Diario de Sesiones dela Legislatura Filipina

Media

Part of Diario de Sesiones de la Legislatura Filipina

Title
Diario de Sesiones dela Legislatura Filipina
Issue Date
Volume I (Issue No. 75) October 22, 1926
Year
1926
Language
Spanish
Rights
In Copyright - Educational Use Permitted
extracted text
mtarin ht ~tsinuts DE LA LEGISLA TURA FILIPINA [Rqlltrado en la Administración de Correoa da Manila, l. F., como correapondencla de Hnllda daH] S~PTIMA LEGISLATURA FILIPINA, SEGUNDO PERÍODO DE SESiqNES VoL 1 Manila, Viernes, 22 de Octubre de 1926 Núm. 75 SENADO DE FILIPINAS VIERNÉS, 22 DE OCTUBRE DE 1926 APERTURA DE LA SESIÓN Se abre Ja sesión a las 4 p. m., ocupando el estrado el Senador Mabanag, por designación del Presidente. El PRESIDENTE. Se abre la sesión. DlSPENSACIÓN DE LA LECTURA DE LA LISTA El Sr. DE LOS REYES. Señor Presidente. El PRESIDENTE. Señor Senador por el Primer Distrito. El Sr. DE LOS REYES. Pido que se dispense la lectura de la lista de los señores Senadores. El PRESIDENTE. ¿Hay alguna obj eclón a la moción? (Süencio.) La Mesa no oye ninguna. Aprobada. Se dispensa la lectura de la lista de los señores Senadores, presumiéndose la existencia de un quorum. LECTURA Y APROBACIÓN DEL ACTA Se lee el acta correspondiente a la sesión del dia 21 de octubre de 1926, la cual es aprobada. DESPACHO DE LOS AsUNTOS QUE ESTÁN SOBRE LA MESA DEL PRESIDENTE El CLERK DE AQ'l'AB : MENSAJE DE LA CÁMARA DE REPRESENTANTES Octubre SO, 11JS6 iSEAOR PREsmEN'l'E: Se me ha ordenado que ponga en conocimiento de ese Honorable Cuerpo que la Cámara de Representantes aprobó el 18 de octubre de 1926 el siguiente Proyecto de Resolución Concurrente No. 44 de la misma, respecto al cual se solicita el concurso- del Senado: "Resolución concurrente creando un Comité ··Conjunto compuesto de cinco Representántes y tres Senadores para Investigar las causas del estado critico del mercado de ta221sli8 e baco en rama y someter a la Legislatura sus recomendaciones en beneficio de-la industria tabacalera." Muy respetuosamente, (Fdo.) R. GoNz.ILEZ LLo!!ET Secretario, Cáma.ra de Representantes Al Honorable PRESIDENTE DEL SENADO. El PRESIDENTE. Al Comité de Comercio y Comunicaciones. PETICIONES Resolución del Concejo Municipal de Santo Tomás, La Unión, trasmitida por el Senador Osias; recabando la construcción de una escuela elemental en dicho municipio. El PRESIDENTE. Al Comité de Comercio y Comunicaciones. Resolución del Concejo Municipal de Sarrat, llocos Norte, adhiriéndose a cíertos proyectos de ley presentados por el Representante Hernando, sobre recompra de propiedades decomisadas por morosidad y respecto a una mayor participación de los municipios en las rentas internas. El PRESIDENTE. Al Comité de Hacienda. Resolución de los maestros de la Bayamba..ng~ Normal ff d:~0~1 ~:~~:s~!'~~l~~~::SdedM:c:~:~s e~;1~:c~ t e~:: tabularia y Sanidad. El PRESIDENTE. Al Comité de Hacienda. INFORME DE COMITf NO. 190 SEROR PRESIDENTE: tie!tr~°d~tt9~6, J~st~~:y;tocud~ Le;rÑ~~d/o:1 d!f :=n:?o~ titulado: ' 4Ley que enmienda el artículo ciento setenta. y tres de la Ley Número Dos mil setecientos once, conocida por Código Administrativo, autorizando a la Corte Suprema o a un Comité de Tres de sus miembros para que puedan en ciertos casos recomendar al Gobernador la destitución o renuncia de los jueces de primera instancia, con objeto de aumentar la eficiencia de los tribunales, y para otros fines," 1397 1398 DIARIO DE SESIONES lo ha examinado y tiene el honor de devolverlo informado al Senado, con la recomendación siguiente: Que sea sustitufdo por el S. No. 346. Respetuosamente sometido, (Fdo.) ELPIDIO QUIRINO Preaitknte Interino, Comité de Justicia Al Honorable PRESIDENTE DEL SENADO. El PRESIDENTE. Al Calendario de la Cámara. PROYECTO DE LEY EN PRIMERA LECTURA De los Senadores Vera y Alegre (S. No, 344, 7.• L .. F.), titulado: An Aet extending 'for a term of six years the grant ~f franchise in favor of Ricardo Pardo, to operate a pubhc market in the Municipality of Guinobatan, Province of Albay. El PRESIDENTE. Al Comité de Bancos, Corporaciones y Fr~nquicias. SUSPENSIÓN DE LA SESIÓN El Sr. QUEZON. Señor Presidente, pido que se suspenda por algunos minutos la sesión. El PRESIDENTE. Se suspende la sesión por algunos mínutos. Eran las 4.10 p. m. REANUDACIÓN DE LA SESIÓN Se reanuda la sesión a las 4.15 p.m., bajo la presidencia del Sr. Rodriguez. El PRESIDENTE. Queda reanudada la sesión. El Sr. QUEZON. Señor Presidente. deseo informar al Senado que el Senador Osmeña está ausente por enfermedad. ÓRDENES ESPECIALES El Sr. LAUREL. Señor Presidente, solicito órdenes especiales para la consideración de los siguientes proyectos de ley: para la sesión del lunes el Proyecto de Ley No. 150 del Senado y para la sesión del miércoles, los Proyectos de Ley Nos. 264 y 323 del Senado. El PRESIDENTE. Si no hay objeción, así se ordena. (No kubo objeción.) MOCIÓN QUEZON. SU APROBACIÓN El Sr. QUEZON. Pido que las enmiendas al Proyecto de J;.ey Electoral sean consideradas el lunes, señor Presidente. El PRESIDENTE. Si no hay objeción, asi se acuerda. (No hubo obieci6n.) Está en orden la continuación de la consideración del Proyecto de Ley No. 316 del Senado. Se constituye el Senado en Comité de Toda la Cámara para dicho fin. SESIÓN DEL COMITÉ DE TODA LA CÁMARA Se abre la sesión del Comité de Toda la Cámara a ks4.20p.m. El PRESIDENTE. Queda abierta la sesión. CONTINUACIÓN DE LA DISCUSIÓN DEL PROYECTO DE LEY NO. 316 DEL SENADO El Sr. QUEZON. Señor Presidente, yo quisiera pedir una información al Comité de Comercio y Comunicaciones. El Sr. QUIRINO. Estoy dispuesto a proporcionarla al Senador. El Sr. QUEZON. Yo quisiera preguntar al Comité si ha hecho una publicación en el sentido de que está dispuesto a oír a todas aquellas personas· o entidades interesadas en este proyecto de ley que estamos discutiendo. EJ'Sr. QUIRINO. No ha habido ningún acuerdo de celebrar una audiencia pública para discutir est~ asunto con las personas interesadas. Además, este proyecto de ley está pendiente de lectura . . . El Sr. QUEZON. Una de las razones por qué el Senador por el Cuarto Distrito (Sr. Tirona) estaba opuesto a la votación de este proyecto es porque crela que deberla darse oportunidad a la asociación de chófers y a otras entidades que pueden estar interesadas en este proyecto. Y en relación con eso, dijo que podíamos seguir considerando el proyecto, pero en el entretanto se podía dar oportunidad a todas las personas interesadas, de modo que bien puede decirse que estaba en .la cre_encia de que se haría una invitación pública a todos cuántos pudieran tener interés en este proyecto. El Sr. QUIRINO. Deseo informar al Senado que el Caballero por el Cuarto Distrito (Sr. Tirona) expresó su deseo de estudiar la parte del proyecto sobre la fianza que se ha de exigir a los chófers, y a este efecto, presentó ayer algunas enmiendas al articulo 25 que trata de las fianzas. Con la presentación de dichas enmiendas por el Senador por el Cuarto Distrito (Sr. Tirona) parece dar a entender que ya no tiene gran interés en someter este proyecto a una audiencia pública. Sin embargo, si el Senado- desea ordenar una audiencia pública, el Comité no tendría inconveniente en anunciarla. El Sr. QUEZON. No creo que el Senado tenga necesidad de ordenarla. Me parece que el Comité debe dar oportunidad a todas las personas interesadas. El Sr. QUIRINO. El Comité se comunicará con las asociaciones y entidades que tengan interés en este proyecto, antes de actuar definitivamente sobre el mismo. Ahora el Comité continuará señalando los cambios en este proyecto de ley. El Sr. MABANAG. Señor Presidente, que se dispense ya al ponente de seguir explicando esos cambios en el proyecto, ya que bastante tiempo ha transcurrido, para que los miembros de este Senado tengan oportunidad de leer el proyecto, y que en lugar de entrar en esas explicaciones, se sometan ya las enmiendas. El Sr. QUIRINO. Los cambios que el Comité está dando a conocer ahora a los miembros del Senado, son los cambios hechos en el proyecto. No son enmiendas introducidas pOr el Comité ni tampoco por ningún miembro de esta Cámara. Se leen estos cambios en atención al deseo de ciertos miembros de este Cuerpo de saber cuáles -son las innovaciones que se han introducido en la Ley de Automóviles en la forma codificada que hemos presentado. El Sr. MABANAG. Comprendo eso, pero al ob.ieto de ahorrar tiempo en la consideración de este bill, creo que debemos prescindir de semejantes explicaciones, a menos que algún miembro las pida respecto a una página .o artículo especial. El Sr. QUIRINO. Eso le convendria al Comité. El Sr. MABANAG. y- si no, que se nos permita ya introducir las enmiendas que deseamos proponer. LEGISLATURA FILIPINA 1399 El Sr. QUIRINO. Ya que no faltan más que tres o cuatro páginas, donde hay pequeños cambios, propongo que continuemos señalándolos. En la página 39, lineas 25 hasta la línea 2 de la página siguiente, todo _este párrafo es nuevo. En la página 42, todo el párrafo ( b) es nuevo. En la . página 43, línea 4, la palabra "ten" es nue:va, y en los incisos (e) y (f), entre las líneas 5 al 22, todas las palabras que allí aparecen son nuevas. En la línea 23 de la misma página, las palabras "one hundred pesos fine," son n1:1evas. En la linea 26 de la misma página, las palabras "twenty pesos fine," también son nuevas. En la linea 30, las pS.labras "twenty pesos fines," también son nuevas. En la página 44, líneas 4 y 5, las palabras "not less than ten nor more than fifty pesos," son nuevas. En la página 46, líneas 15 al 28, todas las palabras que aparecen en esas líneas son nuevas. En la página 47, .línea 30, las palabras "in. so far as they apply to motor vehicles," son nuevas. Ahora el Comité desea saber de antemano, si es posible, las enmiendas que crean conveniente introducir los caballeros de esta Cámara para después señalar un día para la discusión de las mismas y para considerar en su fondo el proyecto. El Sr. TIRONA. Para algunas preguntas al orador, señOl' Presidente. 'El PRESIDENTE. Puede contestarlas el orador, si lo desea. El Sr. QUIRINO. Con mucho gusto. EL SR. TIRONA DIRIGE ALGUNAS PREGUNTAS PARLAMENTARIAS El Sr. TIRONA. ¿Tiene el Comité inconveniente en que estas enmiendas se presenten el lunes? Porque tenemos que revisar ahora las innovaciones enunciadas por Su Señoría y hacer una comparación del proyecto tal como ha sido enmendado con la legislación vigente. MOCIÓN QUIRINO El Sr. QUIRINO. Entonces propongo que este proyecto. sea señalado para su discusión el lunes, reservándose a los miembros de esta Cámara el derecho de presentar sus enmiendas en o antes de ese dia. El Sr. TIRONA. Para una enmienda a la moción, señor Presidente. El PRESIDENTE. Puede formularla el Senador por el Cuarto Distrito. ENMIENDA TIRONA A LA MOCIÓN QUIRINO El Sr. TIRONA. Presento una enmienda a la moción en el sentido de que se presenten el lunes las enmiendas y que la discusión del proyecto se comience el martes. El Sr. QUIRINO. No tengo inconveniente en aceptar la enmienda. El PRESIDENTE. Los que estón conformes con la enmienda, digan sí. (Varios. señores Senadores: Sí.) Los que no lo estén, digan no. (Silencio.) Aprobada. ;El Sr. MABANAG. Según eso, señor Presidente, podemos ir presentando ya ahora enmiendas al proyecto. · El Sr. QUIRINO. Quisiera sugerir al Caballero por el Segundo Distrito (Sr. Mabanag) que presente por escrito sus enmiendas y las entregue al Secretario en o antes del lunes. El Sr. MABANAG. No tengo inconveniente en ello. El Sr. QumINo. Seiior Presidente. El PRESIDENTE. Seiior Senador por el Primer Distrito. LEVANTAMIENTO DE LA SESIÓN DEL COMITÉ ·DE TODA LA CÁMARA El Sr. QUIRINO. Pido que se levante la sesión del Comité de Toda la Cámara, con. el informe de que el mismo no ha llegado a un acuerdo sobre este proyecto de ley. El PRESIDENTE. ¿Hay alguna objeción a la moción? (Silencio.) La Mesa no oye nin,guna. Aprobada. Se levanta la sesión del Comité de Toda la Cámara. Eran las 4.30 p. m. REANUDACIÓN DE LA SESIÓN Se reanuda la sesión a las 4.31 p. m. El PRESIDENTE. Queda reanudada la sesión. INFORME DEL PRESIDENTE DEL COMITÉ DE TODA LA CÁMARA Caballeros del Senado : el Comité de Toda la Cámara ha tenido bajo su consideración el Proyecto de Ley No. 316 del Senado, y tiene el honor de informar al mismo que no ha llegado a. un acuerdo. Ahora la cuestión en orden es si el Senado confirma el informe. Los que estén conformes con el informe, digan sí. (Varios señores Senadores: Sí.) Los que no lo estén, digan no.· (Silencio.) Confü::mado. El Sr. VILLANUEVA. Señor Presidente. El PRESIDENTE. Seiior Senador por el Octavo Distrito. El Sr. VILLANUEVA. Ahora está en orden la continuación de la discusión del Proyecto de Ley No. 1039 de la Cámara de Representantes. El Sr. SUMULONG. Seiior Presidente. El PRESIDENTE. Seiior Senador por el Cuarto Distrito. MOCIÓN SUMULONG DE POSPOSICIÓN. SU APROBACIÓN El Sr. SUMULONG. Pedimos, seiior Presidente, que se posponga la continuación de la consideración del Proyecto de Ley No. 1039 de la Cámara de Representantes para el lunes. · El PRESIDENTE. ¿Hay alguna objeción a la moción? (Silencio.) La Mesa no oye ninguna. Aprobada. · · El Sr. QUEZON. Seiior Presidente. El PRESIDENTE. Seiior Senador por el Quinto Distrito. LEVANTAMIENTO DE LA SESIÓN El Sr. QUEZON. Propongo que se levante la sesión hasta el lunes. El PRESIDENTE. ¿Hay alguna objeción a la moción? (Silencio.) La Mesa no oye ninguna. Aprobada. Se levanta le sesión hasta el lunes, 25 de octubre de 1926. Eran las 4.35 p. m. CÁMARA DE REPRESENT.ANTES VIERNES, 22 DE OCTUBRE DE 1926 Se abre la sesión a las 5.25 p. m., bajo la presidencia del Hon. Manuel Roxas. El PRESIDENTE. Léase la lista de los Representantes. Sr. ALMEIDA. Señor Presidente, pido que se dispense la lectura de la lista. • El PRESIDENTE. ¿Hay alguna objeción? (Silencio.) La Mesa no oye ninguna. Se dispensa la lectura de la lista. Hay quorum. APROBACIÓN DEL ACTA Sr. ALMEIDA. Señor Presidente, pido que se dispense la lectura del acta y que la misma se dé por aprobada. El PRESIDENTE. ¿Hay alguna objeción? (Silencio.) La Mesa no oye ninguna. Aprobada. PROYECTOS DE LEY EN PRIMERA LECTURA El CLERK DE JlCTAS, leyendo: five hundred fifty, :fi.ve hundred :ftfty-one, flve hundred fif9two, ti.ve hundred fi.fty-tbree and five hundred fifty-four of the Penal Code, · The SPEAKER. To the Committee on Revision of Laws. By Representative Gullas (H. No. 1735, 7th P. L.), entitled: An Act appropriating the sum of three thousand pesos as insular aid for the completion of the elementary sehool building of the barrio of Upaw, munieipality of Mandaue, Province of Cebu. The SPEAKER. To the Committee on Public Works. By Representative Gullas (H. No. 1736, 7th P. L.), entitled : An Act appropriating the sum of three thousand pesos as insular aid for the completion of the elem.entary school building of the barrio of Tayud, municipality of Liloan, Province of Cebu. The SPEAKER. To the Committee on Public Works. PROYECTOS DE LEY DE CARÁCTER 1'1lBL1co By Representative Gullas (H. No. 1737, 7th P. By Representative Perfecto (F. A.). (H. No.1730, L.), entitled: 7th P. L.), entitled: An Act appropriating the sum of three thousand pesos as insular aid for the completion of the elementary sehool building of .the barrio of Yati, municipality of Liloan, Province of Cebu. An Act appropriating the sum of two hundred twenty thousand pesos for the eonstruction of the wharf at the Port of Legaspi, Albay. The SPEAKER. To the Committee on Public Works. Del Representante Fernández (C. R. No. 1731, 7.• L. F.), titulado: ' Ley que autoriza la venta de los terrenos públicos que constituyen la reserva de la colonia penal de Iwahig, dispone el traslado de esta y apropia fondos al efecto. El PRESIDENTE. Al Comité de Terrenos Públicos Minas y Montes: By Representative Fernandez (H. No. 1732, 7th P. L.), entitled: tio:nttrc:e toh::d~~1 s:f~~n':~eeo~ºl~Íed Ñ~~;;:~r ~:fy: seven hundred and eleven commonly known as the Administrative Code, providing for the payment of a11 land taxes in the Philippines in two installments, and for other purposes. The SPEAKER. To the Committee on Provincial and Municipal Governments. De los Representantes Kapunan, Oppus, Montejo y Veloso (C. R. No. 1733, 7.• L. F.), titulado: Ley que autoriza a la provincia de Leyte para emitir bonos con el fin de arbitrar fondos para la construcción de mejoras permanentes, y que autoriza también la emisión de bonos del Gobierno Insular garantizados con dichos bonos provinciales, y para otros fines. El PRESIDENTE. Al Comité de Gobiernos Provinciales y Municipales. By Representative Gullas (H. No. 1734, 7th P. L.), entitle9: An Act increasing the penalty for arson, and thus amending articles five hundred forty-eigh~ five hundred forty-nine, 1400 The SPEAKER. To the Committee on Public Works. Del Representante Guzmán (C. R. No. 1738, 7.• L. F.), titulado: Ley que apropia de los fondos insulares no destinados de otro modo la suma de quince mil pesos para la construcción de una escuela elemental en el municipio de Rizal, Provincia de Cagayán. El PRESIDENTE. Al Comité de Obras Públicas. Del Representante Guinto (C. R. No. 1739, 7.• L. F.), titulado: Ley qtie declara obligatoria la enseñanza de asignaturas sobre agricultura en general en los dos primeros años de la high school y la Historia de Filipinas en el cuarto grado de las clases primarias. El PRESIDENXE. Al Comité de Instrucción Pública. Del Representante Ybiernas (C. R. No. 1740, 7.• L. F.). titulado: Ley que reforma el inciso ( b) del articulo seis de la Ley Número Mil ochocientos setenta, tal como fué enmendado por el articulo tres de Ja Ley Número Dos mil seiscientos ;~~f::::s~ !~::~~\e1ci::s~:~~¡~ede p~~~i::~ director, El PRESIDE>.ÍTE. AJ Comité de Instrucción Pública. By Représentatives Perfecto (F. A.), Formoso, and Guint-0 (H. No. 1741, 7th P. L.), entitled: An Act providing for the teaching of the Chinese language in ali secondary schools in tbe Philippine Islands. The SPEAKER. To the Committee on Public IDstruction. LEGISLATURA FILIPINA 1401 ----------------·-- - Del Repre8entante Soriano (C. R. No. 1742, 7.• L. F.), titulado: Ley definiendo y proveyendo el castigo de polizones. El PRESIDENTE. Al Comité de Revisión de Leyes. Del Representante Soriano (C. R. No. 1743, 7.• L. F.), titulado: Ley que reforma el primer párrafo del artículo doscientos veintiuno de la Ley Número Dos. mil seteciento~ once, conocida por Código Administrativo, tal como quedo enmendada por la Ley Número Tres mi.l .ciento siete .. (Sobre sueldo de los jueces del Juzgado Mumc1pa.l de Mantla.) El PRESIDENTE. Al Comité Judicial. Del Representante Mendoza (C. R. No. 1744, 7.• ·L. F.), titulado: Ley que enmienda la Ley Número Di;is mil novecientos cincuenta y siete tal como quedó enmendada por la Ley N"dmero Tres mil ciento ochenta y cinco. (Referente a la Junta de Libros de Texto.) El PRESIDENTE. Al Comité de Instrucción Pública. DESPACHO DE LOS ASUNTOS QUE ESTÁN SOBRE LA MESA DEL. SPEAKER PETICIONES DE CARÁCTER PÚBLICO Por el Speaker: Resolución No. 1712 de la Junta Provincial de Pangasinán transmitiendo la No. 172 del Concejo Municipal de l\:lanao~g en la cual se pide la reducción de los sueldos de los emple~dos del Gobierno, (Pet. No. 846, 7.• L. r.) El PRESIDENTE. Al Comité de Presupuestos. Resolución No. 1152 de ta Junta Provincial de Ilocos Sur, transmitiendo ta No. 63 del Concejo. Municipal de Lidlidda, en la cual se pide la aprobación de una ley que fije tas dietas de los concejales municipales. (Pet. No. 847, 7.• L. F.) El PREsIDENTE. Al Comité de Gobiernos Provinciales y Municipales. INFORME DE COMITÉ •Informe del Comité de Gobiernos Provinciales y Municipales (l. C. R. No. 302, 7.• L. F.), sobre el Proyecto de Ley No. 245 de la Cámara, titulado: ••Ley cambiando et nombre del municipio de Taft, provincia de Sámar, Islas Filipinas, con el nombre de 'Tubig,'" recomendando que sea aprobada sin enmienda. Ponente: Representante De la Cruz. El PRESIDENTE. Al Calendario de la Cámara. Está en orden el Proyecto de Ley No. lí33 de la Cámara. NÚMERO DE VOCALES QUE HAN DE INTEGRAR LA JUNTA PROVINCIAL El CLERK DE ACTAS, leyendo : PROYECTO DE LEY NO. 533 DE LA CÁlrlARA [Presentado J>Or el Representante Palarca-] NOTA. B:ll'LICATIVA. La experiencia en la administración de nuestras provincias ha demostrado que uno de sus principales defectos reside en la falta de representación en el seno d41 la junta provincial de los distintos intereses. situados en los diferentes municipios de cada provincia. Actualmente, como se sabe, la junta provincial.sólo está compuesta d~ tres miembros, que son el gobernador provincial y dos vocales elegidos por toda la provincia, A primera ::s::~;e d!;ei:0 !:, c;:;i:s:i~:~ ::t~1f. ~o 1:slf:tdeCi=~~ 2288M-2 representados los distintos municipios de que se compone Ja provincia. EstO se debe a que es materialmente imposible para cada vocal elegido de esta manera darse cuenta com .. pleta de las necesidades de todos y cada uno de lo11 municipios que componen la provincia y hacerse·eco y ser intérprete de las mismas en el seno de la legislatura provincial. Por este motivo, el Representante que suscribe eree que Cada provincia 'debe tener en la junta provincial tantos vo.cales como Representantes tiene en la Legislatura Filipina, puesto que no hay razón de limitar a dos el nómero de delegados de todos y cada uno de los municipios de que se compone una provincia en el seno de la junta provincial, cuando son muchos más los delegados de todos esos municipios en el seno del Parlamento nacional. · . Además, es conveniente que la elección de los miembros de la junta provincial se haga por distritos, de la misma como son elegidos los Representantes, puesto que de este mtido se podrá conseguir dar voz y voto en las deliberaciones de la junta provincial a los distintos intereses radicados en los diferentes municipios de la provincia. Teniendo en cuenta las anteriores consideraciones, el Representante que suscribe propone en el adj'Unto proyecto de ley el aumento de los miembros de la junta provincial, de tal manera que cada provincia tenga tantos vocales como Representantes tiene en la Legislatura. En Jo que respecta a aquellas provincias que sólo tienen un Representante, las mismas tendd.n en la junta provincial dos vocales que :serin elegidos por cada uno de los dos distritos en que se dividirán dichas provincias para los fines de esta ley. A este efecto, se presenta a esta Cámara el adjunto proyecto de ley. (Fdo.) SISENANDO PALARCA Rep1·esenta:n.te, Primer Distrito de Tárlao LEY QUE PRESCRIBE EL NúMERO.,E LOS VOCALES QUE HAN DE INTEGRAR. LA JUNTA PROVINCIAL, SEllALA LA FORM·A DE SU ELECCIÓN Y ENMIENDA AL EFECTO EL CóDIGO ADMINISTRATIVO. El Senado y la, Cámara de Representantes de Filipinas aonstituúlos en Legisla.tura y por autoridad de la misma, decretan: ARTICULO l. Por la presente se reforma el artículo dos mil noventa y cinco del Código Administrativo, de modo que se lea como sigue: "ART. 2095. Composici6n de la, junta provincid.-Excepto como de otro modo se dispone especialmente, la junta provincial se compondrá del gobernador provincial, que será el presidente de la misma, y de loS' vocales elegidos por Jos electores habilitados de la provincia. Cada provincia tendrá tantos vocales como Representantes tenga en la Legislatura Fi!ipina, y dichos vo_cales serán elegidos en la misma forma que Jos Representantes, a saber, por los electores de los respectvios distritos de Representantes. Las provincias que sólo tienen un Represen~~tese~án1ªe1~~f:;•~:~:1 :~d;~~' c1!daº1:n~n~~ ~s d":ªJ: tritos en qu~ se dividirá la provincia. A · este efecto, queda autorizada la. junta provincial para dividir la provincia en dos dist.ritos para la elección de los vocales ~: ~~u~~i:; c~~dici:~~s e!~~~sj~!~ Jr:~í:!i!· d!e~~ setenta y uno, deberán ser residentes de Jos distritos que han de representar en la junta provincial, por to menos, seis meses antes de Ja elec~ión. ART. 2. Quedan derogadas todas las leyes y disposiciones legales que se opongan a la presente. ART. S~ Esta Ley entrará en vigor en cuanto sea aprobada. Aprobada, El PRESIDENTE. Tiene la palabra el Comité. INFORME ORAL DEL. PONENTE. SR. GUINTO Sr. GUINTO. Señor Presidente, cabaíieros de la Cámara: anuncio, en primer lugar, que Conteátaré todas las preguntas que se me dirijan gustosamente, porque comprendo que estoy aqui para complacer a todos y a cada uno de los Representantes, al objeto 1402 DIARIO DE SESIONES de que tengan Ja mejor información posible sobre el bill que tenemos bajo nuestra consideración. Señor Presidente, el proyecto de ley en discusión tiene por objeto primordial enmendar el Código Administrativo sobre el número de vocales o miembros de las juntas provinciales, haciendo que cada distrito -de Representante tenga su propio vocal en la junta provincial y hacer que el vocal que corresponda a un distrito de Representante sea elegido solamente por ese distrito a que corresponde. Las ventajas de esta medida, señor Presidente, saltan a la vista. Aquellas provincias que tienen más de dos Representantes, tendrán de hoy en adelante, si se aprobara el proyecto, tantos vocales como Representantes tiene la provincia; y aquellas provincias que solamente tienen un solo Representante tendrán el mismo número de vocales que tienen hasta el presente, pero cada vocal será elegido solamente por la mitad de la provincia, porque en este caso se dividirá ésta en dos distritos y cada distrito elegirá su propio vocal. Señor Presidente, otra de las ventajas que reportaría la aprobación de este proyecto, es la de hacer que la junta provincial esté compuesta de mayor n6rnero de miembros en aquellas provincias que tienen más número de representantes para que todos los pueblos que forman la provincia, tengan una responsabilidad más directa y responsiva, en el seno de la Junta Pro1"1ncial. En una palabra, hacer que la Junta Provincial en esas provincias sea una pequeña legislatura provincial. Sr. DIZON. Señor Presidente, para algunas preguntas al orador. . El PRESIDENTE. El orador puede contestar, si le place. · · Sr. GUINTO. Sí, señor. Sr. DIZON. ¿Qué beneficio puede reportarse de este bill, a las provincias que tienen un solo representante? ¿No cree Su Señoría que crearía otro puesto de vocal para una provincia pequeña y seria ese otro gravamen para la misma? Sr. GUINTO. Caballero por Laguna, no se trata de crear un nuevo puesto para una provincia que no tiene más que un solo Representante. La provincia que tiene un solo representante continuará con el mismo número de vocales que tiene. Ahora, que la provincia se dividirá en dos distritos y cada distrito elegirá su. propio vocal. Sr. DIZON ¿Cual es el beneficio inmediato que el proyecto puede reportar, tanto al pueblo como al Gobierno dividiéndo!e una provincia? Sr. GUINTO. Creo que la ventaja inmediata es la de que cada porción de la provincia que constituirá un distrito, estará debidamente representada por un miembro que vendría de esa porción de la provincia y tendrá más entusiasmo en trabajar por esa porción. Sr. DIZON. ¿No cree Su Señoría que ofrecería otra desventaja a la provincia, porque en este caso habría una lucha entre los dos vocales, de tal suerte que el gobernador, como tercera persona, siendo el ejecutivo de la provincia, podría absorber a los dos vocales, inclinándose tanto al uno como al otro? Sr. GUINTO. No creo que el temor del Caballero por Laguna- se realice, porque actualmente pasa lo mismo. Actualmente, Ja composición de Ja junta provincial es la de dos vocales y un &'obernador y el gobernador que quiera absorber puede hacerlo y los vocales que quieran dejarse absorber pueden obrar lo mismo. Sr. DIZON. ¿No puede ocurrir acaso, Caballero por Laguna, este hecho? Supongamos que una provincia tiene dos vocales para los dos distritos de la provincia. El gobernador aspira después a ser representante para cualquiera de los dos distritos, y para preparar bien su candidatura en un determinado distrito, no haría más que ayudar al vocal del distrito por el cual quiere ser representante en las siguientes elecciones. En ese caso, se perjudicarían gravemente los intereses del otro distrito. Sr. GUINTO. ¿No cree Su Señoria que podria pasar lo mismo actualmente? Cuando un gobernador quiere ser candidato a Representante de un distrito determinado, puede proteger a ese distrito, aún sin valerse del vocal de la provincia, captándose asi la amistad y la simpatia de los habitantes del distrito. Sr. DIZON. ¿ N: o sabe Su Señoría que no ocurre así? Por ejemplo, en la provincia de Laguna tenemos al Gobernador que pertenece al Primer -Distrito y a Jos dos vocales que pertenecen al Segundo Distrito. En ese caso, el gobernador, aunque aspire a ser candidato después, a Representante por el Primer Distrito, no puede perjudicar los intereses del Segundo Distrito, porque para impedirlo están los dos vocales cuyos intereses .nq son contrarios, por 10' mismo que pertenecen a un solo Distrito. Sr. GUINTO. Eso mismo abona mi argumentación, en el sentido de que es ésta una de las ventajas que se pueden conseguir por el presente proyecto de ley. El caso de Laguna, por ejemplo, en donde hay dos vocales que pertenecen al Segundo Distrito y un gobernador que pertenece al Primer Distrito, es un caso gráfico que se puede citar en favor del proyecto, pues como los dos vocales pertenecen al Segundo Distrito, tendrán que trabajar para conseguir para sí fondos provinciales, abandonandQ los intereses del Primer Distrito; y el gobernador no puede trabajar en favor del Primer Distrito, por aquello de que los dos vocales que constituyen la mayoría de los votos en la junta provincial, le combatirán y le desautorizarán, mientras que con el proyecto en discusión, cada distrito tendrá su propio vocal, habrá menos gastos para los vocales y estará bien representado el distrito en la junta provincial. Sr. DIZON. Vamos a las provincias que tienen más de dos Representantes. ¿Que perjuicio sufren actualmente esas provincias grandes, al no tener más que dos vocales, como por ejemplo, la provincia de Cebú? Sr. GuINTO. La misma respuesta que yo le habla dado, me servirá ahora. Cuando los dos vocales pertenecen a un solo distrito, como sucede en Cebú, donde los dos vocales pertenecen al Primer Distrito, naturalmente, por instinto de conservación, por instinto de pr-otección a lo suyo, esos dos vocales tratarán de conseguir mayor cantidad posible de fondos provinciales para su distrito, dejando a un lado los seis distritos, que también merecen la atención de la junta provincial; pero aprobándose este proyecto, cada distrito de Cebú estará representado en Ja junta provincial por un vocal y cada vocal trabaLEGISLA TURA FILIPINA 1403 jará en armonía con sus compañerOs, para que cada distrito pueda recebir el correspondiente beneficio. Sr. DIZON. ¿Pero no sabe Su Señoría que hasta ahora nuestras provincias no están divididas en distritos por vocales, de modo que un vocal ahora no puede interesarse por ciertos y determinados distritos, por lo mismo que él no ha sido elegido por un solo distrito, sino por el voto de toda la proprovincia? De modo que un vocal no puede interesarse por un distrito de Representante solamente, por lo mismo que él representa ·1os intereses de toda la provincia. Sr. GUINTO. Eso en teoría es superior; es un argumento contundente; pero no sucede así en la práctica, porque un vocal tiene que vel'l.ir de un pueblo de la provincia, y si coincide, como está ocurriendo en Laguna, que los dos vocales vienen del Segundo Distrito, máxime si son candidatos a Representantes, esos vocales tratarán de trabajar ·por que el distrito de donde ellos proceden sea más beneficiado que los otros pueblos de la provincia. Sr. CARRANCEJA. Señor Presidente, para algunas preguntas al orador. El PRESIDENTE. El orador puede contestar, si le place. Sr. GUINTO. Sí, señor. Sr. CARRANCEJA. El proyecto de ley es muy bueno cuando se trata de provincias en donde los Representantes son por cifras pares, o para una provincia que tenga un representante, pues tendrá dos vocales, y con el gobernador provincial, serían tres; pero en las provincias donde hay tres Representantes, ¿cuántos vocales habrá? Sr. GUINTO. Tres. Sr. CARRANCEJA. Con el gobernador, habrá cuatro. ¿En este caso, cree Su Señoría que habría decisión dentro de la junta, con cuatro miembros? Habría empate. Sr. GUINTO. Puede que haya empate. Habiéndosele ocurrido al Caballero por Camarines Norte esta duda, ¿no cree Su Señoría que podemos presentar una enmienda en el sentido de resolver esa cuestión suscitada por Su Señoría para evitar que después no haya decisión final en un asunto sometido a la junta provincial? Sr. CARRANCEJA. Tiene que ser cifra impar. Sr. GUINTO. No necesariamente. Podemos decir que en esos casos, los tres vocales son los que van a decidir la cuestión. Sr. CARRANCEJA. ¿Y el gobernador no va a votar? Sr. GUINTO. Vamos a hacer que el gobernador vote, solamente cuando haya necesidad. Sr. CARRANCEJA. Entonces no van a ser igualados: en algunas prOvincias tendrá que haber voto de calidad, y en otras, voto constante del gobernador. Sr. GUINTO. Si el Caballero por Camarines Norte quisiera presentar una enmienda ... Sr. CARRANCEJA. ¿De dónde se va a sacar el otro vocal? Sr. GUINTO. Habrá los mismos vocales, pero pueden tener un régimen interior, en el sentido de que cuando la votación resulta un empate, el gobernador puede inhibirse, para que la junta provincial pueda llegar a un acuerdo. Sr. CARRANCEJ A. Es el úi{ico punto que habrla que arreglar. · 228858--8 Sr. ALcAZAREN. Señor Presidente, para algunas preguntas al orador. El PRESIDENTE. El orador puede contestar, si le place. Sr. GUINTO. Si, señor. Sr. ALCAZAREN. ¿Su Señoria estarla conforme con una enmienda al proyecto, en el sentido de que si hay empate, el voto del gobernador decida? Porque el gobernador está elegido por toda la provincia. Sr. GUINTO. Creo que el Comité podria considerar esa enmienda, en caso de presentarse. Sr. LACSON. Señor Presidente, quisiera anunciar que si el Comité admite esa enmienda que mataría completamente el espíritu de la ley, yo voy a solicitar un turno en contra del proyecto. Sr. ALCAZAREN. Sabe Su Señoría que los miembros de la junta provincial ganan dietas, ¿no es así? Sr. GUINTO. Sí, señor. Sr. ALCAZAREN. ¿Y no cree Su Señoría que ese aspecto del asunto puede ser causa del veto del Gobernador General, bajo el fundamento de que el bill aumentaría los gastos de las provincias? Sr. GUINTO. No creo yo que sea eso un motivo para que el Gobernador General vete el proyecto, porque él comprenderá que con el mismo, la Legislatura ha querido solamente dar una representación debida a lo~ distritos en la junta provincial; y veinte o quince pesos de dieta para cada vocal no seria mucho, por la ventaja que se conseguiría con el proyecto. Sr. ALCAZAREN. ¿No cree Su Señoría que sería mejor reducir las dietas de los miembros de la junta provinci~l, ,para de ese modo nivelar los gastos? Sr. GUINTO. Creo que se puede aceptar una enmienda en esa forma. Sr. SORIANO. Señor Presidente, para algunas preguntas al orador. El PRESIDENTE. El orador puede contestar, si le place. Sr. GUINTO. Sí, señor. Sr. SORIANO. ¿Es el objeto del proyecto conceder mayor representación a los municipios en la junta provincial, o en otros términos, hacer más popular a la junta provincial? Sr. GUINTO. Sí, señor. Sr. SORIANO. Si es ése el objeto, ¿no cree Su Señoría que de aprobarse el proyecto que estamos considerando, el mismo cambiaría solamente la composición de las juntas provinciales de muy pocas provincias, como son las de Cebú, Iloílo, Pangasinán, Leyte, Albay y otras, y en cambio, para la provincia de Tayabas y para un gran número de provincias, no alteraria la composición actual de las juntas p:rovinciales? Sr. GUINTO. Ése será el resultado. (A las 5.48 p. m. el Speaker cede la presidencia al Caballero por Batangas, Sr. Alas.) Sr. SORIANO. ¿El Comité ha consultado a los Re-presentantes de esas provincias afectadas por este proyecto, para saber si están conformes con el mismo, o los Representantes por Cebú, Iloílo, Leyte y otras provincias de primera han demandado esta reforma? Sr. GUINTO. No ha habido petición, pero se ha presentado este proyecto, y el Comité, después de haberlo estudiado detenidamente, lo encontró tan 1404 DIARIO DE SESIONES v~ajoso, que se !!Pr41bó 1,1114uimemente, sin que haya habido ninguna disidencia, Sr. SoBIANO. Creo que el autor del proyecto es de la provincia de Tárlac, y este proyecto no altera la composición actual de la juIJ.~ provincial de Tárlac. E;so quiere decir que el Comité ha presumido que este proyecto sería v~ntajoso p~ra esas provincias, sjµ haber sido cons1,1ltados los Representantes de las mi~mas. Es decir, que vamos 3 legislar para varias provincias, sin hal¡er sa))ido 11! voluntad de los Representantes de esit.s p;rovineias, Sr. GUIN'l'Q, Hasta ahora, Caballero por Cavite, hemos aprobado proyectos de ley que afectan a todo ~ p11is, sin haber consultado a todos los Representantes del pais ; y yo creo que en esta ocasión, la CIÍI!lara, después de hl!ber µombrado un Comité para que estudie el proyecto, escucha el informe del Comité y la Cámara está representada por ese Comité, siquier11 hasta cierto punto. Sr. SORIANO. Muy bien; pero yo he hecho esa pregunta, porque no parece sino que pretenden los del Comité saber mejor las necesidades de las provincias de Tayabas, Tárlac, Cavite y Laguna, que los mis~os ltepresentantes elegidos por esas provincias. Sr. GUIN'l'O. Caballero por Cavite, voy a contestar a eso, en nombre de aquellos Representantes que vienen de provinci'-s que tienen más de tres Representantes. Tenemos el caso de Pangasinán, uno de cuyos Representantes, el dignisimo Caballero Servillano de la Cruz, es miembro del Comité d& Gobiemos Provinciales y Municipales, y no se ha opuesto a este proyecto, sino que está conforme, así como los Representantes por Cebú, que. están aqui en número de siete y que tampoco se han· opuesto, sino que están conformes. Sr. SORIANO. ¿N.o cree el ponente, que de aprobarse este proyecto podría dar lugar a se:rios con .. :ftictos en el seno de las juntas provinciales, cuyos miembros se elijan de acuerdo con este proyecto en las provincias donde no hay más qu.e dos Representan~s, po:rque en vez de elegirse los vocales como se eligen aetuahnente, en que todos responden ante la provincia en gene:Fal, los vocal~ que en lo sucesivo serán elegidos de acuerdo con este proyecto, estar{an inás directamente obligados al electorado del distrito que les ha elegidq, y en tal caso, el gobernador provincial, que será el único elegido por toda la provincia, podrá ser el árbitro y pod;rá con~ervar el balance of power en todo momento? Por ejemplo, en la distribución <!e los fondoe, presupu.estos y mejor!IS, es indudable que se entablaría 1Ula lucha entre el vo.cal del 11rimero y el del segqndo distrito, PO>' lo mismo que ellos deben sus puestoe a uno o a otro, y no a tod!I la provincia. ¿No puede traer esto, como consecuencia, el que no se haga una equitativa y justa distribución de los fondos y mejoras? Sr. GUINTO. Señor Presidente, después de todo, este proyecto de ley está cl!lcá¡lo. en la ley que ha cre:¡,do Ja Legislatura FilipilJJI, Nowtros,, los Representantes 11<;tu11les venimos CJ>!la uno de un deterIJÜ.nado distrito o de Ulla. provincia, y estamos am1í, sjn e1µb3rl"go, nQ imra l11borar sola.mente en :fa_vor y beneficio de aquellos distritos de donde procedemos, si.110 que estamps aqu_í. trab11j11,ndo, taµto para el ])iim. de aqµell.os distritos como para el bien del 11ais en general. ¿No cabe, Caballero por Cavite, aplicar ahora esta misma teoría, con respecto a los que van a ser vocales de la junta provincial? Sr. SOBIANO. Es verdad, pero supongo que el Representante por el Primer Distrito de Tayabas, no trabajarla ~on tanto interés y entusiasmo por las _mejoras para el Segundo Distrito de su provincia, sin antes conseguir beneficios y mejoras para el suyo. Sr. GUINTO. Admito, en gracia a la argumentación, esa teoría del Caballero por Cavite ; pero eso abona más la teoria del proyecto, porque entonces cada distrito estará mejor representado, pues cada vocal estará allí defendiendo los intereses del distrito. Sr. SORIANO. Estoy conforme con eso, tratándose de una Cámara compuesta de muchos miembros; pero tratándose de una junta provincial compuesta solamente de tres miembros, al entablarse esta lucha que necesariamente tiene que entablarse, desaparecerían los propósitos originales de la ley que crea la junta provincial actual cual es el de tener dos vocales que cooperen con el gobernador .provincial, y cuando sea conveniente, checkear al gobemador provincial. Pero aprobado este proyecto y creada esa junta, el check de los dos vocales desaparece, porque cuando el gobernador provincial quiera absorber el poder lo absorberla, porque el gobernador provincial tendría necesariamente el balance power. Sr. GUIN'l'O. Caballero por Cavite, Su Señoría ha sido gobernador provincial, y buen gobernador por cierto, y si Su Señoría qU:iere ser veraz aqui, dirá que aun sin este proyecto, el gobernador provincial si quiere absorber el poder, puede hacerlo. Sr. SORIANO. No tanto. Otra observación mía. Hay todavía otro peligro. Puede resultar que los dos distritos elijan con mayor frecuencia ahora, a vocales que pertenezcan a un partido distinto del gobernador provincial. Eso es muy probable y hay mayor probabilidad que ocurra de acuerdo con este proyecto. En cambio, con la actual legislación hay menos probabilidad, y siempre es en favor de la administración provincial el que haya homogeneidad entre sus miembros, que no que el pueblo de la provincia pueda elegir con libertad, escogiendo en uno y otro partido. Sr. GUINTO. ¿Pero no puede ocurrir eso mismo, no aprobándose este proyecto de ley? Sr. SORIANO. Pero aumenta la probabilidad d& que pertenezcan a diferentes partidos. Otra observación. Si el objeto de este prayect<> es dar mayor representación a los distritos en vista de lo& mejores elementos con que cuenta ya cada munieipio, ¿no, sería mejor que aprobemos Qtra legislación, o que el Comité de Gobiernos Provinciales y Munieipales recomiende otra legislación creando la diputación provincial, creando ya una legislatura provincial? Sr. GUINTO. Recuerdo, Caballero por Cavite, que cuando Su Señoría era Senador, presentó un proyecto en ese sentido. Pero se trata de un proyecto muy extenso e intrincado, que quién sabe si con el tiempo se podrá presentar ante la Cámara:, y el Comité de Gobiernos Provinciales y Municipales, creo yo, sin. que yo responda por el Comité, porque no soy más que el último de sus miembros, podria estl,ldiar esa proposición de Su Señoría, y este proLEGISLATURA FILIPINA 1405 ·~~~~~~~~~~~~ yecto de ley ahora en cuestión, podría ser el primer paso hacia la adopción de un proyecto de ley por el estilo del que sugiere ahora Su Señoría. Sr. SORIANO. Pero este proyecto de ley es para ·algunas provincias nada más. Por ejemplo, en la Legislatura provincial se dará asiento a un representante de eada municipio. Si la provincia tiene 20 municipios, se dará asiento a 20 miembros que representarán a todos los municipios. Se puede decir, por vía de ensayo, que cada diputado provincial será elegido por la junta provincial. Señalaremos, por ejemplo, 30 días de sesión. El gobernador provincial puede formar su gabinete compuesto del tesorero provincial, del ingeniero y del superintendente, y el gasto sería el mismo, porque no asignaremos más que cinco pesos de dieta para 30 días. Pero con este aumento de vocales para la provincia, casi casi es el mismo gasto, porque estos vocales recibirán 1"15 por cada sesión y hay muchas sesiones extraordinarias. Sr. GUINTO. Caballero por Cavite, contestando a la pregunta del Caballero por Cebú, en el sentido de disminuir las dietas, en el caso de aprobarse el proyecto, he anunciado en nombre del Comité, que no tendríamos inconveniente en aceptar una enmienda en el sentido de disminuir esas dietas, al objeto de que no incurra la junta provincial en mayores gastos. Sr. SORIANO. ¿Tendría inconveniente el Comité en volver a estudiar este asunto, para englobar mis puntos de vista sobre el proyecto?. · Sr. GUINTO. Sería este un ensayo muy bueno y es la mejor oportunidad para que nosotros saquemos de él el mayor beneficio posible. Observaremos de aquí a dos años. Sr. SORIANO. Estoy muy agredecido por la benevolencia del Caballero por· Tayabas y no insistiré en mis punto de vista, porque el proyecto no afecta a la provincia de Cavite. Sr. PERFECTO (F. A.). Señor Presidente, para algunas preguntas al orador. El PRESIDENTE. El orador puede contestar, si le place. Sr. GUINTO. Sí, señor. Sr. PERFECro (F. A.). El Comité que ha estudiado este proyecto, ha tenido en cuenta la situación de las subprovincias de Siquij or y Catanduanes? Sr. GUINTO. Francamente, no hemos tenido en cuenta eso, porque el Comité ha creído que esas subprovincias forman parte integrante de la provincia a que pertenecen, considerándolos una sola provincia. . Sr. PERFECTO (F. A.). ¿Pero sabe Su Señoría que la provincia de Siquijor, actualmente forma parte de uno de loa distritos de la provincia de Negros Oriental, y sin embargo, es parte solamente de un distrito de representante, y en cuya subprovincia hay un vocal electivo? Sr. GUINTO. Naturalmente que tiene ser así, según la ley. ¿Hay una ley especial para eso? Sr. PERFECTO (F. A.). SI, señor. Sr. GUINTO. El proyecto en discusión no altera ninguna ley especial, sino solamente el artíeulo del Código Administrativo, referente a la elección de vocal ea. Sr. PERFECTO (F. A.). De acuerdo con una disposición del bill, la subprovincia de Siquij or va a ser afectada, porque forma parte solamente de un distrito de representante. Sr GUINTO. Como ya he dicho, el Comité no ha tenido e~ cuenta ese caso; pero si Su Señoría quiere que una subpr.ovincia no quede afectada por el proyecto, aceptaremos la enmienda que crea conveniente, al objeto de que se salve la situación. Sr. PERFECTO (F. A.) . La subprovincia de Catanduanes forma parte de un distrito de ¡Albay, que es el Segundo Distrito. La subprovincia de Catanduanes tiene más de 60,000 almas. ¿Está dispuesto el Comité a aceptar una enmienda, en el sentido de que en el Segundo Distrito de Albay la subprovincia de Catanduanes tenga un vocal propio y la parte del mismo distrito que está por Albay tenga otro vocal? Sr. GUINTO. ¿No hay ninguna ley especial que se refiera a Catanduanes? Sr. PERFECTO (F. A.). No, señor, pero la situación geográfica en que se encuentra Catanduanes y tamb!én l:> parte del distrito que está por Albay, necesitan igual trato que la subprovincia de Siquijor. Sr. GUINTO. ¿No cree Su Señoría que con un vocal en la parte de Catanduanes serla suficiente? Sr. PERFECTO. No, señor, porque actualmente el teniente gobernador de Catanduanes actúa como vocal. Sr. GUINTO. Existiendo el puesto de subgobernador más un vocal, vendrán a ser dos miembros en la junta provincial. Sr. PERFECTO (F. A.). Aquella parte de Albay que está por Catanduanes, tendrá su vocal o no? Sr. GUINTO. Pertenece a un solo distrito, y el proyecto solo concede un vocal a cada distrito. Sr. PERFECTO (F. A.). ¿Está dispuesto el Comité a aceptar una enmienda en el sentido de conceder un vocal para cada pd'fte? Sr. GUINTO. Si la subprovincia de Catanduanes ya tiene su subgobernador que es a la vez vocal, el vocal que vendrá con este proyecto, debe ser elegido por aquella región que no esté representada por el subgobernador. Sr. PERFECTO (F. A.). Sería difícil, teniendo en cuenta la situación de aquel distrito. Habrá necesidad de que haya un representante para aquella parte. Sr. GUINTO. Entonces van a ser dos, porque el subgobernador es ya de hecho un vocal, y si vamos a dar otro vocal, habría dos. Parece que no podemos tener en consideración esa idea de Su Señoría, sobre todo si se tiene en cuenta que Catanduanes va a ser pronto una provincia independiente. Sr. PERFECTO. En caso de separación o segregación, desde luego que no hay ninguna cuestión. Sr. FORMOSO. Señor Presidente, para algunas preguntas al ponente. El PRESIDENTE. El ponente puede contestar, si le place. Sr. GUINTO. Si, señor. Sr. FORMOSO. Caso de convertirse en ley este proyecte;> y una vez aplicada la ley a las provincias que serán afectadas por esta nueva ley, ¿no cree Su Señoría que sería gravoso para las Provincias el que se aumenten tres, cuatro o cinco vocales más, pues 1406 DIARIO DE SESIONES como quiera que cada vocal ha de ganar i"l5 de dieta, si se aumentan cinco vocales, como en la provincia de Cebú, donde habría que aumentar cinco vocales, serian '1"75 más por cada sesión de la junta provincial? ¿No cree Su Señoria que eso seria gravoso para la caja provincial? Sr. GUINTO. Si vamos a hablar de cantidades, necesariamente, tendria que ser aumentado el presuw puesto para dietas de vocales ; pero teniendo en cuenta la.s ventajas que se conseguirían con este proyecto, dando a cada distrito de Cebú un vocal, que represente a ese distrito en la junta provincial, suponiendo que ese vocal trabaje como debe trabajar y suponiendo que se le dé todo lo que se le debe dar en beneficio del distrito de donde procede, los i"l5 que se le den a ese representante del distrito, estarán justamente compensados: Sr. FORMoso. Además de los gastos por dietas que percibirán los vocales nuevos de la junta provincial, también estos vocales tendrán derecho a los gastos .de viaje, ¿no es verdad? Sr. GUINTO. Sí, señor. Sr. FORMOSO. ¿No cree Su Señoría que la cantidad que se destinaría para gastos de viaje de los nuevos vocales, sería bastante grande y sería gravosa para la caja provincial? Sr. GUINTO. En todo eso habrá arreglo. Si Ja provincia incurre en mayor gasto, se podrá hacer. que las sesiones sean lo menos frecuentes posibles, o de otro modo se pueden disminuir las dietas de los vocales al objeto de que estén al nivel de lo que está costando a la provincia la asistencia a las sessiones de la junta provincial, de dichos vocales. Sr. FORMOSO. Pero en la práctica, ¿Su Señoría cree que la junta provincial tendría el valor de reducir sus dietas? Sr. GUINTO. Por ejemplo, pod,¡¡mos introducir una enmienda en ese sentido, de tal modo que en aquellas provincias en donde los vocales tienen que ser más de dos, la junta provincial no podrá asignar como dieta a cualquier vocal más de i"lO. Sr. FORMOSO. ¿No cree Su Señoría que una legislación de esa clase sería una legislación desigual, discriminatoria, puesto que esos vocales adicionales de la junta provincial, en. ciertas provincias afectadas por este proyecto, tendrán tanto trabajo como los vocales que actualmente están desempeñando sus cargos, según la ley vigente y por tanto, a igualdad de trabajo debe haber igualdad de compensación? De ahi es que digo que una legislación en ese sentido seria desigual. Sr. GUINTO. No va a ser necesariamente asi, porque si se aumenta el número de vocales en una provincia que en el pasado estaba representada· solamente por· dos vocales, los trabajos de estos se distribuirán entre cinco o seis, según el número de vocales que haya en esa provincia, de acuerdo con este proyecto de ley; de modo que el trabajo estará dividido. En aquellas provincias que continuarán con dos vocales, estos recibirán las mismas dietas que ahora reciben. . Sr. FORMOSO. Pero Su Señoría no me podrá negar que los vocales de la junta provincial que no quedarán afectados por este proyecto de ley, tendrán igual trabajo que los ·miembros adicionales de las juntas provinciales reorganizadas? Sr. GUINTO. Estoy conforme en eso. Sr. FORMOSO. De modo que, a igualdad de trabajo, debe haber igualdad de compensación. ' Sr. GUINTO. Los vocales que no están afectados con esta medida trabajarían más todavía que los vocales que ·se elijan de acuerdo con el proyecto. Sr. FoRMoso. ¿Cómo puede decir Su Señoría que tendrían mayor trabajo, si ellos van a representar un distrito, y por tanto, no tendrán el mismo trabajo, a no ser que sea por diferencia del número de habitantes o por extensión territorial? Pero la cantidad de trabajo creo que es igual. Sr. GUINTO. Eso está ocurriendo ahora. Hay provincias que, por ser de segunda clase, sus vocales no perciben más de- 'f=15 y hay en cambio provincias que son de primera clase, donde tienen derecho a una asignación mayor; de modo que trabajando igual estos vocales, porque no son más que dos en cada provincia, los que pertenecen a una provincia de primera reciben mayor cantidad de dieta que los que pertenecen a una provincia de segunda o de tercera clase. Sr. FORMOSO. ¿No cree Su Señoria que podría ser eso objeto de una enmienda del Código Administrativo, inQependiente de este proyecto? Creo que eso resultaría más beneficioso para el pueblo y no ~a mala politica aumentar las dietas de los vocales provinciales de provincias grandes, por cuanto dichos vocales tienen mayor volumen de trabajo, como los vocales de las provincias de Cebú, Iloilo y Negros Occidental, en donde solamente hay dos vocales para un mayor extensión de terreno, y por tanto, yo creo que tienen derecho a percibir mayor dieta que los vocales de una junta provincial de segunda clase. Sr. GUINTO. Podemos no conceder mayor dieta a los vocales de una junta provincial de primera, porque si se aprueba este proyecto, los trabajos· se distribuirían entre los cinco o seis vocales que vendrán de cada distrito. Sr. FoRMoso. Pero Su Señoria acaba de decirme que habria que disminuir las dietas de los miembros de la junta en provincias no afectadas por este proyecto. Sr. GUINTO. Quiero rectificarme entonces, si he dicho tal cosa: quiero decir que las dietas que se pagan ahora a los vocales de una provincia que tienen cinco o seis Representantes, se pueden reducir, cuando el número de esos vocales se aumente de acuerdo con este proyecto. Sr. FORMOSO. ¿No cree Su Señoría que en las provincias donde habrá aumento de miembros en la junta provincial, la caja insular incurriría en mayores gastos por las elecciones de esos miembros adicionales de la junta proviilcial? Sr. GUINTO. Nada de gastos, Sr. FORMOSO. ¿No cree Su Señorla que la marcha del mecanismo del gobierno provincial seria más complicado, por cuanto que a mayor número de miembros de la junta provincial, mayores disensiones tendría dicha junta, mayores diferencias habria? Aún más, cada miembro de la junta provincial tendría mayor interés, pondría más empeiio por d~ fender los intereses de un distrito solamente, de la provincia, el) vez de mirar por el bien general de toda la p~ovincia como sucede actualmente. · Sr. GUINTO. Yo admitirla que cada vocal, de acuerdo con este proyecto, trabajará por su disLEGISLATURA FILIPINA 1407 trito, y por tanto, habrá mucha discusión en la distribución de los fondos provinciales, habrá mayor responsabilidad en esa distribución. Suponiendo que cada uno trabaje por su distrito, y suponiendo que gracias a ese trabajo cada uno consiga para sí la mayor partida posible de los fondos provinciales, en resumen, después de que se haya distribuido todo eso, de acuerdo con los trabajos de cada representante, todos los pueblos de la provincia habrán recibido la participación que les corresponde de los fondos de la junta provincial, porque cada uno habrá trabajado para su distrito, y lo que le corresponde en total será su beneficio ; y no como ocurre ahora que, a lo mejor, el gobernador y los vocales trabajan solamente para su respectivos municipios, y el r_esto no resulta bien lltendido. Sr. FoRMoso. ¿Pero no cree Su Señoría que de existir mayoria y minoria dentro de la junta provincial, ocurriría que las asignaciones para los miembros de la minoría en la junta provincial serían in~gnificantes, como está ocurriendo en la Legislatura? Sr. GUINTO. Eso está ocurriendo ahora mismo. Supóngase que la junta provincial de Cagayán esté compuesta de los siguientes miembros: el gobernador es demócrafa; un vocal es también demócrata, y otro vocal nacionalista; los dos demócratas, naturalmente, -tratarán de beneficiar a los suyos, y el nacionalista, que constituye la minoría, recibirá menos beneficios, porque no puede contra la mayoría. Sr. FORMOSO. ¿Pero no cree Su Señoría que aumentándose más los miembros de la junta provincial según el número de Representantes, se fomentarí8. más la lucha partidista dentro de esas provincias? Como sabe Su Señoría, por cada candidato a vocal, hay lo menos una docena de candidatos y habría mayores luchas partidistas. Sr. GUINTO. No sucedería eso ahora, porque lo que pasa Caballero por Cagayán : actualmente se presentan a lo mejor para el puesto de vocal, dos o tres de un solo distrito, a lo mejor proceden solamente de un pueblo o de dos, y salen elegidos esos vocales que proceden de un solo pueblo, o de dos pueblos distintos, pero cercanos. Con el proyecto ahora en discusión, no habría una verdadera lucha, no habría mayor número de candidatos, porque entonces solamente el distrito de un Representante elegirá a su vocal, y si no hay más que un solo candidato en ese distrito, nó tendría contrincante. Sr. FoRMoso. También puede ocurrir que por un puesto de vocal haya más de una docena de candidatos, y lo ordinario es qu.e sucederá eso. Sr. GUINTO. ¿Y qué más da que haya mayor número de candidatos, al objeto de que el pueblo pueda escoger mejor? ¿No sucede eso mismo ahora, en la diputación? Sr. FORMOSO. Creo que no ocurre eso. ¿No cree Su Señoria que al aprobarse este proyecto de ley, se establecerá por la Legislatura una nueva política en la cuestión de formación u organización de la junta provincial? . Sr. GUINTO. Esto no es nuevo talmente, porque el Caballero por Cagayán comprenderá, que en la formación del concejo municipal actual, después de elegido, se distribuyen sus miembros en distritos y eada uno representa un distrito en el municipio. La constitución de la Cámara de Representantes viene a ser lo mismo, es exactamente igual. La constitución del Senado es igual, la constitución de los juzgados de primera instancia es igual también, cada juez pertenece a un distrito. En la junta provincial pasa todo lo contrario, pórque todos representan a la provincia entera y el que abarca mucho a veces, Caballero por Cagayán, poco aprieta. Un vocal no tendría mucho interés. Hay vocales que son candidatos, sin haber recorrido siquiera la tµitad de su provincia. Sr. FORMOSO. Ése es un caso excepcionalísimo, no puede sentarse como una regla general. Para una pregunta más. Digo que será un cambio total de política, porque actualmente la organización es de dos vocales. En cambio, con este proyecto de ley ocurrirá que la organización de la junta provincial dependerá del número de miembros de la Cámara de Representantes. Ahora bien, ¿no cree Su Señoría que ese cambio de política es contrario a la política establecida por la Legislatura, al aprobar la ley sobre reorganización de los municipios? ¿En aquella ley se reducía el número de concejales, y en cambio en esta ley aumentaremos el número de vocales, de modo que por un lado nosotros decentralizamos poderes de un cuerpo_ municipal, y en cambio los centralizaremos en el cuerpo provincial. Sr. GUINTO. Tengo que agradecer al Caballero por Cagayán el argumento que acaba de enunciar, porque eso abona ahora los fines del presente proyecto de ley. Comprenderá el Caballero por Cagayán, que un municipio de tercera clase, actualmente está representado por 8 concejales, un municipio de seis mil almas está representado por ocho concejales, y en cambio, una provincia de un millón de habitantes, está representada por un gobernador y dos vocales solamente, y hay que tener en cuenta que las provincias grandes como Cebú, Iloilo y Pangasinán, tienen ingresos que ascienden a . un millón de pesos y más todavía, y sin embargo, esta cantidad de un millón de pesos que se distribuye por .Ja junta provincial para mejoras públicas y otras atenciones, es solamente objeto de disposición por parte de tres miembros. Sr. FORMOSO. Entiendo de Su Señoría al hacer es11 manifestación, que el distinguido autor del proyecto y el Comité de donde ha procedido este proyecto, creen que están mal administrados los intereses de ciertas provincias, de ahi es que hay necesidad de poner auxiliares al gobernador provincial. Sr. GUINTO. No queremos· decir eso, con este proyecto. Sr. FORMOSO. Si no existe mala administración por parte de los actuales administradores de las provincias grandes, no veo la necesidad de aumentar el número de esos miembros. Sr. GUINTO. El Comité no ha tenido nunca en cuenta el hecho de que hay que mejorar la administración provincial actual al recom.endar el proyecto de ley. El Comité solamente ha tenido por fin primordial al recomendar este proyecto, el hacer que una cosa buena sea mejor. . . Sr. FoRMOSO. ¿Quiere decir S11 Señoría- que no existe ninguna necesidad de aumentar el número.de miembros de la junta provincial de las provincias grandes? 1408 DIARIO DE SESIONES Sr. GUINTO. Hay necesidad. Sr. FoRMOSO. ¿En qué consiste la necesidad? Sr. GUINTO. En hacer que sea más perfecta, más buena todavía la administración actual de las provincias grand.es. MOCIÓN CARRANCEJA DE DEVOLUCIÓN DEL PROYECTO AL COMITÉ Sr. CARRANCEJA. Señor Presidente, presento la siguiente moción. Debido al estado en que se encuentra el proyecto y lo delicado que es, propongo que el mismo se devuelva al Comité de Gobi.er~os Provinciales y :Municipales para que sea sustitmdo por otro que sea más aplicable a todas las provincias. El PRESIDENTE. ¿Cuál es la moción del Caballero por Camarines Norte? Sr. CARRANCEJA. Que se devuelva el proyecto al Comité de Gobiernos Provinciales y Municipales, porque tal como está, no se pueden presentar enmiendas al proyecto, pues en una de las contestaciones del ponente a una de mis preguntas, ~a admitido que si se presentasen enmiendas, habr1a que haber una enmienda para cada provincia. . Sr. GUJNTO. Si es con el objeto de presentar enmiendas solamente, yo creo que no hay necesidad de que se devuelva el proy~cto al Comité. . Sr. LACSON. Señor Presidente, ¿cuál es la momón del Caballero por Camarines Norte? Sr. CARRANCEJA. ¿Que se devuelva al Comité el proyectó? Sr. GUJNTO. Vamos a admitir la devolución del proyecto, solamente con el objeto de que los !"iem. bros de Ja Cámara puedan presentar las enmiendas que crean necesarias. EN·MIENDA MARCOS A LA MOCIÓN CARRANCEJA Mr. MARCOS. Mr. Speaker, 1 should lik~ to amend the motion of the gentleman from Camarmes Norte to the effect that the Committee should report on the matter within three days. El PREsIDENTE. ¿Acepta el Caballero por Camarines la enmienda del Caballero por llocos Norte? Sr. CARRANCEJA. No la acepto, porque seria admitir en principio el bill. Sr. GUINTO. Señor Presidente, francamente, no he terminado de hablar, pero los caballeros han querido presentar una moción en esa forma, Y naturalmente, no tengo ninguna objeción, si la Cámara dispone que este proyecto se devuelva al Comité al objeto de que los caballeros presenten sus eni:iiendas al Comité dentro de tres días, como sugiere el Caballero por llocos No rte. Voy a aceptar Ja proposición y renuncio a continuar informando. El PRESIDENTE. ¿El Comité acepta la enmienda a la enmienda? Sr. GUINTO. Si, señor. El PRESIDENTE. ·¿Qué dice el Caballero por Camarines? Sr. CARRANCEJA. En ese caso, acepto la enmienda a .mi moción. . El PRESIDENTE. ¿Hay alguna objeción a la moción del Caballero por Camarines Norte, tal como ha quedado enmendada por el Caballero por llocos Norte? (Silencio.) La Mesa no oye ninguna'. Aprobada. Está en orden el Proyecto de Ley No. 1529 de la Cámara. · ;, POSPOSICIÓN DEL ESTUDIO DEL PROYECTO DE LEY NO. 1529 DE LA CÁMARA Sr. DE LA CRUZ. Señor Presidente, con el objeto de arreglar algunos puntos discutibles de este bill, pido que la consideración de este proyecto se posponga para el 5 de noviembre de este año. El PRESIDENTE; ¿Hay alguna objeción? (Silencio.) La Mesa no oye ninguna. Aprobada. Está en orden el Proyecto de Ley No. 1380 de la Cámara. POSPOSICIÓN DEL ESTUDIO DEL PROYECTO DE LEY NO. 1380 DE LA CÁMARA Mr. MARCAIDA. Mr •. Speaker, the gentleman from Laguna, Mr. Laico, approached me and requested that 1 ask for the postponement of the discussion of this bill until further orders. The SPEAKEJi. Is there any objection to the postponement of the discussion of this bill? ( Silence.) The Chair hears none. Carried. Está en orden el Proyecto de Ley No. 1649 de la Cámara. · MANTENIMIENTO DE LOS MENORES DELINCUENTES El CLERK DE ACTAS, leyendo: PROYECTO DE LEY NO. 1649 DE LA CÁMARA (Presentado por el Comité de Revisión de Lene] Se trata de enmendar el artículo 6 de la Ley No. 3203 de tal manera que se señalen las entidades que deben sufragar los gastos de los menores delincuentes confinados en las instituciones establecidas para los mismos. Las disposiciones del artículo que se trata de enmendar han originado varias interpretaciones. El Fiscal General ha emitido una opinión en el sentido de que se deben clasificar los menores delincuentes de acuerdo con el periodo de su estancia en la institución, por cuanto que las disposiciones de las leyes .actuales no son claras y precisas. El Auditor, por su parte, ha apuntado la necesidad de enmendar la ley actual porque, de otro modo, se vería obligado a suspender todo gasto para el mantenimiento y operación de las escuelas de menores delincuentes, a menos que se provean fondos insulares para el funcionamiento de las mismas. La ciudad de Manila se ha negado a pagar las cuentas por sus menores delincuentes que han sido confinados por más de un año en las instltuciones bajo la supervisión de la Oficina de:l Comisionado de Bienestar Público, basándose en las opiniones del Fiscal General y del Auditor Insular. Como quiera que casi todos los menores recluidos en las escuelas de entrenamiento proceden de los juzgados de la ciudad de Manila y teniendo en cuenta que los gastos 1¡1or el mantenimiento y educación de dichos menores han sido siempre sufragados por la Ciudad desde que fueron creados los antiguos reformatorios, el objeto de la presente enmienda es hacer que la Ciudad continúe sufragando los gastos de sus menores en Ja institución en lugar de que estén a cargo del Gobierno Insular si las disp'osiciones del articulo 6 no se enmendaran. LEY QUE REFORMA EL ARTICULO SEIS DE LA LEY NúMERO TRES MIL DOSCIENTOS TRES El Senado y la Cánnar.a de Representantes de Filipinas comtituídos en Legislatura y por autoridad de la misma. decretan: ARTfcuio l. Por la presente se reforma -el artículo seis de la Ley Número Tres mil doscientos tres, titulada "Ley LEGIShATURA FILIPINA 1409 relacionada con el cuidado y custodia de niños abandonados y delincuentes; que provee oficiales confidentes (probation officers) para los mismos¡ que impone penas po1· infracción de la misma y que provee- a otros fines," de modo que se lea como sigue: "ART. 6. Cualquiera institución en la que se recluyen menores de acuerdo con esta ley, tendrá derecho a recibir cierta cantidad que será. fijada por el Comisionado de Bienestar Público, con la aprobación del Secretuio del Interior, -para el cuidado, mantenimiento, instrucción y corrección de un menor que le sea encomendado. Los gastos de la manutención de un menor delincuente serán sufragados por el municipio o ciudad donde se cometió la delincuencia, y en caso de que el municipio no pueda sufragar dichos gastos o parte de los mismos, la provincia a que pertenece el municipio los pagará. La manutención de los menores delincuentes que hayan estado recluidos en cualquiera de las ínstituciones mencionadas en los artículos uno y dos, será sufragada de acuerdo con .las disposiciones de este artículo: Entendiéndose, Que las disposiciones del Código Administrativo, tales como están enmendadas, referentes a la clasificación de los prisioneros, no serán aplicables a los jóvenes delincuentes: Y Entendiéndose, además, Que el Juzgado podrá requerir que el mantenimiento total o parcial de un menor delincuente confinado en una institución de acuerdo con esta Ley, sea sufragado por sus parientes o aquellas personas que por derechos les incumben y estén en condiciones de mantenerle y educarle." ART, 2. Esta Ley entrará en vigor el tres de diciembre de mil novecientos veinticuatro, fecha en que fué aprobada la Ley Número Tres mil doscientos tres. Aprobada, El PRESIDENTE. Tiene la palabra el Comité. Sr. PAREDES. Señor Presidente, si no hay objeción, pido que el proyecto pase a ·tercera lectura. El PRESIDENTE. ¿Hay alguna objeció11? (Silen-. cio.) Léase el título del proyecto. El CLERK DE ACTAS, l_eyendo : Ley que reforma el articulo seis de la Ley Número Trea inil doscientos tres. · El PRESIDENTE. Los que estén en favor del proyecto, digan sí. La CÁMARA.· Si. El PRESIDENTE. Los que estén en contra, digan no. (Silencio.) Aprobado. ORDEN ESPECIAL Sr. PAREDES. Señor Presidente, el Comité de Reglamentos solicita una Orden Especial (0. E. No. 54, 7.' L. F.), para que en la sesión del lunes, 25 de octubre de 1926, se considere el Proyecto de Ley No. 1160 de la Cámara. El PRESIDENTE. ¿Hay alguna objeción a esta orden? (Silencio.) La Mesa no oye ninguna. Adoptada. ¿Moción? ~ANTAMIENTO DE LA SESIÓN Sr. PAREDES. Señor Presidente, pido queee levante la sesión hasta mañana, a .las 10 a. m. El PRESIDENTE. Si no hay objeción, se levanta la sesión hasta mañana, a las 10 a.m. Eran las 6.35 p. m.