aprobación de esta Ley, no se le acreditad, para los fines de esta Ley, ningún perfodo de sus servicio& prestados con anterioridad a su separación de dicho De· partamento. · ART. 6. Pensión a los herederos lBgítimos de individuos del Departamento de Policía". con derecho al retiro.-A la muerte de un individuo del Departamento de Policía de Manila o de un empleado del mismo, con veinte añoá o más de servicio, y, por tanto, con derecho a la paga de retiro, el cincuenta por ciento de su haber de retiro puede ser transmitido o concedido originariamente, según sea el caso, a sus herederos legitimos, no excediendo del período de diez años la paga de retiro asf transmitida u originariamente concedida¡ Entendibtdose, Que la frase 11herederos legitimos" comprenderá a los que se expresan a continuación, según el orden aquí establecido: (1) hijos legítimos o reconocidos, y, a falta de los mismos, (2) la esposa legitima superviviente, y a falta de ambos (3) los parientes supervivientes, padre o madre, si éstos hubiesen dependido del difunto para su sustento, y si la fecha de la solicitud para ello no es posterior a un año desde la muerte del individuo del Cuerpo de Policia o empleado de dicho Cuerpo¡ Y entendiéndose, además, Que ninguna cantidad del fondo de pensión se pagará a los· hijos mayores de edad o a hijos casados o a la esposa que haya contraído nuevas nupcias. ART. 6. Pensi6n para individuos inválidos.-Todo individuo del Departamento de Policía que haya quedado incaLEY QUE PROVEE AL RETIRO Y A LA CONCESIÓN pacitado para ganarse el sustento por razón de accidente o DE PENSIONES ANUALES A LOS INDIVIDUOS algún motivo que no sea resultado de hábitos inmorales o DEL DEPARTAMENTO DE POLIC!A DE MANILA. viciosos, puede ser pensionado y retirado ·del servicio activo, ·El CLERK DE ACTAS: 1362 DIARIO DE SESIONES y al ser así pensionado y retirado recibirá hasta su fallecimiento del fondo de pensión y retiro, una remuneración equivalente al cincuenta por ciento del salario que percibía al ser retirado; Entendiéndose, Que a la muerte de un individuo del Departamento de Policía, bajo tales circunstancias• o 'cuando muera a consi::cuencia de un accidente o por algún motivo en relación con el cumplimiento de B\lS deberes··ofift~~~esd~ s::ta 1Te~.md! a~~~~e:":Onpl:~edis:~:i~i~~es 8~e b:~:~ Ley y en el orden especiftc~do en el artículo cinco de la misma, por un periodo que no exceda de diez años. ART. 7. Deducción de diez años del sueldo. Requisito para la. continuación de la. paga de pensión 11 retiro.-Ninguna reclamación de paga de pensión o retiro será concedida a cualquier individuo del Departamento de Policia o a sus herederos legítimos que hayan dejado de completar los diez d:º:e~:o ~e::~;~~~~do::.e~1~ :!:srg~~ Q~~s~~t:!~ªc::~:cit:: otros análogos, la paga de pensión o retiro, legalmente reconocida de otro modo, puede ser concedida a condición de que el individuo o empleado respectivo o sus herederos legítimos convengan en que se haga la deducción de su pensión de retiro, _en uno o más plazos, de modo que cobre solamente la diferencia, hechas todas las deducciones de lo que no se haya p\gado correspondientes ·a los diez años completos¡ Y entendiéndose, adem.ás, Que en ningún caso dicha deducción será menor que la deducción mensual correspondiente al sueldo de dicho individuo, de acuerdo con las disposiciones del artículo dos de esta .:E..ey .. ART. 8. Dei•oluci6n de la deducción en caso de separación <kl servicio.-En caso de que un empleado a quien es aplicable esta Ley fuese separado del servicio, por cualquier justo motivo, antes de tener derecho al retiro sobre la base de una pensión anual, las deducciones de sueldo, pag8. o remuneración sin intereses se devolverán, mediante solicitud al efecto, a dicho empleado o a sus herederos en una suma englobada, de acuerdo con lo siguiente: (a) Un empleado que haya prestado menos de pos años de servicio no tiene derecho al reembolso. (b) Un empleadó que haya prestado dos-años o más de servicio, pero menos de diez años de servicio, recibirá. el diez por ciento del total de la cantidad que haya sido deducido de su "sueldo por cada año de servicio. (e) Un empleado que haya prestado diez años o mú de servicio tiene derecho a li\ devolución del total de deducción de su sueldo; Entendiéndose, Que en caso de muerte, si no se hubiese pedido a la junta de pensión por el albacea o administrador debidamente nombrado, el pago se haré. al caducar los tres meses, desde la fecha de la muerte, a la persona o personas que resultaren con derecho al producto de los bienes, y dicho pago impedirá que otra persona · 10 u:ija; Y entendiéndose, además, Que un individuo del Departamento de Policía así separado y que haya recibido el reembolso de las deducciones dispuestas en este articulo, puede volver al servicio, y tiene derecho a los beneficios de esta Ley, solamente después de haber reembolsado las cantidades así recibidas por él al tiempo de su separación. ART. 9. Nomb1·a.miento de la. junta de pensión y f'etiro.El Alcalde_ de la Ciudad de Manila nombrará una junta que estará compuesta del Jefe de Policía, que será el presidente, el Jefe Auxiliar de Policía, el jefe del servicio secreto y dos capitanes seniors que serán miembros, y cualquier individuo del Departamento de Policía será nombrado secretario de la junta. La junta decidiré. y hará recomendaciones sobre las solicitudes de paga de pensión o retiro sometidas a la misma, para su considéración. La resolución adoptada en cada caso :~J!'~ó~itida al Alcalde de la Ciudad de ~anila, para s~ En caso de ocurrir alguna vacante en la junta, el Alcalde nombrará a cualquier capitán del Departainento de Policía, a recomendación de los otros miembros de la junta. El Presidente, los miembros y el secretario de 1a junta no recibirán remuneración adicional. ART. 10. La ocupación de cualquier puesto a.sala.riado del Gobierno, por un individuo retirado o pensionado ba.jo cierta.a circunstancias, es ilegal.-Los individuos de cualquier rango o titulo, o cuaiqui.era otra persona que perciba paga de pensión o retiro con arreglo a las disposiciones de esta Ley, quedan por la presente declarados ine!egibles para ocupar puestos maulares, provinciales o municipales que lleven consigo una remuneración, sueldo, paga, gratificación o dietas de cualquier clase, y no podrán calificarse para tales puestos, excepto los cargos conferidos por elección popular, en el Gobierno Insular, provincial o municipal de las Islas Filipinas, a menos que antes de que dicho individuo retirado y pensionado antes de calificarse y entrar en el ejercicio del nuevo cargo, haya renunciado por escrito o se comprometa a renunciar todo derechO ·o reclamación a los beneficios de esta Ley durante el período de su nuevo cargo: Entmd:iindose, Que en caso de necesidad, las personas que pertenecieron al Uepartamento de Policía de. )i.anila que perciben paga de retiro y residen en Filipinas,· pueden, en cualqwer tiempo, previa recomendación de la junta de pensiones y retiro, .ser llamadas por el Alcalde de la ciudad de Manila para prestar un servicio activo de emergencia, durante cuyo periodo de servicio tendrá derecho a percibir el total del sueldo correspondiente a la categoría en que fueron retirados; Y entndiéndose, además, Que la negativa injustificada de parte de cualquier individuo o empleado a cumplir con· dicho deber de emergencia dará fin a su derecho de seguir participando de los beneficios de esta Ley: Y entendiédose, sin embargo, Que el miembro así designado debe ser declarado fisicainente apto para el servicio: Y entendiéndose, finalmente, Que durante el cumplimiento de dicha obligación de emergencia, el miembro respectivo no cobrará ninguna paga por razón de retiro o pensión. ART. 11. Presupuesto anual de cien mil pesos.-Para llevar a efecto los fines de esta Ley, se consignará en la Ordenanza que regula los presupuestos de la ciudad de Manila, la suma de cien mil pesos, anualmente, y dicha sUfDa de cien mil pesos se incluirá en el presupuesto total del Departamento de Policía, y esta cantidad se acreditará en los libros del Tesorero de la Ciudad, al fondo de pensión y retiro del Departamento de Po licia de la Ciudad: Y entendié?ulase, ademáa, Que dicho fon:do se destinará para comÍ;lletar el pago de pensiones a los funcionarios y empleados del Departamento de Policía de Manila. AR~. 12. Autorizaci6n paro depositM o in1Jertiir /O'IUios.Con la aprobación del Alcalde de la ciudad de Manila, la junta de pensión y retiro queda por la presente autorizada para depositar en un banco depositario del Gobierno, al objeto de devengar intereses a los· tipos corrientes o legales, la parte del fondo de pensión y retiro del Departamento de Policía de Manila que no sea necesaria para pagar obligaciones existentes o futuras. Asimismo, la junta de pensión y retiro, con la aprobación del Alcalde de la ciudad de Manila, puede invertir de cuando en cuando aquella porción del fondo de pensión y retiro del Departamento ·ae Policía ~! :!:~l!~~;1!~un:ie:e o r:~u~~~á lo;~~.h:e!1&:::s o ª!1n f:01J: las formas siguientes y en ninguna otra: · (a) En bonos o valores con intereses del Gobierno de loa Estados Unidos o del Gobierno de las Islas Filipinas, o bonos o valores de dichos paises, para el pago del interés y capital en que están comprometidos la buena fe y el crédito de dichos Gobiernos. ( b) En hipotecas sobre bienes raíces, mejoras, productivos y no gravaddS, e"n la ciudad de Manila, con titulo debidamente registrado con arreglo a la Ley Número Cuatrocientos noventa y seis, tal como fué enmendada: Entendiéndose, Que no se hará ningún prestamo con garantía de bienes raices en exceso del cincuenta por ciento de su justo valor calculado, que se determinará en la forma que pres;r:::a!!n{:d~1di~b~s b~~~i:~aí~e:'co~~~f:ui~% e1uf~~dai!:: principal de la determinación de su valor; Y entendiéndose, adem.d.9, Que no se hará ningún préstamo por un periodo d':t!xd:~~::l ·d~c~v~~~Í~n~s \~~h~~ ;,:sladJ1 u:fatei;!8J°J sobre garantía de bienes raíces. La junta tendrá derecho de entablar demanda de pago por cualquier préstamo, en caso de una depreciación material del valor de la garantía o si los términos del contrato de préstamo no son cumplidos. También tomaré. las providendi.as neces.arias para el seguro de toda propiedad, .que sea susceptible de daños por incendio, que tenga en su poder como garantía. La junta también tendrá derecho a tomar posesión, durante un periodo que U:o exceda de cinco años, de los bienes raices pignorados por razón de ·algún préstamo que haya facilitado. · (e) Al computarse.el pago de los plazos adeudados por el Gobierno de las Islas Filipinas e individuos al endosarse debidamente a la junta la reclamación del individuo. LEGlSLATURA FILIPINA 1363 (d) No se hará ningún préstamo por la junta de pensión y retiro del Departamento de Policía de Manila, directa o indirectamente, a cualquier miembro de dicha junta, y cualquier miembro de la misma que reciba tal préstamo o autorice o haga dicho préstamo será castigado con prisión que no sea menos de cinco años o con multa que no baje de dos mil pes9s, ni pase de veinte m.il pesos, o con ambas penas a la vez, a discreción del Juzgado. (e) Siempre que el superávit corriente del fondo de pensi5n y retiro del Departamento de Policía de Manila resulte menor de la cantidad de cincuenta mil pesos., no se hará por· la referida junta ningún nuevo préstamo sobre bienes raíces. (f) La junta queda autorizada al hacer inversiones, de acuerdo con este articulo, para fijar las condiciones de las mismas, de tal modo que se resguarden los fondos de toda pérdida debida a depreciación de las garantias de pago, y para tomar cualesquiera otra precaución que estime necesario para la conservación de dicho fondo de pensiones. ART. 13. Esta Ley entrará en vigor en cuanto sea aprobada. El PRESIDENTE. Tiene la palabra el ponente del proyecto. INFORME ORAL DEL PONENTE, SR. DE LOS REYES El Sr. DE LOS. REYES. Señor Presidente: yo creo que no hay nadie que más merezca un proyecto de ley cual el que tenemos bajo nuestra consideración como los policías de la ciudad de Manila, cuyos servicios tienen por objeto asegurar nuestras vidas y nnestras propiedades. En este proyecto de ley se consigna en la página 7, linea 8, artículo 11, la cantidad de cien mil pesos que el Comité propone se reduzca a cincuenta mil pesos. El· Senador por el Cuarto Distrito (Sr. Tirona), como Senador que es a su vez de la ciudad de Manila, debe apoyar este proyecto, y yo pido que se le reconozca por la Mesa. El PRESIDENTE. Tiene la palabra el Senador por el Cuarto Distrito. . DISCURSO DEL SR. TIRONA EN FAVOR DEL PROYECTO Sr. TIRONA. Señor Presidente: sólo deseo hacer algun,as observaciones para demostrar la conveniencia y necesidad de que se apruebe el presente proye!ll;o de ley. En primer lugar, debo manifestar que el presente proyecto de ley no ha de gravar para nada el erario insular. De acuerdo con· este proyecto, se va a crear un fondo de .pensiones que se .constituirá con las deducciones que mensualmente se harán al tipo de un tanto por ciento, de los haberes, salarios y emolumentos que reciben los miembros del cuerpo de la policía de la ciudad de Manila, amén de ciertas cantidades en concepto de multas o desembolsos que .pagaii los miembros de ese mismo cuerpo de policía en ciertos expedientes de carácter administrativo, que ordinariamente se incoan contra aquellos miembtos de dicho cuerpo que hayan incurrido en alguna falta en el desempeño de su cargo o por infringir los regla111entos del euerp9 de policía. Sin embargo, en el mismo proyecto de ley, tal como ha sido enmendado por el Comité, se faculta a la Junta Municipal de la Ciudad de Manila para que anualmente destine de los fondos de la ciudad la cantidad de 1!"50,000, cantidad que tiene por objeto único responder a la necesidad que pudiera ocurrir si llegara el caso ~ tener que pagar las pensiones a los individuos que tengan derecho a elles, así como también las pensiones a la viuda o huérfanos de los policías que en el cumplimiento de sus deberes oficiales murieran en el servicio o que por algún accidente quedaran incapacitados para continuar sirviendo al cuerpo de la policía antes de llegar a la edad mareada por la ley para que puedan retirarse. Se ha hecho un cálculo de la ca,ntidad que se podría recaudar mensualmente de los miembros del cuerpo de la policía y el eálculq demuestra que se podrian recaudar hasta la cantidad de ·1"35,000 anuales con cargo a las deducciones que se hicieran de los sueldos, salarios, Jemolumentos y multas administrativas de los individuos del cuerpo de policía. Se cree que de aprobarse este proyecto de ley habrá unos sesenta y dos miembros del cuerpo de policía que tendrán derecho a acogerse a las disposiciones de la ley de retiro. En este caso, señor Presidente, se calcula que estos sesenta y "dos miembros del cuerpo de policía recibirian en total anualmente 1!"42,000 en concepto de pensión, de modo que de los tl"50,000 que cada año tendrá· a su disposición la junta municipal por virtud de este ·proyecto, apen~s se sacarían alrededor de P5,000, quedando los 'P'45,000 restantes para los casos de emergencia, y llamo casos de emergencia a aquellos casos de policías que mueren· en el cumplimiento de sus deberes y que todavía no han llegado a la edad fijada por JI>. ley para poder retirarse del servicio y gozar de los beneficios _de este proyecto, en cuyo caso, sus herederos son los que tendrán derecho a recibir el cincuenta por ciento del salario del policía muerto o accidentado durante el plazo de diez años. Señor Presidente: una de las razones que justifican la aprobación de este proyecto de ley e3 la necesidad de velar por la suerte de muchos miembros del cuerpo de policía que han pasado la mejor época de su juventud sirviendo a este instituto. Algunos han comenzado servir desde el año 1899, otros desde el año 1900, y otros desde los años 1901, 1902, 1903 a 1905 • Algunos de estos policías de .Jargo servicio, por los achaques que han eontraido durante el tiempo que han estado desempeñando SU•c&rgo, p.o pueden renair todo el servicio que se desea de ellos en razón de esos achaques. Por un lado, es inhumano despedirlos del servicio y la condición de éstos es tal que solamente se les asignan trabajos rutinarios o especiales de acuerdo con sus condiciones físicas para ll.O echarlos del servicio. · Por otro lado, el sostenimiento continuo de estos miembros del cuerpo de policía tiende a gravar el presupuesto asignado al cuerpo de policía e impii;Ie al mismo tiempo a este a admitir mayor número de miembros que puedan r.endir un servicio más eficiente que el que hasta. ahora siguen prestando los miembros viejos de dicho cuerpo; servicio -de policía que cada vez va tomando mayor incremento a compás del aumento de población de la ciudad de Manila y del inmenso tráfico y otras necesidades que la vida urbana moderna· va creando de día en día. EL SR. VILLANUEVA FORMULA VARIAS PREGUNTAS PABLAMENTABIAS El Sr. VILLANUEVA. Para unas preguntas al orador, señor Presidente. El PRESIDENTE. ¿Está dispuesto a contestarlas el Senador por ·el Cuarto Distrito? El Sr. TIRONA. Si, ·señor, con mucho gusto. 1364 DIARIO DE SESIONES El Sr. VILLANUEVA. ¿Cuántos años de servicio se necesitan para que un policía tenga derecho a acogerse a los beneficios de esta ley? El Sr. TIRONA. Veinte años, y, además, es preciso que el policía haya llegado a la edad de 60 años como mínimum. , El Sr. VILLANUEVA. ¿QQiere decir Su Señoría que un policía que haya empezado a prestar servicios a la edad de 21 años y haya prestado después veinte años de servicio . . . El Sr. TIRONA. No tiene derecho a los beneficios de la ley hasta que haya cumplido la edad de 60 años, porque se presume que, estando aún en la edad viril, podría rendir el mismo servicio que otros policías de menor de edad que esos policías. El Sr. VILLANUEVA. ¿No cree Su Señoría que un hombre a los 60 años está en plenitud de su edad? El Sr. TIRONA. Si ese hombre no se entregase a los trabajos que realiza la policía de Manila, se podría sostener que a los 50 años estaría en condiciones tales que podría resistir trabajos penosos y duros, pero individuos como los de la policia de Manila que tienen que atender cada año a 123 pro~esiones religiosas, a tres procesiones fúnebres, a 18 manifes'taciones cívicas, a 10 paradas militares, a 2 paradas carnavalinas, a 3 paradas escolares, a 6 reuniones obreras, a 317 reuniones políticas, a 2 fiestas de todos los santos, a 213 funciones teatrales, a 81 recepciones, a 189 juegos atléticos, a 63 funciones de boxeo, a 183 conciertos, a 7 4 guardias para guardar el orden en la Junta Municipal, a 73 para mantener el orden en la Cámara de .l(.epresentantes, a 72 para conservar el ora.en en el Senado, y 699 otros servicios de otros acontecimientos, tienen que verse, en último resultado en la precisión, por lo menos, de prestar servicio cada uno de ellos por espacio, como término medio de 3,435 horas al año, distribuidas en la siguiente forma : ~=~~ió:xka~;di;;ari~:::::::::::::::::::::: 2:: ~~~:: Servicio· ordinario .. ·-··························· 2,392 horas Servicio de reserva.............................. 721 horas Estos policías, antes de serlo, se someten a los exámenes previos del servicio Ciivil. Una vez admitidos, son considerados como empleados del servicio civil cl8.sificado, pero estos policías no gozan de ciertos privilegios de que gozan los empleados del servicio civil, como, por ejemplo, el medio día de asueto da los sábados, y aún en días de domingo prestan servicios. Se puede decir que los empleados de todas las oficinas del Gobierno trabajan siete horas diarias desde el lunes al viernes, inclusive de cada semana, y cinco horas los sábados durante el año, excepto desde el 1.0 de abril al 15 de junio, cuyas horas de oficina se reducen a cinco horas diarias, incluyendo los sábados. · NÚMERO DE DÍAS DE ASUETO PARA BL EMPLEADO Fiestas oficiales durante el año.................... 12 Domingo~ durante él año............................ 51 'l'otal ··················································- 63 NÚMERO DE DÍAS DE TRABAJO Jornada diaria de 7 horas............................ 209 Jornada diaria de 5 horas............................ 93 Total ............................... 302 Total general ............................... :........ 365 De los 686 p~licías que prestaron servicios el ~ño 1925, ha prestado cada uno de ellos 226 horas durante el año de servicio extraordinario, más 2,392 horas de servicio diario, de modo que se puede establecer en seguida la diferencia entre las horas de servicio de los policías y las de los otros empleados del servicio civil. El Sr. VILLANUEVA. ¿Son éstos los mismos policias que cogen a los ladrones, rateros y otros infractores de la ley? El Sr. TIRONA. Si, señor. El Sr. VILLANUEVA. Según la explicación de Su Señoría, estos policías dedican al servicio no sé cuántos miles de horas al año, pero las dedican a :Procesiones, carnaval, teatros, mas no consta que esos policías hayan estado cogiendo a los rateros. El Sr. TIRONA. Éstos son servicios de carácter especial que si se sumaran a los que ordinariamente presta un policía, a saber: velar por el cumplimiento de las ordenanzas y leyes vigentes, demostrarían de un modo evidente que los policías rinden un servicio más que extraordinario y desproporcionado al haber que reciben y emolumentos de que gozan. Estos mismos policías son los que aun en época de baguio, inundación, haya sol o lluvia, están constantemente en su puesto. Estos mismos policías, son los que velan por la seguridad de nuestros hogares y también del hogar de Su Señoria aquí en Manila. EL SR. ALEGRE FORMULA ALGUNAS PREGUNTAS PARLAMENTARIAS El Sr. ALEGRE. Señor Presidente, para algunas preguntas al orador. El PRESIDENTE. ¿Accede a ellas el orador? ' El Sr. TIRONA. Si, señor. El Sr. ALEGRE. Desearla saber si se votan también fondos para las pensiones de estos policías. El Sr. TIRONA. Se votan fondos del erario de ·la ciudad de Manila, no del tesoro insular. El Sr. ALEGRE. ¿No se está quejando el Gobierno de la ciudad de Manila de que no tiene fondos pára sus necesidades más perentorias? El Sr. TIRONA. Es verdad, señor Presidente, pero el pensionamiento de los policias es una gran necesidad para la ciudad de Manila. El hecho de que el Gobierno de la ciudad de Manila se queje de que no tiene suficientes fondos para cubrir sus atenciones, no arguye en contra de la necesidad de que se apruebe este proyecto de ley, porque la ciudad de Manila ti~e precisión de poder disponer de un cuerpo de policía eficiente, y para hacer eficiente este cuerpo, es necesario que los policías tengan la esperanza de que al final de sus servicios disfrutarán de un pequeño retiro que ha de servirles de ayuda durante su vejez. · LEGISLATURA FILIPINA 1365 El Sr. ALEGRE. ¿No convendría pensionar a todos o cambiar el sistema de pensionamientó; pero nada los empleados del Gobierno, incluyendo a los elec- perderíamos-actuando ahora sobre este particular. ti vos, para que también presten servicios eficientes? EL SR. LAUREL FORMULA ALGUNAS PREGUNTAS El Sr. TIRONA. Ya hemos iniciado el sistema de PARLAMENTARIAS pensionamiento. Están pensionados los maestros, Jos miembros de la Oficina de Sanidad, los consta- El Sr. LAUREL. Para algunas preguntas al orador. bularios, y se piensa pensionar también a los jueces. El PRESIDENTE. ¿Accede a ellas el orador? Ahora bien, si se quisiera pensionar a los .empleados El Sr. TIRONA. Sí, señor. electivos del Gobierno, yo no podría considerar E. Sr. LAUREL .. Tengo entendido que este proyecto aceptable semejante proposición, por lo mismo que, se contrae exclusivamente al cuerpo de policía de la siendo electivos están desempeñando su cargo tem- ciudad de Manila · • • . . El Sr. TIRONA. Sí, señor. poralmente, a menos que estos empleados sean de El Sr. LAUREL. ¿Por qué se ha de referir precisaseis años, o de nueve años hasta doce, en cuyo caso mente al cuerpo de policía de la ciudad de Manila? se podrían acoger a la ley de retiro. ¿por qué no se aprueba,.si es que existe una necesiEL SR. MABANAG FORMULA ALGUNAS PREGUNTAS PARLAMENTARIAS El Sr. MABANAG. Para algunas preguntas al orador, señor Presidente. El PRESIDENTE. ¿Accede a ellas el orador? El Sr. TIRONA. Sí, señor. El Sr. MABANAG. ¿Cuánta es la cantidad que se ha de votar anualmente por la Junta Municipal de Manila para atender o responder al pago de las pensiones? El Sr. TIRONA. El proyecto original fijaba la can' tidad de cien mil pesos, pero después de hacerse algunos cálculos, se creyó que con cincuenta mil había lo bastante. El Sr. MABANAG. Ya que se trata de un proyecto que ha de afectar a la ciudad, ¿no cree Su Señoria que sería más conveniente, y más en consonancia con la autonomía municipal, el dejar que la Junta Municipal de Manila sea la que acuerde dar pensión o no a estos policías? El Sr. TIRONA. Con arreglo a la Carta de Manila, la Junta Municipal no tiene facultades para dictar una ordenanza que cubra los fines que se persiguen con este proyecto. Hay necesidad de una ley de la Legislatura Filipina para que sea autorizada la Junta, pero está salvado el principio de la autonomía, porque tengo entendido que la Junta Municipal ha sido consultada sobre este proyecto de ley, y dicha Junta no ha formulado objeción alguna a este sistema de pensionamiento. El Sr. MABANAG. ¡,No cree Su Señoría que seria mejor enmendar la Carta de la Ciudad de Manila, en el sentido de incluir una autorización a la Junta para que pueda conceder uensiones a estos policías si lo creyese justo y equitativo y si tuviese dinero suficiente para ellas? El Sr. TIRONA. La aprobación de este proyecto de ley no imuide el que al!Z'ún día podamos enmendar la Carta de Manila dando a la Junta facultad para dictar una ordenanza sobre pensionamiento. Hay que tener en cuenta que esta es Ja primera vez que se va a implantar este sistema de pensionamiento, y creo que Su Señoría convendrá conmigo en que, después de dar ciertas bases de permanencia a nuestros policías, provinciales y municioales, quizás fuera posible enmendar la Carta de la Ciudad de Manila, para· que ésta sea la que acuerde reformar dad de esta naturaleza una· ley general que comprenda a los policías provinciales y municipales? El Sr. TIRONA. Está muy bien, pero es el caso que no sabemos cuáles son los municipios que tienen bastantes fondos para afrontar el pago de estas pensiones, porque es preciso asegurarse de que Ja ley ha de ser efectiva. Si aprobásemos una ley general, sin duda alguna habría municipios que no podrían gozar de los beneficios de esta ley. Varias veces hemos dictado leyes reformando la Carta de la Ciudad de Manila sin necesidad de esperar que se reformen las referentes a las otras provincias. La ciudad de Manila, tal como está ahora, es una ciudad gobernada por su propia Carta; no es como un municipio que está regido por. una ley. El Sr. LAUREL. En ese caso, ¿aceptarla el Senador por el Cuarto Distrito una enmienda en el sentido de que las disposiciones de este proyecto de ley serán aplicables a aquellas ptovincias y municipios que estén en condiciones de hacer efectivas las disposiciones de este proyecto? El Sr. TIRONA. Yo me temo que se diga después ·que este proyecto de ley abarca dos materias y se le tache de anticonstitucional. Aparte de que no podríamos fijar la cantida:d que cada municipio debe aprobar anualmente para cubrir Ja diferencia que podría ocurrir en el caso de que el fondo de pensiones creado por las deducciones de los suetdos y haberes de los policías no llegara a la suma necesaria para el pago <Je esas pensiones. Además, lo primero que se debe hacer es revisar la organización de nuestra policía municipal para darle una base de permanencia como está organizado el cuerpo de policía de la ciudad de Manila, cuyos individuos, además de estar examinados en el Servicio Civil, no se hallan sujeto• a los vaivenes de la politica. La Junta Mu-. nicipal no tiene nada que ver con la organización de la policía ni el Alcalde, excepto cuando se trata de nombrar o destituir, lo que no ocurre con los municipios. Actualmente tenemos una ley de policia que es susceptible de mayor perfección, pero hasta ahora no ha llegado la organización de la policía de los municipios al tipo de la organización de los policías de la ciudad de Manila. No sé si en estos momentos podrá haber policías en cada municipio que cuenten con veinte años de servicio. Si existieran, no habría objeción. Es más, yo aboga"' ría por qué el Comité de Gobernación del Senado prepare una ley como ésta; pero como quiera que 1366 DIARIO DE SESIONES la ciudad de Manila se rige por una Carta Especial, la constitución del cuerpo de policla de Manila es diferente y los deberes del jefe de policía de Manila son también distintos de los que tienen los jefes de polfoía de los municipios, así como el origen del nombramiento de uno y otro. Por esta razón no es poSilile incluir en un solo proyecto de ley a todos los cuerpos de policía. Quiero hacer constar que no me opondría a que se dictara una ley análoga para los ,policías de ·las provincias y municipios. Si nosotros incluimos una disposición de esa índole en este proyecto de ley, es posible que .la ley sea mal acogida por el Gobernador General, quien por considerar que el proyecto de ley jlbarca muchas ma.. terias y por ser dudoso que .se pu'diera aplicar con éxito a todos los municipios del Archipiélago, podría oponer su veto a este proyecto de ley, frustrando de esta suerte los buenos propósitos del mismo. El Sr. LAUREL. ¿Cree el Caballero por el Cuarto Distrito que si el titulo de este proyecto de ley se cambiase en este sentido : 14Ley que dispone el sistema de pensionamiento de los miembros de la policía de la ciudad de Manila y de las provincias y municipios" adolecería del defecto constitucional, señalado por Su Señoría, de abarcar dos materias? El Sr. TIRONA. ¿Cómo va a obviar Su Señoría el inconveniente de que en este proyecto de ley se fija un presupuesto anual de !"50,000 que la Junta Municipal debe apropiar de año en año? ¿cómo podriamos fijar el tipo mínimo o máximo que ca'da municipio debe votar? Tendríamos que ver la escala:· hay municipios de primera clase que deben votar una cantidad no menor de tanto, municipios de segunda, tercera y cuarta clase. No estamos preparados, según creo, ep estos momentos para entrar en detalles. El Sr; LAUREL. Deduzco de las manifestaciones y declaraciones del Senador por el Cuarto Dietrito (Sr. Tirona) que él no se opondría a la inclusión de los municipios y provincias para que éstos puedan acogerse a u~a ley de retiro. En ese caso ¿ n? t~ndría inconveniente el Caballero por el Cuarto D1str1to en que se posponga la consideración del proyecto de ley a fin de que se pueda presentar otro más genera~l Y más equitativo, y no como éste que se refiere sola,.. mente a los policías de la ciudad de Manila? · El Sr. TIRONA. Si el argumento fuera bueno, si nosotros, por ejemplo, pensáramos dictar una ley de pensionamiento de maestros en vista de que también otros funcionarios del Gobierno la necesitan, tendríamos que preparar una ley que comprendiese a los demás funcionarios que no están incluidos. Hay el hecho práctico de que algunos municipios no podrán dar su parte de contribución, porque · no sabemos todavía si nuestros municipios están en condiciones de poder sufragar la parte que les corresponde. ·Tengo entendido que hay municipios que no dispQnen más qu~ de dos policías porque no tienen dinero. En un municipio de mi distrito, Santa María, Laguna, no hay más que un policía; deberla tener siquiera tres o cuatro policías, pero no le es posible costear el slleldo. El Sr. LAUREL. Mi único temor es que este proyecto de ley surta mal· efecto en las provincias y munici~ pios; desde luego, será de excelentes resultados en la . ciudad de Manila, porque se trata de pensi~nar a los policías de la misma. Pero no parece si'no que estamos tratando con cierto privilegio y favor al cuerpo de policía de la ciudad de Manila, ignorando los intereses tan sagr¡idos como.los de aquél, de los policías de las provincias y municipios. Si realmente hay necesidad de que se pensione a los policias de Ma.. nila también es necesario pensionar a los Polícias de las provincias y municipios. Por esta razón creo que se debe· posponer la consideración de este pro. yecto hasta que se pueda presentar un .proyecto más general y equitativo. El Sr. TIRONA. No se trata de conceder ningún privilegio en perjuicio o en menoscabo de los demás municipios del Archipiélago. Ya he dicho que en cualquier momento que se presente un proyecto de ley para los demás municipios y provincias del Archipiélago, yo sería el primero eri votar a favor de dicho proyecto. MOCIÓN LAUREL El Sr. LAUREL. Presento la moción de que se posponga la consideración de este proyeéto de ley hasta que se pueda presentar otro más general y más equitativo. El Sr. TIRONA. Me opongo a la moción de posposición, porque el Reglamento no autoriza una moción en ese sentido. El Sr. VILLANUEVA. •Para una enmienda a la moción, señor· Presidente. · El PRESIDENTE. Puede formularla el Senador por el Octavo Distrito. ENMIENDA VILLANUEVA A LA MOCIÓN LAUREL. SU APROBACIÓN El Sr. VILLANUEVA. Que se fije la continuación de la consideración de este proyecto de ley para el martes, 26 del actual. · El PRESIDENTE. Los que estén conformes con la . enmienda a la moción, digan si. (Varios señoies Senadores: Sí.) Los que no lo estén, digan no. (Varios señores Senadores: No.) La Mesa no puede determinar Si hay mayoría en pro o en contra y va a proceder a la división de votos. Los que estén conformes con la enmienda a la moción, tengan la bondad de levantar la mano. (Seis Senadores levantan la mano.) Los que no lo estén, que . la levanten también. (Cinco Senadores l..Vantan también la mano.) Por seis votos afirmativos contra cinco negativos, se aprueba la enmienda a la moción. · El Sr. ALEGRE. Señor Presidente. El PRESIDENTE. Señor Senador por el Sexto Distrito. MOCIÓN ALEGRE El Sr. ALEGRE. Propongo que se posponga la consideración de este proyecto de ley, sugiriendo al Comité de Gobernación que estudie una enmienda con el objeto de que los beneficios de esta ley abarquen a los policías municipales y provinciales, tan dignos de consideración como los policias de la ciudad de Manila. El Sr. Q~ZON. Señor Presidente, está fuera de orden esa moción, en vista de que se ha aprobado ya la moción de posposición. El Sr. AL~RE. Retiro por ahora mi moción LEGISLATÚRA FILIPINA 1367 MOCIÓN OSÍAS DE CONSIDERACIÓN INMEDIATA. SU APROBACIÓN .El Sr. OsfAS. Señor Presidente. El PRESIDENTE. Señor Senador por el Segundo Distrito. El Sr. OsfAS. Propongo que se considere inmediatamente el Proyecto de Resolución Concurrente No. 20 del Senado. El Sr. QUEZON. Secundo la moción. El PRESIDENTE. ¿Tiene el Senado alguna objeción a la moción? (Silencio.) La Mesa no oye ninguna. Queda aprobada. Léase dicho proyecto. CONSIDERACIÓN Y APROBACIÓN DEL PROYECTO DE RESOLUCIÓN CONCURRENTE NO. 2 O DEL SENADO El CLERK DE ACTAS, leyendo : RESOLUCION CONCURRENTE QUE AUTORIZA AL SECRETARIO DE INSTRUCCION PúBLICA PARA DISTRIBUIR GRATUITAMENTE LOS EJEMPLARES IMPRESOS REMANENTES DE LA MEMORIA DE LA JUNTA DE ESTUDIO DEL SISTEMA DE EDUCACION DE LAS ISLAS FILIPINAS. Se resuelve por el Senado con la concurrencia de la Cámara de Representantes de Füipina.s, Que se autorice, como por la presente se autoriza, al Secretario de Instrucción Pública, para distribuir gratuitamen~e los ejemplares impresos remanentes de la Memoria de la Junta de Estudio del Sistema de Educación de las Islas Filipinas, según se dispone por las Leyes Números Tres mil ciento sesenta y dos y Tres mil ciento noventa y seis y por _la Resolución Concurrente No. 4 de la presente Legislatura, entre las oficinas públicas, bibliotecas, centros e individuos que, a juicio de dicho funcionario, estén interesados en dicha memoria. El Sr. OsfAs. Pido que se vote el proyecto. El PRESIDENTE. ¿Está dispuesto el Senado a votar? (Una mayoria: Sí.) Los que estén conformes · con el proyecto, que digan si. (Varios Senadores: Sí.) Los que no lo ~stén, que digan no. (Silencio.) Q~eda aprobado. MOCIÓN QUEZON DE CONSIDERACIÓN INMEDIATA Y EN SESIÓN DEL SENADO. SU APROBACIÓN El Sr. QUEZON. Señor Presidente. El PRESIDENTE. Señor Senador por el Quinto Distrito. El Sr. QUEZON. Propongo que se considere inmediatamente en sesión del Senado el Proyecto de Ley No. 636 de la Cámara de Representantes, que autoriza la emisión de bonos para la provincia de Sámar. El PRESIDENTE. ¿Tiene el Senado alguna ob~ción a la moción? (Silencio.) La Mesa no oye ninguna. Queda aprobada. Léase. CONSIDERACIÓN DEL PROYECTO DE LEY NO. 636 DE LA CÁMARA DE REPRESENTANTES El CLERK DE ACTAS, leyendo: LEY QUE AUTORIZA A LA PROVINCIA DE SAMAR · · PARA EMITIR BONOS CON EL FIN DE ARBITRAR FONDOS PARA LA CONSTRUCCIÓN DE MEJORAS PERJllANENTES, Y QUE AUTORIZA TAMBIÉN LA EMISION DE BONOS DEL GOBIERNO INSULAR GARANTIZADOS CON LOS BONOS PROVINCIALES ARRIBA MENCIONADOS, Y PARA OTROS FINES. 223862-2 El Senado y la, Cáma,ra, de Representa.ntes de Filipinas conatituídos en Legislatura, y por a,u.toridad tk · la, miamci decretan: ARTÍCULO l. De conformidad con las disposiciones del ~~~;!1de º:;:stoe d~a i!íiynot~i~~~rd~:ci:f¡~~bt~::1ad~ :v~,iL!; para declarar el propósito del pueblo de los Estados Unidos con respecto a la futura condición política del pueblo de las Islas Filipil1as, y establecer un Gobierno más autónomo para aquellas Islas," tal como quedó reformada por la Ley del Congreso aprobada el treinta y uno de .mayo de mil novecientos veintidós, por la presente se autoriza a la provincia ~6n~l~~~i!nªd~ ~!~~r~~ ;i:J>~~~~~tAu; ~i ~~g'!e dªf ~~ªde~J: pendiente al Gobierno Insular, en la cuantia que se expresa a continuación; . Para la construcción del Capitolio, doscientos cincuenta mil pesos; construcción de un compartimiento adicional al edificio del Trade School, veinticinco mil pesos; y pago a la deuda pendiente al Gobierno Insular, Veintidós mil 9uinientos pesos; o sea un total de doscientos noventa y siete mil quinientos pesos .. Y por la presente se autoriza al Gobernador General de las Islas Filipinas para emitir, en nombre y representación de la provincia de Sámar, los bonos correspondientes a dicho empréstito. Los bonos así autorizados se emitirán y llevarán la fecha que se determinará por el Gobernador General con ~egÍ~i!:ti~~:i;endi:ve~~a~á~ ~:~~C:~~s a::al ª::easta~tié:r:! determinará por dichos funcionarios, pagadero trimestrp.I o semestralmente en moneda de oro de los Estados Unidos o su equivalencia, a discreción del Tesorero Insular, y será:n redimibles después de diez años, cuando lo disponga la junta provincial. de Sámar, y pagaderos en el término de treinta años contados desde la fecha de la emisión en moneda de oro de los Estados Unidos o su equivalencia, a discreción del Tesorero Insular. Dichos bonos serán nominativos o. al portador y convertibles en una u otra forma, se expe~án en denominaciones convenientes., y los nominativos se registrarán y transferirán en la oñcina del Tesorero Insular en Manila, donde el capital y los intereses serán pagaderos. ART. 2. El Gobernador General queda, asimismo, autorizado para vender dichos bonos en las condiciones que sean más ventajosas para la provincia de Sámar, o para ceder y traspasar dichos bonos al Gobierno de las Islas Filipinas a título oneroso y con cargo a los productos liquidos de la venta de bonos del Gobierno de las Islas Filipinas que al efecto se emitan en cantidad equivalente como se dispone en el artículo cuatro de esta Ley, y para depositar el producto de la venta o cesión en una depositaria autorizada del Gobierno de las Islas Filipinas. El produ"cto de la venta o de la cesión al Gobierno Insular de dichos bonos lo empleará el Tesorero Insular en el pago de las deudas contraídas por la provincia de Sámar al Gobierno Insular pendientes de pago y abonará el resto al crédito del "Fondo de Bonos para Obras Públicas de la provincia de Sámar" y solamente podrá ser retirada de alli para los fines mencionados por esta Ley. ART. 3. A partir del año económico de la emisión de los bonos y en cada año sucesivo hasta que dichos bonos hayan sido totalmente redimidos, por la presente, se autoriza un crédito anual continuo que será satisfecho de cualesquier fondos existentes en la Tesorería Insular no consignados de otro modo, en la cantidad que sea necesaria para satisfacer los intereses anuales devengados por los bonos provinciales emitidos de conformidad con esta Ley y para constitiJ.ir un fondo de amortización para el pago de dichos bonos. E·l fondo de amortización que por la presente se crea se ajustará anualmente de manera que por su importe total en cada aniversario de la emisión de bonos sea igual al importe total de una anualidad de ciento noventa y tres pesos con setenta y un céntimos por cada diez mil pesos de bonos pendientes, con un interés de tres y medio por ciento al año. Dicho fondo de amortización estará bajo la custodia del Tesorero Insular, el cual lo invertirá de la manera que el Secretario de Hacienda apruebe, de conformidad con las disposiciones de la Ley que ·rige la inversión de los fondos de amortización, y cargará todos los gastos incidentales a' dicha inversión al mencionado fondo de amortización. 1368 DIARIO DE .SESIONES ART. 4. Por la presente se faculta ·al Secretario de Guerra para emitir en nombre y representación del Gobierno de las Islas Filipinas, redimibles después de diez años, a discreción de_l Gobierno Insular, y a vencer al término de treinta años, y con fecha que él determine, bonos en la cantidad de trescientos seis mil dólares, moneda de los Estados Unidos, garantizados con los bonos aquí autorizados de la provincia de Sámar, cedidos y traspasados al Gobierno Insular como se provee en el articulo dos. El Secretario de Guerra determinará la forma de los bonos, el tipo de interés que devengarán y los plazos de su pago. Los bonos podrán ser al portador o nominativos, y a discreción del Secretario de Cu.erra, se podrán convertir en un.a u otra forma y los bonos nominativos serán registrados en Ja Tesoreria de los Estados Unidos, donde el capital y los intereses serán pagaderos en moneda de oro de los Estados Unidos. El Secretario de Guerra queda asimismo autorizado para vender dichos bonos insulares en Jas condiciones que, a su juicio, sean más ventajosas para el Gobierno de las Islas Filipinas, y depositará los productos de la venta de los mismos en una o varias depositarias autorizadas del Gobierno de las Islas Filipinas en los Estados Unidos a nombre del Tesorero de las Islas Filipinas. ART. 6. El fondo de amortización previsto en el articulo tres de esta Ley constituirá el fondo de amortización para el pago de los bonos insulares emitidos por virtud de esta Ley. ART. 6. Los bonos tanto insulares como provinciales y munici¡ales cuyas emisiones se autorizan en la presente estarán exentos de toda tributación por el Gobierno de los Estados Unidos, por el Gobierno de las Islas Filipinas y de sus subdivisiones políticas y municipales, y por cualquier Estado o territorio de los Estados Unidos y por cualquier ~f!ª~~tad~n~i~~~ritori~ªde s¡~:i'í!!~do:1Ü~~:fu:~ ;e p::ª!i l~!s~f:m!~ ~ol~~!~ le1 e!~íc:¡:n;~1::ie:! d:ºi!gn~: d~~ Congreso aprobada el seis de febrero de mil novecientos ~;ºde1e·c~~=~~ :~~~~~u:\ ::fnti~1::v:de~~e:s~~ d~n1~n novecientos dieciséis, tal como quedó reformada, y en consonancia con esta Ley, se emiten dichos bonos. ART. 7. Por la presente se dispone una consignación, con cargo a los productos de la venta de los bonos insulares h:~:s e:ii:~1do:ª p~~~~z;r¿~~cÍ~ta d~Ká~:~a c:~i:f:!"º y d:r!~~ pasados como garantia de los bonos del Gobierno Insular arriba mencionados. ART. ·8. Por la presente se dispone una consignación con cargo a los fondos generales no dispuestos de otro modo de la Tesoreria Insular, de una cantidad suficiente para satisfacer los gastos de la emisión y venta de los bonos tanto insulares como municipales que por esta Ley se autorizan y para el pago de los intereses de dichos bonos insulares y de los gastos incidentales a la inversión del fondo de amortización. El Gobierno Insular será reembolsado por la provincia de Sámar de dichos gastos y de los pagos que haga para constituir, conservar o invertir el fondo de amortización previsto en el articulo tres de esta Ley, dentro del término de treinta dias, contados desde la fecha del pago de dichos gastos y fondo de amortie:ación por el Gobierno Insular. El reembolso se hará proporcionalmente a las obligaciones contraídas por la provincia de Sámar. Para el caso de que la junta provincial de Sámar dejase de efectuar dic~os reembolsos, por la presente se autoriza y ordena al Administrador de Rentas Internas y al tesorero provincial de la provincia de Sámar para retener de las rentas de Ja misma provincia que lleguen a su poder, una cantidad suficiente para efectuar dicho reembolso, o cualquier otro de los que quedan prescritos, y depositará dicha cantidad en poder del Tesorero de las Islas Filipinas, al crédito de los fondos generales del Gobierno Insular. ART. 9. El Director de Obras Públicas de las Islas Fili,pinas tendrá a su cargo y bajo su exclusivo control todas las obras y mejoras que se han de ejecutar en virtud de las disposiciones de esta Ley. ART. 10. Esta Ley entrará en vigor en cuanto sea aprobada. ENMIENDAS QUEZON. su APROBACIÓN El Sr. QUEZON. Para unas enmiendas, señor Presidente. · El PRESIDENTE. Puede formularlas Su Señoria.El Sr. QUEZON. Propongo que en la página 1, lineas 11 y 12, se supriman las palabras "de su deuda pendiente," y que en la línea 12, después de la coma que sigue a la palabra "Insular" se inserte lo siguiente: "de préstamos pendientes contraídos por la construcción de mejoras permanentes." El PRESIDENTE. ¿Tiene el Senado alguna objeción a la enmienda? (Süencio.) La Mesa no oye ninguna. Queda aprobada. El Sr. QuEZON. Que en la línea 17, página 1, entre las palabras "y pago" se inserte la palabra "para," y que se borren en la misma línea las palabras "a la deuda pendiente al Gobierno Insular," y en· su lugar se inserten estas otras: "del préstamo insular." El PRESIDENTE. ¿Tiene el Senado alguna objeción a la enmienda? (Süencio.) La Mesa no oye ninguna. Queda aprobada. El Sr. QUEZON. Que en la misma página, lineas 17 y 18, se borre la palabra "veintidós" y· que en su lugar se inserte lo siguiente·: "dieciocho," y que en la misma línea 18 se borre la palabra "quinientos." El PRESIDENTE. ¿Tiene el Senado alguna objeción a la enmienda? (Süencio.) La Mesa no oye ninguna. Queda aprobada. El Sr. QUEZoN. Que en la misma página, linea.19, se borren las palabras "siete" y "quinientos," y que en lugar de dicha palabra "siete" se inserte la palabra "tres." El PRESIDENTE. ¿Tiene el Senado alguna objeción a la enmienda? (Süencio.) La Mesa no oye ninguna. Queda aprobada. El Sr. QuEZON. Que en la página 2, linea 12, se borren las palabras "pagaderos en el término de," y que en su lugar se inserte: "vencerán a los." El PRESIDENTE. ¿Tiene el Senado alguna objeción a la enmienda? (Süencio.) La Mesa no oye ninguna. Queda aprobada. El Sr. QUEZON. Que en la página 3, linea 6, se borren las palabras "A partir del" y que en su lugar se inserte: "Comenzando co:ri el." El PRESIDENTE. ¿Tiene el Senado alguna objeción a la enmienda7 (Silencio.) La Mesa no oye ninguna. Queda aprobada. El Sr. QUEZON. Que eri la página 4, linea 2, se borre la palabra "trescientos" y que en Bl\. lugar se inserten las siguientes: "ciento cuarenta y." El PRESIDENTE. ¿Tiene el Senado alguna objeción a la enmienda? (Süencio.) La Mesa no oye ninguna. Queda aprobada. El Sr. QUEZON. Que en la página 5, linea 30, se borren las palabras "las rentas" y el .articulo· "la" que subsigue a dichas palabras, y que en lugar de las primeras se inserte: "los ingresos,'' y en lugar de la segunda o sea del artículo "la" se inserte la palabra "dicha," y que se borre la palabra "misma" en la línea 31. El PRESIDENTE. ¿Tiene el Senad<> alguna objeción a la enmienda? (Süencio.) La Mesa no' oye ninguna. Queda aprobada. LEGISLATURA FILIPINA 1369 El Sr. QUEZON. Que en la página 6, linea 2, se añada a la palabra "depositará" la letra "n". El PRESIDENTE. ¿Tiene el Senado alguna objeción a la enmienda? (Silencio.) La Mesa no oye ninguna. Queda aprobada. El Sr. QUEZON. Que en la página 6, linea 6, se borren las pala:bras ºy bajo su exclusivo control" y que en su lugar se inserten las siguientes: "la direc-· ci6n exclusiva de." El PRESIDENTE. ¿Tiene el Senado alguna objeción a la enmienda? (Silencio.) La Mesa no oye ninguna. Queda aprobada. El Sr. QUEZON. Señor Presidente, pido que se vote el proyecto, tal como ha quedado enmendado. El PRESIDENTE. Los que estén conformes con el proyecto, tal como ha quedado enmendado, que digan, sl. (Varios Senadores: Sí.) Los que no lo estén, que digan 'no. (Silencio.) Queda aprobado en segunda lectura. Pase el proyecto a tercera lectura, y léase solamente por su titulo si no hay objeción. (No hubo objeción.) APROBACIÓN EN TERCERA LECTURA DEL PROYECTO DE LEY NO. 686 DE LA CÁMARA DE REPRESENTANTES El CLERK DE .AcTAS, leyendo: Ley que autoriza a la provincia de Sámar para emitir bonos con el ñn de arbitrar fondos para la construcción de mejoras permanentes, y que autoriza también la emisión de bonos del Gobierno Insular garantizados con los bonos provinciales arriba mencionados, ·y para otros fines. El PRESIDENTE. Los que estén conformes con el proyecto, cuyo título acaba de leerse, que digan sí. (Varios Senadores: Sí.) Los que no lo estén, que digan no. (Silencio.) Aprobado en tercera lectura. MOCIÓN QUEZON. SU APROBACIÓN El Sr. QUEZON. Señor Presidente. El PRESIDENTE. Señor Senador por el Quinto Distrito. El Sr. QUEZON. Propongo que el Senado mantenga sus enmiendas al proyecto de ley que acaba de aprobarSe, solicite una conferencia con la Cámara de Representantes en relación con las mismas y que, a tal efecto, se nombre un Comité de Conferencia por parte de este Cuerpo, compuesto de los Senadores Villanueva, Alegre y Sumulong. El PRESIDENTE. ¿Tiene el Senado alguna objeción a la moción? (Silencio.) La Mesa no oye ninguna. "Queda aprobada. A los efectos indicados en la moción, quedan nombrado el siguiente. COMITf ·DE CONFERENCIA Sres. Villanueva, Alegre y Sumulong. MOCIÓN DE LOS REYES DE CONSIDERACIÓN INMEDIATA. SU APROBACIÓN El Sr, DE LOS REYES. Señor Presidente. El PRESIDENTE. Señor Senador por el Primer Distrito. El Sr. DE LOS REYES. Propongo que se considere inmédiatamente el Proyecto de Ley No. 268 del Senado. · El PRESIDENTE. ¿Tiene el Senado alguna objeción a la moción? (Silencio.) La Mesa no oye ninguna. Queda aprobada. Se constituye el Senado en Comité de Toda la Cámara, para considerar el Proyecto de Ley No. 268 del Senado. SESIÓN·DEL COMITÉ DE TODA LA CÁMARA Se abre la sesión del Comité de Toda la Cámara a las 4.52 p. m. El PRESIDENTE. Queda abierta la sesión del Comité. . Léase el Proyecto de Ley No. 268 del Senado. CONSIDERACl'ÓN DEL PROYECTO DE LEY NO. 268 DEL SENADO El! CLERK DE ACTAS, leyendo : LEY QUE AUTORIZA AL GOBERNADOR GENERAL PARA COMPRAR EN NOMBRE DEL GOBIERNO DE LAS ISLAS FILIPINAS, CINCUENTA MIL ACCIO· NES DEL CAPITAL SOCIAL DE LA MANILA RAILROAD COMPANY OF THE PHILIPPINE ISLANDS Y QUE DESTINA FONDOS PARA EL PAGO DE DICHAS ACCIONES, CUYO IMPORTE SE DESTI· NARA A EXTENDER EL FERROCARRILºDESDE SAN FERNANDO LA UNióN HACIA LAOAG. El Senado 'JI la Cámara de Representantes de Filipinas conatituúfos en Legisla.tura y por autoridad de la misma decretan: ARTfCULO 1. Por la presente se le autoriza y requiere al Gobernador General para suscribir y comprar, en nombre del Gobierno de las Islas Filipinas siempre y cuando que el estado financiero del Gobierno así lo permita, cinclJl;nta mil :í!iPtih:~~::)~~~d~c~~\ ~eaf!-~ª~ª~a~~~di:z c;;¡fo~'!: d~ pesos. . ART. 2. La Manila. Railroad Company of the Philippine 11lands usará estos fondos única y exclusivamente en la extensión de la linea ferroviaria desde San Fernando de La Unión hasta Laoag o parte de la misma. · ART. 3. Dicha suma de diez millones de pesos se pagará en cantidades no menores de dos millones de pesos cada año hasta que quede enteramente pagada, debiendo efectuarse el primer pago en la fecha del otorg{l.miento del contrato de suscripción. A.RT. 4. La cantidad de diez millones de pesos que será invertida en la manera dispuesta en el artículo tres de esta Ley, queda por la presente apropiada de los fondos existentes en la Tesorería Insular que no esten destinados de otro modo: Entendiéndose, Que dicha cantidad no se asentará en los libros del Auditor Insular hasta que sea administrativamente asignada total o parcialmente por el Gobernador General. . ART. 5. Esta Ley tendrá efecto en cuanto sea aprobada. El PRESIDENTE. Tiene la palabra el Comité. INFORME ORAL DEL PONENTE, SR. QUIRINO El Sr. QUIRINO. Señor Presidente, este es un proyecto de ley que vota la cantidad de diez millones. de pesos cuando en las arcas del Gobierno haya disponible esa cantidad o parte de la misma para comprar cincuenta mil acciones del ferrocarril, con el fin de conseguir que la compañia pueda extender su línea desde San Fernando de La Unión hasta Laoag, llacas Norte. La cantidad que se vota en este proyecto, no es una cantidad que. quedará enterrada en el camino; es una inversión en que posiblemente el Gobierno Insular pueda ganar, p~r1370 DIARIO DE SESIONES que la compañía del ferrocarril está ganando actualmente. Además, es una gran ayuda a loa pobres viajeros, porque es siempre. más económico viajar en tren que en automóvil o cualquier vehículo de motor. Las provincias del Norte de Luzón, tienen una linea que se extiende hasta Bauan Sur, y el número de habitantes, el volumen del comercio, la industria y otras actividades humanas en el Norte de Luz6n, creo que son merecedores de la atención del Gobierno Insular, de la misma manera que hemos votado cantidades de análoga importancia para la extensión de la linea ferroviaria a la Bicolandia y demás partes importantes del Archipiélago. Por estas consideraciones, pido que se aprnebe el proyecto. EL SR. TIRONA FORMULA ALGUNAS PREGUNTAS PARLAMENTARIAS . El Sr. TIRONA. Señor Presidente, para algunas preguntas al orador. El PRESIDENTE. ¿Accede a ellas el orador? El Sr. QUIRINO. Sí, señor. El Sr. TIRONA. ¿De dónde se ha de sacar Ja suma de dos millones anuales para cubrir el valor de estas acciones? ¿De la caja insular? El Sr. QUIRINQ. De Ja caja insular, siempre que Ja caja insular pueda responder de esa cantidad. No se fija ningún plazo, ninguna fecha en que el gobierno insular tiene que adquirir estas acciones. El Sr. TIRONA. ¿No es verdad que hay también el proyecto de terminar la línea ferroviaria hasta Camarines Norte? El Sr. QUIRINO. Ya es una ley. El Sr. TIRONA. ¿Existe ya dinero para el tendido de esa linea? El Sr. QUIRINO. Si, señor, hasta Aloneros. El Sr. TIRONA. Una vez aprobado este proyecto, ¿estaría la Legislatura en dispo.sición de votar suficierite -cantidad para otras obras públicas sin reservar primeramente los dos millones? El Sr. QUIRINO. Sí, señor; tenemos bastante superávit ahora. El Sr. TIRONA. La Ley impone al Gobiernq la obligación de reservar anualmente dos millones. Mi contención es esta: una vez aprobado este proyecto, los dos millones de pesos anuales, naturalmente se reservarán, en cuyo caso el Gobierno Insular no tendría libertad para disponer del exceso de esos dos millones. · El Sr. QUIRINO. Es que la preferencia que se establece no perjudica a las obras públicas que, de cuando en cuando, la Legislatura Filipina autorice. · El Sr. TIRONA. Pero una vez iniciada la construcción ¿cree Su Señoría que podría el Gobiérno disponer todavía de los dos millones para sus otras atenciones? El Sr. QUIRINO. Sí, señor. El Sr. TIRONA. ¿En qué se funda Su Señoría, si está iniciada ya la co.nstrucción? El Sr. QUIRINO. Lo demuestra el hecho de que habiéndose votado en una ley anterior una cantidad idéntica no se gastó ésta inmediatamente, y el Gobierno esperó mejores tiempos para adquirir las ac. ciones. El Sr. TIRONA. ¿Sabe Su Señoría el costo del tendi'do de la línea ferroviaria hasta Laoag? El Sr. QUIRINO. Al rededor de diez millones. según cálculos de la empresa del ferrocarril. · El Sr. TIRONA. ¿En esa cantidad está incluido el valor de los terrenos que se van a expropiar? El Sr. QUIRINO. No todo, porque Ja compañía tendrá que gastar también de sus propios fondos. La cantidad que se vota no se entrega a la vez al ferrocarril; es sólo una ayuda. a la empresa para. que pueda tener otra fuente de ingreso y de este medo lo sea posible extender sus lineas. El Sr. TIRONA. En ese caso, ¿por qué no se designa ni es})ecifica el sitio o el lugar en que se va a invertir -esa cantidad? El Sr. QUIRINO. La extensión de Ja linea de Laoag es una obra estudiada por la empresa del ferrocarril Y r~omendada por los legisladores del No rte. EL SR. SANDIKO FORMULA ALGUNAS PREGUNTAS PARLAMENTARIAS El Sr. SANDIKO. Señor Presidente, para algunas preguntas al orador. El PRESIDENTE. El orador puede contestar, si Jo desea. · El Sr. QUIRINO. SI, señor. El Sr. SANDIKO. ¿Qué medios de transporte hay de San Fernando de Ja Unión a Laoag? El Sr. QUIRINO. Hay tres medios: automóviles, carretones y carretelas. El Sr. SANDIKO. ¿Hay una compañia de trucks? El Sr. QuIRINO. Alguno· que otro dueño de trucka de alquiler y de Utilidades Públicas, para el transporte de personas y mercancías. El Sr. SANDIKO. ¿No cree Su Señoría que el proyecto no es de extrema necesidad habiendo ya una carretera de primera clase para el transporte de mercancías y personas? El Sr. QUIRINO. Es una ayuda, además, Ja construcción de un ferrocarril, porque en nuestra región, tenemos ríos y muchos de ellos son bastante anchos y necesitamos tender puentes costosos que el gobierno no podría construir. En cambio el f~rrocarril po_drá construir esos puentes, y el :Go~1erno Ins!1lar, al extender sus caminos, puede utihzar también parte del puente del ferrocarril, como lo hacen en Pampanga y en otros sitios donde el puente del ferrocarril se utiliza como Camino i.nsular. El Sr. SANDIKO. Habiendo grandes rios, Jos transportes fluviales siempre han resultado más baratos que los transportes terrestres. No veo la necesid!i-d de que se construya esa línea, habiendo grandes r1os. El Sr. QUIRINO. Es una cosa subir o bajar un río que cruzarlo, especialmente, si hay corrientes fuertes como en el río de Tagudln, Abra y Laoag. El Sr. SANDIKO. ¿Cómo se arreglan Jos trans- · portes en esos ríos? El Sr. QUIRINO. Mediante balsas o almadías que emplean media hora en cruzar el río. El Sr. SANDIKO. ¿No hay un proyecto pendiente de terminación en Tayabas-Pamplona que hasta ahora no está en construcción? El Sr. QUIRINO. Precisamente están ·casi terminadas esas lineas. La Legislatura ha votado idéntica cantidad, y esa obra está ya terminada. LEGISLA TURA FILIPINA 1371 Señor Presidente, por las consideraciones expuestas, pido que el proyecto sea aprobado. · ENMIENDA ALEGRE. SU APROBACIÓN · El Sr. ALEGRE. Para una enmienda, señor Presidente. En la página 1, línea l, suprimanse las palabras 11y requiere," quedando, por lo tanto, el articulo en la fO:i-ma siguiente: "Por la presente se le autoriza al Gobernador General para suscribir y comprar, etc." El Sr. QUEZON. Secundo la enmienda. El PRESIDENTE. ¿Qué dice el Comité? El Sr. QUIRINO. El Comité acepta la enmienda. El PRESIDENTE. Los que estén conformes con la enmienda, digan sí. (Varios señores Senadores: Sí.) Los que no lo estén, digan no. (Süencio.) Aprobada. Ahora la cuestión en orden es la votación del proyecto tal como ha sido enmendado. Los que estén conformes con el proyecto tal ·como ha sido enmendado,- digan sí. (Varios Senadores: Sí.) Los que no lo estén, digan no. (Süencio.) Aprobádo. El Sr. QUEZON. Señor Presidente. El PRESIDENTE. Señor Senador por el Quinto Distrito. LEVANTAMIENTO DE LA SESIÓN DEL COMITÉ DE TODA LA CÁMARA El Sr. QUEZON. Propongo que se levante la sesión del Comité de Toda la Cámara, con el informe de que se ha llegado a un acuerdo sobre el Proyecto de Ley No. 268 del Senado. El PRESIDENTE. ¿Hay algun:a objeción a la moción? (Silencio.) La Mesa no oye ninguna. Aprobada. Se levanta la sesión del Comité de Toda la Cámara. Eran las 6.17 p. m. SE REANUDA LA SESIÓN DEL SENADO Se reanuda la sesióñ del Senado a las 6.18 p. m. El PRESIDENTE. Se declara reanudada la sesión. INFORME DEL PRESIDENTE DEL COMITÉ DE TODA LA CÁMARA Caballeros del Senado : el Comité de Toda la Cámara ha tenido bajo su consideración el Proyecto de Ley No. 268 del Senado, y ahora tiene el honor de informar al mismo que ha llegado a un acuerdo sobre el mismo. Ahora la cuestión de orden es si el Senado confirma el informe. Los que estén conformes con el informe, digan sí. (Varios Senadores: Sí.) · Los que no lo estén digan no. (Silencio.) Confirmado. Léase el proyecto por tercera vez y por su título solamente, si no hay ninguna objeción. (No hubo objeción.) APROBACIÓN EN TERCERA LECTURA DEL PROYECTO DE LEY NO. 2 6 8 DEL SENADO El CLERK DE ACTAS, leyendo: Ley que auioriza al Gobernador General para comprar en nombre del Gobierno de las Islas Filipinas, cincuenta mil acciones del capital social de la Manila Railro<id Compan11 of the Philippine lslands y que destina fondos' para el pago de dichas acciones, cuyo importe se destinará a extender el ferrocarril desde San Fernando, La Unión hacia Laoag. El PRESIDENTE. Los que estén conformes con el proyecto, cuyo título acaba de leerse, digan sí. (V arios Señwes Senadores: Sí.) Los que no lo están digan no. (Silencio.) Aprobado. El Sr. LAUREL. Señor Presidente. El PRESIDENTE. Señor Senador por el Quinto Distrito. El Sr. LAUREL. Propongo que se continúe la discusión del Proyecto de Ley No. 352 de la Cámara de Representantes, sobre la cancelación de los certifi .. cados de propiedad y transferencia de ganado mayor muerto. El PRESIDENTE. ¿Hay alguna objeción a la moción? (Silencio.) La Mesa no oye ninguna. Aprobada. Está en orden la continuación de la consideración del Proyecto ·de Ley No. 352 de la Cámara de Representantes. Tiene la palabra el Senador por _el Quinto Distrito. CONTINUACIÓN DE LA DISCUSIÓN DEL PROYECTO DE LEY NO. 862 DE LA CÁMARA DE REPRESENTANTES El Sr. LAUREL. Como habla dicho antes, este proyecto ha sido aprobado ya por la Cámara de Representantes y tiene por objeto enmendar el articulo quinientos treinta y cuatro del Código Administrativo, y el fin es disponer que los certificados de propiedad y de transferencia de ganado mayor que haya mqerto por enfermedad o por accidente,. sean presentados para su cancelación dentro de quince días por el dueño o administrador del ganado mayor. El objeto es sencillamente impedir que estos certificados sean utilizados para fines ilícitos por personas mal intencionadas. El Sr. HoNTIVEROS. Para algunas preguntas al orador, señor Presidente. El PRESIDENTE. Puede contestar el orador, si lo desea. E_l Sr. LAUREL. Con mucho gusto. EL SR. HONTIVEROS DIRIGE ALGUNAS PREGUNTAS PARLAMENTARIAS El Sr. HoNTIVEROS. ¿Hay alguna sanción penal para el caso de que el dueño no pueda presen~r esos certificados? · El Sr. LAUREL. Sí, señor. El Sr. HONTIVEROS. ¿En qué consiste? El Sr. LAUREL. Consiste en una multa, de cuya cuantía no me acuerdo en estos momentos ; pero hay una sanción pénal. (Prosiguiendo.) El Comité tiene algunas enmiendas al proyecto, a saber: Que el título del proyecto se lea como sigue: Ley que enmienda el artículo quinientos treinta y cuatro del Código Administrativo Revisado, disponiendo el registro de ganado mayor muerto y la cancelación de los ce;rti:ficados de propiedad y de transferencia del mismo. El PRESIDENTE. Los que estén conformes con la enmienda del Comité, digan sí. (Varios señores · Senadores: Sí.) Los que no lo estén, digan no. (Silencio.) Aprobada. 1372 · DIARIO DE SESIONES OTRA ENMIENDA DEL COMITÉ. SU APROBACIÓN El Sr. LAUREL. Pido que el articulo primero sea enmendado también en la forma siguiente: ARTÍCULO l. Por la presente se reforma el articulo quinientos treinta y cuatro de la. Ley Número Dos mil setecientos once, conocida por Código Administrativo de mil "novecientos diez y siete, de modo que se lea como sigue: "ART. 534. Registro de ga11(1.dQ mayor sacrificado o muerto.-El tesorero municipal llevará un registro de todos los permisos que haya concedido para el sacrificio de reses, asf como de todas las reses muertas de que llegue a tener conocimiento, y dicho registro expresará el nombre Y· residencia del dueño1 y la clase, sexo, edad, marcas, remolinos y las demás señas que sirvan para identificar el animal muerto o para cuyo sacrificio se concedió licencia, y la fecha de la muerte, si es conocida, o en que dicha licencia se expidió. Los nombres de los dueños se inscribirán en el registro por orden alfabético, juntamente con lOs datos mencionados. "Si por cualquiera causa, que no sea la especificada en el articulo quinientos treinta y dos del presente, murieae un ganado mayor, será deber del dueño o del administrador dar cuenta de dicha muerte, dentro de quince días desde que haya tenido conocimiento de la misma, al tesorero del municipio de su residencia o de aquel en que ocurrió la muerte, entregándose al mismo tiempo el certificado de propiedad o de transferencia del ganado muerto. El tesorero registrará la muerte de dicho ganado en el registro mencionado en el párrafo anterior y cancelará los certificados correspondientes. Todo documento de esta índole que se encuentre en poder de cualquiera persona, será confiscado y cancelado como se prescribe en este artículo. ' 1Mensualmente se remitirá al tesorero provincial copia del registro juntamente con los certificados cancelados, y dicho funcionario los archivará y formará índice adecuado de los mismos por el orden de los nombres de los dueños y con expresión de las fechas en que ocurrieron las muertes y ~n que se concedieron los pemnsos." El Sr. TmONA. Para una enmienda a la enmienda del Comité, señor Presidente. El PRESIDENTE. Puede formularla el Senador por el Cuarto Distrito. ENMIENDA TIRONA A LA ENMIENDA DEL COMITÉ. SU APROBACIÓN El Sr. TmONA. En vez de la palabra "quince" que aparece en la enntienda del Comité, póngase "treinta." El PREsIDENTE. ¿Qué dice el Comité? El Sr. LAUREL. El Comité acepta la enmienda a la enmienda. · El PRESIDENTE. Los que estén conformes con la enmienda a la enmienda, digan sí. (Varios señores Senadores: Sí.) Los que no lo estén, digan no. (Silencio.) Aprobada. El Sr. LAUREL. Ahora· pido que se vote el proyecto tal como ha sido enmendado. El PRESIDENTE. Los que estén conformes con el proyecto tal como ha sido enmendado, digan si. (Varios señores Senadores: Sí.) Los que no lo estén, digan no. (Silencio.) Aprobado. Léase el proyecto por tercera vez y por su titulo solamente, si no hay ninguna objeción. (No hubo objeción.) APROBACIÓN EN TERCERA LECTURA DEL PROYECTO DE LEY NO. 3 5 2 DE LA CÁMARA DE REPRESENTANTES. El CLERK DE ACTAS, leyendo: Ley que enmienda el artículo quinientos treinta y cuatro del C6digll Administrativo Revisado, disponiendo el registro de ganado mayor muerto y la cancelación de los certificados de propiedad y de transferencia del mismo. El PRESIDENTE. Los que e•tén confoJ!mes con el proYecto, cuyo título acaba de leerse, digan sí. (Varios señores Senadores: Sí.) Los que no lo estén, digan no; (Silencio.) Aprobado. El Sr. QUEZON. Señor Preaidente. El PRESIDENTE. Señor Senador por el Quinto Distrito. ÓRDENES ESPECIALES El Sr. QUEZON. Propongo que los proyectos de ley siguientes sean considerados en la sesión de mañana: Proyectos de Ley del Comité de Justicia Nos. 340, 341, 342, y 343. El PRESIDENTE. ¿Hay alguna objeción a la mob~J'a: (Silencio.) La Mesa no oye ninguna. AproEI Sr. QuIRINO. Señor Preaidente. El PRESIDENTE. Señor Senador por el Primer Distrito. El Sr. QumINo. Pido la continuación de la considera~ión del Proyecto de Ley No. 316 del Senado, y a este efecto propongo que el Senado se constituya en Contité de Toda la Cámara. El PRESIDENTE. ¿Hay alguna objeción a la moción.? (Silencio.) ·La Mesa no oye ninguna. Aprobada. Se constituye el Senado en Comité de Toda la Cámara. Está en orden la continuación de la consideración del Proyecto de Ley No. 316 del Senado. Eran las 6.22 p. m. SESIÓN DEL COMITÉ DE TODA LA CÁMARA El PRESIDENTE. Tiene la palabra el ponente del proyecto. CONTINUACIÓN DE LA DISCUSIÓN DEL PROYECTO DE LEY NO. 816 DEL SENADO El Sr. QUIBINO. Estábamos en la página 19 del proyecto. En la línea 4, la palabra .,overloaded" es nueva. En la página 19, artículo 14, linea 17, la palabra nueva es "overloaded-;" en las líneas 7 y 8, las siguientes palabras también son nuevas: "require the number plates to. be surrendered" ; toda la oración en la linea 9 desde la palabra "When" hasta las palabras "sixty days" en la línea 16 es una oración nueva. La razóll de esto es hacer que el castigo que se impone a los chófers y dueños de automóviles que in- · frinjan la Ley de ·Automóviles, tal como está en vigor ahora-castigo que consiste en una multa de 1"60 a 1"200 ó una prisión de tres meses-sea suavizada de tal manera que como estas infracciones no son más que faltas, cuando un chófer o un· dueño que maneja su coche infrinja la Ley de Automóviles y la pena que se impone no es más que una multa nominal, en vez de exigir que pague una multa de 1"50 a 1"100, se le dé un aviso solamente de que ha infringido la ley, sin perjuicio de que, si hay una persona perjudicada, pueda entablarse una acción criminal o por daños y perjuicios, si cabe; pero para los efectos de la operación del chófer o dueño que maneje el automóvil, la Oficina de Obras Públicas o sus agentes se limitarán solamente a dar un aviso por escrito al chófer o dueño que haya infringido la Ley de Automóviles, y si en un año un chófer recibe tres o más avisos, el Director de Obras Públicas LEGISLA TURA FILIPIN·A 1373 está facultado a suspender su operación por un peri6do que no exceda de 60 días, y si ocurren· dos suspensiOnes en un solo año, entonces el Director de Obras Públicas, según el siguiente párrafo, líneas 17 y 18, que también es nuevo, podrá negarse a registrar al chófer o el vehículo. EL sR. HONTIVEROS FORMULA VARIAS PREGUNTAS AL SR. QUffiINO El Sr. HoNTIVEROS. Para una información del orador, señor Presidente. El Sr. Qum!No. Estoy dispuesto a proporcionarla, señor Presidente. El PRESIDENTE. Puede formular sus preguntas el Senador por el Séptimo Distrito. • El Sr. HONTIVEROS. ¿Cree Su Señoría que es justo que por tres faltas consecutivas del chófer se retire la licencia al dueño del automóvil? El Sr. QUIRINO. No se retira la licencia, sino que · se suspende solamente su operación por sesenta días. El Sr. HONTIVEROS. ¿Cree Su Señoría que es justo y equitativo que cuando el dueño del automóvil no está presente cuando ocurre el incidente . . . El Sr. QUIRINO. La nueva 'disposición es mucho más equitativa y humanitaria que la ley actual de automóviles. De acuerdo con esta, se pena al infractor con una multa de i"50 a 1"200 por cada infracción. El Sr. HONTIVEROS. Pero eso es solamente al chófer. El Sr. QUIRINO. Y a cualquier operador, el cual cae también bajo las disposiciones eje la ley actual, que impone una multa de i"50 a 1"200 ó prisión de tres meses; y el presente proyecto dispone que en vez de pagar tres veces por razón de dicha multa o prisión, se le avise solamente por cada infrac.ción, y cuando lleguen a tres o más entonces se le podrá suspender por sesenta días. El Sr. HONTIVEROS. Pero de acuerdo con esta enmienda ¿se Podrá castigar al dueño 'del automóvil, aunque no sea él el que cometa la falta? El Sr. QUIRINO. No; porque en el proyecto se 'definen las infracciones. El Sr. HONTIVEROS. Muchas gracias. EL SR. SANDIKO FORMULA VARIAS PREGUNTAS AL SR. QUIRINO El Sr. SANDIKO. Para una información del orador, señor Presidente. El PRESIDENTE. ¿Está dispuesto a proporcionarla el Senador por el Primer Distrito? El Sr. QumINO. Sí, señor, con mucho gusto. El Sr. SANDIKO. Parece que en el proyecto hay una disposi'Ción por la que se castiga también al dueño o a cualquier miembro 'de su familia ¿no es así? El Sr. QUIRINO. En ciertos casos. El Sr. SANDIKO. Y cuando en esos casos el dueño del automóvil o algún miembro de su familia que no tiene licencia infringe la ley, ¿seria aplicable también la suspensión de sesenta dias? El Sr. QUIRINO. No, porque se ha especificado eso, y solamente las infracciones no especificadas caen bajo las disposiciones de este inciso. Ahora vamos a la página 20. El ültimo párrafo, des'de la línea 25 hasta el final de la línea 5 en la página 21, es un nuevo párrafo, y tiene por objeto obligar a que cuando sea entregada una placa a un dueño u operador y que ha solicitado su registro gratis, después de haber recibido la placa, se le obli•ga a entregarla dentro de 7 días 'desde el día en que comience el bodegaje para evitar que cuando el automóvil no paga su registro, porque está en la bodega, utilicen la placa otras personas, infringiendo así la Ley ·de Automóviles y defraudando al Gobierno por los derechos que debiera pagar el operador si se hubiese registrado con una placa de automóviles con que actuaJ,mente se opera, que no está en la bodega. . El Sr. SANDIKO. ¿De un automóvil que está en la bodega? . El Sr. QuIRINO. Un automóvil que esté en la .bodega, con tal que pase de tres meses, no paga registro. Ahora, si una persona, después de pagado el registro, desea hacer constar que dentro 'de tantos días o meses guardará su automóvil en la bodega, de tal manera que quede exenta del pago de los derechos, esa persona está obligada a devolver esa placa 'dentro de los primeros siete días desde el dí!' en que comience el bodegaje, para que durante el bodegaje ninguna persona pueda aplicar la placa a su automóvil y defraudar al Gobierno por la cantidad que representa el registro del automóvil que se opera. EL SR. VILLANUEVA FORMULA VARIAS PREGUNTAS AL SR. QUIRINO El Sr. VILLANUEVA. Para una información del oradór, señor Presidente .. El Sr. QUIRINO. Estoy dispuesto.a proporcionarla, señor Presidente. El PRESIDENTE. Puede formular sus preguntas el Senador por el Octavo Distrito. El Sr. VILLANUEVA. ¿Qué quiere decir la palabra ''bodegaje"? El Sr. QUIRINO. El período de tiempo en que una persona guarda su coche en el garage o bodega porque no quiere usarlo o es inservible. El Sr. VILLANUEVA. Suponiendo que el dueño de una placa tuviera dos automóviles, ¿puede usarse esa placa por otras personas? El Sr. Qum!NO. No, precisamente porque la persona cuyo cohe está en la bodega no puede utilizar su placa P,ara otros coches que quiera operar. Se le obliga a entregar la placa dentro de 7. días después de la fecha . . . El Sr. VILLANUEVA. Pero suponiendo que sea un, coche de dimensión igual, ¿Se cometería alguna infracción? El Sr. QUIRINO. Si se usa una placa de un coche para otro, habría una infracción. El Sr. VILLANUEVA. ¿Siendo iguales en peso? El Sr. Qum!No. Aun así; tendrá que pagar un nuevo registro. El Sr. VILLANUEVA. Suponiendo que fuesen dos automóviles de la misma marca, ¿se cometería alguna infracción? El Sr. QUIRINO. Si, señor; porque si se registran los dos automóviles con una sola placa se comete un fraude contra el Gobierno. Deberán registrarse los dos automóviles con dos distintas placas. 1374 ·DIARIO DE SESIONES En la línea 16, página 21, las palabras que dicen: "wholly or partly hiddén or obscured by bumpers or other parts of the vehicle ... ," son nuevas. Esto es para evitar que los ehófers o dueños de automóviles que operan sus coches, 'Puedan, en caso de accidente o atropello, eludir el arresto, por tener tapada la placa que hay detras o delante del coche. Por eso se les obliga a que expongan la placa en un sitio visible. El Sr. VILLANUEVA. Su Señoría está explicando la cuestión de las infracciones, y a este propósito .recuerdo que se ha dicho que debido a una infracción cometida por el chófer, puede ser también castigado el dueño del automóvil. El Sr. QUIRINO. No, señor. El chófer solamente es el culpable, a menos que el dueño esté en su coche en el momento de ocurrir el accidente, y consintió o dió instrucciones al chófer para que cometiera el acto aue constituye el accidente, en cuyo caso tanto el chófer como el dueño son Culpables. EL SR. MABANAG FORMULA ALGUNAS PREGUNTAS PARLAMENTARIAS El Sr. MABANAG. Para algunas preguntas al orador, señor Presidente. El PRESIDENTE. .¿Accede a ellas el orador? El Sr. QUIRINO. Sí, señor. El Sr. MABANAG. ¿Por qué se exime del pago de las placas y '•tags" a los vehículos del Gobierno? El Sr. QUIRINO. Así lo dispone la ley actual. El Sr. MABANAG. Entre los vehículos del Gobierno, según la definición que se da, ¿se cuentan los 4e los militares? El Sr. QUIRINO. Son del Gobierno Federal. Según la ley actual, están exentos del pago, a menos que la Legislatura quiera cambiar o reformar dicha ley. El Sr. MABANAG. ¿No le parece al Comité que el Gobierno se carga con el gasto de mandar fabricar esas placas sin poder cobrar siquiera su costo? El Sr. QUIRINO. Entiendo que eso es sólo una cortesía para con el Gobierno Federal, pero si Su Señoría quiere introducir una enmienda, podremos considerarla cuando se discuta el proyecto en su fondo. En la página 22, linea 10, las palabras "for the current year" son nuevas. En la misma página, línea 11, las palabras ºdelinquent invalid,." también, son nuevas. El Sr. SANDIKO. ¿Se puede saber la razón? El Sr. QUIRINO. Actualmente, cuando un chófer suspendido o cuya licencia ha sido revocada, opera, cae bajo la sanción penal de la Ley de Automóviles; pero si el chófer es moroso o tiene una licencia que es nula, no hay ninguna sanción, al paso que si se introducen estas palabras "delinquent invalid," se establece una sanción penal. En la misma página, línea 12, las palabras "the licence shall be carried," son también nuevas. Aunque en la práctica se obliga a los chófers a llevar sus licencias a dondequiera que vayan, eso no es de ley, y aqui se hace obligatorio ese requisito expresamente, para que cuando ocurra un accidente en el camino se plieda saber inmediatamente· flUién es el chófer. El Sr. SANDIKO. ¿Hay alguna sanción ·penal? El Sr. QUIRINO. Sí, señor. EL SR. TIRONA FORMULA ALGUNAS PREGUNTAS PARLAMENTARIAS El Sr. TRONA. Para algunas preguntas al orador, señor Presidente. El PRESIDENTE. ¿Accede a ellas el orador? El Sr. ·QUIRINO. Sí, señor. El Sr. TIRONA. ¿No es verdad que en la Ley de Automóviles está penada actualmente la negativa del chófer a exhibir su licencia a cualquier funcionario de la ley?' El Sr. QUIRINO. Sí, señor ; pero no se le obliga a llevar siempre su licencia. Solamente cuando se produce un accidente o cuando hay una persona que desee saber si tiene licencia o no, está obligado a presentarla, pero sin necesidad de que un policía insular o municipal exija la exhibición de la licencia. Tiene que tener siempre su licencia para demostrarla no sólo a los agentes del orden, sino también a cualquiera persona. El Sr. TIRONA. Según la ley actual me parece que el chófer está obligado a exhibir su licencia en cualquier momento a los agentes del orden. El Sr. QUIRINO. Sí, señor. El Sr. TIRONA. ¿No cree Su Señoría que la misma ley lo dispone asi? El Sr. QUIRINO. No, señor; es el efecto, pero no es de ley el que tenga que llevar constatemente su licencia. El Sr. TIRONA. ¿De modo que el chófer estaría obligado, con arreglo a este proyecto, a exhibir su licencia a cualquiera otra persona? El Sr. QUIRINO. No se le obliga tampoco a exhibirla a cualquiera persona particular. El Sr. TIRONA. Entonces, existiendo ya una ley que obliga al chófer a exhi"bir su licencia a los funcionarios del Gobierno, ¿qué necesidad hay de establecer otra nueva disposición en el sentido de requerir al chófer que éste tenga constantemente en su poder su licencia, cuando de hecho se le obliga a ello? El Sr. QUIRINO. Para los efectos de los arrestos, o cuando los agentes del orden público quieren saber si el que maneja un coche tiene licencia o no, o el que maneja es el mismo que aparece en la licencia, pero cuando se trata de una persona particular que interviene en el accidente y no hay, en el momento de produ,cirse éste, un agente del orden, y esa persona quiere saber quién es el chófer, si quiere presentar alguna acción por daños y perjuicios, se le obliga al chófer a que lleve su licencia, para que dicha persona pueda saber quién es el chófer, ya que, no interviniendo un funcionario o agente del orden, es posible que el chófer, en casos de accidente, se niegue a exhibir su licencia a una persona particular. El Sr. TIRONA. Aunque no se les conceda a los particulares ese derecho de exigir del chófer la exhibición de su licencia, ¿no cree Su Señoría que, LEGISLA TURA FILIPINA. 1375 interviniendo un agente de la autoridad en un accidente, ese mismo agente seria el primer en pedir la licencia y en ese caso el particular tendría oportunidad de ver la licencia? El Sr. QuIRINO. Pero la ley actual no obliga al chófer a exhibir su licencia a cualquiera persona curiosa El Sr. TIRONA. ¿Pero la ley actual no establece como obligación del chófer el exhibir su licencia a cualquiera persona curiosa? El Sr. QUIRINO. Precisamente no, pero el chófer debe tener la licencia en su poder para exhibirla, por si ocurre un accidente y se desea saber su nombre. Ahora si es para molestarle .nada más al chofer, la ley no· permite que el chófer exhiba su licencia. (Prosiguiendo.} En la página 23, líneas 4 y 5, las palabras "without a license, during but nor after the first lineen days" son nuevas. Los párrafos comprendidos en las líneas 7 al 17 son nuevos. Su objeto es hacer que los turistas que deseen operar sus coches mientras están en Filipinas durante quince días, puedan operarlos sin licencia, de la Oficina de Obras Públicas, pero pasados los quince dias, tienen que registrar su coche, y pagar desde luego licencia. El Sr. SANDIKO. Para algunas preguntas al orador, señor Presidente. El PRESIDENTE. Puede contestar el orador, si lo desea. El Sr. QUIRINO. Con mucho gusto. EL SR. SANDIKO DIRIGE ALGUNAS PREGUNTAS PARLAMENTARIAS El Sr. SANDIK.O. En ese caso ¿cómo podrán identificarse las personas de esos turistas en caso de un accidente? El Sr. QUIRINO. Consiguen un permiso especial en la Oficina de Obras Públicas. (Proseguündo.) En la linea 26 de la misma página la palabra "annual" es nueva. En la página 24, línea 6 las palabras "in their discretion" son nuevas. El Sr. SANDIKO. En el caso de que el chófer haya encontrado trabajo en los últimos meses del año, ¿está obligado a pagar la licencia para todo el año? El Sr. QUIRINO. Por trimestre solamente. (Prosiguiendo.) Estas palabras. "in their discretion," aunque no es de ley, obligan a los solicitantes a presentar un certificado médico sobre su visión y oído para que puedan operar buenamente. Las palabras que . se introducen ahora tienen por objeto facultar al Director de Obras Públicas a exigir ese certificado médico solamente cuando él lo crea necesario. En la página 24, todo el a,rtículo 25 es nuevo, con estas enmiendas que el Comité introduce ahora: En la línea 13 después de la palabra "license/' insértense las palabras "to operate garage, hire, or public utility automobiles." En la misma página 24, línea 16, después de la palabra "bond," insértense las palabras "insurance policy or Other collateral security." En la misma página 24, línea 17, bórrense las palabras "one thousand" y póngase "two hun22as1>2-s dred." En la línea 23, después de la palabra ''requii'ed," pónganse las p'alabras "insurance policy or collateral security." En la línea 26, después de la palabra "bond," insértense las palabras "policy or security." En la página 25, linea 2, después de la palabra· "bond" insértense las palabras "policy or security." En la linea 6, .después de la palabra "bond," inserténse las palabras "policy or security." En la línea 8, después de la palabra "bondsmen," insértense las palabras "insurance company or other sureties." En la línea 9, 8espués de la palabra "bondsmen," insértense las palabras "or sureties." En la línea 16, después de la palabra "bond," insértense las palabras "policy or security." Estas son las enmiendas del Comité al artículo 25. El Sr. TmONA. Para unas enmiendas, señor Presidente. El PRESIDENTE. Puede formularlas el Senador por el Cuarto Distrito. ENMIENDAS TIRONA El Sr. TIRONA. Mis enmiendas consisten en la supresión de todas las palabras desde la palabra "bond" de la línea 16 hasta la palabra "also" de la línea 18, de la página 24. En relación con esta en~., mienda también se presenta la siguiente: supresi9fl. de las lineas 23 y siguientes hasta la página 25, fa'¡ primera linea que termina con la palabra ucontract. i.t .. ~ También la supresión de las líneas 2 hasta la línea 19 de la página 25, hasta la palabra "obtain." El Sr. SANDIKO. Para algunas enmiendas, señor Presidente. El PRESIDENTE. Puede formularlas el senador por el Tercer Distrito. " · ENMIENDAS SANDIKO El Sr. SANDIKO. En la página 24, linea 17, en vez de las palabras "two hundred" pónganse estas otras: "one hundred." Después de la palabra "securities,'' añádase la palabra "cash." \ El Sr. QUIRINO. En la página 26, todo el articulo 29 es nuevo. · En la página 27, el párrafQ que hay entre las líneas 12 a la 19 es nuevo ; en la misma página 27, línea 23, después de la palabra "Act," todo lo demás hasta el final del artículo en la página 28, línea 6, es nuevo; en la página 28, líneas 8 y 9, las palabras "and any district engineer" son nuevas; en la misma página, línea 11, la palabra "permit" es nueva; en · la línea 12, esa misma palabra también es nueva ; en la misma página 28, artículo 33, líneas 26 y 27, hasta la línea 10, en la página 29, es nuevo; en la línea 11, página 29, la palabra "two" es nueva que antes era "one"; en la misma página 29, lineas 15 a la 17, todas las palabras desde "The Director" son nuevas también; en la misma página 29, último párrafo, hasta la línea 7 en la página 30, también es nuevo; en la página 31, líneas 2 y 3, las palabras desde "other" hasta "works" son nuevas; en la página 32, los dos párrafos entre las líneas 12 y 20 son nuevos; en la página 33, la última oración en las líneas 4 a 6, es nueva; en la página 1376 DIARIO DE SESIONES 34, las líneas 4 y 5, son nuevas; el inciso (d),.Uneas 14 a 16, ·es nuevo; la palabra "yellowish" en la linea 20 es nueva; en la línea 24, todas las palabras en este párrafo menos "Additional lamps and lights may be carried," son.nuevas; en la página 86, todas las palabras entre las lineas 10 y 13, desde la palabra "nor" son nuevas ; el párrafo de las líneas 20 a la 24 es nuevo. LEVANTAMIENTO DE LA SESIÓN DEL COMITÉ DE TODA LA CÁMARA El Sr. VILLANUEVA. Señor Presidente. El PRESIDENTE' Señor Senador por el Octavo Distrito. El Sr. VILLANUEVA. Propongo que se levante la sesión del Comité de Toda la Cámara. El PRESIDENTE. ¿Tiene el Senado alguna objeción a la moción? (Silencio.) La Mesa no oye ninguna. Aprobada. REANUDACIÓN DE LA SESIÓN DEL SENADO El PRESIDENTE. Se reanuda la sesión del Senado. INFORME DEL PRESIDENTE DEL COMITÉ DE TODA LA"CÁMARA El PRESIDENTE. Caballeros: el Comité de Toda la Cámara ha tenido bajo su consideración el Proyecto de Ley No. 316, no habiendo llegado a un acuerdo definitivo sobre el mismo. La cuestión en orden es si el Senado aprueba el informe. ¿Tiene el Senado alguna objeción a dicbo informe? (Silencio.) La Mesa no oye ninguna. Queda aprobado. LEVANTAMIENTO DE LA SESIÓN El Sr. VILLANUEVA. Señor Presidente. El PRESIDENTE. Señor Senador por el Octavo Distrito. El Sr. VILLANUEVA. Pido que se levante la sesión hasta mañana. El PRESIDENTE. ¿Tiene el Senado alguna objeción a la moción? (Silencio.) La Mesa no oye ninguna. Queda aprobada. Se levanta la sesión hasta mañana. Eran las 6.05 p. m. CÁMARA DE REPRESENTANTES JUEVES, 21 DE OCTUBRE DE 1926 Se abre la sesión a las 6.26 p. m., bajo la presidencia del Hon. Manuel Roxas. · El PRESIDENTE. Léase la lista de los Representantes. . Sr. LABRADOR. Señor Presidente, pido que se dispense la lectura de la lista. El PRESIDENTE. ¿Hay alguna objeción? (Silfl'ncio.) Se dispensa la lectura de la lista. Aprobada. Hay quorum. APROBACIÓN DEL ACTA Sr. PERFECTO (G.). Señor Presidente, pido que se dispense la lectura del acta y ·que la misma se dé por aprobada. El PRESIDENTE. ¿Hay alguna objeción? (Silencio.) Aprobada. PROYECTOS DE LEY EN PRIMERA LECTURA El CLERK DE ACTAS, leyendo: PROYECTOS DE LEY DE CARA.CTER P'ÚBLICG Del Representante Agan (C. R. ~o. 1716, 7.• L. F.), titulado: Ley que apropia fondos para la terminación del ediftcio destinado a ser una escuela de Ciencia Doméstica en Ivan6, Batanes. El PRESIDENTE. Al Comité de Obras Públicas. Del Representante Agan (C. R. No. 1717, 7.• L. F.), titulado: Ley que destina ocho mil pesos para la construcción de un dispensario de sanidad en Basco, Batanes. El PRESIDENTE. Al Comité de Obras Públicas. Del Representante Agan (C. R. No. 1718, 7 .• L. F.) , titulado: m~:iió~de1e::~:i~8 mC::i~!ªj 1:e~:S:!1&)dii:n1:, ~!: tanes. El PRESIDENTE. Al Comité de Obras Públicas. Del Representante Agan (C. R. No. 1719, 7:• L. ~.),titulado: Ley que destina fondos para la terminación de la escuela primaria de Savidug, Sabtang, Batanes. El PRESIDENTE. Al Comité de Obras Públicas. Del Representante Agah (C. R. No. 1720, 7.• L. F.), titulado: Ley' que destina diez mil pesos para terminar los mu·ros de contención (sea wall) ya comenzados en el municipio de Sabtang de la provincia de Batanes. El PRESIDENTE. Al Comité de Obras Públicas. Del Representante Agan (C. R. No. 1721, 7.• L. F.), titulado: Ley que destina fondos para la construcción de la escuela primaria de Sumangac, Sabtang, Batanes. El .PRESIDENTE. Al Comité de Obras Públicas. ·By Represen.tative Fernandez (H. No. 1722, 7th P. L.), entitled·: An Act appropriating the sum of five thousand pesos, out of any funds in the Insular Treasury not otherwise appropriated for the improvement and maintenance of Puerto Princesa roads, Province of Palawan. The SPEAKER. To the Committee on Public Works. By Representative Fernandez (H. No. 1723, 7th P. L.) , entitled : An Act appropriating the sum of five thousand pesos, out of an:t funds in the Insular TreasUry not otherwise ap~!:N~::f ·tr~~Ís,tWro~::~fmp~{a!:~. maintenance of Cuyo The SPEAKER. To the Committee on Public Works. By Representative Fernandez (H. No. 1724, 7th P. L.), entitled: · An Act appropriating the sum of five thousand pesos, out of any funds in the Insular Treasury not otherwise appropriated, for the improvement and maintenance of Coron roads and trails, Province of Palawan. The SPEAKER. To the Committee on Public Works. By Representatives Gullas, Briones, Cuenco, Ybañez, Alcazaren, Noel, and Rama (H. No. 1726, 7th P. L.), entitled:· An Act providing for the standardization of the salaries of stenographers employed in the Government service and for an automatic increase of their salaries after three years of continuous and faitlúul service, and for other purposeS. Tlie SPEAKER. To the Committee on Civil Service. By Representative Gullas (H. No. 1726, 7th P. L.), entitled: An Act requiring court stenographers to furnish, free of charge, to poor appellants in criminal cases who are defended de oficio in the court of first instance, a copy of the transcript of the steiJ.ographic notes¡ and ~regulating the compensation of court stenographers in the ·sale of copies of the stenographic notes, and for other purposes. The SPEAKER. To the Committee on Judiciary. Del Representante Hernando (C. R. No. 1727, 7.• L. F.), titulado: Ley disponiendo que los maestros que actualmente se hallen en el servicio del Gobierno de Filipinas, después de cierto número de años de continuo y satisfactorio servicio, ~serán considerados como empleados clasificados y para otros fines, El PRESIDENTE. Al Comité de Servicio Civil. Del Representante Mendoza (C. R. No. 1728, 7.• L. F.) , titulado: Ley que reforma el inciso ( b) del articulo dos mil cuatrocientos' treinta y cuatro de la Ley Número Dos mil setecientos once conocida por Código Administrativo. (Sobre el edificio conocido por "Ayuntamiento.") El PRESIDENTE. Al Comité de la Ciudad de Manila. De los Representantes Guinto, San Agustín, Dizon, Laico y Sánchez (C. R. No. 1729, 7.• L. F.), titulado: Ley autorizando al Secretario de Agricultura y Recursos Naturales para investigar el paradero del terreno o terrenos 1377 1378 DIARIO DE SESIONES de la propiedad de la familia del Dr. José Rizal en Calamba, Laguna, que han dado lugar a la persecución de la referida familia por parte de los frailes hacenderos de aquel pueblo durante el régimen español, y presentar después un informe detallado sobre el asunto a la Legislatura Filipina dentro del primer. mes del siguiente periodo de sesiones. · El PRESIDENTE. Al Comité de Presupuestos. INFORMES DE COlllTÉ Informe del Comité de Sanidad (I. C. R. No. 298, 7.• L. F.), sobre el Proyecto de Ley No. 783 de la Cámara, titulado: "An Act appropriating the sum of ten thousand pesos yearly for a period of fi.ve years for the compilation and preparation of Filipino Pharmacopcu. and Filipino National Formu:lary and for other purposes," recomendando que sea trasladado al Comité de Presupuestos. Ponente: Representante Oppus. El PRESIDENTE. Si no hay objeción por parte de la Cámara, se traslada al Comité de P.resupuestos. Informe del Comité de Instrucción Pública (I. C. R. No. 299, 7.ª L. F.), sobre los Proyectos de Ley Nos. 937, 860 y 1666 de la Cámara, recomendando que sea aprobado sin enmienda el C. R. No. 1666, titulado: "An Act regulating the solicitation and collection of fees, charges and contributions in all public schools of the Philippine Islands, abolishing voluntary contributions, and for other purposes," Ponente: Representante Labrador. The SPEAKER. To the House Calendar. Informe del Comité de Comunicaciones (I. C. R. No. 300, 1.• L. F.), sobre el Proyecto de Ley No. 1662 de la Cámara, titulado: 11Ley que reforma el capítulo cincuenta y dos de la sección cuarta del Código Administrativo, haciendo obligatorio el pago de giros postales y telegráficos por tesoreros provinciales, delegados tesoreros provinciales y tesoreros municipales, en ciertos casos," · recomendando que sea aprobado sin enmienda. Ponente: Representante Ybiernas. El PRESIDENTE. Al Calendario de la Cámara. Informe del Comité de Comunicaciones (I. C. R. No. 301, 7.• L. F.), sobre el Proyecto de Ley No. 130 del Senado, titulado: "An Act amending sections two hundred and forty-two, nineteen hundred and forty-two, nineteen hundred and eighty-nine, nineteen hundred and ninety, twenty hundred and twenty-three, twenty hundred and twenty-nine, twenty hi.indred and thirty, twenty hundred and thirty-one, twenty bundred and thirty-three, twenty hundred and tbirty-five, and twenty hundred and thirty-eight of Act Numbered Twenty-seven hundred and eleven, known as the Administrative Code of the Philippine Islands and for other purposes," recomendando que sea aprobado con enmienda. Ponente: Representante Ybañez. The SPEAKER. To the House Calendar. Sr. Moscoso. Señor Presidente, el Representante Nieto ha recibido un telegrama participándole que su padre está gravemente enfermo, y por este motivo· tiene que regresar a su distrito, y pide que se ·le dispense de la asistencia a las sesions. El PRESIDENTE. ¿Hay alguna objeción? (Silencio.) Aprobada. ORDEN ESPECIAL Sr. PAREDES. Señor Presidente, el Comité de Re.. glamentos solicita una Orden Especial (0. E. No. 53, 7.ª L. F.), para que en la sesión de mañana, 22 del actual se consideren los Proyectos de Ley Nos. 533, 1529, 1380 y 1649 de la Cámara; y para el sábado, 23 de octubre de 1926, Jos Proyectos de Ley Nos. 1279 y 1632. · El PRESIDENTE. ¿Hay alguna objeción a esta Orden Especial? (Silencio.) Adoptada. Está en orden la continuación de la discusión del Proyecto de Ley No. 1426 de la Cámara. Sr. SORIANO. Señor Presidente, pido que la Cámara se constituya en Comité de Toda ella para la consideración del mencionado proyecto de ley. Sr. CUENCO. Señor Presidente, para una enmienda a la !lioción del Caballero por Cavite. Propongo que se constituya la Cámara en Comité de Toda ella para la consideración del mencionado proyecto y sus enmiendas. El PRESIDENTE. ¿Hay alguna objeción? (Sil•~ cio.) Se constituye la Cámara en Comité de Toda ella P'!ra ·la consideración del mencionado proyecto de ley y sus enmiendas, y se designa al Caballero por Romblón, Sr. Festin, Presidente de dicho Comité. SUSPENSIÓN DE LA SESIÓN Se suspende la sesión de la Cámara. (El Speaker abandona la presidencia, ocupándola el Sr: Festín.) COMITÉ DE TODA LA CÁMARA Se abre la sesión del Comité de Toda la Cán;iara a las 5.27 p. m. El PRESIDENTE. Está en orden la continuación de la discusión del proyecto de Ley No. 1426 de la Cámara. IMPUESTO SOBRE EL RADIO Tiene. la palabra el Caballero por Cebú. DISCURSO E~ PRO, DEL SR. RAMA Sr. RAMA. Señor Presidente, Caballeros de la Cámara : este asunto de la industria de la radiotelegrafla y radiotelefonia, después de los discursos de los Caballeros que me han precedido en el uso de la palabra, he llegado al convencimiento de que es realmente muy importante. Al principio, no pude menos de abrigar un prejuicio grande contra el proyecto de ley que estamos debatiendo. Ha sido tan fuerte la autosugestión hostil al mismo que, cuando me levanté anoche para consumir un turno sobre este asunto, se me escapó un lapsus linfJUIB, y en vez de decir que consumiría un turno en favor, dije que me levantaba para consumir un tumo en contra. Pero después, recapacitando un poco y examinaniio las disposiciones del presente proyecto de ley, me he conv:encido de que el mismo, si no es de los excelentes, de los intachables, al menos, puedo decir que es de los inocentes. No se me alcanza hasta ahora, a pesar de la elocuencia de los impugnadores de esta medida, por qué la misma no se ha de aprobar y por qué la Legislatura no ha de proteger a una de las industrias que constituyen una de las entrañas vitales de nuestro país, una de las industrias que porque se tiene todavía que incubar, el Estadq debe tender hacia .filia- su mano protectora para fomentarla, para dotarla de todos los requisitos, de todos los elementos que la puedan levantar a un grado y a un nivel tales, que las exigencias del progreso de nuestras comunicaciones se satisfagan debidamente. Señor Presidente, si hay alguna actividad particular que. se debe de propulsar, esa debe ser la industria de la radiotelegrafía y radiotelefonía. Tenemos, señor Presidente, al discutir este proyecto de ley, que, fijarnos, tenemos que atenemos a las ventajas, LEGISLATURA FILIPINA 1379 a los grandes beneficios que reporta al pala semejante industria. La reclama no solamente la especial formación geográfica de Filipinas, sino también el estado de cultura, de educación, de instrucción de nuestras masas. Ésta es una de tas industrias cuya misión Se parece muy mucho a la de la prensa, por ser un i'nstrumento muy poderoso de publicidad, de divulgación de ideas y de noticias, elementos estos muy esenciales para que un pueblo pueda reclamar un puesto digno en el concierto de las naciones civilizadas. Actualmente estamos palpando los beneficios de esta industria y el servicio que la misma presta, respecto a la información a determinadas poblaciones del Archipiélago sobre cotizaciones en el mercado, datos sobre agricultura, notas meteorológicas, noticias de carácter político, informes, y demás sucesos que tienen relación con la actuación del gobierno y de la administración, as[ como también de los personajes representativos del país, es de los más útiles, de los más grandes, de los más extraordinarios, puesto que es un servicio que no tien·~ y no tendrá otro resultado más que el meJoraminto de la educación pupolar, el perfeccionainiento del conocimiento e información de todo lo que está pasando en un pueblo civilizado como Filipinas. Creo, pues, señor Presidente, que el advenimiento de la industria radiotelegráfica y radiotelefónica al país, lejos de ser un mal, en vez de merecer vuestra condenación, en vez de poner trabas a su perfeccionamiento, debe ser un motivo de satisfacción para la Legislatura y para el pueblo filipino. Esa industria debe ser considerada por nosotros como una bendición que el ingenio humano ha dispensado para honor y gloria del progreso y de la civilización moderna. He observado, señor Presidente, que toda la oposición al proyecto de ley gira al rededor de estos dos puntos : porque proporciona un subsidio a cierta casa comercial que tiene relación con la venta de aparatos de recepción y por el supuesto monopolio que se atribuye a cierta corporación la industria mencionada aquí en Filipinas. No veo, señor Presidente, que exista semejante subsidio .. Examinando el proyecto encontramos que el mismo dispone la creación de un fondo que se llamará fondo de radioemisión. Este fondo de radioemisión se constituirá con los derechos de inscripción que ascienden a '!"10 que se han de pagar por cada aparato de recepción radiotelegráfico y radiotelefónico, y que este fondo de radioemisión se distribuirá en la forma siguiente: 20 por ciento pa'ra el fondo general y 80 · por ciento que se aplicará exclusivamente a los fines siguientes: a prestar ayuda pecuniaria a los municipios de cuarta clase y a instituciones oficiales para la adquisición de aparatos de recepción radiotelegráfica o radiotelefónica; al pago de derechos a . cualesquiera estaciones de radioemisión debidamente autorizadas que posean medios y aparatos satisfactorios para el servicio dentro de las Islas Filipinas para la transmisión radiotelegráfica y y radiotelefónica, durante dos horas diarias por lo menos, dando noticias oficiales, informes, educación, etc., etc. ; al empleo de personal, al pago de dietas para sufragar los gastos necesarios para la realización de los fines mencionados. Señor Presidente, quisiera preguntar a los opositores ¿dónde está aquí el subsidio? ¿Subsidio a quién? Si hemos de llamar subsidio el dinero que se da.a los municipios de cuarta clase, para que esos municipios puedan adquirir los aparatos de recepción radiotelegráfica y radiotelefónica; si heinos de llamar subsidio a esa aplicación tan justa y tan razonable, yo· no sé cómo se llamará lo contrario. Los opositores de este proyecto de ley han dado a entender que este subsidio es para favorecer a ciertos intereses particulares. No veo eso en el proyecto de ley. Las estaciones de radioemisión debidamente autorizadas, que posean medios y aparatos satisfactorios para el servicio dentro de las Islas Filipinas, .recibirán parte de este 80 por ciento y es esto lo que llaman subsidio. Es verdad, admito que sea -un subsidio, pero es un subsidio muy justo, es un subsidio muy razonable, es un subsidio como cualquier otro que el Gobierno está proporcionando a varias empresas particulares. ¿Por qué el Gobierno no va a dar su dinero, no va a prestar su ayuda a los que posean estaciones de radioemisión, que prestan servicios en beneficio del Gobierno por la transmisión de noticias, informes oficiales, etc., etc., durante dos horas diariamente? ¿No hemos destinado fondos para subvencionar algunos buques de cabotaje, a fin de que presten servicio en beneficio del Gobierno y del interés público? · También hablan de monopolio. Es este otro asunto, señor Presidente, que creo de fácil refutación. Los que hablan de i;nonopolio, parece que han perdido de vista esta cláusula del proyecto que dice : que el 80 por ciento del fondo de la radioemisión se destinará al pago de los dueños de cualesquier estaciones de radioemisión. ¿Dónde está el monopolio aquí? En Filipinas hay varias casas que venden y negocian aparatos de rediotelegrafia y radiotelefonía, y tengo entendido que hasta ahora y hasta después de aprobado este proyecto, no habrá quien impida a cualquiera que compre esos aparatos en cualquiera d'e esas casas. Disfrutarán de los beneficios de. este fondo de radioemisión ·todas aquellas entidades, todas aquellas empresas debic damente auto.rizadas, que posean medios y aparatos satisfactorios. En el proyecto no se dice que gozará de este fondo una casa determinada. Si lo dijese así el proyecto, habría razón suficiente para recalcar, hablar y combatir ese monopolio~ Se han objetado también, señor Presidente, los derechos de inscripción, y yo creo que la imposición de esos derechos de inscripción es justa y oportuna. Si los derechos ·de inscripción que se pagan por cada aparato de recepción, se han de gastar, se han de invertir en la propagación, en el perfeccionamiento, en el mejoramiento de la industria de la radiotelegrafía y radiotelefonía, creo que esa imposición de derechos redundará en beneficio, no sólo del Go' bierno, sino también del público. Hay la objeción de que la imposición de 'P'lO como pago de derechos de inscripción no es equitativa; pero yo digo que nosotros estamos actualmente pagando muchas clases de inscripción. Tenemos, por ejemplo, el caso de las escopetas por la que pagamos derechos de inscripción; por poseer un revólver, pagamos también, 1380 DIARIO DE SESIONES y sin embargo nadie ha reclamado alegando la diferencia de precios porque uno posee un revólver que vale P300 y otro posee otro revólver que no vale más que '1"100. Tenemos también los derechos de inscripción de automóviles. El pago de derechos de inscripcíón de automóviles, es una de las buenas medidas que la Legislatura ha dietado; y yo creo que la imposición de estos derechos tiene mucha semejanza con la imposición de derechos de inscripción de radiotelegrfía y radiotelefonía. Señor Presidente, para terminar diré que la Legislatura haría no sólo un acto de justicia, sino que demostraría patriotismo, .demostraría prudencia suma, gran cordura, al aprobar una medida tan buena y excelente como la que se somete a nuestra consideración. No se ha presentado uh proyecto de ley que merezca tanto nuestra unánime. aprobación por los beneficios que podría reportar al país, como el presente que tiende a propul,sar la industria de Ja radiotelegrafía y radiotelefonía, una industria muy útil, de utilidad excepcional para un país como el nuestro, que tiene una formación y situación geográficas también excepcionales. Impetraría de todos y cada uno de los miembros de la Cámara que emitan su voto en favor de este proyecto de ley, no ya por consideraciones a ésta o a aquella compañia, a ésta o a aquella casa comercial que vende aparatos de recepción, no, sino por el fomento de nuestros medios de comunicación, por la hegemonía que debemos tener sobre las ondas hertzianas, por la educación, por la cultura de nuestra masas, ·especialmente en aquellas poblacion~s que se hallan aisladas y cuyas comunicaciones son muy deficientes. Por todo eso, señor Presidente, pido encarecidamente al Comité de Toda la Cámara que apruebe este proyecto de ley tan bueno, tan excelente y tan beneficioso para todos nosotros. Estoy ahora a la disposición de los caballeros que deseen formular preguntas. Sr. Al.cAZAREN. Y o quería pedir algunas aclaraciones al Caballero por Cebú, pero en vista de sus conclusiones, llenas para mí de sarcasmo, renuncio el placer de hacerle preguntas. Sr. RAMA. Señor Presidente, yo no puedo contestar al Caballero por Cebú, Sr. Alcazaren, porque después de dirigir su pregunta se ha sentado. Sr. ALCAZAREN. Bueno, señor Presidente, para algunas preguntas al orador. El PRESIDENTE. El orador puede contestar, si le place. Sr. RAMA. Si, sefior, con mucho gusto. Sr. 1 ALCAZAREN. Si el Caballero por Cebú es tan amable, desearía preguntarle sobre· la cuestión de subsidio. ¿Cuando Su Señoría trajo a colación la subvención a los buques de cabotaje, para que esos buques puedan llegar a puntos donde los, otros barcos no pueden llegar, pensó Su Señoría enmendar su anterior declaración de que este proyecto de ley no trata de dar subvención a ninguna corporación de radio? · ·Sr. RAMA. Lo que he dicho es que si existe algún subsidio o alguna forma de subsidio que se dispone en la presente ley, ese subsidio no será más que un subsidio justo y razonable, porque entiendo que del 80 por ciento de los fondos de la radioemisi6n, parte de esos fondos se destinará al pago de cualesquiera estaciones de radioemisión que sirvan al Gobierno diariamente dos· horas, .transmitiendo noticias, informes_ comunicaciones oficiales, etc. Y si realmente presta ese servicio al Gobiernó, un ser~ vicio muy útil, muy necesario, no veo por qué se va a combatir este proyecto por ese motivo solamente. Sr. ALCAZAREN. ¿Pero sabe Su Señoria que al concederle la franquicia a la Radio Corporation tenia ya esa condición de prestar .ese servicio al pú&lieo y al Gobierno? Sr. RAMA. ¿A qué franquicia se refiere Su Señoría? Sr. ALCAZAREN. A la de la Radio Corporation of the Phi!ippines, por la cual ésta se eomprometia a prestar ese servicio al público y al Gobierno. Sr. RAMA. Y o he examinado este proyecto de ley y no. . . _ Sr. ALCAZAREN. No, no es en esta ley, es en una ley anterior. Sr. RAMA. Sí, yo he examinado este proyecto de ley y no he visfo que ese subsidio sea solamente para las estaciones establecidas por la Radio Corporation, sino que al contrario, ese fondo del 80 pOr cientil se destinará para cualesquiera estaciones de radioemisión ; y cuando se dice cualesquiera estaciones, creo yo que se da a entender que no se refiere únicamente a una determinada compañía, sino a todas las compañías o empresas partieulares que establezcan estaciones de transmisión. Sr. ALcAZAREN. Entonces, estamos convenidos en que hay una especie de subvención. Eso no se puede negar, está en el artículo 12, inciso ( b) de este proyecto. Sr. RAMA. Si, señor. Sr. ALCAZAREN. Bien; con respecto a la cuestión del monopolio, ¿sabe Su Señoría que la Far Eastem Radio Corporation cerró su negocio por no poder competir con la Radio Corporation of the Phi/,ippines? Sr. RAMA. No tengo noticia de que alguna casa se haya cerrado. por motivos de competencia. Sr. ALCAZAREN. ¿No sabe Su Señoría que antes habla dos corporaciones grandes, la Radio Corpora,tion of the Phi!ippines y la Far Eastern Radio Corporation, y que esta última ya no existe 1 Ésa es la información que quisiera dar a Su Señoría para tener una base en la discusión con respecto al mono. polio. Sr. RAMA. Su Señoria debe estar informado en ese sentido. Sr. ALCAZAREN. Si las corporaciones, o una cor· poración grande que hizo competencia a la Radio Corporation of the Philippines, ya no existe, esta fraseologla del proyecto de ley de "'cualesquiera compañia de radio" se aplica ya solamente a la . compañia Radio Corporation of the Phi!ippines. Entonces, ¿no eree Su Señoría que ef!:iste un monopolio, es decir, que la subvención se dará solamente a una corporación? · Sr. RAMA. Lo que 'defiendo es el principio envuelto en el proyecto de ley. Estoy defendiendo el proyecto tal como se nos presenta; pero yo no puedo hablar de las consecuencias de este proyecto de ley. LEGISLA TURA FILIPINA 1381 Sr. ALCAZAREN. ¿No cree Su Señor!a que las provisiones de una ley deben aplicarse al sitio mismo donde la ley se' aplica? Es tlecir, que existiendo aqui solamente una corporación de radio en Filipinas, los beneficios serán solamente para esa compañía que existe. Sr. RAMA. No creo que sea ésa la intención del autor del proyecto de ley. Sr. ALCAZAREN. No será esa la intención, pero ése será el efecto. Sr. RAMA. Aún admitiendo lo que dice Su Señoría, no puede Su Señoría concluir que este proyecto de ley se ha redactado en tal forma para favorecer tan sólo a una compañía, ya que se dice que ese subsidio es para cualesquiera estaciones, lo cual quiere decir que no es solamente para favorecer a una determinada compañía, sino a todas las compañías existentes y por existir. Deseo informar a Su Señorí~ que actualmente en Filipinas no es solamente la Radio · Corporation la única eompañía que vende aparatos de recepción. .Hay otras casas que también venden y negocian aparatos de radiotelegrafía y radiotelefonía, y esas casas saldrán también beneficiadas y favorecidas por este proyecto de ley. Sr. ALCAZAREN. Voy a abusar un poco más de la cortesía del Caballero por Cebú, Sr. Rama, haciéndole esta pregunta. Su Señoría siempre ha atacado a los impuestos, en cualquiera forma que sean, y ahora trata de defender un proyecto de ley que precisamente impone impuestos. Ahora pregunto yo, ¿a que viene ese cambio de postura? Sr. RAMA. Permítame Su Señoría que le manifieste que no hay tal. cambio de postura. Y o no he combatido sistemáticamente todos los impuestos, sino que todo sistema de tributación que yo creia perjudicial para el pueblo, ha encontrado siempre mi oposición tenaz; pero cuan4o los impuestos que se tratan de establecer son justos, como ocurre en el presente caso, su servidor depondrá su actitud de oposicionista tradicional, y se sumará a la mayoría con gusto y con complacencia, para la pr9multación de leyes semejantes. Sr. LAICO. Para un turno en pro del proyecto. El PRESIDENTE. Tiene la palabra el Caballero por .Leyte. DISCURSO EN CONTRA, DEL SR. OPPUS Sr. OPPUS. Señor Presidente, caballeros del Comíté de Toda la Cámara : Francamente, estaba por no consumir mi turno en contra de este proyecto, al oir de labios de mi distinguido amigo el Caballero por Cebú, Sr. Rama que este proyecto de ley que tenemos ahora presente, es un proyecto inocente. Señor PRESIDENTE, temo que en el curso de mi corta peroración salpique de manchas la túnica blanca e inmaculada de inocencia, con que se presenta este proyecto a la Cámara. Señor Presidente, voy a comenzar a contestar algunas de las manifestaciones hechas aquí anoche por el distinguido ponente del proyecto, el Caballero por Isabela, Sr. Nieto. Entre otras cosas, el Sr. Nieto ha dicho que si el Gobierno no concede este privilegio o esta ayuda a cierta compañía o a ciertas compañías que han conseguido franquicia de la Legislatura para operar estaciones de radiotelegrafía, estas corporaciones ee verían obligadas a perder la fianza que ellas hablan prestado. Pero, señor Presidente, pregunto ahora breve y directamente : ¿quién les ha mandado embarcarse en una empresa dudosa, si no sabían siquiera del éxito o fracaso de esa compañia? ¿Por qué han prestado esa fianza, por qué han acudido a las Cámaras colegisladoras solicitando la franquicia, cuando esas compañías no estaban seguras de lo.que hacían? Señor Presidente, esto es muy importante. Nosotros no debemos ser demasiado paternalistas. El Gobierno Filipino está haciéndose demasiado paternalista, protegiendo a cualquiera, que por uno ·u otro motivo fracasa en sus negocios. 2:ste es un caso particular, y en este caso, la franquicia .concedida a ellas les obliga. Ellas muy bien sabían que estaban obligadas a transmitir noticias; estaban obligadas a todas las condiciones que la ley exige. Ellas se conformaron, señor Presidente, y yo espero que se exija a todas la misma responsabilidad. ¿Por qué sean corporaciones grandes vamos a protegerlas? Si ellas, señor Presidente, van a fracasar, que fracasen, que fracasen solas, sin la ayuda del Gobierno. Del mismo modo, otras empresas que pier .. d'>", pierden sin la ayuda del Gobierno. ¿Por qué vamos a prestar· ayuda ahora? Sr. GuARn<IA. Señor Presidente, para algunas preguntas al orador. El PRESIDENTE. El orador puede contestar, si le place; 1 Sr. OPPUS. Sí, señor. Sr. GUARillA. ¿Sabe Su Sefioría bajo qué condiciones se ha concedido la franquicia actual? Sr. ÜPPUS. Podría contestar a esa pregunta en términos generales, pero no en términos especificos. Está aqui el proyecto de ley. Sr. GUARillA. De acuerdo con la franquicia otorgada por la Legislatura, ¿está obligada la compañia a organizar programas diariamente o debe limitarse únicamente a diseminar noticias? Sr. OPPUS. Creo que solamente está obligada a dar noticias, cuando se les paga. Sr. GUARillA. ¿No está obligada a confeccionar programas? Sr. ÜPPUS. No puedo contestar categóricamente, pero creo que no. Sr. GUARI&A. Quisiera in-formar a los miembros del Comité de Toda. la Cámara, que la compañia actual cumple su deber de tener abierta su estación para todos aquellos que quieren utilizarla, pagando la tarifa correspondiente, y que además, la compañia actual prepara programas al público. Sr. ÜPPUS. Precisamente pregunto yo: ¿quién le obliga a servir un programa determinado todos los días? Sr. GUARillA. ¿No cree Su Señoría que en virtud de ese pequeño impuesto con que ~e grava a los poseedores de aparatos, se obliga a p9ner un programa dos horas diariamente? Sr. OPPUS. Por de pronto no hemos recibido ninguna petición de los poseedores, en el sentido de que se compela a la compañia actual a diseminar programas. Sr. GUARillA. No se ha compelido a la compañia a presentar un programa dos horas diariamente; pero la compañia, para conceder un estimulo a los tenedores de aparatos se obliga a presentar un programa de dos horas diarias, mediante el pago de ese impuesto. 1382 DIARIO DE SESIONES Sr. ÜPPUS. Exactamente, para dar un estimulo porque gana. El comerciante que quiere ganar debe gastar, debe hacer una propaganda por su propia . iniciativa, sin la ayuda del Gobierno. Sr. GUARI&A. ¿Cree Su Señoría que Ja compañia actual es la única que monopoliza la venta de los aparatos de radio? _ Sr. OPPUS. No, señor. Sr. GUARI&A. ¿Existen otras corporaciones? Sr. OPPUS. Exactamente. Sr. GUARI&A. ¿Se les veda a esas compañias el vender aparatos? Sr. OPPUS. Pero tampoco estas otras compañias piden que se imponga este impuesto para ellas. (Prosiguiendo.) Como estaba diciendo, el Gobierno no debe ser demasiado paternalista. Fracasa el radio y nosotros estamos aquí dispuestos a aprobar una ley, en el sentido de proteger la' empresa, imponiendo una contribución a los poseedores de aparatos de radio. Estamos aquí, no para el fomento de compañías que se embarcan en aventuras dudosas, y que después, cuando viene un chaparrón, piden la protección de Ja Legislatura. Eso no es justo. Cu¡Jquiera entonces, se embarcaría en aventuras, para después, cuando venga el desastre, pedir la ayuda del Gobierno y solicitar Ja promulgación de una ley imponiendo una contribución. Señor Presidente, cuando se presentaron varios proyectos de ley, o dos por lo menos, solicitando franquicia para el radio, nadie obligó a esas compañías a que prestaran fianza. Ellas mismas se presentaron, llevando bajo el sobaco las condiciones que se les imponían. ¿Y por qué ahora van a rehuir esa obligación? Si no pueden cumplir su compromiso, que dejen el negocio ; otros lo explotarán. Que no haya monopolio, que se permita negociar a todo el mundo y no a uno o dos solamente. El Caballero por Cebú, Sr. Rama, dijo en el curso de su vigoroso discurso, que no hay ninguna diferencia entre la subvención a Jos vapores de cabotaje y al radio. Yo creo que existe una diferencia muy grande. Con respecto a los vapores estos son necesarios, el Gobierno los necesita para su transportación. Además, los vapores están operando dentro de ciertas leyes; pero en cambio la industria, el negocio del radio, no lo necesita el Gobierno de una manera estritf;a o absoluta. Si el radio quiere, digámoslo' asi, servir al público y explotar ese negocio, debe proveerse de medios necesarios y no solicitar que el Gobierno les proteja. Sr. GUINTO. Señor Presidente, para algunas preguntas al orador. El PRESIDENTE. El orador puede contestar, si le place. Sr. OPPUS. Sí, ·~eñor. Sr. GUINTO. ¿Se ha fijado Su Sefioria en el articulo 12 del proyecto en discusión? Sr. OPPUS: ¿Qué dice? Sr. GUINTO. En el inciso ( b) se dice que parte del ochenta por ciento se destinará para ayudar a los municipios de cuarta clase, y el Comité está dispuesto a aceptar una enmienda en el sentido de incluir hasta los municipios de tercera. clase para construir y levantar allí estaciones de radio, en beneficio general. Sr. OPPUS. Para eso tenemos nuestro Buró de Correos. Todos los años estamos_ apropiando dinero para el mantenimiento y la construcción de nuevas estaciones radiográficas, y no .estamos en condición de aceptar el regalo de empresas particulares, para que en forma de sulivenciones se les pague a ellas un tanto por ciento a cambio de un servicio que se dice van a prestar. Con perdón de la palabra, eso es un regalo, si se me permite la frase, un poco reventativo. No se fija en este proyecto de ley qué tanto por ciento corresponde a Jos municipios. En este mismo proyecto se enumeran los capitulas por medio de los cuales se va a gastar el dinero, pero no se dice a qué se destina ese dinero, y alli hay pago de empleados, pago del Comité y otras cosas más, de tal suerte que, en resumidas cuentas, esto resultaria como las cuentas del Gran Capitán, que habrá para todos, menos para los municipios; de tal suerte que después se preguntará dónde está el dinero para los municipios, y naturalmente, contestarán : el dinero no puede llegar, esperen un rato, porque se ha repartido a los empleados ; y más tarde ese beneficio será un mero sueño y nunca una realidad. - Sr. GUINTO. Yo respeto la opinión de Su Señoría sobre ese particular; ¿pero no cree Su Señoría que eso es demasiado prejuzgar, tratándose de una junta que ha de estar compuesta de personas que yo creo decentes que son funcionarios del Gobierno Insular? ¿No cree Su Señoria que las cuentas del Gran Capitán no resultarán erl este caso? Sr. ÜPPUS. Es que no seria culpa de los miembros del Comité, sería culpa de Ja cantidad reducida que se va a obtener en concepto de impuestos ; será tan reducida Ja cantidad, que ni habrá para pagar a esos mismos señores del Comité. Sr. GUINTO. ¿Ha hecho Su Señoria el cálculo de Jos impuestos que se pueden cobrar por este proyecto. de ley? Sr. OPPUS. Sí, señor, aquí se ha dicho que existen mil ochocientos aparatos, pongamos ya dos mil, que a diez pesos, sino me equivoco, hacen veinte mil; y con veinte mil pesos ¿qué se puede hacer? Dígame Su Señoría si se puede hacer algo. Sr. Gu!NTO. Hay aparatos que cuestan ?'100; de modo que si se aprobara este· proyecto y se ayudara a un municipio con un aparato de cien pesos, por ejemplo, a un municipio de la provincia de Su Se-. ñoría, ¿no cree Su Señoría que eso sería un beneficio muy grande para Jos habitantes del municipio de Su Señoría que pueden oir el brillante que Su Señoría está pronunciando en la Cámara? Sr. OPPUS. No quisiera satisfacer a mi distrito haciéndole oír mi discurso, a costa del derecho de otras corporaciones que pudieran también obtener la franquicia sobre radio. Sr. GUINTO. El servicio no se limitará a los dig.. cursos parlamentarios, sino que también se dedicará a diseminar otras noticias, sobre precios, sobre lo que está ocurriendo· en Manila. ¿No cree Su Señoria que es un beneficio muy grande, el que esos habitantes sepan frecuentemente los precios de los principales productos del pais, o lo que está ocurriendo diariamente en Manila, cosa que no puede h3.cer el Buró de Correos. por falta de comunicación? ¿No cree Su Señoría que vale la pena de aprobar este proyecto de ley, siquiera por ese beneficio general? Sr. OPPUS. Yo no sé por qué tendremos que valernos de empresas particulares para prestar un servicio público, teniendo nosotros los fondos del tesoro· público ; no sé por qué va a consentir el Gobierno LEGISLATURA FILIPINA 1383 esos cambalaches con empresas particulares, para hacer llegar noticias sobre el mercado, discursos parlamentarios y otros asuntos a nuestros municipios. Por lo demás, yo· creo que con un aparato de 'P'lOO, es imposible que de aquí a la provincia de Leyte, ni siquiera a la provincia de Tayabas, se_ pueda oír un discurso pronunciado aqui. Porque yo tengo entendido que en Manila hay aparatos que cuestan 1'800, y he estado en las casas de los poseedores dé esos aparatos y he visto que en dichos aparatos no se oye más que un zumbido que pare:ce el de un mosquito, y me dicen que ése es el radio.· Está bien, convencido. . Sr. GUINTO. Yo no quiero discutir con Su Señoría esos defectos del aparato, porque hay aparatos que, por el mal mañejo de los que poseen, realmente, resultan defectuosos; pero yo creo que la ciencia, tarde o temprano, tiene que perfeccionar esos aparatos. ¿No cree Su Señoría que es parte de los deberes del Gobierno propulsar la explotación del sistema del radio en Filipinas, para beneficio general de los habitantes de este país, diseminados en diferentes islas? Sr. OPPUS. ¿Tendría Su Señoría objeción a que el total de eso se destine ya para la compra de aparatos, sin necesidad de nombrar a ese Comité, y que se faculte al Director de Correos, sin sobresueldo, para que disponga la instalación de esos aparatos en los municipios del Archipiélago cuando se apruebe el proyecto? Sr. GUINTO. Yo no respondo de esa ambición de Su Señoria, pero puedo decir que es buena. ¿No cree Su Señoría que el poco pago que se da a la compañía es una justa compensación y servirá como de subsidio por el servicio de programa diario, corilo si alquiláramos una banda de música y pagásemos el servicio de esa banda durante dos horas, y nada más? . Sr. OPPUS. Yo creo que está a discreción a cada cual el divertirse. Si alguno quiere divertirse oyendo un jazz o un sermón, o un dis~urso, pues, que se compre un radio, y el que no pueda, pues que se aguante. · · - (Prosiguiemlo.) Agradezco en el alma que el Caballero por Tayabas haya manifestado que la idea que yo trataba de ,presentar es excelente; pero no sé si el Comité va a aceptarla, en el sentido de que por excesiva generosidad de los caballeros del radio, por su interés, por su patriotismo,· ellos cedan la cantidad recaudada para invertirla en la compra de aparatos con destino a los municipios, facultando al Director de Correos para que determine la compra de dichos aparatos y la instalación de los mismos en los municipios. Si ellos aceptaran eso, ahora mismo estoy votando en pro del proyecto. Con perdón, el proyecto se parece mucho a esas líneas mágicas que nos trae "El Tribune" cada domingo, donde uno se pierde en laberintos y no sabe uno dónde coger aqueUa estrella que ponen en medio. Nadie sabe adónde va a parar el proyecto de ley; nadie más que Dios sabe a dónde va a parar esa línea, si a una estrella o a un gálón. Señor Presidente, hace poco solamente, se ·aprobó por esta Cámara de Representantes un bill tendente a restringir el libre ejercicio de las corporaciones e individuos en el manejo de la "industria del radio. Ese bill, informado por el distinguido Caballero por Cebú, Sr. Ybáñez, provee que antes que cualquiera 228862----4 compañía pueda emprender aquí el negócio de radio, tiene que adquirir una franquicia de la Legislatura. Pero sabiendo como sabemos hoy la manera cómo se ejercita en Filipinas el veto por el Gober.nador General, todo esto resulta una farsa, señor Presidente, como lo ha sido en el pasado. En 1924, la Legislatura aprobó dos franquicias, una para la Radio Corporation of the Philippines y otra para la Far Ea,stern Radio Corporation. Ambas con buenas condiciones, iguales en cierto modo, pero la una fué vetada por el Gobernador General, la que ofrecía mejores condiciones. Pero por· una explicación más o menos convencible, de más o menos peso, se vetó uno de aquellos proyectos y se dejó el otro. En ese caso, ¿dónde está la igualdad? Se dice que aquí no se proteje a nadie. Es-verdad, no se protege a nadie, pero en Ja práctica ocurre que una vez vetado un bill, resultará que la única compañía que predomina en el mercado es la corporación que actualmente goza de la franquicia y del privilegio. En resumidas cuentas, esa compañía absorberá a todas y será el día de mañana, si no se pone un remedio, la única que va a predomin8.r en toda Filipinas. Sr. CARRANCEJA. Señor Presidente, para algunas preguntas al orador. El PRESIDENTE. El orador puede contestar, si le place. Sr. OPPUS. Sí, señor, con mucho gusto. Sr. CARRANCEJA. ¿~ste es el primer caso que se registra aquí, de privilegios otorgados a una compaliia? Sr. ÜPPUS. ¿En qué sentido? Sr. CARRANCEJ A. En el de una subvención. Sr. OPPUS. Sí, señor, es Ja primera vez que yo sepa, al menos desde que sOy legislador. Sr. CARRANCEJA. ¿No es verdad que actualmente existe la compañía de luz eléctrica, que es un artículo de primera necesidad, porque hasta el último pobre lo necesita, y esa compañía tiene una franquicia? Sr. ÜPPUS .. Pero no está subvencionada. Sr. CARRA)ICEJA. Pero la luz eléctrica es un artículo. de primera ·necesidad. Sr. ÜPPUS. Si, señor. Sr. CÁRRANCEJA. En cambio ino es verdad que el radio es un artículo de lujo y no de primera necesidad, y por lo tanto, el que quiera tener un aparato de radio es justo que pague? ¿De manera que a quién queremos defender? Si fuese una ley imperativa que obligase a todos, entonces estarian muy bien esos discursos, Caballeros por Leyte. Pero siendo un artículo de lujo completamente, no hay ningún perjuicio, y si se quiere que la franquicia del radio se quede convertida en mero papel, con que nadie compre radio, se quedará en papel. Sr. ÜPPUS. En resumidas cuentas ¿qué quiere decir Su Señoría? Sr. CARRANCEJA. Pues, que como se trata de un articulo de lujo, si estos caballeros. están dispuestos, como lo está:ri y yo lo estoy también; a que todo el que quiera gastar lujo debe pagarlo, no nos de~e importar nada que esa venta de aparatos dé radio la costeen, como un artículo de lujo, los que quieran recibir los beneficios del radio. Sr. OPPUS. Caballero por Camarines, si no se tratara mas que de imponer un impuesto, y después 1384 DIARIO DE SESIONES fuese ese impuesto a parar, sin recovecos ni rodeos al Gobierno Insular, sería justo ; pero que no digan aquí que un 20 por ciento por un lado, un 40 por ciento por otro y un 44 por ciento por otro, porque no se puede saber . . . Sr. CARRANCEJA. Su Señoría puede presentar las enmiendas necesarias para regular el negocio, pero no impedir que se regularice por el Gobierno. Lo que no debe continuar es lo que está sucediendo ahora, que tooo el mundo está oyendo el radio de gorra. Sr. OPPUS. Señor Presidente, no es una preg¡¡nta la que está haciendo el Caballero por Camarines Norte, sino que son sugestiones las que está formulando. Y si el Caballero por Camarines Norte es del Comité, debe presentar un bill mejor, porque éste es pésimo. Sr. CARRANCEJA. Yo no he hecho 111ás 'que seguir la sugestión de mi querido amigo el Caballero por Leyte, el ctial me pidió ciertas explicaciones y las he dado. · El PRESIDENTE. Tiene la palabra el Caballero por Negros Occidental. Sr. LACSON. Señor Presidente, si el Caballero por Laguna va a consumir un tumo a favor del proyecto, yo le cedo la palabra. El PRESIDENTE. Tiene la palabra el Caballero por Laguna. DISCURSO EN PRO, DEL SR. LAICO Sr. LAICO. Señor Presidente y Caballeros de la Cámara: Después de lo que han dicho, y después de lo bien que lo han dicho, en ,forma elocuente, los Caballeros que me han precedido en el uso de la palabra, en relación con el aSunto que nos tiene ocupados, creo yo que cualquiera intervención de mi pequeñez en la discusión de este asunto, seria innecesaria, para que el bill salga aprobado o rechazado. Pero Señor Presidente, si me levanto hoy, es porque después de haber oido precisamente a los distinguidos caballeros que me han precedido en el uso de la palabra, me he convencido de que el asunto sobre el radio, que estamos tratando, es muy importante y tiene relación directa con el progreso del pueblo filipino, y por este motivo he creido deber mio tomar parte e.n la discusión de este bill. Señor Presidente, es un hecho admitido por todos, que el advenimiento de la industria del radio en Filipinas, ha traído grandes progresos a este pais, así como también se ha demostrado aquí que mientras muchas personas se dedican al negocio de la . venta de aparatos de radio, una .sola corporación, Que es la Radio Corporation es la que costea el negecio de radioemisi6n. De esta manera, resulta que siendo varios los negociantes de aparatos de radio y siendo una sola la compañia que costea la estación de radioemisión, esta compañía se ve impotente para seguir sosteniendo dicha estación asi como para confeccionar buenos programas, a satisfacción de los poseedores de aparatos de radio. Por tal motivo, un miembro de esta Cámara tuvo la buena idea de presentar este bill para conceder una ayuda sincera y amistosa, pero del todo desinteresada, a la industria del radio en Filipinas. Y al llegar a este extremo, señor Presidente, yo creo que se presenta ante .nosotros este interrogante : ¿Queremos que esta conquista, esta bella conquista de la civilización, continúe en Filipinas para prqvecho de nuestro pueblo? Entonces, en caso afirmativo creo que debemos de algún modo ayudar a esa industria, a fin de que la misma no muera en Filipinas. Mr. VILLANUEVA (G. Z.). Mr. Speaker, will the gentleman yield for sorne questions? El PRESIDENTE. El orador puede contestar, si le place. Sr. LAICO. Sí, señor. Mr. VILLANUEVA (G. Z.). I understand that the bill desires that the Government may be convinced in order that this big radio corporation will receive the help of the Government to the detriment of other companies. Sr. LAICO. ¡Al abogar yo por la aprobación del bill, no lo hago precisamente para prestar ayuda a una sola corporación, sino a varias, tal como se provee en el bill. . Mr. VILLANUEVA (G. Z.). Does not the gentleman from Laguna think that this corporation spent plenty of time to determine before they establish these broadcasting stations, whether in the future there would be other merchants to sell radio sets? Sr. LAICO. No todos los que establecen los negocios hacen indagaciones primeramente, aunque muchas veces, algunos lo hacen antes de establecer un negocio. Algunos se someten a correr una aventura, y corriendo esa aventura, muchas veces obtienen éxito o beneficio en el negocio, o también obtienen pérdidas. En el caso de la Radio Corporation no sé realmente si ésta ha hecho primeramente las indagaciones necesarias, es decir, si ella iba a ganar o a perder en el negocio. Pero haya hecho o no la Radio Corporation indagaciones antes de emprender ese negocio, nos basta saber que es un gran beneficio para el pais la continuación de la existencia de la radioemisión en Filipinas, porque facilita los medios de comunicación y se transmiten a grandes distancias los armoniosos sonidos de la música; y no solamente eso, sino hasta inclusive los discursos que se pronuncian dentro de las Cámaras legislativas y también noticias e informes sobre el movimiento del comercio. Y o creo que es una necesidad nacional el que nosotros continuemos con esa radioemisión, y siendo ya una necesidad nacional, yo creo que es deber nuestro responder al clamor de los que ven la necesidad de dar el subsidio a esa corporación, a fin de que la radioemisi6n continúe subsistiendo. Mr. VILLANUEVA (G. Z.). Does the gentleman from Laguna think that, with this radio corporation out of business, we would have the business of selling radio instrumenta here done away with? Does he think that the sale of these instrumenta can be brought under control? · Sr. LAICO. Precisamente yo creo que el objeto del proyecto no es ése. Mr. VILLANUEVA (G. Z.). Knowing, as we do, that this is a necesity and that it is a thing which the people really want and that it is like the tide that comes as a matter of course; does not the gentleman from Laguna think that it is improper and unjust for the Government to interfere? LEGISLATURA FILIPINA 1385 Sr. LAICO. Ya he diclio a Su Señoría que desde el momento en que se ha hecho una necesidad para el pueblo el que continúe subsistiendo la estación de la radio, yo creo que si nos convencemos de que realmente sin subsidio del Gobierno esta estación ha de desaparecer, es déber nuestro, es deber de esta Legislatura el promulgar una legislación que conceda el subsidio. Mr. VILLANUEVA (G. Z.). My question is whether we should drive it out of business. Sr. LAICO. Desde el momento en que se pide el subsidio, es porque existe el convencimiento de que la corporación, sin subsidio ha de desaparecer. El PRESIDENTE. Tiene la palabra el Caballero por Negros Occidental. . DISCURSO EN CONTRA, DEL SR. HILADO Sr. HILADO. Señor Presidente: Por varias y muy buenas razones se puede objetar a la aprobación del proyecto de ley bajo nuestra consideración. En primer lugar, se puede llamar la atención de la Legislatura a la política peligrosa a que se quiere embarcar al Gobierno, de erigirse en protector de determinadas corporaciones. Se comprende que el Gobierno imponga gabelas para su mantenimiento; pero debemos de estudiar con 11'1.ucha detención, antes de adoptar la política peligrosa de imponer gabelas para el beneficio de corporaciones particulares, y enviar a la cárcel a los que se opusieren a pagarlas como se dispone en el proyect¡J de ley que está bajo nuestra consideración. Si se tratara de una corporación pequeña, organizada para promover el desarrollo de alguna industria local, todavía se podrían invocar sentimientos de patriotismo para obligarnos a extender nuestra mano protectora y facilitar el desarrollo de dicha industria. Pero cuando se trata de una corporación que está capitalizada con centenares de millones de pesos, cuyo presidente es el hombre que gana el mayor sueldo en todo el mundo, ¿qué necesidad, pregunto yo, hay de que la Legislatura establezca un precedente muy peligroso, cual es el de constituirse en protector de dicha corporación? Se nos dice que la Radio Corporation of the Phil,ippines no podrá vivir si no se aprobara el presente proyecto de ley. Yo me niego a aceptar semejante excusa, porque no la creo verdad. Hace algunos años, cuando· el entusiasmo por el radio llenaba el ambiente de las naciones americanas y europeas, algunos comerciantes filipinos, animados no solamente por el deseo del lucro, sino también por el noble deseo de poner al servicio del pueblo filipino un buen servicio de radio, organizaron la Radio Corporation of .the Philippines. Después pidieron una franquicia de la Legislatura y todos gustosos votamos por concederles la franquicia, para ayudarles en su noble propósito. Más tarde, aquella corporación vino a la Legislatura con un proyeéto de ley semejante al que se está hoy considerando, cuyo objeto primordial era inducir a la Lr~slatura a conceder una subvención a dicha corporación. Tratándose de una pequeña corporación que segú:n sus Directores no estaba en condiciones de continuar en el negocio sino se les extendía la ayuda del Gobierno, yo fuí uno de los que miraban con ·simpatía aquel proyecto de ley. Desafortunadamente, aquel proyecto de ley tan simpático para todos nosotr~s, ~o pudo pasar, y no pudo pasar por la culpa de mngun otro más, que de los mismos dirigentes de· dicha corporación. Tratándose de un proyecto de ley que daba una subvención, no era más que natural que los miembros de la Legislatura se dividiesen en su opinión. Algunos lo favorecian otros lo comQatían. En vez de permanecer confia~ dos en la simpatía de su causa y esperar el fallo favorable de la Legislatura, los Directores de la Radio Corporation of the Philippines, en su deseo de hace~ fracasar el movimiento que se oponía a la aprobación del proyecto, no titubearon en utilizar medios bien ignominiosos. En Jos pasillos del Salón de Mármol ellos acusaron a los que se oponían al proyecto, de haber recibido soborno de German que era el dueño de la Far Eastern Radio Corporation. Cuando la Legislatura vió aquella conducta tan indigna, la Legislatura justamente mató el proyecto de ley. Señor Presidente, ahora se vuelve a pedirnos la referida subvención. Las circunstancias sin embar_g~, ~an cambiado. La Radio Corporation of .the Philippines ya no pertenece a aquel puñado de patriotas que se metieron en un µegocio que éllos no entendían muy bien, llevados únicamente por su deseo de rendir algún servicio al pueblo filipino. La Radio Corporation of the Philippines ya pertenece a la Radio Corporation of America. La Radio Corporation. of America. es una de las empresas más grandes del mundo. Tiene un capital de varios centenares de millones. Tiene a su servicio a los mejores· expertos en el mundo. Paga a su manager un sueldo varias veces mayor que el sueldo del Presidente de Estados Unidos y mucho más grande que el sueldo del Manager de la StandOR"d Oi! Compom,y o de la American Steel Corporation. Se trata de una corporación que cuenta con inmensos. recUrsos," y está manejada por hombres muy inteligentes. Yo digo, señor .Presidente, que cuando una corporación que cuenta con esos recursos y esa clase de dirección vien~ a Filipinas, estudia el terreno, y después de hacer un minucioso estudio, compra el negocio de la Radio Corporation of the Philippines, es muy razonable presumir que debe de hallar buena perspectiva en el negocio. Pero, señor Presidente, yo no fundo mi oposición solamente en estas consideraciones, sino en razones más sagradas, que afectan a la dignidad de la Legislatura y al buen nombre de nuestra patria. Es un motivo de· alegria y orgullo para nosotros, el que hasta ahora nuestras elecciones han sido la expre~ión de Ja voluntad del pueblo. Afortunadamente, las corporaciones existentes en Filipinas no han llegado aún a corromper a nuestro electorado, como han hecho en otros países que se precian de ser democráticos. Por fortuna, nuestros candidatos no reciben contribuciones de grandes corporaciones o comerciantes, en la época de elecciones; asi es que una vez el~gidos, conscientes de que el pueblo es el que les ha elevado al cargo, trabajan y velan por el interés exclusivo del pueblo filipino. Gracias a Dios, que con el corazón en la mano, podemos decir que el único lema que ha guiado y continúa guiando a nuestros legisladores, se sintetiza en aquellas hermosas palabras : salus populi suprema lex. 1386 DIARIO DE SESIONES Desafortunadamente, sin embargo, estamos viviendo en un mundo donde la calumnia y la maledicencia imperan; y hay espíritus malvados que han querido imputar a la Legislatura móviles despreciables en su actuación. Cuando en 1922, los chinos comenzaron a trabajar por la derrogación de la Ley de Contabilidad, y algunos prominentes políticos y legisladores acogieron favorablemente la causa de los chinos, inmediatamente se lanzó la acusación de que aquellos politicos y legisladores-habían sido sobornados por la comunidad china. Cuando más tarde se discutió la solicitud de una corporación americana por algunos miles de hectáreas de terreno en Mindanao para el cultivo de la piña, malas lenguas se precipitaron en acusar a ciertos miembros de la Legislatura de haber compartido con un prominente bufete de la localidad, en el botín. Cuando para satisfacer los clamores y protestas de nuestros compatriotas de que el dinero del Banco Nacional está todo enterrado en Ne gros, se trató de vender dichas centrales a una compañía americana, para que con el producto de la venta se pudiese ayudar a los comerciantes y agricultores de las otras provincias, en seguida se saturó la atmósfera de acusaciones de que ciertos personajes filipinos iban a percibir '1"500,000 de soborno. Cuando recientemente se vendió la Compañía de Cemento, comentarios muy difamatorios se lanzaron contra los que favorecieron la venta. Hóy, cuando estamos considerando la franquicia del Banco de las Islas Filipinas, se acusa a los que favorecen el proyecto de haber sido sobornados, y a los que se oponen a él, de estar en espera aún de ser sobornados. • · Señor Presidente, yo estoy convencido de que son infundadas estas críticas. Y o sostengo y defiendo la integridad de nuestros prohombres y de los representantes constitucionales de nuestro pueblo, porque tengo fe en nuesbra dignidad y en nuestro amor al pueblo. Yo no creo que entre nosotros haya un Ju das capaz de vender a nuestra patria por todo el oro del mundo. Y o confío en la honradez de nuestros prohombres, y les creo incapaces ·de cometer actos innobles que menoscaban la dignidad y la buena reputación de nuestra raza. Y o sé que debemos ser lo bastante grandes para no hacer caso de todas esas chismografías. Y o sé que debemos dejar pasar por alto las malditas confabulaciones e invenciones de lenguas viperinas. Pe:r:o, señor Presidente, yo también creo que la doctrina cristiana, que nos enseña perdonar al enemigo, tiene sus limites en la vida práctica. Podemos perdonar a los que nos maltraten físicamente, porque en esos casos el perdón constituye un acto cristiano, uno de esos razg.os de nobleza que constituye la tradición de nuestra raza. Podemos perdonar al que nos roba hasta el último pedazo de nuestra propiedad, porque con el sudor de nuestra frente todavía podremos labrar una fortuna. Pero no podemos, no debemos permitir. que se mancille el honor de la Legislatura, porque la reputación individual, como la reputación nacional, es tan delicada, que una vez manchada no vuelve a ostentar el lustre original. Y ésta es la razón, señor Presidente, porque cuando me acuerdo de lo que han hecho los directores de la Radio Corporation of the Philippines para mancillar la honra de la Legislatura, se subleva mi espiritu, y clama por justicia. Nuestra honra demanda que castiguemos a los que han intentado arrastrar nuestra reputación al fétido fango de la infamia. No debemos permitir q'ue esos espíritus poco caballerosos, que en su afán de lucrarse por algunos miles de pesos, difamaron a la Legislatura,. nos induzcan hoy a darles una subvención. Sería verdaderamente una barbaridad prestarnos a ser instrumentos suyos, imponiendo gabelas para su propio y· exclusivo beneficio. Nosotros, que siempre hemos estado opuestos a concesiones de privilegios exclusivos; que siempre nos hemos opuesto a conceder franquicias exclusivas, por beneficiosas que fuesen para el pueblo; también debemos negarnos a ser protectores. de la Radio Corporation of America, que es la dueña de la Ra.dio Corporation of the Phi!ip11.ines, que ni necesita nuestra ayuda por ser muy rica, ni es acreedora a nuestras simpatías mientras mantenga en su seno a las personas que nos han difam.ado vilmente. Por estas razones, señor Presidente, .yo pido que se suprima la cláusula promulgatoria del. proyecto. Sr. LACSON. Señor Presidente, para algunas preguntas al orador. . El PRESIDENTE. El orador puede contestar si le place. Sr. HILADO. Sí, señor. Sr. LACSON. Su Señoría dice que el Gobierno desea imponer una pena al que no quiera pagar ese tributo, para beneficio de una entidad particular. Y o quisiera saber en qué parte del. proyecto .se dice que ese dinero se va a destinar para beneficio de una compañia particu1ar. Sr. HILADO. Es muy fácil la contestación. El.articulo 12 del proyecto dispone que las personas que infrinjan cualquiera disposición de esta ley serán castigadas con una multa que no pase de quinientos pesos, o con prisión que no exceda de seis meses, o con ambas penas a la vez. Sr. LAcsoN. No me refiero a eso, sino a lo que dijo Su Señoría de que se beneficia solamente una entidad particular, o sea la Radio Corporatio:n, a la que Su Señoría refiere tal vez. El proyecto no habla d~ ninguna entidad particular, sino que se refiere a todas las entidades que se dedican a esta industria. Sr. HILADO. Es verdad que la ley es bastante general ; pero de la teoría a la práctica, , hay una distancia inmensa. Sabemos que en realidad no hay más que una corporaciól,1 que va a ser beneficiada con las disposiciones de este proyecto, y podemos presumir con mucha razón, que dentro de un período razonable, de cinco años tal vez, no habrá ninguna otra corporación que querrá acogerse a los beneficios de esta ley. Si es verdad que ellos alegan que aquí en Filipinas no se hace negocio en esto, es muy fácil presumir que ninguna corporación vendrá, al .menos, por algún tiempo más. Sr. LACSON. ¿Quiere decir Su Señoría que cuando dictemos una ley de este género, tendría que ser, no sobre bases generales, sino personalizando la enti~ dad a la cual irán a parar los fondos que se han de recoger? Sr. HILADO. No, señor, no se quiere decir eso, sino que las. leyes se promulgan de acuerdo con las circunstancias actuales. Todos sabemos que actualmente no hay más que una compañía que puede pedir esta contribución. Es verdad que se pueden organizar otras compañías, nO se duda de eso; pero lo LEGISLATURA FILIPINA 1387 único que se dice es que la única- compañía que \'!'& a ser beneficiada por esta ley, es la que actualmente existe en el país. Puede ser que vengan otras compañías a solicitar franquicias para poder conseguir que ellas operen y obtengan algo de este dinero ; perO ¿quién garantiza que la Legislatura les concederá la franquicia, y una vez concedida, quién nos garantiza que el Gobernador General no la vetará? Una corporación tan poderosa corno la Radio Corporation o/ America es capaz de ejercer una influencia tremenda, para que el Gobernador General -vete cualquiera otra franquicia que podamos conceder. Sr. LACSON. ¿Pero no s·abe Su: Señoría que, además de la Radio Corporation, hay otra entidad en Filipinas que cuenta con otra estación diseminadora? Sr. HILADO. Beck lo hace, pero en una escala pequeña. Sr. LACSON. Yo quisiera informar a Su Señoría que existe otra casa que es la de Beck, solamente que es pequeña y todavía no puede dis,eminar hasta ciertas provincias de Filipinas. Sr. HILADO. Si, ya he dicho que no hay mas que la Radio Corporation y la casa de Beck, pero ésta es una casa tan pequeña que no puede pedir esta subvención, porque no podría ofrecer programas p~a el resto de Filipinas, y se limita solamente a reproducciones de discos de gramófono. Sr. LACSON. ¿No cree Su Señoría que la casa Beck podría establecer una estación diseminadora para poder cumplir con sus deberes y con su obligación con aquellos hombres o personas que hayan comprado aparatos en su establecimiento? Sr. HILADO. ¿Qué deberes tienen? Sr. LACSON. El deber moral de dar buenas audiciones a los que han comprado aparatos en su .establecimiento. Sr. HILADO. Si aquí se quiere sostener que los que venden aparatos de radio tienen la conciencia y el deber moral de diseminar diariamente programas, entonces no hay necesidad de este pro~ecto de ley, porque la Radio Corporation que vende aparatos, también tiene esa obligación moral. Sr. SORIANO. Señor Presidente, para algunas preguntas al orador. El PRESIDENTE. El orador puede contestar, si le place. Sr. HILADO. Sí, señor, con mucho gusto. Sr. SORIANO. ¿De maner¡i que mi amigo el Caballero por Negros Occidental, se opone, o no es parti"' dario de que la Legislatura conceda privilegios Q franquicias a Corporaciones o personas particulares? Sr. HILADO. Las franquicias se pueden conceder, y a eso yo no objeto. Lo que objeto es que nosotros impongamos tributos para beneficio de esas personas particulares, porque creo que estamos sentando aquí un precedente muy delicado y debemos madurar muy bien nuestra decisión antes de dar ese paso. Sr. SORIANO. Creo que lo que aquí se dispone es para el servicio público. Pero en términos generales, de acuerdo con su discurso, Su Señoría es refractario a la concesión de privilegios y franquicias que redundan en beneficio de una entidad particular, principalmente si es extranjera. Sr. HILADO. No es que me oponga a la franquicia, sino al tributo que se impone, de enviar a la cárcel a uná persona, por no poder pagar el tributo que se 1e ha impuesto, para el beneficio de una .Persona particular. Sr. SORIANO. Pero si se suprime esa parte mediante una enmienda, ¿estaría conforme Su Señoría? Sr: H1LADO. Es que el tributo no se puede suprimir. Sr. SABIDO. Señor Presidente, para algunas preguntas al· Caballero por Negros Occidental. El. PRESIDENTE. El Caballero por Negros Occidental puede contestar, si le place. Sr. HILADO. Sí, señor. Sr. SABIDO. ¿Qué concepto ha formado Su Señoría del bill ; .es un proyecto que favorece a la corporación o favorece también al público? Sr. ll!Ju\00. Tal vez no haya ninguna corporación o entidad .que de una manera directa o indirecta no favorezca al público; pero creo que este bill más bien favorece a una corporación particular. Sr. SABnio. ¿Es .o no es el radio de nécesidad en Filipinas? Sr. HILADO. Eso es muy relativo. Un automóvil es una necesidad para unos pocos, pero no para muchos. Sr. SABIDO. En opinión de Su Señoría ¿necesita el país del servicio del radio o no? Sr. HILADO. Es verdad que lo necesita; pero yo preferiría que el ·Gobierno lo ponga, porque entonces ·estarenios justificados en imponer gabelas p~ra el sostenimiento del Gobierno. · Sr. SABIDO. ¿Su Señoría quiere dar a entender que necesitamos del radio? Sr. HILADO .. No, señor; lo que digo es que si lo necesitamos, que el Gobierno lo p9nga, y entonces podremos imponer gabelas. Sr. SABIDO. ¿No cree Su Señoría que precisamente el proyecto es una manifestación directa, si no implicita, de parte del Gobierno, de que él desea que se establezca el radio? Sr. HILADO.. No es una manifestación, mientras el proyecto no esté aprobado. Solamente sería una manifestación de la voluntad del Gobierno, cuando nosotros hayamos aprobado este proyecto. • Sr. SABIDO. ¿Quiere decir Su Señoría que si se aprobara el proyecto, sería "una manifestación de los deseos del Gobierno de que realmente el radio es u.na necesidad? Sr~ HILADO. Quiero decir que si se aprueba; pero eso de ~'sí11 es cuestionable, pues como Su Señoría sabe, la palabra si es susceptible de varias interpretaciones. Sr. SABIDO. ¿_Quiere decir Su Señoría que. si se aprueba el proyecto, eso significa que el Gobierno, por medio de sus Representantes, cree que el radio es una necesidad, y no bajo ninguna otra cOnsideración? Sr. HILADO. No, señor. Sr. SABIDO. ¿Su Señoría ha dicho también que la Radio Corporation es una corporación muy poderosa y que si adquirió el negocio del puñado de filipinos ·que quiso implantarlo en Filipinas, lo hizo porque creía que el negocio del radio en Filipinas es lucrativo? Sr. HILADO.· Si, señor. 1388 DIARIO DE SESIONES Sr. SABIDO, ¡¿No cree Su Señoría que también se podría decir que aquel puñado de fiilipinos se desprendió del negocio, porque no era lucrativo? Sr. HILADO. Hay una gran diferencia entre una corporación con capital pequeño y otra corporación que cueiita con un gran capital. Yo, personalmente o formando una corporación con el Caballero por Albay y otros dos compañeros más, Con un capital de diez mil pesos, no podríamos explotar las tierras inmensas de Mindanao sembrando goma ; pero Firestone con un capital de 1"25,000,000 puede hacerlo fácilmente. Sr. SABIDO. ¿No admite Su Señoria que precisamente se vendió el negocio del radio por aquel puñado de compatriotas~ porque ellos creían que el negocio del radio no era lucrativo en Filipinas? Sr. HILADO. Hubo varias razones para Yender el negocio, y una de ellas, la más poderosa, es que ellos tenían la competencia de la Radio Corpomtion of America. Ellos sabian que la Radio COTporat;pn of America, babia conseguido la franquicia para operar en Filipinas. Sabían también que estaban preparando desde América, después de los estudios que se hicieron, a enviar un aparato muy grande para hacerles la competencia. En realidad de verdad, ese aparato está hoy en camino; tiene una potencia diez veces mayor que el aparato que existe en Filipinas. Sr. SABIDO. ¿No es cierto que esa franquicia que se concedió a la Radio Corporation no es exclusiva? Sr. HILADO. Es verdad. Sr. SABIDO. Y si no es exclusiva, no impide que cualquiera otra corporación pueda establecerse aquí. Sr. HILADO. No impide, pero la cuestión es que nadie saldrá beneficioso más que la Radio Corporation of the Phi!ippines, que es un ramal de la Radio Corporation of America. La Radio Corporation of the Phüippines nb tiene nada de filipino más que el nombre. Sr. SABIDO. Su Señoría ha dicho también que la Radio Corporation es una compañia poderosa que no necesita ningún subSidio para negociar en Filipinas. Sr. HILADO. Si, señor. Sr. SABIDO. ¿Cree Su Señorla que una compañia que cuenta con un capital considerable, no corre el riesgo de perder en un negocio que no es lucrativo? Sr. HILADO. No debemos perder de vista las prácticas generales seguidas en el mundo. La Radio Corporátion of America está haciendo un gran negocio en América. Ésto de Filipinas no es más que un negocio pequeño. Muchos bancos de ¡América también tienen sucursales en distintos paises del mundo, y en muchas ocasiones, las sucurBBles están perdiendo dinero. Pero no es eso lo que se mira, lo que se mira es el servicio general y que se consigan buenos dividendos. No importa que pierdan aquí, pero educan al filipino y le aficionan al radio, porque ellos saben que recogerán el fruto en lo futuro. Sr. SABIDO. ¿Su Señoria ha dicho que la Radio Corporation está haciendo negocio en América? Sr. HILADO. Si, señor. Sr. SABIDO. ¿No cree Su Señoría que ésa es una razOn en f8.vor de mi contención, pues que !i .Ja 'Radio Corporation of América está haciendo negocio en América, no tiene necesidad de embarcarse en ese negocio en Filipinas, que le produce pérdidas? Sr. HILADO. No es verdad, porque lo que persigue la Radio Corporation of America no es limitar el negocio dentro de los Estados Unidos, sino lo que persigue es tener una estación en todas las naciones del mundo, para decir que su servicio rodea a Ja atmósfera. Sr. SABIDO. Pero Su Señoría parte de esa finalidad .•• Sr. HILADO. Las pequeñas pérdidas no se cuentan por las grandes corporaciones. Si una corporación dueña de ferro~rriles, intenta abrir nuevas vias en un nuevo Estado, sabe positivamente que por algunos años no podrá resarcirse de las pérdidas, pero sabe que está en espectativa del negocio . en general. Y sabe que en la eventualidad ganará. Eso es lo que persigue la Radio COTporation of América. Ellos han creido que aquí hay filipinos tan buenos •Y generosos, que están dispuestos a prestarles ayuda, cuando ellos digan que . ya no pueden más. Comprendo, señor Presidente, que nosotros debemos arrebatar hasta de la boca de nuestros propios niños el sustento para darlo a un hambriento que necesita vivir; pero no comprendo cómo nosotros vamos a desprendernos del último pedazo de pan, para ponerlo en la boca de uno que tiene de sobra. Sr. SABIDO. ¿Pero no cree Su Señoría que eso está muy bien, que el impuesto del radio es potestativo en el ciudadano filipino, y que el que no quiere pagat impuesto, no comprará radio? Sr. HILADO. No es verdad eso, porque actualmente ellos admiten que ya hay mil ochocientos· dueños de aparatos de radio en Filipinas, y esos dueños de aparatos los han comprado porque se les ha asegu .. rado que aqui habrá programas diariamente; esas personas han comprado sus aparatos, en la inteligencia de que no tendrán que pagár gabela alguna por el sostenimiento de la Radio Corporation of America. Constituye una infracción de Jo que se les ha hecho creer, el exigir de esos caballeros que paguen ese impuesto para beneficio de la Radio COTporation of America. Sr. SABIDO. ¿Cree Su Señoría que Filipinas es el único país donde se cobra impuesto por la posesión de un radio? Sr. HILADO. Y o sé qlll! se cobra impuesto en el Japón; pero el mero hecho de que se haga en otros países, no justifica el que lo hagamos ;¡.quí. No solamente debemos adoptar lo que creemos que es bueno, en el Japón, sino que debemos ver si lo que adoptamos es realmente bueno. Japón es un país admirable, pero tiene instituciones que sonrojarian al pueblo filipino si llegamos a adoptarlas. . . Sr. SABIDO. ¿Sabe Su Señoría cuánto tiempo hace que se negocia en Filipinas con el radio? Sr HILADO. Todos sabemos, poco más o menos, que hace solamente varios años. Sr. SABIDO. Para la información de Su Señoría, creo que hace unos seis o siete años, ¿no es verdad? Sr. HILADO. SI, señor. Sr. CONFESOR. Señor Presidente para algunas preguntas al orador. · El PRESIDENTE. El orador puede contestar, si le place. LEGISLA TURA FILIPINA 1389 Sr. HILADO. Sí, señor. . Sr. CONFESOR. Entiendo que Su Señoría, está opuesto a cualquiera medida que tienda a dar ~m subsidio, directa o indirectamente, a cualquier interés privado. ¿No sabe Su Señoría que hay instituciones en Filipinas que no reciben subsidio, sino una ayuda directa del Gobierno en forma de privilegios? Sr. HILADO. Ji:sa es una cosa enteramente distinta. Es distinto conceder privilegios y es distinto imponer gabelas para beneficio de una entidad. · Sr. CONFESOR. ¿No cree Su Señoría que el privilegio de un Banco, de emitir billetes con una reserva de veinticinco por ciento, es más peligroso que cualquier privilegio que podamos conceder a cualquiera entidad privada? Por ejemplo, un Banco ahora puede emitir billetes de un peso, y por cada peso solamente se le ·requiere una reserva de veinticinco centavos. ¿No es verdad que el Gobierno, prácticamente, da gratis et amore los setenta y cinco centavos restantes? Sr. HILADO. No conviene discutir llhora la cuestión de la franquicia del Banco de las Islas, porq11e no es éste el asunto que tenemos delante. Sr. CONFESOR. No me refiero al Banco de las Islas. Sr. HILADO. Además del Banco Nacional, no hay ningún otro Banco· en el país que emite ~illetes, y supongo que Su Señoría está refiriéndose al Banco de las Islas. Sr. GUARI&A. Señor Presidente, para algunas preguntas al orador. El PRESIDENTE. El orador puede contestar, si le place. Sr. HILADO. Sí, señor. Sr. GUARIRA. Parece ser que Su Se:ñ.oría se opone al proyecto que está bajo nuestra consideración, sola· mente porque en él existe una cláusula punitiva. ¿Si descartáramos esa cláusula punitiva, ¿estaría conforme Su Señoría con el prpyecto? Sr. HILADO. No es por eso solamente, sino por otras varias razones. Sr. GUARI&A. Su Señoría se opone además al bill, bajo el fundamento de que en él se establece una sub. vención a una corporación particular, ¿no es así? Sr. HILADO. Sí, señor. Sr. GUARI&A. ¿Quiere decir que Su Señoría que se opone a todo privilegio a compañías particillares? Sr. :HILADO. Es distinto el privilegio y es distinta la imposición de gabelas ¡:ara fines particulares. Sr. GUARI&A. Recuerdo que Su Señoría dijo que la compañía que tiene su estación de radio.emisión está infringiendo la franquicia. Sr. HILADO. No he dicho eso. Sr. GUARI&A. ¿No ha dicho Su Señoría que la compañía se obligó a poner programas todos los días? • Sr.- HILADO .. No, señor. Mr. DACANAY. Mr. Chairman, will the gentleman yield for sorne questions? El PRESIDENTE. El orador puede contestar, si le place. Mr. HILADO. Yes, sir. M.r. DACANAY. In the course of your speech I heard that ·the past Legislature was attacked for having bee¡¡ blind in jj¡s attitude in discussing a certain bill referring to one similar to this. Mr. HILADO. The people, who are the employe.es of the Radio Corporation of the Philippines; attacked those who opposed this bill last year. That is absolutely unfair. It shows that they cannot stand any honest opposition on the part of the Legislature. Mr. DACANAY. Is it not possible, gentleman from Occidental Negros, that in case the bill now under consideration is approved by the House, sorne mem· bers of the Legislature may be attacked again by the corporation? And should it not be sufficient reason for the Legislature to disapp~ove this bill? Mr. HILADO. Yes, sir. Sr. CUENCO. Señor Presidente, pedimos que se someta a votación la moción presentada por el Caballero por Negros Occidental. Sr. SORIANO. Señor Pre~idente, quisiera dirigir algunas i>reguntas a mi distinguido amigo, el Ca· ballero por Negros Occidental, antes de que se someta a votación la moción que ha presentado; ·pero, primero, quisiera preguntar. a la Mesa : ¿cuál es el efecto de la moción del Caballero por Negros Occidental, de supresión de la cláusula promulgatoria? Sr. PRESIDENTE. Quiere decir que una vez aprobada esa moción, el Comité de Toda la Cámara tendrá que levantar su· sesión para informar a la Cámara que ha sido suprimida la cláusula promulgatoria del proyecto. Sr. SORIANO. En términos más claros, es la muerte dél proyecto. Desearía saber si el Caballero por Negros Occidental tendría inconveniente en o!r antes l¡¡s enmiendas que han preparado algunos miembros del Comité de Toda la Cámara, que se han interesado en el estudio de este proyecto, para v.er si podemos evitar la votación de esa moción. Y si después de presentadas las enmietldas, las mismas no satisfacen al Caballero por Negros Occidental, entonces él tendrá oportunidad de presentar su moción. Sr. M.ENDOZ.A.. Se:ñ.or Presidente, para una cuestión de orden. Parece que 1011, caballeros están fuera de orden . . . Sr. CUENCO. Señor Presidente, la moción· del Caballero por Negros Occidental ha •sido formul¡ula .•. Sr. SoaIANO. Bien, reservanda desde luego al Caballero por Negros Occidental el derecho de presentar esa moción, después de ofdas las enmiendas. El PRESll>ENTE. La Mesa va a someter a votación la moción del Caballero por Negros Occidental. Los que estén conformes con la moción del Caballero por Negros Occidental, de que se suprima la cláusula promulgatoria del proyecto, tengan la bondad de ilecir sí. (V arios Representantes: Si.) Los que estén en contra, sírvanse decir no. (V a-. rios Representantes: No.) División. Los qqe estén conformes con la moción, tengan la bondad de levantarse. (Be levantan varios Representantes.) Sr. FORMOSO. Señor Presidente, para una cuestión de orden. Yo impugno el derecho de votar, de los que son miembros del Comité de Presupuestos y no hayan presentado ninguna disidencia. El PRESIDEN'fl!. ¿Cuántos votos impugna el Caballero por Cagayán? Sr. FoRM:OSO, Dos votos, el del Caballero por Cebú, Sr. Cuenco, y el del Caballero por Leyte, Sr. Oppus. Sr. SABIDO. Par,ece qµe ,estos caballeros l¡an presentado su disidencia, señor Presidente. 1390 DIARIO DE SESIONES El PRESIDENTE. El Secretario informa a la Mesa que no hay ninguna disidencia registrada más que la del Caballero por Albay, Sr. Perfecto (F. A.). Se sostiene la cuestión de orden. Los que estén en favor de la moción del Caballero por Ne gros Occidental, tengan la bondad de levantarse. (Se levantan 21 Representantes.) h>s que estén en contra, sírvanse levantarse ahora. (Se levantan 26 Representantes.) Por 21 votos afirmativos contr{l- 26 negativos, se rechaza la moción. Sr. DACANAy. Señor Presidente, pedimos que la votación sea nominal. El PRESIDENTE. Viene algo tarde la proposición. ¿Enmiendas al proyecto? ENMIENDA SORIANO Sr. SORIANO. Señor Presidente, para una enmienda. Propongo que la palabra "quince" que aparece en la página 2, línea 9, se cambie por "treinta." · El PREsIDENTE. ¿Qué dice el Comité? Sr. DE LAS ALAS. Se acepta la enmienda. El PRESIDENTE. ¿Hay alguna objeción por parte del Comité de Toda la Cámara? (Silencio.) Aprobada. ENMIENDA BRlONES Sr. BRIONES. Señor Presidente, para una enmienda. Propongo que entre las líneas 17 y 18 de la página ·2, se inserte la siguiente cláusula : "Entendose, Que los derechos de inscripción provistos en esta ley no comenzarán a cobrarse, sino después que el Comité de Radioemisión creado por la presente haya certificado que una estación de radioemisión con potencia suficiente para rendir servicio a todos los puntos del Archipiélago está establecida." El PRESIDENTE. ¿Qué dice el Comité? Sr. DE LAS ALAS. Se acepta la enmienda. El PRESIDENTE. ¿Hay alguna objeción por parte del Comité de Toda 111 Cámara? (Silencio.) Aprobada: ENMIENDA AQUINO Sr. AQUINO. Señor Presidente, para una enmienda al artículo 4. Propongo que se quiten los paréntesis que aparecen antes de la palabra "dicha,, y después de la palabra "peso" y que las palabras <(un peso" que aparecen en la línea 12, se cambien por "veinte centavos." El PRESIDENTE. ¿Qué dice el Comité? Sr. DE LAS ALAS; El Comité acepta la enmienda. El PRESIDENTE. ¿Hay alguna objeción ·por parte del Comité de Toda la Cámara? (Silencio.) Aprobada. .Sr. DACANAY. Señor Presidente, pido la posposición indefinida del proyecto. El PRESIDENTE. La Cámara ha dado instrucciones al Comité, de considerar las enmiendas. Después de haber sido rechazada la moción de supresión de la cláusula promulgatoria, el proyecto ha quedado aprobado en principio. OTRA ENMIENDA AQUINO Sr. AQUINO. Para otra enmienda, señor Presidente. Propongo que las palabras "diez pesos" que aparecen en las líneas 24 y 25 de la página 3, se borren y. en su lugar se pongan las siguientes palabras: º{'.cuerdo con la siguiente éscala : .dos pesos para los aparatos .cuyo valor no exceda de cien pesos ; seis pesos cuando su valor sea mayor de cien pesos, pero menor de cuatrocientos, y diez pesos cuando su valor sea mayor de cuatrocientos pesos : Entendiéndose, que el valor de cada aparato se determinará por su costo original. Este derecho de inscripción será, etc," continuando después el articulo tal como .está. ENMIENDA CUENCO A LA ENMIENDA AQUINO Sr. CUENCO. Para una enmienda a la enmienda. Propongo que donde se dice "diez pesos" .se ponga "ocho pesos." ·Sr. AQUINO. Acepto la enmienda a la enmienda. Sr. DE LAS ALAS. Se acepta la enmienda y la enmienda a la enmienda. El PRESIDENTE. ¿Hay alguna objeción por parte del Comité de Toda la Cámara? (Silencio.) Aprobada. OTRA ENMIENDA AQUINO Sr. AQUINO. Señor Presidente, para otra enmienda. En la misma página, después de la línea 29, añádase lo siguiente: · Los derechos de inscripción provistos en esta Ley dejarán de col;lrarse en cuanto el Comité de Radioemisión creado por la presente certifique al Secretario : de Hacienda que existen una o más personas o entidades que hayan establecido estaciones de. radioemisión con la potencia necesaria para rendir un servicio efectivo a todos los puntos del Archipiélago y hayan dado las garantias necesarias para llenar y cumplir permanentemente los requirimientos prescritos en el inciso (b) del artfeulo 12 de esta Ley. Sr. DE LAS ALAS. El Comité acepta la enmienda. El PRESIDENTE. ¿Hay alguna objeción por parte del Comité de Toda la Cámara? (Silencio.) Aprobada. OTRA ENMIENDA AQUINO Sr. AQUINO. Señor Presidente, para otra enmienda. Al final del artículo 10, página 4, linea 24, bórrese el (.) y póngase en su lugar (,) y añádase después lo siguiente: "quien durante los primeros veinte días de cada sesión ordinaria de la Legislatura someterá a la misma un informe detallado de todos los gastos y desembolsos hechos con cargo a este fondo." , · ENMIENDA CUENCO Sr. CUE:Ñco. Señor Pres.i_dente, para una enmienda por sustitución. Pido qui!'el articulo 10 se lea como sigue: ART. 10. Aplicación del fondo.-El fondo de radioemisión se aplicará a los gastos consignados en un budget que el Comité de Radioemisión que más adelante se crea deberá someter a la Legislatura Filipina dentro de los primeros veinte dias de cada período ordinario de sesiones, para su aprobación, El desembolso de los gastos. consignados en , dicho budget se hará por el Comité de Radioemisión, bajo la direcc"iOn y con la aprobación del Secretario de Comercio y Comunicaciones. Sr. DE LAS ALAS. El Comité no acepta la enmienda. El PRESIDENTE. Tiene la palabra el Caballero por Cebú. .. Sr. CUENCO. Voy a ceder la palabra al Representante Sr. Ybáñez. Sr. ALCAZAREN. Para un turno en favor. _ El PRESIDENTE. Tiene la palabra el Caballero por Cebq, Sr. Ybáñez. LEGISLA TURA FILIPINA 1391 EL SR. YBÁÑEZ RAZONA LA ENMIENDA CUENCO Mr. YBÁÑEZ. Mr. Chairman in taking in the ftoor this evening I do not advocate to deprive broadcasting stations the value of the services they render to holders of radio receivers. Neither do I stand here to champion the idea that the Government should enrich itself of ali revenues collected from radio receiving sets. WheIÍ 1 s•nd here, Mr. Chairman, to pro pose the amendment to article 1 O of the proposed bill, I only want to go on record by saying that the Legislature should·put a check on the workings of the radio emission board and on the expenses the members of said Board may make according to article 12 of the proposed bill. That is why according to my amendment, Mr. Chairman, the Radio Emission ·Board is required to submit to the Legislature, twenty days fter the opening of its regular session, a detail report of the expenses of the said board in order that we may havé a say on how those revenues are being spent. · · This Legislature has always been jealous of its · powers and prerogatives especially in matters of appropriations. This attitude has been shown by this Chamber on more than one occasion. But by giving the pówers of the disposal of the 80 per .cent of the revenues to the Radio Board, according to the provisions of this bill, this Legislature would deviate from its established policy in the disposal of Government funds." It may be said by the friends of the measure that we can very well delegate this power to the Radio Board composed of the President of .the University of the Philippines, the Director of Posts, the Collector of Interna! Revenue, the Chief of the Executive Bureau, and two others appointed by the Governor-General, the majority of whom are Filipinos. I, for one, do not. doubt the uprightness and integrity of these oflicials, to whom I profess high esteem and regard; but in advocating the approval of this amendment, 1 do so as a matter of principle, for I hold that this Legislature, to be consistent and persistent in its stand, should withhold its powers of supervision over the radio emission fund in matters of its disposal. I thank you. • Sr. CUENCO. Señor Presidente, pido que la votación sea nominal. .sr. ALCAZAREN. Señor JJresidente, he registrado un turno en pro. · El PRESIDENTE. Según los Reglamentos, tratándose de enmiendas introducidas en. Comité de Toda la Cámara, solamente se admitirán un turno en favor y otro en contra. Sr. CUENCO. Señor Presidente, he pedido que la votación sea nominal. El PRESIDENTE. Se ha pedido que la votación sea nominal. La Mesa desea ver el número reglamentario que apoye la votación neminal. . (Un :número reglamentario de .Representantes se levanta.) Sr. AQUINO. Señor Presidente, yo ruego a la Mesa que explique a los miembros de la Cámara que el asunto que vamos a votar es la enmienda por sustitución. El PRESIDENTE. La Mesa· advierte que la en· mienda por sustitución presentada por el Caballero por· Cebú, es la que se va· a votar. 228862--ó Sr. CUENCO. Señor Presidente, pido que antes de que se inicie la votación nominal, se lea la enmienda. El PRESIDENTE. Léase la enmienda. El CLERK DE ACTAS la lee." Mr. VILLANUEVA (G. Z.). Mr. Chairman, I want to find out what rule of the House prevents a member who has not presented a dissenting vote in the Committee from voting now against the bill. There are members who have not presented their dissenting vote in the Committee, llut they have changed their mind and now want to vote against the bill. Is there any rule which prohibits them from doing so? El PRESIDENTE. No existe en los Reglamentos de la Cámara una disposición especifica sobre_ esa cuestión, pero según los precedentes establecidos el miembro de Comité que no ha registrado su cÍisidencia contra un bill favorablemente informado por dicho Comité no puede combatir dicho bill en el seno de la Cámara. ~r. V:ILLANUEVA (G. Z.). Mr. Chairman, I do not beheve m that precedent, and I therefore request th'.'t that precedent be read. If the. j>recedent ex1sts, 1 would like to have it cited, because the members of this House may think differently from the members of the previous Legislatures. I do not see any r~ason why we sh~uld be bound by precedents estabhshed by the prev1ous Legislatures. El_ PRESIDEN!E. La Mesa ha resuelto ya hace poco la misma cuestión planteada por Su Señoría. Sr. VILLANUEVA (G. Z.). ¿No prohibiendo? El PRESIDENTE. Prohibiendo de acuerdo con los precedentes. . Sr. VI~LANUE'fA (G. Z.). Por eso, yo quisiera proponer, s1 es posible, que los anteriores precedentes sean leídos, y si realmente existen que se vote si los mismos deben subsistir o no. ' Sr. ROXAS. Señor Presidente, para una cuestión . de orden. Creo que la cuestión suscitada por el Ca. b.allero por Negros Oriental es una cuestión hipotética. Hasta que su~ja~se .. caso, creo qu0 no puede plantearse la cuestión suscitada por el Caballero por Negros. Oriental. Si durante la votación nominal se suscita el caso de si un miembro del Comité pue~e o no votar en favor de la enmienda, entonces• sera el momento oportuno de plantear la cuestión. El PRESIDENTE. Se sostiene la cuestión de orden. s~ va a proceder a la votación 'nominal de la enm1en~a por s~stitución. Los que estén conformes con dicha enmienda contestarán sí, cllando sus nombres sean llamados, y los que estén en contra contestarán no. Léase la lista. ' VOTACIÓN NOMINAL El CLERK DE ACTAS, leyendo : Sres. Ag&n ...... Sí. Aleazaren ·---· Sí. Almeida ---·-·--···· No. Altavás .......... . ............. No. Aquino.............. . ......... No. Araneillo ......... . ................ No. Avelino .......... . ............... (Ausente.) Azanza .......... . ................ Si. l~~t~:T~~~~~~:::::::::::::::::::::: ~1E:::: 1392 DIARIO DE SESIONES Sres:. Cailles ... ................. . ........... No. Carranceja .............. No. Clarin ............... .......................... (Ausente.) Codamon ......... ........................... Si. Confesor ..................................... No. Cudilla .................................... No. Cuenco .......................................... Si. Dacanay ....................................... Si. De la Cruz ................................... No. De la Llana .. ................. Si. De las Alas .. . ...... No. Dizon ................ .. (Ausente.) Ealdll.ma .................................... (Ausente.) Escamilla ..................................... No. Felipe .......................................... (Ausente.) Fernández .................... No. Festin .......................................... , No. ~~=~b0eff~---~~·-·::::::::::::::::~:.".".'.":::::.· ~~sente.) García .......................................... (Ausente.) Gastón .......................................... No. Guariña ........................................ No. Guinto ......•........ · ........................... No. Gullas ........................................... (Ausente.) Guzmán ........................................ (Ausente.) Hernando ..................................... No. Hilado .......................................... Si. Hilarlo .: ........................................ (Ausente.) Kamora ........................................ N9. Kapunan ...................................... No. Labrador . (Ausente.) Lacson ......................................... No. Laico ........................................ No. Lasema ...................................... No. Leuterio ....................................... (Ausente.) Mareaida ...................................... (Ausente.) Marcos ......................................... (Ausente.) Melencio ....................................... Si. Mendoza ....................................... Si. Montejo ........................................ (Ausente.) Morrero .............. (Ausente.) Moscoso .............. No. Nepomuceno ............................... (Ausente.) Nieto .................. (Ausente.) Noel .............................................. (Ausente.) Oppus ............................................ Si. Ortiz ................. . .................. No. Padilla .......................................... (Ausente.) Palarca ................................. No. ~:~d~~----"·.:·.::··················::::::::::::::: ~i~~=~=:~ Perfecto (F. A.) ~--·············--·--···-- Si. Perfecto (G.) ............................... (Ausente.) Piang ............................................ (Ausente.) Rama ............................................ No. Ramos ........................................... (Ausente.) Ramoso .......... ~ ............................. (Ausente.) ~=;~~ -_-_-_-_-_-_-_-_-_-_~----~·:::::.·.:·.~·.:·:.:·::.:::·:.:·:.:::: ~~~sente.) Rodrlguez .................................... No. Sabido ........................................... No. San Agustfn ........ (Ausente.) ~:::~ .:::::::::::::::::::::::::::::::::::::::: ~~~sente.) Siapno ........................................... (Ausente.) ~!.8J:n~·-_:·:.:·::.:·::.".".".".".".".".".".".:'.·.:·.:::·.::::::".:: ~~~sente.) Suazo .. ,. ........................................ (Ausente.) Torralba ........................................ (Ausente.) Torres ........................................... Sí. Valdés Liongson ......................... (Ausente.) Vélez ............................................ (Ausente.) Veloso ........................................... (Ausente.) V_illanueva (E. C.) .................... (Ausente.) ViUanueva (G. Z.) ..................... Si. Ybáñez ........................................ Si. Ybiernas ................. . ...... (Ausente.) Roxas . No. El PRESIDENTE. La Mesa va a anunciar el resultado de la votación: Ausentes, 40, votos afirmativos 15, votos negativos, 35. Se rechaza la enmienda por sustitución. Está en orden la enmienda del Caballero por Tárlac. ¿Qué dice el Comité? Sr. DE LAS ALAS. El Comité acepta la enmienda. El PRESIDENTE. ¿Hay alguna objeción por parte del Comité de Toda la Cámara? (Silencio.) Aprobada. 9TRA ENMIENDA CUENCO Sr. CUENCO. Señor Preeidente, para otra enm,ienda. Propongo que las Palabras "dos Representantes del público en general, y un representante de la industria, etc." hasta la: palabra "mes" que aparece en la línea 29 de la página 4 y líneas 1 al 6 de la página 5, se supriman y en su lugar se inserte lo siguiente: "el Presidente del Comité de Presupuestos de la Cámara de Representantes, el presidente del Comité de Presupuestos del Senado, y tres . miembros de la Cámara de Representantes designados por el Comité de Control con la aprobación de la Cámara." '. · Sr. ROXAS. Desearía preguntar al Caballero por · Cebú, cuál es el objeto de la enmienda. Si". CUENCO. Señor Presidente, nosotros hemos creado un impuesto a favor de una corporación particular. Se ha presentado ·aquí una enmienda para que los gastos que haga esa compañia 'particular se sometan a la Legislatura. Esa enmienda ha sido rechazada. Ahora, ¿no es justo que la Legislatura :fiscalice la inversión de esa contribución qúe se cobra del.pueblo? ¿Por qué se quiere evitar que la Cámara, que es la que tiene el deber y la obligación de velar cómo se invierten los fondos públicos, intervengan por medio de la enmienda que .yo he presentado? Sr. GUARI&A. Señor Presidente, desearía dirigir algunas preguntas al Caballero por Cebú. El PRESIDENTE. El Caballero por Cebó puede contestar, si le place. Sr. CUENCO.. Sí, señor. Sr. GUARI&A. ¿La Legislatura, con ser árbitra de los presupuestos del país, tiene poderes de fiscalización? . Sr. CUENCO. Precisamente el objeto de la enmienda es hacer que la Legislatura pueda realizar una fiscalización efectiva. Sr. GUARI&A. La Legislatura tiene poderes para hacer y deshacer los presupuestos del Gobierno, • pero esta Legislatura no tiene el poder de fiscalización, en el. sentido de qfte pueda ingerirse en qué se han invertido tales o cuáles gastos. Sr. CUENCO. Pero Su Señoría dice y reclama que la Legislatura fiscalice, ¿por .qué no quiere Su Señoría que pongamos los remedios más efectivos para que esa fiscalización sea· real y efectiva y no nominal? Sr. GUARI&A. Pero si la Legislatura no tiene poder para :fiscalizar, ¿por qué va a fiscalizar los gastos de una corporación particular? Sr. CUENCO. Pero el dinero que se trata de fiscalizar es dinero de la corporación, procedente del público. ¿Por qué se teme que la Legislatura fiscalice? ¿No tiene Su Señoría fe y confianza en los miembros de la Legislatura, y tiene fe y confianza en personas extrañas a la Legislatura? Sr. GUARI&A. Estoy hablando del poder de la Legislatura. Si la Legislatura no tiene facultad o · autoridad para fiscalizar los gastos del Gobien¡o, LEGISLATURA FILIPINA 1393 ¿cómo es qU.e se va a ingerir a fiscalizar los p.stos de una corporación particular? Además ¿no es acaso bastante la fiscalización que realiza el Auditor Insularf Sr. CUENCO. Se trata del dinero que se cobra mediante contribución. Sr. SORIANO. Señor Presidente, para una pregunta al orador. El PRESIDENTE. El orador puede contestar, si le place. Sr. CUENCO. Si, señor. Sr. SORIANO. ¿No cree Su Señoria que ésta es una función que debe concederse a los funcionarios ejecutivos, y que seria impropia de la Legislatura? Sr. CUENCO. No, señor. Sr. CONFESOR. Señor Presidente, voy a contestar • por el Comité. La enmienda envuelve un principio que me parece pondrá en una situación comprometida a la Legislatura, pues supondrá que la Legislatura no tiene ya fe en los demás departamentos del Gobierno y que por eso quiere vigilar por sf misma cómo se va a gastar ese dinero. Señor Presidente, me parece que estamos tratando de crear un cuerpo anticonstitucional. La Junta de Emergencia fué abolida bajo esa misma teoria. Sr. DE LAS ALAS. Señor Presidente, he notado que en el proyecto se señalan dietas a los miembros de la RwJ.io Emission Board. En vista de esto, por delicadeza, no quisiera hablar por el Comité, asi es que dejo a la discreción del Comité de Toda la Cámara el aceptar o no la enmienda. El PRESIDENTE. Se va a votar la enmienda. Los que estén en favor, que digan sí. (Varios Representantes: Sí.) Los que estén en contra, que digan no. (Varios Representantes: No.) División. Los que estén en favor, que se levanten. (Se levantan 11 Representafttes.) Los que estén en contra, que se levanten ahora. (Se levantan 19 Representantes.) Por 11 votos afirmativos, contra 19 negativos, se rechaza la enmienda. ENMIENDA HERNANDO Sr. HERNANDO. _Señor Presidente, para una enmienda. Pido que después de la palabra "dosº que aparece en la linea 29, página 4, se inserten las pal3bras "ciudadanos filipinos como." Sr. DE LAS ALAS. El Comité acepta la enmienda. 'El PRESIDENTE. ¿Hay alguna objeción por parte del Comité de Toda la Cámara? (Süencio.) La Mesa no oye ninguna. AJ>robada. ENMIENDA GUINTO Sr. GUINTO. Señor Presidente, para una enmienda. Pido que en la página 5, línea 2 entre las palabras "nombrados" y "por" se inserte lo siguiente "para un término de 3 años" y al final de la misma linea 2 añádase lo siguiente "con el consejo y consentimiento del Senado de Filipinas." Sr. DE LAS ALAS. El Comité acepta la enmienda. El PRESIDENTE. ¿Hay algilna objeción? (Süencio.) La Mesa no oye ninguna. Aprobada. OTRA ENMIENDA CUENCO Sr. CUENCO. Señor Presidente, para otra enmienda. Propongo que se supriman todas las palabras que aparecen en las lineas 3, 4 y 6, de la página 6. 228162-tl El PRESIDENTE. ¿Qué dice el Comité? Sr. DE LAS ALAs. Se deja a la discreción del Comité de Toda la Cámara. · ENMIENDA ROXAS A LA ENMIENDA CUENCO Sr. RoXAs. Señor Presidente, para una enmienda a la enmienda. Propongo que la palabra udiez" que aparece en Ja·linea 4, página 6, sea sustituída por la palabra u cinco." Sr CUENCO. Acepto la enmienda a la enmienda. Sr. DE LAS ALAS. El Comité acepta.la enmienda a la enmienda. El PRESIDENTE. ¿Hay alguna objeción? (Silencio.) La Mesa no oye ninguna. Aprobada. OTRA ENMIENDA CUENCO Sr. CUENCO. Señor Presidente, para otra enmienda. Propongo que se supriman las palabras "de cuarta y quinta clase," que aparecen en las líneas 9 y 10 de la página 6. Sr. DE LAS ALAS. Se acepta la enmienda. El PRESIDENTE. ¿Hay alguna objeción? (Süencio.) La Mesa no oye ninguna. Aprobada. Sr. CUENCO. En la misma página 6, lineas 27, 28, 29 ••• Sr. AQUINO. Señor Presidente, para una enmienda anterior. El PRESIDENTE. Tiene la palabra el Caballero por Tárlac. ENMIENDAS AQUINO Sr. AQUINO. En la misma página 5, después de la última palabra de la linea 19, pónganse dos puntos . e insértese lo siguiente: "Entendiéndose, Que la cantidad que pueda autorizarse para cualquiera estación no excederá del valor real de los servicios prestados de conformidad con este inciso." El PRESIDENTE. ¿Qué dice el Comité? Sr. DE LAS ALAS. El Comité acepta la enmineda. El PRESIDENTE. ¿Hay alguna objeción por parte del Comité de Toda la Cámara? (Silencio.) Aprobada. Sr. AQUINO. Señor Presidente, para otra enmienda. En la misma página 5, después de la última palabra de la línea 26, pónganse dos puntos ( : ) , e insértese lo siguiente : "Entendi4ndose1 Que los gastos que puedan autorizarse para estos· conceptos no excederán del cinco por ciento de dicho fondo." El PRESIDENTE. ¿Qué dice el Comité? Sr. DE LAS ALAS. El Comité acepta la enmienda. El PRESIDENTE. ¿Hay alguna objeción por parte del Comité de Toda la Cámara? (Süencio.) Aprobada. Sr. AQUINO. Sefior Presidente, para otra en .. mienda. Después de la enmienda que acabo de proponer, pido que se inserte otro inciso, que se leerá como sigue: " ( d) Si después de cubiertos los gastos que se autoricen de conformidad con los incisos (a). (b) y (e) ; de este articulo quedare algún remanente del fondo de Radioemisión, el mismo se acumulará a los fondos generales del Gobierno Insular." El PRESIDENTE. ¿Qué dice el Comité? Sr. DE LAS ALAS. El Comité acepta la en~ieuda. El PRESIDENTE. ¿Hay alguna objeción ppr·~ del Comité de Toda la Cámara? .(Silenci.o~t· ~probada. · e " -'· 1394 DIARIO Dg SESIONES Sr.. AQUINO. Señor Presidente, para otra ' enmienda por sustitución. Propongo que el articulo 13 del proyecto sea sustituido por el siguiente:. · ARTÍCULO 18. La persoµ.a que dejare d~ declarar un aparato de recepción radiotelegráfica o radiotelefónica, de conformidad con las disposiciones de esta ley, pagará una multa que no exceda de cien pesos. El PREslDENTE. ¿Qué dice el Comité? Sr. DE LAS ALAS. El Comité acepta la enmienda. El PRESIDENTE. ¿Hay alguna objeción por parte del Comité de toda Ja.Cámara? (Silencio.) Aprobada. Sr. AQÜINO. Señor Presidente, deseo que se haga constar en acta que las enmiendas que he presentado son el conjunto de las enmiendas que han presen. ts.do los Representantes Almeida, Briones, Guinto, De la Cruz, Ibañez, y un servidor. El PRESIDENTE. Hágase constar. ENMIENDA DE LA CRUZ Sr. DE LA CRUZ. Señor Presidente, propongo que -se inserte otro artículo al proyecto, que. ee conocerá como articulo. 14, el cual debe leerse como sigue: AKTfcULO 14. Esta Ley estará en vigor durante cinco años contados desde la fecha de su promulgación. Sr. DACANAY. Secundo la enmienda. El PREslDENTE. ¿Qué dice el Comité? Sr. DE LAS ALAS. El Comité no acepta la enmienda. El PRESIDENTE. Tiene la palabra el Caballero por Pangasinán. EL SR. DE LA CRUZ RAZONA SU ENMIENDA Mr. DE LA CRUZ. Mr. Chairman, the reason adduced against the enactment of this proposed legislation is that it is a kind of subsidy to a private corporation, and the reason adduced in favor of the proposed legislation is that the conditions in the Philippines at the present time require that a subsidy be given to a private corporation, because it is not doing enough business to maintain a broadcast. ing station in the Philippine Islands. But this condition existing at the present time will not last long: There will be a time, Mr. Chairman and gentleman of the Committee, when there will be enough business in radio sets and radio equipments in the Philippines, to maintain a system of broadcasting station. 1 believe that five years of subsidy to a private corporation is long enough. Sr. SABIDO. Señor Presidente, para algunas preguntas al orador. El PREslDENTE. El orador puede contestar, si le place. Sr. DE 'LA CRUZ, Sí, señor. Sr. SABIDO. ¿No es cierto que se ha introducido la enmienda de que tan pronto la Junta de Radioemisión certifique que se han llenado ya los fines que persigue el proyecto no se cobrarán más impuestos? · Sr. DE LA Cauz. Si, señor, pero debemos fijar un tiempo dentro del cual estará en vigor la ley, para c;¡ue asf, cuandQ las circunstancias en Filipinas no requieran ya la subvención a una corporacl6n, ipso 14Cto la ley quedará c;anceladi¡., porque las condiciones actuales no serian las mismas que \lespués lle: ·ej111co aiios · •ontados desde. la -pr9mÍilP!li61> !je esta.ley. . . . . . .. - Sr. S4JIIDO. J;>espués de es.1> e=i~da, ¿110 es cierto que sería innecesaria ya la enmienda de _StJ S.eñoria? · Sr. DE LA CRUZ. No lo creo así. Sr. GUINTO. ¿No cree Su Señoría que seria mejor no poner ningún limite, porque el año Q.ue _ vieJJ,e, si la Legislatura viera que no hay ya necesidad. de la ley, podríamos abolirla, y en cambio, si ponemos esa limitación, parecería una inconsecuencia de parte nuestra el que tengamos que abolir la ley antes de ese tiempo? Sr. DE LA Cauz. Es que habrá dificultad después, de promulgar una ley enmendando ésta, porque la ley que se dicte entonces tendrá que pasar por muchos trámites, tendrá que pasar por el Senado y el • Gobernador General, y creo que seria mejor fijar el tiempo dentro dél cual estará en vigor la ley. El PRESIDENTE. Se va votar la enmienda del Caballero por Pangasinán. Los que estén conformes con dicha enmienda, digan llÍ. (Varios Represen. tantea: Sí.) Los que estén en contra, digan no. (Varios Representantes: No.) División. Los que estén en favor de la enmienda, que se levanten. - (Sf levantan 14 Representantes.) Los que estén en contra que se levanten ahora. (Se levantan 21! Representantes.) Por 14 votos afirmativos contra 22 negativos, se rechaza la enmienda. Sr. DE LAS ALAS. Señor Presidente, pido que se levante la sesión del Comité de Toda la Cámara informando a ella que el Comité ha llegado a un acuerdo sobre el Proyecto de Ley No. 1426 de la Cámara, recomendando la aprobación del mismo con las enmiendas introducidas. El PRESIDENTE. Si no hay objeción, se levanta la sesión del Comité de toda la Cámara. • Eran las 8.30 p. m. (El Speaker vuelve a ocupar la presidencia.) SESIÓN DE LA CÁMARA Se reanuda la sesión de la Cámara. INFORME DEL PRESIDENTE DEL 1JOMITÉ DE TODA LA CÁMARA Sr. FESTIN. Señor Presidente, et Comité de Toda la Cámara ha tenido bajo su consideración el Proyecto de Ley No. 1426 de la Cámara, y me ha ordenado informe a la misma que el Comité ha llegado a un acuerdo sobre este proyecto, recomendando la aprobación del mismo tal como ha quedado enmendado. · El PRESIDENTE. El Caballero por Romblón, Sr. Festín, como Presidente del Comité de Toda la Cámara, da cuenta a la Mesa que dicho Comité ha tenido bajo su consideración el Proyecto de Ley No. 1426 de la Cámara, y que le ha ordenado informe a la misma que el Comité ha llegado a un acuerdO sobre este proyecto, .recomendando su aprobación con las enmiendas introducidas por el Comité .de Toda la Cámara. La cuestión ahora en orden es la aprobación del informe del Comité. ¿Hay aliUna ob¡e~ión a dicho informe? (Süencio.) Apro. l>ádo. ¿ P11ede votarse el proyecto? 4 C.\MAR,1.. SI. . · · El PRESIDENTE. Léase el título; LEGISLA TUR.t\ FILIPINA 1395 El CLERK DE ACTAS, leyendo: Ley que impoD.e un derecho de inscripción anual sobre los aparatos de recepción radiotelegráfica y radiotelefónica, que crea un fondo de radioemisión con sus ingresos, dispone la administración y aplicación de dicho fondo, y provee a otros fine& El PRESJllENTE. Los que estén en favor del proyecto tal como ha quedado enmendado, tengan la bondad de decir sí. (Una mayoría: Sí.) Los que estén en contra, sirvanse decir no. (Una minorút:, No.) Aprobado. LEVANTAMIENTO DE LA SESIÓN Sr. AQUINO. Señor Presidente, pido que se levante la sesión. . El PRESIDENTE. Si no hay objeción, se levanta Ja. sesión. Eran las 8.40 p. m.