Diario de Sesiones dela Legislatura Filipina, v.II, no.72

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Title
Diario de Sesiones dela Legislatura Filipina, v.II, no.72
Issue Date
Volume II (Issue No. 72) October 18, 1927
Year
1927
Language
Spanish
Rights
In Copyright - Educational Use Permitted
extracted text
liurin ht &tsinura DE LA LEGISLATURA FILIPINA [lteciatrado en la Adi:Dinlatrac/ón de Correoa de·Manila, I. F., como correspondencia de segunda clase] SÉPTIMA LEGISLATURA FILIPINA, TERCER PERÍODO DE SESIONES Vol. 11 Manila, Martes, 18 de Octubre de 1927 Núm. 72 SENADO DE FILIPINAS MARTES, 18 DE OCTUBRE DE 1927 APERTURA DE LA SESIÓN Se abre la sesión a las 5 p. m., ocupando el estrado el Presidente Interino, Sr. Clarín. El PRESIDENTE INTERINO. Se declara abierta la sesión. El Sr. ALEGRE. Señor Presidente. El PRESIDENTE INTERINO. Seijor Senador por el Sexto Distrito. DISPENSACIÓN DE LA LECTURA DE LA LISTA DE SENADORES El Sr. ALEGRE. Pido que se dispense la lectura de la lista de Senadores. · El PRESIDENTE INTERINO. ¿Hay alguna objeción a la moción-? (Silencio.) La Mesa Do oye ninguna. Aprobada. Se dispensa la lectura de la lista de los señores Senadores, presumiéndose. la exi!Jtencia de un quorum. LECTURA Y APROBACIÓN DEL ACTA Se lee el acta correspondiente a la sesión del día .17 de octubre de 1927, la cual es aprobada. DESPACHO DE LOS ASUNTOS QUE ESTÁN SOBRE LA MESA DEL PRESIDENTE El PRESIDENTE INTERINO. Léanse los documentos recibidos. El CLERK DE ACTAS: PETICIOfl!ES Resolución de la ºProvincial Treasurers' Associatian," pidiendo la aprobación con ciertas enmiendas del Proyecto de Ley No. 477 del Senado, presentado por el Senador Vera, que concede pensión a los funcionarios que manejan fondos del Gobierno. El PRESIDENTE INTERINO. Al Comité de Servicio Civil. 232026 Resolución de la Junta Provincial de Leyte, trasmitiendo la del concejo municipal del mismo nombre, en que se pide la consignación de 'P5,000 para la construcción del pantalán de dicho municipio. · El PRESIDENTE INTERINO .. Al Comité de Comercio y Comunicaciones. Resolución de la misma junta, trasmitiendo la del Concejo Municipal de -Babatngon, pidiendo una ayuda insular para la construcción de una casa escuela para la ciencia doméstica en dicho municipio. El PRESIDENTE INTERINO. Al Comité de Comercio y Comunicaciones. Resolución del Concejo Municipal de Solsona, Ilocos Norte, adhiriéndose al Proyecto de Ley No. 2851 de la Cámara de Representantes, presentado .po1· el Representante Marcos, que autoriza el alquiler de libros de texto a los alumnos de las escuelas intermedias. El PRESIDENTE INTERINO. Al Comité de Instrucción Pública. INFORME DE COMITÉ NO. 3H SEÑOR PRESIDENTE: • El Comité de Gobernación al cual se trasladó el 16 de septiembre de 1926, el Proyecto de Ley No. 301 del Senado, tit~~~:que declara mu~icipio regular el distrito m~nicipaÍ de San Mariano, provincia de Isabela," lo ha examinado y tiene el honor de devolverlo informado al Senado "con la recomendación siguiente: Que sea aprobado sin enmienda. Respetuosamente sometido, (Fdo.) JOSÉ P. LAUREL Presidente, Comité de Gobernación Ponente: ( Fdo.) ELPIDIO QWRINO, Miembro, Comité de Gobernación. Al Honorable PRESIDENTE DEL SENADO, Manila. El PRESIDENTE INTERINO. Al Calendario de la Cámara. 1617 1518 DIARIO DE SESIONES INFORME DE COMI'l'J: NO. 345 ·SEÑOR. PRESIDENTE: El Comité de Elecciones y Privilegios al cual se trasladó el 14 de octubre de 1927, el Proyecto de Ley de la Cámara de Representantes, No. 3190, titulado: ':An Act .reorganizing the. Representative Election District in the Provmce of Batangas," lo ha examinado y tiene el honor de devolverlo informado al Senado con la recomendación siguiente: Que sea aprobado sin enmiend~. Respetuosamente sometido, (Fdo.) ELPIDIO QUIRINO Presidente, Comité de Elecciones y Privilegios Al Honorable PimSIDENTE DEL SENADO, Manila. El PRESIDENTE INTERINO. Al Calendario de la Cámara. PROYECTO DE LEY EN PRIMERA LECTURA Del Senador de los Reyes (S. No. 520, 7.• L. F.), titulado: Ley Que saca a subasta pública la construcción de la parte Norte del Puerto de Manila. El PRESIDENTE INTERINO. Al Comité de Comercio y Comunicaciones. Del Senador Viilanueva (S. No. 521, 7.• L. F.), titulado: An Aei extending the time within which the appropriations made in section one, paragraphs (ee-1) and (ee-4) of Act Numbered Thirty-two hundred and fi.fty-eight may be expended. El PRESIDENTE INTERINO. Al Comité de Comercio y Comunicaciones. . El Sr. ALEJANDRINO. Señor Presidente. El PRESIDENTE INTERINO. Señor Senador por el Duodécimo Distrito. EL SR. ALEJANDRINO HACE USO DE LA PALABRA DURANTE LA PRIMERA HORA El Sr. ALEJANDRINO. Señor Presidente: En más de una ocasión, como se puede comprobar por el "Diario de Sesiones'' he sido objeto de ataques personal.es sin la menor provocación por mi parte, en esta Cámara, pero me he abstenido de contestar pues en mi opinión es una ·cobardía y una villanía proferir insultos, escudado tras la inmunidad parlamentaria, y semejantes ataques no merecen contestación. Si me levanto ahora, señor Presidente, para protestar, es. porque se trata de algo más sagrado que mi personalidad, como son las prerrogativas, derechos y privilegios concedidos por nuestra constitución al 1,000,000 y pico de filipinos entre cristianos, mahometanos y paganos, que tengo el honor de representar en este Senado. A pesar de la civilización primitiva de la mayoría de los :filipinos que habitan el Duodécimo Distrito que constituye un cuarto de nuestro territorio, América que por derecho de conquista rige nuestros destinos, tuvo a bien darles lma forma d~ representación, para que pudieran libremente tomar parte en las discusiones y decisiones de aquellos probleirJ.as que afectan a todo el pueblo filipino. El difunto General Wood, a pesar del carácter militarista que algunos le atribuían, respetó, con todo, la libertad de acción de los miembros de nombramiento de la Legislatura y nunca· les impuso su criterio a.un en las cuestiones que afectan a nuestras relaciones con la Metropoli. Cuando me¡" ofreció el cargo me dij o ante testigos : "Mis informeg son de que usted no es pro-americano, pero esto no importa y lo único que le pido es que trabaje por el bien de su país." He tenido ocasión más tarde de comprobar la sinceridad de estas palabras al oponerme a leyes que según sus ponentes venían de Malacañang y en cuya aprobación, según dichos ponentes, el Gobernador General Wood estaba interesado. Citaré únicamente como ejemplo la Ley de Inmigración China. Expliqué al Gobernador Wood las razones por que me oponía a la aprobación de dicha ley, y lejos de desagradarle mi actitud, al convencerse de los defectos de la ley, me dió la razón. Este caso no es aislado y para hacer plena jÚsticia, a aquel "déspota," a aqueJ "tirano" voy a citaros un caso que me contó el Presidente Corpus del Banco, ya que, al contármelo no me exigió ninguna reserva y hasta me dijo que trataba de inoluirlo en un folleto que piensa escribir sobre el General W ood. En la última sesión celebrada por el Directorio del Banco Nacional, el General Wood propuso que se vendieran las centrales azucareras, pero los directores a cuya cabeZa figuraba Mr. Heath, se oponían tenazmente. Un alto funcionario llegó ~ decir "Gobernador, Usted desea que se ve"ndan las centrales y los directores se oponen." "La única solución es que usted destituya a los actuales y nombre a otros que le secunden." Entonces el Gobernador dijo: "Yo no quiero directores mudos ; quiero hombres que discutan. Caballeros, presenten sus puntos de vista." Estudiadas las raz9nes en que se basaba Ja oposición, las encontró justificadas, cambiando de parecer, de tal manera que hasta su .muerte estuvo opuesto a la venta de las centrales, al menos en las condiciones en que quería se vendieran primitivamente. En cuanto al Gobernador Gilmore, e'n la primera conferencia que tuve con él para presentarle mi dimisión, nie dijo: "Deseo hacerle presente que aun cuando Ud. esté nombrado por el Gobernador· General, Ud. no es su representante sino del distrito que representa de acuerdO con Ja Ley Jones y Ud. tiene la misma libertad de acción, las mismas prerrogativas y· los mismos privilegios qúe cualquier Senador de elección. En vista de lo expuesto hubiera podido adoptar impunemente una actitud .heroica de ópera cómica, diciendo, por ejemplo, que el patriotismo y el deber están por encima de mis conveniencias personales etc. etc. al justificar mi voto a favor de la reducción de Jos gastos del Senado, pero tal actitud sería no solamente ridícula, sino también injusta para los • gabemadores generales que me han dispensado tanta tolerancia. · Mi contención de reducir los gastos del Senado es tanto más justificada, cuanto que no hace mucho oí aquí la peregrina teoría de que las leyes que aprobamos, no son buenas más que para :figurar como curiosidades en el Museq de Filipinas y que prácticamente no tienen ninguna utilidad. Esta declaración en boca de uno que pertenece a la mayoría que es la responsable de la aprobación de leyes, es gesticulante. , Pasaré ahora a explicar mi actitud sobre el "Budget." Mi arraigada convicción es que tenemos un Gobierno demasiado lujoso para los recursos del LEGISLA TURA FILIPINA país y que urge la adopción de todas aquellas economías que no afecten a la eficiencia del servicio, pero debemos dar el ejemplo reduciendo el presupuesto del Senado a lo estrictamente necesario si queremos tener el derecho de exigir que los demás departamentos y burós hagan economías. Si queremos realmente hacer una limpieza general de personal y gastos su:Perfluos debemos empezar por nuestra casa. Mientras esto no se haga, me abstendré de votar en favor de cualquier tentativa de economía que se proponga en los diferentes departamentos del Gobierno. Esta convicción se hizo tnás fuerte si cabe desde que pasé a vivir a la Montañosa donde tuve ocasión de ver la extremada pobreza de nuestros montañeses que van desnudos por no tener suficientes recursos para comprarse ropa ; comen camote porque el arroz es un verdadero lujo 'para ellos. Se ven obligados a trabajar por una miserable pitanza durante días por serles imposible pagar su cédula y su road tax. Carecen de lo más necesario cuando se enferman y tienen que viajar días para llegar a un dispensario· público y obtener medicinas. Si necesitan hospitalización se ven rechazados por falta de camas. ·sus necesidades son tan pequeñas, que con las m-iga.ias del festín de nuestros presupuestos habría lo suficiente para remediar en parte su precaria situación y atraerles a la civilización. Si en los presupuestos del Senado se eliminaran como ha propuesto el Senador Mabanag, los gastos de champanadas y banquetes y lo destináramos al Hospital de Bontoc, se podría doblar su capacidad actual y admitir a ·más montañeses ahora que están ya convenciéndose del beneficio de la hospitá.lización, pero de la cual no pueden gozar por Jaita de fondos para que el hospital 1meda funcionar con toda su capacidad. · ·Los mahometanos del Sur también piden por medio de su representante el Senador Had.ii Butu mejoras que se podrían más fácilmente llevar a cabo y demostrarles nuestro interés hacia ellos reduciendo nuestros gastos.· ¡Que poUtica de atracción grandiosa y eficaz podrfamos desarrollar, con las economías que propone el Senador Mabanag ! Si nos contentáramos con nuestras antiguas mesas-escritorio en los despachos y con estas mesas y estos sillones que aun están en buen estado en vez de gastar miles de pesos en nllevos mobiliarios no sólo para este Senado sino también para otras oficinas, y si fuera nosible realizar las economías propuestas por el Senador Mabanag, habría lo bastante nara iniciar un proi?rama de mejoras públicas en Mindanao, la isla del porvenir. Señor Presidente : Por una ironía del destino no es el representante de la soberanía americana el que pretende sellar nuestros labios, ni menos· es el Congreso Americano el que intenta retirarnos el derecho de emitir el voto, a los Representantes de los montañeses y mahometanos que por siglos y siglos vienen habitando nuestro pafs, sino un advenedizo, un filipino por accidente, un filipino por conveniencia ... El Sr. ALEGRE. Para 1ma cuestión de orden, señói" Presidente. · El PRESIDENTE INTERINO. Puede plantearla el Senador por el Sexto Distrito. EL SR. ALEGRE PLANTEA UNA CUESTIÓN DE ORDEN El Sr. ALEGRE. Son alusiones personales lo que el distinguido Senador por el Duodécimo Distrito hace, y pido que la Mesa Je llame la atención al hecho de que ningún Senador tiene derecho a hacer .insinuaciones personales insultantes que revelan mal gusto · y poca educación. El PRESIDENTE INTERINO. Léase el párrafo. El Sr. ALEJANDRINO. Ante todo, quiero manifestar que aquí me han llamado hombre sin dignidad y que no tengo dereclio a votar y, sin embargo, no he protestado. Y o establezco aquí hechos que no son ofensivos, pOrque puedo probarlos. El Sr. ALEGRE. Si el distinguido Senador no ha protestado, será por el refrán que dice que quien calla otorga, pero yo no estoy dispuesto a callar otorgando. El Sr. VERA. Pido que se lea el párrafo, señor Presidente. El PRESIDENTE INTERINO. Léase. El Sr. ALEJANDRINO. Señor Presidente: Por una ironía del destino no es el representante de la soberanía americana el que pretende sellar nuestros labios, ni menos es el Congreso Americano el que intenta retirarnos el derecho de emitir el voto, a los Representantes de los montañeses y mahometanos que por siglos y siglos vienen habitando nuestro país, sino un advenedizo, un filipino por accidente, un filipino por conveniencia. El Sr. ALEGRE. Pido que todo eso que se ha leido se ponga entre paréntesis y no tengo inconveniente en que quede en el .,record" siempre que como privilegio personal se me permita contestar a la brillante defensa que está aquí haciendo el Senador por el Duodécimo Distrito. . El PRESIDENTE INTERINO. La Mesa_ rogaría al Senador por el Duodécimo Distrito procurase suavizar un poco su discurso. MOCIÓN V!LLANUEV A DE DESCARTE. SU APROBAC!IÓN El Sr- VILLANUEVA. Señor Presidente, propongo que las palabras que se consideran injuriosas, como ya están lanzadas en este salón, que sean descartadas del "record." El PRESIDENTE INTERINO. La Mesa ordena el descarte de las palabras que puedan molestar a cualquier miembro del Senado. El Sr. TIRONA. Señor Presidente, yo rogaría a la Mesa que puntualizara las palabras que deben ser descartadas. · El PRESIDENTE INTERINO. La Mesa . ha oído las palabras filipino por accidente. · El Sr. TIRONA. Debería ser desde la palabra "advenedizo." El Sr. ALEJANDRINO. (Prosiguiendo.) Y un mal español el que se ha propuesto dar lecciones de patriotismo a todo el mundo y pretender que los senadores de nombramiento voten como a él se le antoje. Digo que es filipino por acCidente porque lo mismo pudo haber nacido en España, en la América del Sur, en la América ·central o en los EE. UU. si su inmediato antecesor en vez de dirigirse a Filipinas 1520 DIARIO DE SESIONES hubiese tomado otro rumbo. Es filipino de conveniencia porque renunció a la honrosa e hidalga nacionalidad española a cambio de una senaduria. Tampoco es buen español porque durante las campañas electorales se complacía en .d~primir a los empleados españoles de su casa, d1c1endo qµe no los sustituía por filipinos para hacerles sentir en todos los momentos la superioridaii del filipino sobre el ·español. · . Si este Senador fuera al menos una ñgura prominente de su partido, todavía se le podrían tolerar la~ salidas de tono que acostumbra gastar, pero aqm en pleno Senádo fué públicamen~ desautoriza.do por su jefe, el Presidente Quezon ~n forma h~1~lante, durante las discusiones del Bill de Franqui~i!' del Banco de las Islas Filipinas y de la Ley prohibiendo la importación del ganado para el consu~o. Para terminar creo que se puede aphcar al Senador en cuestión las palabras de Cristo en la cruz. ºPadre, perdónale porque no sabe lo que dice, ni lo que quiere." DISCURSO DEL SR. ALEGRE El Sr ALEGRE. Señor Presidente. · El PRESIDENTE INTERINO. Señor Senador por el Sexto Distrito. El Sr. ALEGRE. Al llamar la .aten.ción de la Mesa hacia ciertas frases aquí pronunciadas, no lo he hecho porque les dé precisalll:ente i~po~ncia en lo que con mi persona se relaciona, smo simplemente porque creo que por la misma digni?-ad del S~nado, de una Cámara popular como es esta, tratándose de cualquier Senador elegido por el pueblo, que ha visitado su distrito varias veces Y que no depende de ningún poder, sino del pueblo exclusivamente que le ha elegido, cualquier insulto, repito, contra un Senador electivo no debe ser considerado como un insulto personal, sino como un insulto al mismo Senado, y es por e~ta razón por qué. me he ~e~i­ tido llamar la atención de la Mesa hacia las poeticas, bien estudiadas y profundas frases del Senador que aquí no ha hecho más que repetir prácticas ya conocidas de todos aquéllos que han tenido. el. honor de intervenir en cualquier asunto político con el distinguido Senador por el Duodécimo Distrito. Señor Presidente: es de deplorar que antes de ocupar un asiento en esta alta Cámara no todos sepan el derecho que les asiste, las prerrogativas y privilegios por. los cuales ocupan un asiento en esta alta Cámara. Si se tuviera en cuenta que nuestras .personalidades desaparecen tan pronto se constituye el Senado en sesión y que aquí no queda de nuestras personas nada sino los distritos que representamos, es posible que el distinguido Senador por el I)uodécimo Distrito ·(Sr. Alejandrino) no se tomara mucho trabajo en escribir discursos para luego leerlos aquí. Llamar la atenCi6n de un Senador de un determinado distrito no es llaniar la atención al Senador Fulano de Tal, sino al Senador del Distrito que representa en esta alta Cámara. Señor Presidente: creo que el que pretenda echar en cara a cualquier filipino no ya aquí, sino en cualquier parte del pais, de que no es tan filipino como cualquier otro por el merO hecho de qUe la sangre que corre por sus venas, está mezclada con sangre españ~la, llega al colmo de la ignorancia, y el colmo de la ignorancia alcanza al grado superlativo cuando se acusa a cualquiera de no ser tan :filipino como otro por la simple razón de que sus antecesores hayan sido españoles. Nadie ignora, señor Presidente, que cuando tuvo lugar la revolución, las balas americanas lo mismo herían pechos de mestizos españoles que pechos de mestizos chinos o pechos de individuos de cualquier sangre nacidos en este país. Señor Presidente: no creo que el disting.úido Sena~or por el Du_od~cimo Distrito (Sr. Alejandrinc;>). s~ atreva siqu1era a poner en tela de juicio el fil!pmismo de Don Cayetano Arellano, del difunto Magistrado señor Manuel Araullo y del mismo Rizal que._ llevaba sangre española en sus venas. ¿Quiere dec.ir el Senador por el Duodécimo Distrito que su~ méritos personales son tan grandes, mucho mas gr~ndes que los de este humilde Senador que ahora tiene el honor de dirigir la palabra a este S~n.ado? .• Q~iere decir el Senador por el Duodec1mo Distrito que ·porque s.u entronque en vez ~e ~er espa~ol, es chino, es más fi.lipino 'que yo? ¿ Qmer~ decir que porque sus facciones son muy mongóhcas deb~ ser considerado como más filipino que otro cualqmera que no ténga esas cualidades? MOCIÓN TffiONA DE DESCARTE. SU APROBACIÓN El Sr. TIRONA. Señor Presidente: parece que se han descartado las frases que ahora está contestando el distinguido Senador por el Sexto Distrito (Sr. _Alegre) y pido, por tanto, que se descarten también las palabras pronunciadas aquí por el Senad~r por el Sexto Distrito que contengan alguna alusión personal y sean ofensivas. El Sr. ALEGRE. Y o llamo la atención de la Mesa al hecho de que aunque las frases. han sido desca~tadas, se han pronunciado aquÍ" y han sido oídas P?r todo.s, Y que l? que estoy haciendo no constituye nmgún msulto, smo que es solamente consecuencia del privileg~o personal a.qúe creo tener derecho para contestar,. sm faltar a nmguna regla de urbanidad 0 de educación, a lo que aquí se ha dicho. . El Sr. TIRONA. Señor Presidente, se han pronunciad':' !~s palabr3:s "ignoranci~'~ y "colmo de ignorancia y se ha dicho algo alusivo a la sangre china. El Sr. ALEGRE. No tengo inconveniente en que se ~f!~:~:~. todas esas palabras que se consideran El PRESIDENTE INTERINO. Se dan por descartadas. . EL SR. ALEGRE PROSIGUE CON SU DISCURSO El Sr. ALEGRE. Se ha hablado aquí de economías Y yo estoy dispuesto! por mi parte, a apoyar toda~ aquellas que sean lógicas y a votar por una economía más radical aún. ¿Cree el Senador por el Duodécim~ Distrito que se representa aquí a ún distrito debidamente cuando no se conoce a este distrito? , Aquí no he tenido toda vía el gusto ni el placer de 01r al Senador por el Duodécimo Distrito hacer ninguna pr~posición ~en favor de sus representados, y no he podido todavia admirar,-y lo he esta.do esperando con gran ansiedad-alguna luminosa idea 9ue. tienda a levantar el est~do de ignorancia, como el dice, en que se encuentran nuestras tribus no cris .. tiana~. Todavía no he tenido el placer, a pesar de haber tenido ya e~ honor de sentarme aquí en el SeLEGISLA TURA FILIPINA 1521 nado por cuatro años con el Senador por el Duodécimo Distrito, de oir ninguna proposición de ley presentada por dicho Senador, y lo único que sé de él son las conferencias que ha tenido con el honorable Gobernador General anterior, con el de hoy y posiblemente con el de mañana. Señor Presidente: está gastando el Gobierno sabiamente el dinero pagando un sueldo en estas circunstancias a uno con estas cualificaciones ... El Sr. 'I'IRONA. También hay una alusión personal allí. Y o creo que no hay necesidad . . . El Sr. ALEGRE. Yo entiendo que no hay ninguna alusión personal, y que lo que estoy diciendo está comprendido en una teoría de carácter general. Estarnos hablando de economias y creo, señor Presidente, que hay una alusión personal, pero tampoco está dentro de las reglas del Senado el aludir personalmente a ningún funcionario del ·Gobierno, y, sin embargo, aquí en el "floor" hemos discutidó la c,onveniencia de reducir los sueldos de tales o cuales funcionarios. El Sr. TIRONA. Hay una especie de ataque personal, cuando se le acusa de recibir injustamente el sueldo que está recibiendo. El PRESIDENTE INTERINO. Creo que el Senador por el Sexto Distrito (Sr. Alegre) no tendrá inconveniente en retirar las palabras objetadas. El Sr. ALEGRE. Las doy por no dichas. (Prosiguiendo.) Voy a terminar con la manifestación de que yo comprendo perfectamente que el difunto Gobernador General ten·ía, com9 la tiene el actual, plena libertad de acción, pero la plena libertad de acción para con los Senadores de nombramiento, no quiere decir, primero, que no visiten a sus distritos; segundo, que no presenten ningún proyecto de ley en beneficio de Sus representados, y, tercero, sentarse solamente en el Senado para que el público tenga la oportunidad de ver a los distinguidos Representantes por nombramiento. Creo que el Gobernador General no incluye estas tres cualificaciones en sus nombramientos y sugestiones a dichos Representantes. Y tampoco es lógico esperar, dicho sea con perdón del distinguido Senador por el Duodécimo_Distrito (Sr. Alejandrino) que ellos se opongan a lo que precisamente está recomendado por el Gobernador General. O es· que están también acusando al Gobernador General de no hacer las economías posibles en los presupuestos y que tiene abandonados a sus representantes, y, sfn embargo, aquí tenemos el caso paradójico de ~n Senador ostentando dos representaciones: u~a la del partido al cual pertenece y otra la del poder de que procede su nombramiento. El Senador por el Duodécimo Distrito (Sr. Alejandrino) ha estado votando con la minoría en todo aquello que no afectaba al Gobernador General de quien dependen su nombramiento y la suerte de sus actas, a pesar de ser absolutamente :filipinos, a diferencia de este humilde servidor, cuya acta no depende más que de la voluntad popular, a Dios gracias. Señor Presidente, he creído conveniente que vea el pueblo que estos caballeros votan con la minoría sobre un asunto que no afecta al Gobernador General, pero cuando se trata de economizar, según la teoría de los caballeros de la minoría~ :P30,000 de los gastos del Honorable Gobernador General, entonces dejan a un lado el filipinismo, dejan a un lado el patriotismo y· se abstienen de votar, por lo que yo supongo,-no sé si es verdad-por lo que pueda tronar allá en Malacañang. · Ésta es la conducta de un :filipino que no es por accidente, y ~sta es la conducta de que aquí hemos sido testigos. Por último, quiero decir que el Senador por el Duodécimo Disttito (Sr. Alejandrino), en lo que a mí respecta, debe olvidar que se llama el Geri.eral Alejandrino. Aquí no veo más que al Senador por el Duodécimo Distrito. El General Alejandrino me merece todos los respetos debidos, en este salón y fuera del salón, pero desde el momento en que comienzan las sesione~, desaparece el general y no queda más que el Senador por el Duodécimo Distrito. Pero el distinguido Se.nador siempre se acuerda de que primeramente militó en las filas del ejército, no sé en qué capacidad, y adopta actitudes heroicas. Anoche mismo pasé un mal rato y creí que era ya la víspera de mi fallecimiento o algo· parecido. 1 Y no creo que esté bien se abuse del poder militar contra un humilde ciudadano como este servidor, y es que es verdad la teoría-y ahora me he convencido una vez más de ello--de que a una perstma civil se le puede militarizar, pero a un militar no se le puede civilizar. El Sr. TIRONA. Señor Presidente, para la aclaración del punto que se está tratando; creo que no hay necesidad de hacer w.so de esas frases, por no tener ya objeto. · El Sr. ALEJANDRINO. Señor Presidente, si me per.:. mite la Mesa, voy a hacer uso de la palabra por dos minutos. EL SR. ALEJANDRINO REPLICA AL SR. ALEGRE El Sr. ALEJANDRINO. Señor Presidente, se ha dicho que no visito a mi distrito, pero habito en la Provincia :Montañosa qu~ es parte del distrito que represento. También se ha dicho que no he presentado ningún proyecto de ley. EL SR. QUIRINO SUSCITA UNA CUESTIÓN DE ORDEN El Sr. QUIRINO. Señor Presidente, para una Cues- _ tión de orden. Creo que el privilegio de la primera hora se concede solamente para hablar sobre cualquier asunto de carácter general y no sobre a~mntos personales. El Sr. ALEJ~NDRINO. Se me ataca personalmente como Senador y creo que tengo derecho a hacer las aclaraciones debidas. El PRESIDENTE INTERINO. La Mesa entiende que la primera hora se concede para tratar realmente de asuntos que afectan al interés general. Pero hal;>iéndosele concedido el uso de la palabra al Senador por el Duodécimo Distrito (Sr. Alejandrino) para defenderse, según él dice contra el ataque de que ha sido objeto, y habiéndosele dado oportunidad al Senador por el Sexto Distrito (Sr. Alegre) para contestar, creo que es de equidad el que se le deje hablar a dicho Senador por el Duodécimo Distrito (Sr. Alejandrino). La Mesa ruega, sin embargo, al orador no se salga de los límites de la moderación y procure ser lo más breve posible. El Sr. ALEJANDRINO. También se me acusa de no haber presentado ninguna medida legislativa a favor de mi distrito. No estoy para trabajos inútiles. 1522 DIARIO DE SESIONES Cuando distinguidos miembros de ~a minoría co~o Jos Senadores Tirona y Sumulong, m;> han podido hacer pasar ni media ley, ¿cómo voy a pretender Iegislár algo para mi distrito? Y en cuanto. a eso de que yo tengo dos representaciones, creo que· no es ID~r.j~~~LANuEVA. Con perdón del orador, tenemos aquí a una delegación de mahometanos de Mindanao que quieren tener el honor de sal1:1dar a los miembros del Senado . . . El PRESIDENTE INTERINO. La Mesa cree que el orador, (Sr. Alejandrino). tiene l'.ª muy poco que decir, y permite que termine su discurso .. El Sr. VILLANUEVA. Esos hombres viven muy lejos y no es cosa de que tengan que volver otra vez. El Sr: ALEJANDRINO. A mi se me ha atacado diciendo que ostento dos representaciones y que voy en unas· ocasiones con el Partido p~mócr!1-ta Y en otras me abstengo. Esto es muy logico y esta es la · cons~cuencia de lo que digo. Y o votaré por to.das las economías que se haga_n por el Senad~, y mientras no se realicen econom1as me abstendre de votar no solamente en el caso del Gobernador General, sino también del último Buró. Si he faltado !'n algo al sabio e ilustre Senador por el Sexto Distrito (i3r. Alegre) no es porque él lleve sa~gre mezclada, sino por su prurito de querer ensenar a todo el mundo lo que debe hacer y no debe hacer. SUSPENSIÓN D.., LA SESIÓN El PRESIDENTE INTERINO. Se su~pende la .se~i,ón por algunos minutos, si no hay nmguna obJec1on. (No hubo objeción.) Eran las 5.35 p. m. REANUDACIÓN DE LA SESIÓN Se reanuda la sesión a las 5.48 .p. m. - El PRESIDENTE INTERINO. Se declara reanudada la sesión. El Sr. VILLANUEVA. Señor Presidente. El PRESIDENTE INTERINO. Señor Senador por el Octavo Distrito. El Sr. VILLANUEVA. Se Pide la inmediata consideración del Proyecto de Ley No. 521 del S~na?;o. El PRESIDENTE INTERINO. ¿Hay alguna ob¡ec10n a la moción? (Silencio.) La Mesa no oye ninguna. Aprobada. Léase el proyecto. CONSIDERACIÓN DEL PROYECTO DE LEY NO. 521 DEL SENADO El CLERK DE ACTAS: AN ACT EXTENDING THE TIME WITHIN WHICH THE APPROPRIATIONS MADE IN SECTION ONE, PARAGRAPHS (EE-1) AND (EE-4) OF ACT NUMBERED THIRTY-TWO HUNDRED AND FIFTYEIGHT MAY BE EXPENDED. Be it enacted by the Senate aml House of Representatives of the Philippines in Legislature assembled am:l by the authority of the same: SECTION l. Any and ali unexpended balances of the appropriation of two hundred seventy thousand pesos ~de m Section one, paragraph (ee-1), of. ~et Numbered Tht~ty-t'Y'o hundred and ftfty-eight for a buildmg for the practica! mstruction of teachers in the practice of their profession, and of the appropriation of two hundred twenty-ftve thousand pesos made in Section one, paragraph (ee-4), of Act Numbered Thirty-two hundred and fifty-eight for the construction of additional lighthouses are hereby made available for expenditure up to July thirty-first, nineteen hundred and twentyeight, any provision of existing law to the contraey notwithstanding. SEC. 2. This Act shall take effect on its approval. El PRESIDENTE INTERINO. Tiene 1a palabra el ponente del proyecto. INFORME ORAL DEL PONENTE, SR. VILLANUEV A El Sr. VILLANUEVA. El año pasado, señor Presidente, se votó la suma de 1'270,000 para la construcción del edificio para la Escuela Normal, y una gran parte de esta cantidad ha sido ya gastada para dicho fin, pero la otra parte que se debió de haver gastado antes del 31 de julio de este año no se ha gastado aún. Habiendo ya transcurrido la fecha, el Auditor ha llamado la atención al hecho de que si no se aprueba este pi:-oyecto de ley, esos fondos se revertirían al Tesoro Insular. Con el objeto, pues, de qué el Gobierno pueda continuar las obras del citado edificio es por lo que se presenta este proyecto de ley, porque de otro modo todos los trabajadores empleados. en dichas obras tendrían que cesar, y la parte de fondos aún no gastada, se revertiría al Tesoro Insular. El Sr. TIRONA. Para algunas preguntas, señor Presidente. El PRESIDENTE INTERINO. Puede contestar el orador, si lo desea. El Sr. VILLANUEVA. Con mucho gusto. EL SR. TIRONA DIRIGE ALGUNAS PREGUNTAS PARLAMENTARIAS El Sr. TIRONA. ¿ D~ modo que esas cantidades ya han sido votadas en años anteriores? El Sr. VILLANUEVA. Sí, señor. El Sr. TIRONA. ¿No se trata de votar ninguna otra nueva cantidad? El Sr. VILLANUEVA. No se trata de votar nueva cantidad. El Sr. TIRONA. ¿Y esas cantidades están votadas específicamente para los fines pcir los cuales se concede la autorización en este proyecto de ley? El Sr. VILLANUEVA. Sí, señor. El PRESIDENTE INTERINO. Los que estén conformes con el proyecto, digan sí. (Varios Senadores: Sí.) Los que no lo estén, digan no. (Silencio.) Aprobado. Léase el proyecto por tercera vez y por su título solamente, si no hay ninguna objeción. (No hubo ninguna objeción.) APROBACIÓN EN TERCERA LECTURA DEL PROYECTO DE LEY NO. 521 DEL SENADO El CLERK DE ACTAS: An Act extending the time within which the appropriations made in section one, paragraphs (ee-1) and (ee-4) of Act Numbered Thirty-two hundred and fifty-eight may be expended. El PRESIDENTE IN'fERINO. Los que estén conformes con el proyecto, cuyo título acaba de leerse, digan .sí. (Varios Senadores: Sí.) Los que no lo estén, diga:n no. (Silencio.) Aprobado. · LEGISLATURA FILIPINA 1523 ---·-··----------------------------Está e'n. Orden la continuación de la consideración del Proyecto de Ley No. 2286 de la Cámara de Representantes. - CONSTITUCIÓN DEL SENADO EN COMITÉ DE TODA LA CÁMARA PARA CONTINUAR CON LA DISCUSIÓN DEL PROYECTO DE LEY NO. 2286 DE LA CÁMARA DE REPRESENTANTES. · El PRESIDENTE INTERINO. Si no hay ninguna objeción, se constituye el Senado en Comité de Toda la Cámara al objeto de continuar con la discusión del • Proyecto de Ley No. 2286 de la Cámara de Representantes. (No hubo objeción.) Se designa al Senador Villanueva para presidir dicho Comité. (El Sr. Clar!n abandona la presidencia, ocitpándol.a el Senador Vülanueva.) Eran las 5.55 p. m. CONTINUACIÓN DE LA DISCUSIÓN DEL PROYECTO DE LEY NO. 2286 DE LA CÁMARA DE REPRESENTANTES EN SESIÓN DEL COMITÉ DE TODA LA CÁMARA. Se abre la sesión del Comité de Toda la Cámara a las 5.57 p. m. · El PRESIDENTE DEL CO)llITÉ DE TODA LA CÁMARA. Se declara abierta la sesión del Comité de Toda la Cámara. El Sr. TIRONA. Señor Presidente, para una enmienda. El PRESIDENTE DEL COMITÉ DE TODA LA CÁMARA. Puede formularla el Senador por el Cuarto Dfatrito. ENMIENDA TIRONA. SU DESAPROBACIÓN El Sr. TIRONA. En la página 6, partida 157, propongo que se cambie· la cantidad de !"26,000 por '1"50,000. . El PRESIDENTE DEL COMITÉ DE TODA LA CÁMARA. ¿Qué dice el Comité? El Sr. CLARÍN. Me opongo a la enmienda. El Sr. TIRONA. Voy a razonar mi enmienOa. El PREsIDENTE DEL COMITÉ DE TODA LA CÁMARA. Tiene la palabra el Senador. DISCURSO DEL SR. TIRONA EN FAVOR DE SU E~MIENDA El Sr. TIRONA. En esta partida de !"26,000 autorizada para la pensión de los inválidos de la revolución, después de la partida de '1"12,000 destinada a uno de los caudillos de la revolución, queda la cantidad de '1"11,740 para ser repartida entre 71 inválidos. Según los informes que tengo, hay más inválidos que el número consignado en esta ley y sería un discrimen el que mientras estas 71 inválidos ya perciben la insignificante suma de quinc~ o diez pesos, otros inválidos no puedan recibirla. El año pasado la Legislatura misma aprobó una ley aumentando la partida destinada a los inválidos de la revolución, pero esa ley ha sido vetada por el Gobernador General. Creo de justicia que así como esos 71 inválidos disfrutan de los beneficios de la ley, así los otros inválidos que gimen en la misma miseria vean remediada su situación. Y no es más que una consecuencia legítima de la actitud de la Legislatura al extender los beneficios del pensionamiento ;:¡. otros que están en esas mismas condiciones y, sin embargo, no pueden percibir la pensión, porque, según el Secretario del Interior, la cantidad destinada por la Legislatura es insignificante y no puede cubrir las pensiones de otros inválidos. El único aumento de esta partida no es más que '1"14,000, y nosotros hemos aumentado algunas partidas del "Budget," para otros fines menos sagrados que estos por los cuales se pide dicho aumento. El PRESIDENTÉ DEL COMITÉ DE TODA LA CÁMARA. Los q_ue estén conformes con la enmienda, digan si. (V arios Senadores: Sí.) Los que no lo estén, digan no. (Varios Senadores: N0.) _ El Sr. TIRONA. División, señor Presidente. El PRESIDENTE DEL COMITÉ DE TODA LA CÁMARA . Los que estén conformes con la e'nmienda, que levanten la mano. (Cuatro Senadores levantan ia· mano.) Los que estén en contra, que levanten también. (Siete senadores levantan la mano.) Por cuatro votos afirmativos contra siete negativos, se rechaza la enmienda. El Sr. TIRONA. Para otra enmienda, Señor Presidente. · El PRESIDENTE DEL COMITÉ DE TODA LA CÁMARA. Puede propornerla el Senador. ENMIENDA TIRONA. SU DESAPROBACIÓN El Sr. TIRON.A. En la página 7, partida 161, que según el Comité se ha elevado a '1"12,000, propongo que s.e mantenga la cantidad de '1"6,000 aprobada por la Cámara de Representantes. Me parece que la cantidad, tal como ha sido aprobada por la otra Cámara, sin qu.e signifique esto una alusión a los procedimientos de la otra, es perfectamente razonable, si se tiene en cuenta que no hay mucha urgencia en la adquisición de automóviles. El PRESIDENTE DEL COMITÉ DE TODA LA CÁMARA. Los que estén conformes con la enmienda, digan si. (Varios Senador.es: Sí.) Los que no lo estén, digan no. (Varios Senadores: No.) Rechazada la enmienda. El Sr. DE LOS REYES. Para una enmienda, señor Presidente. El PRESIDENTE DEL COMITÉ DE TODA LA CÁMARA. Puede formularla el Senador. ENMIENDA DE LOS REYES El Sr. DE LOS REYES. En la página 6, partida 158, en vez de !"20,000 póngase '!"32,000. - Acaba de perecer toda la Junta Municipal de Bayani, y hace dos años los individuos de la Junta Municipal de las Islas Batanes también perecieron ahogados, porque allí se encuentran las corrientes del Pacífico y del Mar de China. El Sr. TIRONA. Para algunas preguntas al orador, señor Presidente. El PRESIDENTE DEL COMITÉ DE TODA LA CÁMARA. Puede contestar el orador, si lo desea. El Sr. DE LOS REYES. Con mucho gusto. EL SR. TIRONA DIRIGE ALGUNAS PREGUNTAS PARLAMENTARIAS El Sr. TIRONA .. ¿No cree Su Señoría que si el tráfico comercial de esa provincia fuera tal que obligara a los navieros de ·ta localidad a aumentar el número de viajes, no lo harían? 1524 DIARIO DE SESIONES El Sr. DE LOS REYES. No, señor. Porque aquí se trata de salvar vidas. Ciertamente que hay poca importancia comercial, pero se trata de salvar vidas. El Sr. TIRONA. ¿Cómo se pueden salvar vidas? El Sr. DE LOS REYES. No utilizando "viray," sino barcos. . El Sr. TIRONA. ¿A dónde van a ir? El Sr. DE LOS REYES. A las islas. El Sr. TIRONA. ¿Cree Su Señoría que habría vapores que reciban por ese servicio, P12,000, haciendo viajes, por ejemplo, dos o tres veces al mes o una vez al mes? El Sr. DE LOS RE}'ES. No, por cada viaje tiene '!"3,000 la Tabacalera, de modo que los '1"12,000 no son más que para cuatro viajes. Es una obra de caridad. El Sr. TIRONA. ¿Cree Su Señoría que haciendo los vapores de la Compañía Tabacalera cuatro viajes al año se evitaría el mal que se trata de :remediar? El Sr. DE LOS REYES. En mucho, si. El Sr. TIRONA. ¿Cree Su Señoría que los habitantes de-allí no seguirían navegando en esas pequeñas embarcaciones que hoy están utilizando 'y que se supeditarían a los cuatro viajes regulares al año? El Sr. DE LOS REYES. Se aminorarían los ahogamientos, y digo que una sola vida que se pudiera salvar lo agradecerían Dios y todo el Partido Demócrata. El Sr. TmONA. ¿Y no se ha puesto en el "Budget" ese proviso? . El Sr. DE LOS REYES. Se han consignado '1"20,000 para los viajes para todas las islas. EL SR. QUIRINO SUMINISTRA UNA INFORMACIÓN El Sr. QUIRINO. Señor Presidente: para una información al Senador por el Cuarto Distrito (Sr .. Tirona): Como una ampliación de la información dada por el Senador Sr. De los Reyes, debe deCir que actualmente estamos concediendo a algunas compañías subsidios para que sus barcos visiten ciertas partes del Archipiélago, y ésta es Ja razón por la cual se consigna la cantidad de !1'20,000, pero ·esos barcos no suelen ir al Norte, sino a Joló y otras partes del Sur. Es verdad que en el Norte de Luzón, o mejor dicho, en Batanes, se hacen viajes, pero no son más que dos al año por vapores contratados por compañías particulares ·o para cargamentos. que tienen que trasportarse a la Isla de Batanes, y la enmienda del Caballero por el Primer Distrito (Sr. De los Reyes), tiende a aumentar el número de viajes a ese sitio, es decir, tiende a que en vez de dos viajes al año se hagan cuatro, o sea una vez cada tres meses, y no es para que esos barcos que vayan allá· visiten tan numerosas islas para la trasportación de viajeros, sino precisamente para las necesidades de esas provincias, necesidades que consisten en el trasporte de los principales productos que tienen, o sea el ganado, que es su producto principal, así como también en el trasporte de provisiones de primera necesidad para la Isla de Batanes, especialmente arroz. Y o ·digo que ya que estamos votando veinte mil pesos para otros sitios más frecuentados, haríamos una obra de caridad si en vez de qos viajes regulares, se hicieran cuatro al año, cosa que se conseguiría con un pequeño subsidio. El Sr. TIRONA. No me opongo a los buenos propósitos que animan a los senadores del primer die-. trito al proponer la enmienda. No voy a discutir la necesidad del servicio que se propone o el aumento de la cantidad consignada en el "budget," pero, como cuestión de P.rincipio, tratándose de una proposición aislada de mejorar: un servicio, sobre todo . cuando este servicio es nuevo, creo que antes de aprobarlo debe.riamos oh- la opinión de los jefes departamentales correspondientes, porque si cada miembro de este augusto cuerpo va a propone.r la creación de servicios que hasta ahora no se han he-· cho, entonces el sistema en que se funda el "budget" desaparecería, porque tan pronto como establezcamos precedentes ~n ese sentido, teµdríamos que~ aprobar cualquier otra medida similar para otros sitios que se encuentren en la misma situación que la isla a que se refiere . el Senador por el Priiner Distrito (Sr. De los Reyes), que ha propuesto la enmienda. El Sr. QUIRINO. No sé si es conveniente decir aquí lo que se ha tratado en una conferencia habida entre los representantes del distrito, el Gobern!iJ.dor General y el Secretario ·de Hacienda; pero ya que se ha suscitado esta cuestión, creo que debo informar a Su Señoría que el Gobernador General recomienda la adquisición de nuevos barcos para guardacostas, y que en vista de que no hay dinero para adquirir esos guardacostas, porque se quería que fueron por lo menos dos, él manifestó que si mientras tanto podríamos dar algún subsidio-a alguna compañía para que hiciera viajes más frecuentes, eso sería lo conveniente y los mismos funcionarios del Departamento de Comercio y Comunicaciones no podrían nega.r la conveniencia de esto, y recomendarían que se tomase alguna medida en ese sentido. · El Sr. TIRONA. ¿No es verdad que. Su Señoría es miembro del Comité de Hacienda? El Sr. QUIRINO. Si, señor. El Sr. TIRONA. Y ¿no es verdad que ante el Comité de Hacienda ha comparecido varias veces .el Secretario de Hacienda así como también el Secretario. de Comercio y Comunicaciones y, sin em.bargo, no ha tenido oportunidad de iniciar esa enmienda en el Comité? El Sr. QUIRINO. ¿Cómo que no? El Sr. TIRONA. Y ¿por qué no lo ha recomendado? El Sr. QUIRINO. Debo informar a Su Señoría que se me había dicho que había necesidad de presentar un proyecto aparte pa,ra la adquisición de dos buques guardacostas, y a este efecto, presenté un proyecto destinando la cantidad de cuatrocientos mil pesos Para la adquisición de dos guardacostas, uno para el norte y otro para el sur ; pero en vista de que falta dinero, se propone la enmienda que se está discutiendo. El Sr. TIRONA. Pero ¿se ha propuesto esa misma enmienda en el seno del Comité? El Sr. QUIRINO. Ya le he dicho que no, por la razón que 8.cabo de exponer con lo que puede quedar desvanecido el temor que abriga Su Señoría de que esta enmienda no ha sido recomendada por funcionarios que conozcan la situación en el No.rte. El PRESIDENTE DEL COMITÉ DE TODA LA CÁMARA. ¿Qué dice el Comité sobre la enmienda? LECISLATURA FILIPINA 1525 El Sr. CLARIN. Que lo deja' a discreción del Senado. LA ENMIENDA DE LOS REYES ES RECAZADA El PRESIDENTE DEL COMITÉ DE TODA LA CÁMARA. ¿Está dispuesto el Senado a votar? (Una mayoría: Sí.) Los que estén conformes con la enmienda, que digan sí. (Varios señores Senadores: Sí.) Los que no lo estén, que digan no. (Varios señores Se'nadores: No.) Hay una mayoría en contra. Queda rechazada la enmienda. El Sr. MABANAG. Pido la división de los votos, señor Presidente. El PRESIDENTE DEL COMITÉ DE . TODA LA CÁMARA. Se va a proceder a la división de los votos. Los que hayan votado en favor de la enmienda, que se sirvan levantar la mano. (Cinco Senadores levantan la '1rl.ano.) Los que hayan votado en contra, que se sirvan hace_r lo mismo. (Cinco Senadores levantan la ni.ano.) Por cinco votos afirmativos contra cinco negatjvos, queda rechazada la enmienda. El Sr. DE LOS REYES. Que se vuelva a contar los votos, señor Presidente. El PRESIDENTE DEL COMITÉ DE TODA LA CÁMARA. Lá. Mesa declara que la enmienda está rechazada. El Sr. QUIRINO. Señor Presidente, pido nueva división de votos. El PRESIDENTE DEL COMITÉ DE TODA LA CÁMARA. La Mesa dispone que se vote de nuevo la enmienda. Los que estén conformes con la enmienda, se servirán levantar la mano. (Cinco Senadores levantan la mano.) Los que no lo estén, tengan la bondad de hacer lo propio. (Cinco Senadores levantan la mano.) Por cinco votos afirmativos contra cinco negativos queda recha.,zada la enmienda. OTRA ENMIENDA TIRONA. ES RECHAZADA El Sr. TIRONA. Para otra enmienda, señor Presidente.· En la partida 3, página 14, en vez de la cantidad propuesta por el Comité de '1"4,400, se mantenga la cantidad actual, '1"4,200. Creo que comparados los deberes y responsabilidades inherentes al cargo de jefe de división de la Oficina del Servicio Civil con el jefe de división de otras dependencias tan importantes, si no más, el sueldo que actuahnente percibe es bastante. El PRESIDENTE DIU- COMITÉ DE TODA LA CÁMARA. ¿Qué dice el Comité? El Sr. CLARIN. Que se opone a la enmienda. El PRESIDENTE DEL COMITÉ DE TODA LA CÁMARA. Los que e~tén conformes con la enmienda, digan sí. (Una minoría,: Si.) Los que no lo estén, digan no. (Una mayoría: No.) Rechazada. OTRA ENMIENDA MABANAG El Sr. MABANAG. Señor Presidente, para otra enmienda. En la página 16, partida 5, pido que dicha partida se enmiende como sigue: "Expenses of the Board on Textbooks authorized by the same, provided that no part of this amount shall be spent to pay rent of an <>ffice and salary of a caretaker, and that the salary of the secretary of the Board shall not exceed tl'l,200." El PRESIDENTE DEL COMITÉ DE TODA LA CÁMARA. ¿Qué dice el Comité? • El Sr. CLARIN. El Comité se opone a la enmienda señor. Presidente. · · . · ' EL SR. MABANAG RAZONA SU ENMIENDA El Sr. MABANAG. Señor Presidente, voy ~ ra- · zonar mi enmienda. Con verdadero sentimiento me veo precisado a . presentar esta enmienda, por lo mismo que mi colega el Senador por el Segundo Distrito (Sr. Osias) es el Presidente de la Junta de Libros de Texto. Pero como se trata de una cuestión de principios de buen gobierno, creo que es mi deber presentar esta enmienda. Actualmente, lá Junta de Libros de Texto está alquilando una oficina por la cantidad de '1"720 al año en el Philippine Columbian Building, y pagando un encargado de esa oficina a razón de :Pl.50 diario, Y el secretario de esa misma junta gana un sueldo de '1"2,400. Anteriormente esta Junta no alquilaba oficina, sino que la oficina misma del presidente de la Junta en el antiguo edificio ocupado p_or .el Senado servía de oficina de la Junta y, consiguientemente, no pagaba tampoco el sueldo de un encargado. Y en cuanto al salario del secretario el máximum a que habrá llegado era a razón d~ '1"125 al mes; pero desde el año 1926, se ha alquilado una oficina en el edificio mencionado por mí, se ha tenido que emplear a un encargado con el sueldo ya dicho y se ha aumentado el sueldo del secretario a 'P200 a mes, o sea, P2,400 al año, digo mal, no se ha aumentado el sueldo del secretario porque el secretario es nuevo, sino que se le ha dad¿ un sueldo mucho mayor que el que se daba al anterior. Creo que esto no está justificado. Todo el mundo sabe que .tenemos en este edificio oficinas más grandes para los presidentes ·de comités, inclusive el presidente del· Comité de Instrucción Pública, que es el presidente de la Junta de Libros de Texto. Si en aquella pequeña oficina en la Intendencia ha podido muy bien instalarse la Junta mencionada ¿qué necesidad hay de alquilar una oficina separada? Es verdad. que esto no supone mucha cantidad, pero si es verdad lo que se dice que para muestra basta un botón, y si hemos de. juzgar nues· tro gobierno por la manera como gasta el dinero la Junta de Libros de Texto, creo que nos veríamos precisados a hacer deducciones nada favorables sobre nuestra capacidad para manejar nuestro dinero. Así es que para evitar que se gaste innecesariamente el d·inero del pueblo, siquiera en una pequeña cantidad, creo que debemos insertar esa cláusula condicional, y, por este motivo, me he vi.sto precisado a presentar esta enmienda sin ánimo de molestar a nadie, y mucho menos a mi querido colega el Senador por el Segundo Distrito (Sr. Osías). DISCURSO EN CONTRA, DEL .SR. oslAs El Sr. OsfAs. Señor Presidente, creo que es mi deber, como miembro de la Junta de Libros de Texto, decir unas cuantas palabras para aclarar las actividades de dicha Junta. Creo que mi distinguido colega por el segundo distrito (Sr. Mabanag) sabe muy bien que esta cantidad de cinco mil pesos es la misma cantidad que la Legislatura ha venido votando estos últimos tres o cuatro años. Quiero informar también, para conocimiento del público y de este Senado, que ninguno de los miembros de la 1526 DIARIO DE SESIONES Junta . de Libros !le Texto percibe un céntimo de sueldo en concepto ·de remuneración. El se~reta­ rio actual es una persona que ha estado al servicio del Gobierno, por más de doce años y ha pasado el · examen de prh::ner grado en el Servicio Civil. Señor Presidente : estos gastos y estos empleados cuentan con la aprobación unánime de los miembros de la Junta de Libros de Texto compuesta del Secretario de Instrucción Pública, que es a la vez nuestro actual Gobernador General Interino, el Presidente de la Universidad de Filipinas, el Director de Educación y los dos presidentes de los comités de Instrucción Pública de la Legislatura. El Sr. MABANAG. Para algunas preguntas. El PRESIDENTE DEL COMITÉ DE TODA LA CÁMARA. Puede contestar el orador, si lo desea. El Sr. OsiAS. Con mucho gusto. EL SR. MABANAG DIRIGE ALGUNAS PREGUNTAS PARLAMENTARIAS El Sr. MABANAG. ¿Cuánto ganaba ese secretario anteriormente? El Sr. OsiAs. Empezó con '1"1,800 y después de dos años se le ascendió a 'P2,400. Con re~pecto al alquiler de una oficina, dos cosas solamente quiero decir: de acuerdo con la ley, el presidente de la Junta de Libros de Texto no tiene que ser necesariamente uno de los presidentes del Comité de Instrucción Pública del Senado o de la Cámara de Representantes. De manera que la coincidencia esta vez es meramente accidental, mejor dicho, que coincidió que los miembros de la Junta habían decidido elegir como presidente de la misma al que hoy ocupa el puesto de presidente del Comité de ·Instrucción Pública del Senado. Quiero advertir que hace un año he escrito, como "Chairman" de la Junta al 'Director de Obras Públicas y con el consentimiento del Auditor Insular, piQiendo alojamiento en algún edificio del Gobierno, y se puede comprobar en cualquier momento en los archivos de la Junta que el Director de Obras Públicas nos informó que no podía disponer de ningún sitio adecuado para los fines que perseguía la Junta de Libros de Texto. El Sr. MABANAG. ¿Cuándo fué la última sesión de dicha Junta? El Sr. OsfAS. En abril o mayo. El Sr. MABANAG. ¿Desde entonces hasta ahora no ha vuelto a celebrar sesión la Junta? ' El Sr. OsfAS. No, señor. El Sr. MABANAG. ¿Y ql).é hace el secretario cuando no celebra sesión la Junta? · El Sr. OsiAs. Me alegro de que Su Señoría haya suscitado esta cuestión para poner de manifiesto la eficiencia de este secretario. Este secretario ha puesto en debida forma todos los "records" y la correspondencia que casi diariamente se recibe de todas las compañías del mundo. Por un mes ese secretario fué comisionado, con autorización de las autoridades competentes, .a prestar servicios en relación con la representación de este país en la Octava Olimpiada que se celebró en China. Creo que los cuatro miembros, excluyendo ya al ''.Chairman," que son responsables ante este gobierno y que velan por el interés de este país, son una garantía más que suficiente para que ningún céntimo de este dinero se gaste de una manera injustifiacada. El PRESIDENTE DEL COMITÉ DE TODA LA CÁMARA. Los que estén conformes con la enmienda, digan sí. (Varios Senadores:·Sí.) Los que no lo estén, digan no. (Varios Senadores: No.) Rechazada. El Sr. MAliANAG. Para otra enmienda. El PRESIDENTE DEL COMITÉ DE TODA LA CÁMARA. Puede proponerla el senador. OTRA ENMIENDA MABANAG. SU DESAPROBACIÓN El Sr. MABANAG. En esa misma partida, propongo que en vez de '1"5,000 sean '1"2,500. El Sr. OsfAS. Me opongo a la enmienda, señor Presidente, porque se ve claramente que la verdadera intención es reducir los sueldos aun de empleados que los tienen exiguos. El Sr. MABANAG. Es para que no se vean tentados a alquilar una oficina cuando no se necesita. La oficina del "chairman" puede muy bien servir para ese fin. El PRESIDENTE DEL COMITÉ DE TODA LA CÁMARA. Los que estén conformes con la enmienda, digan sí. (Varios Senadores: Sí.) Los que no lo estén, digan no. (Varios Senadores: No). Rechazada .Ja enmienda. · El Sr. TIRONA. Para una enmienda, señor Presidente. El PltESIDENTE DÉL COMITÉ DE TODA LA CÁMARA. Puede proponerla el Senadór. ENMIENDA TffiONA. SU DESAPROBACIÓN El Sr. TIRONA. Página 19, propongo que se suprima la partida 71-a, 5,500. Éste es un cargo nuevo no recomendado en el "Budget." Cuando el mismo Jefe Ejecutivo cree que puede desempeñar debidamente sus funciones sin necesidad de este agente, creo que la Legislatura no debe conceder este aumento. Y que la partida 115 de la página · 20 se mantenga tal como ·ha venido el proyecto . de la Cámara, '1"9,000, y se restablezca la partida 125, '1"2,000. De manera que no hay novedad excepto la separación de las dos partidas que se han englobado en una sola. La razón es que cuando el mismo Jefe de la Oficina Ejecutiva ha propuesto para gastos de viaje de su personal la cantidad.de '1"9,000 debemos creer que ésa es la • canticI.ad que ellos calculan para esos viajes; y cuando ellos mismos han calculado los gastos de viaje én relación con las elecciones próximas en ?'2,000, creo que el cálculo debe ser acertado. Englobar estos dos conceptos en uno solo sería dar lugar a que puedan gastar más cantidad para gastos de viaje sacando de los '!"12,000. Además, hay el inconveniente de que cuando venga el año fiscal de 1929 es posible que se ptoponga la misma cantidad, si no más, teniendo por base la ca1_1tidad que se vota ahora y en la cual se incluyen los gastos de viaje para las elecciones. El Sr. CLARÍN. Para algunas preguntas, señor Presidente. El PRESIDENTE DEL COMITÉ DE TODA LA CÁMARA. Puede. contestar, si lo desea. El Sr. TmoNA. Con mucho gusto. LEGISLA TURA FILIPINA 1527 EL SR. CLARÍN DIRIGE ALGUNAS PREGUNTAS El Sr. CLARÍN. Para los presupuestos de 1929, ¿se .podría hablar de elecciones? El Sr. TIRONA. No se podrá hablar de elecciones, pero como se han englobado las dos partidas en una sola, se podrá decir que parte de la cantidad destinada a gastos de elecciones, se ha destinado a gastos de viaje del personal. El Sr. CLARÍN. Cualquiera puede darse cuenta de que en el año 1929, no habrá elecciones. El Sr. TIRONA. No se sabe cuál es lo que se va a gastar en gastos de viaje y dietas y cuál es lo que se va a gastar en relación con las elecciones. El PRESIDENTE DEL COMITÉ DE TODA LA CÁMARA. Los que estén conformes con la enmienda, digan sí. (Varios Senadores: Sí.) Los que no lo estén, digan no. (Varios Senadores: No.) Rechazada. MOCIÓN VERA.. SU APROBACIÓN El Sr. VERA. Señor Presidente: propongo que todas las enmiendas que se deseen presentar, se leá.n inmediatamente una tras otra y que se enumeren a fin de poderlas distinguir después. El propósito es ganar tiempo. El Sr. TIRONA. ¿No envolvería eso una infracción del reglamento que concede a cada senador cinco minutos para hablar en favor de cada enmienda? El PRESIDENTE DEL COMITÉ DE TODA LA CÁMARA. La Mesa entiende que de aprobarse la moción propuesta, no quedarían privados los autores de una enmienda de razonarla durante el tiempo que ya se ha establecido como regla para ese objeto. El Sr. ALEGRE. Apoyo la moción, señor Presidente, porque COJJ. ello se ganaría mucho tiempo, ya que la actitud de la mayoría está bien definida por el hecho de haber estudiado a conciencia este proyecto de ley. El PRESIDENTE DEL COMITE DE TODA LA {:AMARA. ¿Está dispuesto el Senado a votar sobre la moción? (Una mayoría: Sí.) Los que estén en favor de la moción, que digan sí. ( Va1'1:os Senadores: Sí.) · Los que no lo estén, que digan no. (Varios Senadores: No.) Hay una mayoría en favor. Queda aprobada Ja moción. El Sr. TIRONA. Señor Presidente, después que se presentaran las enmiendas, por ejemplo, del Senador por el Segundo Distrito (Sr. Mabanag), y yo quisiera presentar alguna otra sobre algún buró afectado por las enmiendas del Senador por el Segundo Distrito, ¿podría hacerlo? El PRESIDENTE DEL COMITÉ DE TODA LA CÁMARA. Es posible que se puedan amalgamar esas enmiendas. ENMIENDAS MABANAG El Sr. MABANAG. Señor Presidente. El PRESIDENTE DEL COMITÉ DE TODA LA CÁMARA. Señor Senador. El sr; MABANAG. Propongo la siguiente: Enmienda No. l. .Que en la página 20, se reduzca la cantidad consignada en la partida 117 a i"7,000. La razón de esta proposición estriba en que en 1926 solamente se gastó en dicha atención la cantidad de i"6,349. Enmienda No. 2. Propongo la supresión de la partida 125, que se refiere a la ayuda de i"30,000 a la provincia de Camarines. Va a razonar esta $mienda el Senador por le Cuarto l)istrito (Sr. Tirona.) El Sr. TIRONA. En primer lugar, señor Presidente, esta partida insertada bajo el número 125 es vaga. Dice así : "Ayuda a la provincia de Camarines Norte, 1"30,000"; entendiéndose, que los 'Pl8,000 de esta cantidad se tomarán del. balance no gastado de la apropiación de i"l00,000 hecha por la Ley Número 3273." Consultada e.sta ley, se ve que se refiere a los damnificados por el baguio que azotó las provincias de Batangas, Tayabas, Laguna y Cavite el 6 de noviembre de 1926. Solamente interpretando esta partida en relación con la ley mencionada en la misma, es cuando uno se entera de que estos '!"30,000 probablemente se destinarán a socorrer a los damnificados por el baguio de Camarines ·Norte y que habrá ocurrido en el mismo año que el baguio destructor que afectó a las provincias mencionadas en la referida Ley 3273. Si esto es así, sería inoportuno este socorro, porque si era con el objeto de socorrer a los que padecían de hambre, esos se habrán muerto ya, y si no han muerto, es porqile indudablemente han po.dido afrontar la sitt.iación sin _grandes inconve- ~ nientes. Aunque merecen mi simpatía, como la de todos los miembros de este Cuerpo los habitantes que ihan sido afectados por el tifón, no creo que sea procedente que el socorro se dé en tiempo inoportuno y que, además se hag~ en una forma que el Senador por el Segundo Distrito (Sr. Mabanag) ha calificado acertadamente. Creo que el que ha propuesto la inserción de esta partida debería reconsiderarla, porque se sentaría un mal precedente con su 'aprobación. Después de aquel baguio han ocurrido otros en estos últimos meses y pudieran originarse protestas en esas provincias que también han sufrido calamidades y no han recibido socorro. Si esta cantidad se va a destinar a la reconstrucción de edificios públicos o a ·otro concepto que no sean precisamente los damnificados por el tifón, yo opino que se diga claramente para que tengamos pleno conocimiento de causa al registrar nuestro voto, y mientras no se haga así, tendremos el sentimiento de insistir en la supresión de esta partida. El Sr. MABANAG. Enmienda No. 3. Propongo que en la página 22, partida 36, dicha partida 36 $ea subdividida en dos, de modo que se lea como sigue: For furthering the agricultural, industrial, and social development and the progress in civilization of the NonChristian inhabitants of the Philippine Islands provided that no part of this amount shall be spent for or in connection with the Manila Carnival and provided further that not more than 'Pl0,000 shall be spent for salaries, wages, and travelling expenses of employees, 'PB0,000. For travelling expenses of Non-Christian inhabitants in visiting Luzon and Visayas, "'.6,000. Esta enmienda, señor Presidente, no supone más que :P:5,000 de reducción, aunque, en realidad ·de verdad, no se perjudica en nada a los habitantes no cristianos. La enmienda consiste primeramente en quitar de esa partida la frase "for establishing and promoting friendly relations with the Non-Christian inhabitants of the Philippine Islands." Esta frase se presta a malas interpretaciones. No parece sino que es verdad lo que alegan nuestros detractores, a saber, que existe una enemistad bastante honda entre los no cristianos y los cristianos. Esta creencia se confirmará más y más si se tiene en cuenta que esta partida, en la forma en que está redactada en el bill, existe desde hace muchos años. La existencia 1528 DIARIO DE SESIONESde esta partida redactada en· tales términos hasta estos días, no parece sino que implica la idea'. de que, no obstante los grandes esfuerzos que hemos hecho, no obstante los muchos gastos en que hemos incurrido para establecer relaciones amistosas entre cristianos y no cristianos, no hemos conseguido todavía dicho objetivo. En realidad, no existe tal enemistad y, por consiguie.nte, no debemos cons~gnar esa frase en esta partida. La segunda enmienda consiste en limitar la facultad del Director de la Oficina de Tribus No Cristianas de gastar esa cantidad de '!"80,000, ordenándole que no gaste más de '!"10,000 en sueldos de empleados y funcionarios y gastos·de viaje de los mismas. Según la nota que aparece en el "Budget" presentado por el Jefe Ejecutivo, se gasta de esta cantidad de -!'90,000, '!"13,200 para sueldos de empleados, más o menos permanentes. La reducción de '9'5,000 se ha hecho en vista de haberse insertado una claúsula condicional en esta propuesta enmienda. en el sen• tid.o de prohibir <J.Ue se gaste cantidad alguna de esa suma en relación con el Carnaval de Manila. De la cantidad de '1"90,000 se ha estado gastando '1"6,670 en relación con el Carnaval. Creo que no es ningún beneficio para nuestros hermanos no cristianos el gastar esta cantidad de '1"6,670 por el Carnaval de Manila, si· bien constituye esta cantidad una ayuda indirecta a la asociación del Carnival. En. cambio, se ha insertado otra nueva partida c;onocida corno partida 36-A para gastos de viaje de tribus no cristianas para visitar las provincias cristianas. Partida que consiste en '1"5,000. . . ·Enmienda cuarta. Propongo que la partida 38 se lea corno sigue : Emergency expenses in urgent cases where the publ~c order is imperiled, 11<2,400: Provided, That no part of th1s amount shall be spent to pay salaries of other than emergency empJoyees. Leyendo el texto de la partida. se verá claramente que se trata de una cantidad destinada a ser gastada en casos urgentes en que el orden público se halla en peligro, pero viendo la especificación de esta partida puesta por el Ejecutivo en el ''Budget," se averigua que de esa cantidad de '!"5,400 se gasta en empleados más o menos permanentes la suma de '1"5,040 para sueldos, y solamente se gastan '1"360 en alquilar lanchas que es usan en casos de emergencia para aprehender a criminales; de manera que se trata de invertir esta cantidad de '1"5,400 en el pago de empleados más o menos permanentes cuando el texto de la partida no dice eso. Y creo que para este objeto sería suficiente la cantidad que he propuesto, o sea, it'2,400. Enmienda quinta. Partida 39, propongo que se enmiende como sigue: Transportation of persons and traveling expenses not chargeable' to other appropriations, as the public interest may require: Pr.ovidecl, That no part of this amount shall be spent for or in connection with the Manila Carnival. Se quita, por consiguiente, P'l,000 de la partida original de '1"4,000. Y la razón es que de esta cantidad se gasta para el Carnaval P:3,365, y como en virtud de esta propuesta enmienda se prohibe cantidad alguna para el Carnaval, para el objeto creo que muy bien podríamos hacer esa reducción de 'P'l,000. Página 27, suprímanse las partidas Nos. 127 y 128, '1"15,000. Estas partidas solamente ·se han insertado este año 1927; no existían anteriormente en nuestro presupuestos. Yo creo que muy bien podemos prescindir de esa cantidad sin que el servicio público snfra detrimento alguno. Página 28, propongo la reducción de la partida 164 a 'P'l0,000 que es la misma cantidad que se ha auto: rizado para este año. 1927 y 1926 con destino a dicha atención. Otra enmienda: que se reduzca la partida 172, página 28 de '1"16,000 a '1"12,000. El año pasado solamente se ha gastado en esta atención la suma '1"9,613. Página 29, que se suprima la partida 176. Esto es lo que se llama ridal que consiste en insertar una disposición legislativa en la Ley de Presupuestos que no tiene ninguna relación con ninguna partida de gastos. Hospital General. Página 30, que se suprima la partida 15, de '1"960. Ésta es nueva partida. Página 33, que se supriman las partidas 102 y 103 de 'P-840 y tt,164, respectivamente. Estas son nuevas partidas. Página 36, que se reduzca la partida 156 de '1"57,300 a '1"54,000. El año 1926 solamente se ha gastado para esta atención la suma de P'53,312. Páginas 36 y 37. Suprímanse las partidas 167, 168, y 169. Esas son disposiciones legislativas que se trata de introducir en esta ley de presupuestos sin relación algun~ con la cantidad votada en la mfsma. Página 40, que se reduzca la partida 99 de '1"15,000 a '1"12,000. En 1926 solamente se ha gastado para esta atención '1"11,284. Que se reduzca la partida 102 de '1"7,000 a '1"4,000. El año pasado solamente se ha gastado '1"3,500 para esta atención. Que se reduzca la partida 109 de '1"1,675 a '!"300. El año 1926 solamente se ha invertido en esta lltención '1"294. Que se reduzca la partida 112 de '1"175,000 a !"166,000. En 1926 solamente se han gastado 1"150,000 en esta atención. Que se enmiende la partida 114, inserta por el Comité de Hacienda del Senado, de modo que dicha partida se lea como sigue: "For contribution to the Anti-Tuberculosis Society, '1"10,000." El objeto de esta enmienda es dar los 'P'l0,000 en forma de ayuda a la Sociedad Antituberculosa, que es la que está dedicada a estudiar las causas de la tuberculosis y a curar a los enfermos. Creo que en vez de hacer que se gaste esa cantidad por otros funcionarios, sería mejor conceder.la en forma de ayuda a esa asociación. Tal· como se propone, esos P:l0,000 se gastarán únicamente en sueldos de tres médicos, 'P'6,000, y ?4,000 en otros servicios, de modo que no podría fomentar en modo alguno la campaña antituberculosa, ni podrá hacerse con ella ninguna investigación. Actualmente en el sanatorio de la Sociedad Antituberculosa en Santol se presentan casi diariamente muchos enfermos solicitando admisión, pero no pueden ser admitidos por falta de fondos, así que en vez de dar estos P:l0,000 en forma de sueldos de tres médicos afortunados, sería más beLEGISLATURA FILIPINA 1529 neficioso darlos a modo de ayuda a la mencionada Sociedad Antituberculosa. Otra enmienda. Que se suprima la partida 116, página 40. Yo creo que es impropio convertir en :vendedor de comestibles al Comisionado de Bienestar Público. Y, además, esto se presta a abusos. No quiero dudar de la integridad del actual Comisionado, pero los empleados de que ha de valerse pueden muy bien abusar de esa facultad, porque supongo que el comisionado no podrá encargarse personalmente de este trabajo. Oficina de Educación. Página 43, que se supriman las partidas 4A y 8A, insertadas por el Comité de Hacienda del Senado en el proyecto que viene de la Cámara de Representantes, porque son ·par~ tidas nuevas y envuelven un· gasto adicional de 1"3,000. Son ·nuevas plazas. · . Que se inserte una nueva partida que se denominará 311A, y que se lei;!rá como sigue: "For the purchase of textbooks for free distributiim to students in the intermediate schools, 1"500,000." Como he.dicho varias veces, y es notorio, muchos padres de familia no pueden mandar sus hijos a las escuelas intermedias por el alto coSto de los libros de texto. Yo creo que debemos ayudar a esos pobres padres de.familia. Debemos hacer, por consiguiente, que los libros sean gratuitos. Es inútil hablar de educación elemental gratuita si no se provee de libros· gratuitamente a los estudiantes de las escuelas intermedias, porque, dado el alto costo de los libros, quedan imposibilitados de recibir los beneficios de la instrucción elemental gratuita a que todo ciudadano tiene derecho. Página 51. Que se enmiende el inciso (m) de la partida 325, de mddo que en vez de 1"10,000 se ponga 1"7,000, que es la cantidad aprobada por la Cámara de Representantes y recomendada en el "Budget." No hay razón para aumentar esa partida a Jl"l0,000 cuando el Edecutivo, que es el que debe estar más interesado en la eficiencia del servicio público, cree que .es suficiente la cantidad de fl'7 ,000: Oficina de Sanidad. Página 54. Que se suprima la partida 55 de fl'720, porque es una nueva. partida, una nueva plaza. Entiendo que no estamos en condiciones de aumentar plazas en estos tiempos. Página 55 a 58. Suprímanse las partidas siguientes: 59, fl'l,200; .78, 1"280; 162, 1"2,800; 168, 1"2,400. Todas éstas partidas son. nuevas. Página 59. Suprímanse las partidas siguientes: F2, 1"3,960; 176, fl'l,200; 186, 1"2,160; 199, 1"960. Estas partidas son también nuevas. Página 60. Suprímase la partida 211 de 1"840, la cual también es nueva. • Otra enmienda. Página 61. Redúzcase la partida 263 de 1"27,000 a 1"24,000. La razón es que el año pasado solamente se gastó en esta atención la cántidad de 1"23,194, y no hay razón alguna para conceder el aumento que se pide. Página 61. Redúzcase la partida 264 de 1"15,000 a 1"13,000. El año pasado solamente se han gastado 1"12,751 para esta atención. Página 62. Redúzcase la partida 265, de 1"45,500 a P4,200. El año pasado solamente se invirtjeron en esta atención 1"4,000. . -Enmiéndese la partida 274, de modo q4e se lea como sigue: "For the continuation of the treatment and diagno.sis of leprosy in Culion Leper Colony and other lepérs statfons in accordance with Act No. 2978 : Provided, That the present number of em' proyees shall not be increased and that no promotions shall be authorized." El objeto de esta · enmienda es .evitar lo que se trata de hacer, según la fori:na en que está redactada esta partida¡ a saber, aumentar el número de empleados con no más de seis, hacer aumentos que excedan de Jl"55,000, y también aumentar al "senior: medica] inspector" en más· de esa. cantidad, pero sin especificación. No haY razón de ir aumentando sueldos en esta época en que no nadamos en la abundancia. Partida 275. Que se enmienda dicha partida de modo que se .lea como sigue: ' (a.) Agusan, redúzcase de 'P26,000 a 'P20,000. (b) Batanes, redúzcase de 'Pl4,000 a PB,000. (e) Bukidnon, redúzcase de 'Pl6,600 a ipl2,600. (d) Cotabato, redúzcase de P39,800 a !"34,800. PiJK,bo~.rovincia Mon_tañosa, redúzcase de P106,000 a (h.) Nueva Vizcaya, redúzcase de P24,000 a "'23,000 (i) Palawan, redúzcase de 'P'30,000 a P24,000 · (j) Sulu, redúzcas.e, de P41,700 a P36,700. · (k) Zamboanga, redúzcase de "90,000 a. "8,000. Estas cantidades propuestas por mi son las mismas que existen en el "Budget" o en el presupuesto • de este año, y creo que no ·hay ninguna raz6n de aumentar esas partidas. Si vamos aumentando de año en año, el dinero del pueblo acabaría por· irse todo a esas provincias. · Página 63, suprímase la partida 276, Esta es una nueva partida. Redúzcase la partida 277 de 1"10,500 a 1"8,000. En 1926, se ha gastado en esta atención 1"2,700. Página 64. Redúzcasela partida 1ti, de fl'l,200 a 1"960, o sea la misma partida aprobada por la Cámara de Representantes. . Suprímase la partida 23. Ésta es uiia nueva partida. Redúzcase la nartida 33 de fl'7.000 a 1"6.000. Para este año solamente se ha pedido esa cantidad de seis mil pesos. • Pá•"ina 67. Suprímanse las nartidas 65, '!"l,560; 67. 1"2,880; y 70, 1"2,640. Estas son nuevas partidas. Página 68. Suprímase la partida 119, 1"8,000; esta es una nueva partida. Redúzcase la partida 75, de 1"4,500 a 1"4,000. Esta última cantidad es la que fué aprobada por la Cámara de Representantes. Página 71. Redúzcase la partida 245, de '!"4,200 a 1"4,000. Página 72. Suprímase la partida 295, fl'l,200. Esta es una nueva partida. Página 74. Suprímase la partida 380, fl'l,000. Página 75, redúzcase la partida 400 de fl'7,100 a P:6,100 que es casi la misma cantidad gastada el año pasado en esta atención. Partida 397, redúzc¡ose dicha partida de 1"10,000 a 1"3,000. En 1926 solamente se han gastado 1"2,867 para esta atención. Redúzcase la partida 403, de 1"5,000 a 1"3,500. El año · 1926, solamente se han gastado 1"3,360 en esta atención. 1530 DIARIO DE SESIONES Página 74, redúzcase la partida 406 d~ P'S,000 a '!"2,000. En 1926 se gastaron solamente '1"1, 709 para esta atención. H~ terminado con la Oficina de Aduanas, y si se ·me permite, voy a irtsertar en el "record" mis otras enmiendas mañana. . El Sr. TIRONA. Para una enmienda, señor Presidente. El PRESIDENTE DEL COMITÉ DE TODA LA CÁMARA. Puede proponerla el Senador por el Cuarto Distrito. ENMIENDA TIRONA En la página 118, después de la J?artida 96, i,;sértese la partida 96-a que se leera como sigue: "96-a. Para mejorar la alimentación de los presos, 1"70000." . D~ acuerdo con los informes que he recibido de un alto funcionario del Departamento de Hacienda, aumentando en 10 céntimos por cada preso el costo de alimentación, necesitaríamos votar P"T0,000. Actualmente los presos, según investigaciones, tienen solamente· para su alimentación la cantidad de 17 céntimos, de tal manera que dividiendo estos 17 céntimos en tres comidas, vendría a resultar 5 céntimos por el desayuno, 7 por la comida y 5 por Ja cena. -Creo que es demasiado pobre esta alimentación, y es inhumana esta cantidad que se da a los presos. Aumentándose diez céntimos por cabeza, resultarían 27 céntimos, lo que vendría a ser 7 céntimos para el desayuno, 10 por· la comida y 10 para la cena. Nosotros hemos tratado de aumentar los sueldos de algunos empleados, según este Bill de Presupuestos. Creo que una cárcel es una verdadera escuela correccional; no se recluye a los presos nada más que. por el afán de martirizarles, de modo que después que salgan de la cárcel queden, por razón de su debilidhd orgánica, inservibles e inútiles para· la sociedad, lo que sería contrario a l~s principios de la penalogía moderna. Creo que seria un acto de humanidad por parte de esta Cámara el aprobar esta enmienda. Además, quiero llamar la atención de esta Cámara al hecho de que hay preijos de primera clase, como son los extranjeros, que reciben una alimentación mejor, y sería una irrisión para este país el que no pueda alimentar un poquito más, si no tan bien como a los extranjeros, a los suyos elevando a 27 céntimos diarios por cada preso, o por cada desgraciado que el Gobierno esté corrigiendo mediante sus instituciones penales. Por estos motivos, yo propongo la aprobación de la enmienda. El Sr. MABANAG. Pido que se voten ya las enmiendas. presentadas por mi,· señor Presidente. El Sr. VERA. ¿Cuántas enmiendas tiene presentadas Su Señoría? El Sr. MABANAG. Unas sesenta enmiendas. MOCIÓN VERA. SU APROBACIÓN El Sr. VERA. Propongo que las enmiendas presentadas por el Senador por el Segundó Distrito (Sr. Mabanag) se voten todas ·en globo. El PRESIDENTE DEL COMITÉ DE TODA LA CÁMARA. ¿Hay alguna objeción á la moción? (No hubo objeción.) Aprobada. LAS ENMIENDAS MABANAG SON RECHAZADAS El PRESIDENTE DEL COMITÉ DE TODA LA CÁMARA. Los que estén conformes con las enmiendas propuestas por el Senador por el Segundo Distrito (Sr. Mabanag), digan sí. (Varios Senadores: Sí.) Los que no la estén, digan no. (Varios Senadores: No.) Rechazadas todas. El Sr. MABANAG. Señor Presidente. El PRESIDENTE DEL COMITÉ DE TODA LA ÚÁMARA. Señor Senador. MOCIÓN MABANAG. SU APROBACIÓN El Sr. MABANAG. Pidó que se me permita insertar en el Diario mis otras enmiendas que comienzan desde la Oficina de Rentas Internas hasta la última Oficina, y que se voten mañana. El Sr. CLARÍN. El Comité está conforme con la proposición. . El PRESIDENTE DEL COMITÉ DE TODA LA CÁMARA. ¿Hay alguna objeción a la moción? (Silencio.) La Mesa no oye ninguna. Aprobada. El Sr. CLARÍN. 'Señor Presidente. . El PRESIDENTE DEL COMITÉ DE TODA LA CÁMARA. Señor Senador. · LEVANTAMIENTO DE LA SESIÓN DEL COMITÉ DE TODA LA CÁMARA El Sr. CLARÍN. Pido que se levante la sesión del Comité de Toda la Cámara. El PRESIDENTE DEL COMITÉ DE TODA LA CÁMARA. ¿Hay alguna objeción? (Silencio.) La Mesa no oye ninguna. Aprobada. . Se levanta la sesión del Comité de Toda la Cámara. (El Sr. Villanueva abandona la "presidencia, ocupándola el Premdente Interino, Sr. Clarín.) Eran las 7.30 p. m. REANUDACIÓN DE LA SESIÓN DEL SENADO Se reanuda la sesión del Senado a las 7.31 p. m. El PRESIDENTE INTERINO. Se declara reanudada la sesión del 'Senado. - El Sr. VILLANUEVA. Señor Presidente. El PRESIDENTE INTERINO. Señor Senador. . INFORME DEL PRESIDENTE DEL COMITÉ DE TODA LA CÁMARA El Sr. VILLANUEVA. El Comité "de Toda la Cámara ha tenido bajo su eonsideración el Proyecto de Ley No. 2286 de la Cámara de Representantes y tiene ahora el honor de informar al Senado que aún no~ ha lleirado a un acuerdo. El PRESIDENTE INTERINO. El Presidente del Comité de Toda la Cámara informa al Senado que ha tenido bajo su consideración el Proyecto de Ley No. 2286 de la Cámara de Representantes y que todavía no há llegado a un acuerdo. ¿Hay alJ?Una objeción a este informe del Presidente del Comité de Toda la Cámara? (Silencio.) La Mesa no oye ninguna. Aprobado. El Sr. ALEGRE. Señor Presidente. El PRESIDENTE INTERINO. Señor Senador. ORDEN ESPECIAL El Sr. ALEGRE. Pido una orden especial para la conaideración del Proyecto de Ley No. 1143 de la Cámara d'e Representantes el viernes próximo. LEGISLATURA FILIPINA 1531 El PRESIDENTE INTERINO. ¿Hay alguna objeción a la moción? (Silencio.) La Mesa no oye ninguna. Aprobada. El Sr. VILLANUEVA. Señor Presidente. El PRESIDENTE INTERINO. Señor Senador. El Sr. VILLANUEVA. Está en orden la consideración del Proyecto de Ley No. 3190 de la Cámara de Representantes. El PRESIDENTE INTERINO. ¿Hay alguna objeción? (Silencio.) La Mesa no oye ninguna. Aprobado. Léase el proyecto. CONSIDERACIÓN DEL PROYECTO DE LEY NO. 3190 DE LA CÁMARA DE REPRESENTANTES El CLERK DE ACTAS: AN ACT REORGANIZING THE REPRESENTATIVE ELECTION DISTRICTS IN THE PROVINCE OF BATANGAS. Be it enacted by the Senate and House of ReP1·esentatives of the Philippines in Legislature assembled and by thc autho1'ity of the sa,me: SECTION l. The- third paragraph of section one hundred twenty-three of Act Numbered Twenty..:seven hundred and eleven, known as the Administrative Code of nineteen hundred and seventeen, is hereby amended to read as follows: "Batangas: First district-Composed of the municipalities of Balayan, Calaca, Calatagan, Lemery, Lian, Nasugbu, San Luis, · Tl,\al, and Tuy. Second district-Cornposed of the municiplities of Alitagtag, Batangas, Bauan, Bolbok, Cuenca, Ibaan, Mabini, and Taysan. Third district-Composed of the municipalities of Lipa, Lobó, Malvar, Rosario, San José, Santo Tomás, Talisay, and Tanauan." SEc. 2. This Act shall take effect on its approval. El PRESIDENTE INTERINO. Tiene la palabra el ponente del proyecto. INFORME ORAL DEL PONENTE, SR. LAUREL El Sr. LAUREL. Señor Presidente-: éste es un proyecto de ley que ha sido aprobado ya por la Cámara de Representantes. Tiene por objeto reorganizar los distritos de la provincia de Batangas: Yo no me opongo a este proyecto de ley,,. y sólo tengo una enmienda que proponer, a saber; que en la línea 9, entre las palabras 11 Ibaan" y Mabini," se inserte la palabra "Lobo," y en la línea 10 se elimine la misma palabra "Lobo." El Sr. TIRONA. ¿Se ha hecho el reajuste de distritos téniendo en cuenta la base para la computación de cada distritó de representantes? El Sr. LAUREL. Sí, señor, se ha hecho can la e;onformidad de todos los representantes de esos distritos. El Sr. TIRONA. Muchas. gracias. APROBACIÓN DE LA. ENMIENDA LAUREL El Sr. LAUREL. Propongo que se someta a votación la enmienda. Et PRESIDENTE INTERINO. ¿Tiene el Senado alguna objeción a la enmienda propuesta? (Silencio.) La Mesa no oye ninguna. Queda aprobada. ¿Está dispuesto el Senado a votar el proyecto? (Una mayoría: Sí.) Los que estén conformes. con él, tal· como 11.a quedado enmendado, que digan sí. (Varios Senadores: Sí.) _ Los que no lo estén, que digan no. (Silencio .. ) Queda aprobado. Pase a tercera lectura. MOCIÓN LÁUREL. SU APROBACIÓN El Sr. LAUREL. Propongo que la tercera lectura se circunscriba al titulo, señ.or Presidente. El PRESIDENTE INTERINO. ·¿Tiene el Senado alguna objeción a la moción? (Silencio.) La Mesa no oye ninguna. Queda aprobada. Léase el título del proyecto. APROBACIÓN EN TERCERA LECTURA DEL PROYECTO DE LEY NO. 319 O DE I,A CÁMARA DE REPRESENTANTES El CLERK DE ACTAS: · An Act reorganizing the representative election districts in the Province of Batangas. El PRESIDENTE INTERINO. Los que estén conformes con el proyecto cuyo titulo acaba de leerse, que digan sí. (Varios Senadores:. Sí.) Los que no lo estén, que digan no. (Silencio.) Queda aprobado en tercera lectura. El Sr. OsfAS. Sr. Presidente. Et PRESIDENTE INTERINO. Señor Senador por el Segundo Distrito. El Sr. OS!AS. Pido la consideración del Proyecto. de Ley No. 396 del Senado. El PRESIDENTE INTERINO. Léase el proyecto. CONSIDERACIÓN DEL PROYECTO DE LEY NO. 396 DEL SENADO El CLERK DE ACTAS: AN ACT PROVIDING FOR THE APPOINTMENT OF ENGINEERS TO MAKE A STUDY OF, AND REPORT ON THE FEASIBLE RAILROAD LINES AND HIGHWAYS IN MINDANAO, APPROPRIATING FUNDS THEREFOR, AND FOR OTHER PURPOSES. Be it enacted by the $enate and House of Representatives ~ · of the Pltilippines in Legislature asaembled and by the authority of the sa1ne: SECTION l. The sum of one hundred and fifty thousarid pesos is hereby appropriated out of tmy funds in the Insular Treasury not otherwise appropriated, for expenditure as hereinafter provided. SEc. 2. ThiS su11,1 shall be used in carrying out the work of study and investigation of the feasible railroad routes and roads' in Mindanao. SEC. 3. The Secretary of Commerce and Communications is hereby authorized to appoint an engineer and an assistant engineer who, under the general supervisory control Qf the Director of Public Works, shall visit the island of Mindanao, make reconnoissances, studies, and surveys to determine the practicable and useful routes for the construction of railroads and roads· and submit plans of construction and make fuU report of their studies, surveys, examinations, and recommendations to the Philippine Legislature and the Governor-General, through the Secretary of Commerce and Communications. SEC. 4. The Secretary of Commerce and Communications may engage the services of such additional personnel as may be deemed necessary properly to carry out this work and shall fix the compensation and provide traveling and incidental expenses for the engineer, assistant engineer, and tbe additional personnel. SEC. 5. T~is Act shall take etfect upon its approval. , El PRESIDENTE INTERINO. Tiene la palabra el ponente. INFORME ORAL DEL PONENTE SR. OS!AS El Sr. OsfAS. Mr. President, the Senate has under consideration Senate Bill No. 396, a measure which Provides for the appointment of engineers to make a study of, and report on, the feasible railroad lines 1532 DIARIO DE SESIONES and highways in Mindanao, appropriating funds therefor, and for other purposes. We have before us a measure which is forwardlooking. It lays the fouj¡dation for the construction of railroad lines together with the building of correlative roads so essential to the progressive development of the second largest island in the Philippine Archipelago. Mindanao has an area of 95,587 squáre kilometers or 36,906 square miles. It is an island slightly larger than the state of Indiana. There are twelve states in the American Union each of which is smaller in area than Mindanao. It is more than six times as large as Hawaii, about twelve times as large as Porto Rico, and almost three times as lar ge as Salvador. It is slightly larger than Panama and larger thal) Costa Rica or the Dominican Republic in the Continent of North America. The island is larger than Austria or Hungary or Ireland or Portugal. It is three times as large as Albania or Belgium or the Netherlands, and móre than twice as large as Denmark. Two republics of the size of Switzerland and the entire State of Connecticut could be put in the Island of Mindanao. At present it has a population estimated to be in the neighborhood of 950,000. Mindanao has an area 32.2 per cent of that of the Philippines, but only 8.98 per cent of tl,ie country's population. Luzon's population· is five times that . of Mindanao. Estimated on the basis of the density of population of Switzerland, this southern island ceuld easily accommodate nine million. On the basis of Belgium's population, Mindanao could be the house of twenty-four million. Though the richest of our islands, Mindanao on 'the whole is the Ieast developed. The climate is. excellent for tropical agriculture. The soil is most fertile and the available agricultura! land is plentiful. The natural resources of the island are of incalculable worth. Its possibilities fairly appall the imagination. Mindanao properly cultivated could produce more sugar than Cuba, more coffee t:t1an Java, more riCe, corn, coconuts, abacá, cacao, and food products than the whole Archipelago is producing to-day. Sorne one has made the claim that it could produce practically ali "the .rubber that America needs. AH the important industries can be carried out successfully in Mindanao. The greatest lumber stand and other forestal wealth in the country can be found there. The waters abound in fish. Cattle raising is most profitable. Mining is in its infancy although the island is known to be rich in mineral supply. Unlimited power may be had from the rivers with .their falls and rapids. Rich in economic resou"rces, it is unexcelled in scenic beauty besides. Mindanao truly is a veritable land of promise. After the educational and social work accomplished b¡r our Government and people, after ali the efforts put forth for the development,of Mindanao and for the progress of our southern brethren the time is ripe for us to take another forward ~tep, that of a unified and coOrdinated system of · constructing railroad lines and r·oads with consideration to water routes and ports. For the proper. realization of this, a preliminary study and survey wi!l be highly essential and necessary. Without wishing to cast nflection upon those who have had charge of road construction in the past, Jet me say that those who originally planned the first-class roads in the Philippines did not seem to have acted as wisely as they should. Many are aware that first-class roads have been constructed parallel to·the railroad line instead of building more roads leading to the sources of production and which would serve as feeders to the railroad. One need not be an expert to know that such a policy is both expensive and fallacious and that it should be improved. To be sure in certain places it may be necessary for a railroad Une and a first-class road · to be parallel for a certain distance, but in the main the railroad lines should form the trunk of a net work of highways or a land transportation system for Mindanao. There should be coordination in railway construction and road construction. There should be coordination also in planning the system of Iand transportation and water transportation. . For ali these, careful surveys and aceurate studies must be made and scientific p!ans· prepared. Tbe Government must be in possession ·of reliable and sufficient data. Then wasteful or unnecessary roads or railroad lines could be avoided. Early actiQn is all-important, especially while lands in Mindanao are cheap and can easily be acquired. Long delay will eventually prove expensive. The examples of many eountries in the West and in-the East, the suceess of the Manila Railroad line," the tremendous amount of money for the maintenance of :first-class roads ali argue for immediate decision. The significance of railways in the development of a country is apparent. The slow methods of land transportation must be superseded by agencies more suitable to the new age. An American writer, speaking of the early efforts in railway construction and their results said: "Limitless areas were transformed into fruitful farms, and the railways themselves became objects of wealth in the land whose value they had helped to create. The isolated settler ·was placed in touch with the world; and r;~alw~~:kef.º c~ºJ~erd;~~e~~;nih:frº~afi~:~~io~r i!a:: tb~ storehouses of the eal'th. The merchant's bazaar henceforth could otfer commodities produced under many flags, and the man of learning exchanged ideas with scholars the world over. International unions, scientific, literary, industrial, and political even, sprang up in quick response. to the ftlrobbing of the larger life. The "~onds of consanguinity," concerning which earlier American statesmen expressed so much solicitude, could now be preserved indissolubly among all sections of our conutry. The government became omnipresent and the law omnipotent. Such was the revolution caused by the railway." (Meyer's Railway Legi.slation in the United States, p. 5.) Continuing the same writer shows the undiminished utility of railways in these words: "As a mea ns of accomplishing great ends, the significan~e of railways is not diminishng. Russia is using railways in order to gain permanent cOntrol of Manchuria; in Persia railway ra:tes provide a means of evading the most-favorednation clause of treaty obligations; Germany is :fi.nanciering a railway through the Tigris-Euphrates Valley in order to gain · inftuence in what is destined to become a clearinghouse of continents, while at home Germany is making her railways the occasion of a clóser federation; in South Africa the railways constitute the greatest lever for raising that long-sutfering region; Canad& is sending locomo:tives aa missionaries in to her great northwest; Mexico is attempting to use railways in controlling trusts and adverse tariff LEGISLA TURA FILIPINA 1533 legislation; Peru is trying to push the iron road over the Cordilleras &nd unite ocean and river; in the United States "twentieth century limited'' and "overland limited" trains 8.re closing the "suture" between East and West. The wol'ld over railways are harnessed in the interest of progress. To be sure, railways ha ve made and unmade towns; they ha ve caused ftowers to· blossom and to wither; they have s~angled one and made the other fat; they have raised their fi:!;ri!v:"ª;i!c:dd l~::b::r~~d :nº~!~!5el;o :~d t1h~~1:ldi~°e~ ~~f!.!1:;s t::~e ht!~n c~~sJ1'~~~1n~:\otib:k~ne B:i th!t~r~~i:~t agents of universal progress which the world has ever known If .we can· b,ut harness the railway as an institution as th~ l'allway engmeer has harnessed the steam in bis locomotive human progr~ss wil! be acceler~ted and human welfare be~ come more widely dt!fused. Thts harness is the Iaw.'' Realizing the influence of good and economical transportation facilities upan cultural advancement an~ eco~omic progre_ss every ~iVilized country has bmlt rallroads. Basmg upan mformation of a few years ago let me cite the length of railroads in a few of the smaller countries. Cuba was credited with 4,860 kilometers of raiJroad ; Porto Rico 546 · Austria, 6,878; Belgium, 7,482·; Hungary, 7',230;'Switzerland, 6,300. These figures must have been increased in late years. We in this country need to cpntinue extending the Unes in Luzon and Visayas. And we need to inaugurate a railroad service in Mindanaci at the earliest possible date. Should the government financially assist? It certainly should, especially in the early stages. What other countries have actually done will prove enlightening in this point. Canada, especially after the adoption of the "National Policy of the Dominion" helped greatly in railway development. The Dominion government con~ributed four hundred millon dollars ($400,000,000) m money and about forty-five million (45 000 000) acres of Iand during a period of fifty yea~s. 'Says Porritt in the "Evolution of the Dominion of Ca.nada." "Towards the cost of these railways the Dominion government, between 1867 and 1916, contributed $184,719,000, the provincial governments coritributed $37,437,000; and the municipalities nearly $17,000,000. The Dominion government also granted the railway companies 31,864,000 acres of Iand in t~e prai~ie provinces ; and the provinces that retamed their crown lands at Confederation-British Columbia, . Ontario, Quebec, New Brunswick, and Nova Scotia-granted 13,120,000 acres of their domain to aid in the construction of railways." The excellent traffic policy of Germany is well known. . Such a policy is an "example of ... the tho-: roughness, efficiency, and farsightedness of the German government." Upan the founding of the North German Federation "the several states had government authority over all the railroads in their" territory." The constitution of the Federation and later of the Empire continued these rights. Switzerland by ref~rendum note approved the nationalization of the railroad in 1898. This Republic spent great sums of money in upan her railways. The examples of these countries and others in the West or in the East which we could mention may well serve as guides to us. That we should have accurate data and scientific information upan which to base future action there should be no doubt. That there should be a unified 282026--2 plan for railroad and road construction there should be no question. We are 'ali desirous to foster the economic progresa of. the entire archipelago. We are all anxious to raise the cultural and material leve! of life among our people. We are ali eager to promote i¡reater solidarity among ali elements of our population. Then we must consider as investment ali money, effort, and energy used for the development of that rich, beautiful, and· promising islarid of ours in the South, the island of Mindanao. Mr. President, I move that the bill be approved. EL SR. TffiONA FORMULA VARIAS PREGUNTAS AL SR. osfAs El Sr. TIRONA. ¿Me permitiría algunas· preguntas el orador, señor Presidente? · El Sr. OsfAS. Con mucho gusto, señor Presidente. El PRESIDENTE INTERINO. Puede formular sus preguntas el Senador por el Cuarto Distrito. El Sr. TmONA." ¿Ha sido recomendado este proyecto de ley por el Comité Legislativo que ha hecho el viaje a Mindanao? El Sr. OsfAs. SI, señor. El Sr. TIRONA. ¿Dónde cons.ta esa recomendación? El Sr. OsfAS. En el informe. • · El Sr. TIRONA. ¿Cuál es la finalidad de éste proyecto después de hecha la investigación? ¿Qué es lo que se propone hacer, que una compañía capitalizada por el· Gobierno sea la que construya este nuevo ferrocarril? El Sr. OsíAS. Puede subvencionar o hacerlo el ~obierno por su cuenta o hacer que empresas particulares lo lleven a cabo si las condiciones fuesen buenas y aceptables para el Gobierno. El Sr. TIRONA. ¿Qué provincias podrían ser objeto probablemente de e.ta investigación en la isla de Mindanao? El Sr. OsfAs. Todas las provincias de Mindanao. El Sr. TIRONA. ¿En todas las provincias de Mindanao hay o no suficiente población e intereses creados en ellas por filipinos cristianos que justifiquen el establecimiento de un ferrocarril en todas y cada una de esas provincias? El Sr. OsfAs. Actualmente hay una población de 950 mil almas en todo iMindanao, y desde 1903 hasta 1918, a pesar de que no ha habido mejoras muy extraordinarias, ha habido un aumento de 60 por ciento, y creo que este aumento será mayor cuando se lleven a cabo las mejoras que se trata de introducir mediante esta medida. El Sr. TIRONA. Muchas gracias. .El Sr. OsfAs. Propongo que se someta a votación el proyecto. · DISCURSO DEL SR. TIRONA El Sr. TIRONA. Señor Presidente. El PRESIDENTE INTERINO. Señor Senador. El Sr. TIRONA. Tengo ciertas dudas sobre este proyecto, porque no se determinan en él las provincias en que se va a llevar a cabo Ja investigación que se propone en el presente bill. Me temo que provincias del Departamento de Mindanao que no necesitan de una mejora importante como el ferrocarril sean las que queden sometidas á esta investigación. Tenemos~ el caso de l~ extensión de la vía 1534 DIARIO DE SESIONES férrea hasta el extremo norte de LUzón. También tenemos el proyecto de prolongar el ferrocarril hasta la Bicolandia. Estos proyectos son hasta ahora proyectos en proyecto, que no están en vias de realización probablemente por falta de capital privado o público que quiera acometer semejante empresa. Si para estos proyectos ya estudiados no hay dinero bastante con que llevarlos a cabo, menos lo habría tratándose de una isla en que lo primero que hay que hacer es atraer a la población del norte, centro y sur de Luzón para que vayan a poblar dicha isla. También me temo que algunos intereses capitalizados no precisamente por filipino, sean los beneficiados mediante estos trabajos que se trata de realizar mediante la votación de una suma- de Pl50,000. pesos. No me opongo precisamente a que se dé a la isla de Mindanao, a esa region hermana, todas las facilidades necesarias para el desenvolvimiento de su comercio y agricultura, al igual que a las provincias cristianas ; pero creo que si no se presenta algún plan o siquiera . un esbozo de plan que nos haga entrever las posibilidades de que se construya el ferrocarril en tal forma que constituya un negocio lucrativo, un negocio que no gravite sobre los hombres del . Gobierno, como ocurre con el ferrocarril qu0 tenemos en Luzón, y mientras no se realicen otros proyectos ya estudiados por falta de dinero, me temo que los 'P'l50,000 que se van a invertir en este estudio se malogren, no· obstante los buenos propósitos de los autores del proyecto. · Por lo expuesto, hacemos constar que preferimos . no votar sobre el proyecto. EL SR. oslAs REPLICA AL SR. TIRONA El Sr. OsiAS. Señor Presidente. El PRESIDENTE INTERINO. Señor Senador. El Sr. OSIAS. He tenido oportunidad de consultar al filipino que considero mejor preparado para aconsejarnos sobre esta medida, y pl,ledo decir que contamos con la aprobación de dicho técnico filipino. El Sr. MABANAG. He leído en la prensa que Su Señoria y el Presidente Interino del Senado trataban de presentar un proyecto, votando algunos millones de pesos para construir un ferrocarril en Mindanao. ¿Se ha presentado ese bill? El Sr. OslAs. No, señor. El Sr. MABANAG. ¿Y no cree Su Señoría que no hay necesidad de emprender por ahora esa investigación y que sería mejor votar.~aquel bill? El Sr. OsfAS. Confieso que los autores del proyecto, anteriormente, hace un año y medio, intentaron presentar un proyecto, pero después de un estudio más detenido, llegaron a la conclusión de que era mejor presentar un proyecto que no requiera tanta can.tidad. · EL SR. TIRONA FORMULA ALGUNAS PREGUNTAS PARLAMENTARIAS El Sr. TIRONA. Señor P'residente, para algunas preguntas al orador. El PRESIDENTE INTERINO. ¿Accede a ellas el orador? · El Sr. OslAS. Sí, señor. El Sr. TIRONA. ¿No es verdad que esos mismos estudios y trabajos de investigación podrían llevarse a cabo por una empresa que quier~ dedicarse al negocio del ferrocarril, si realmente hubiese aliciente en Mindanao? El Sr. OSIAS. No dudo que pudiera hacer eso una empresa, pero también es deber del gobierno filipino obtener los datos científicos y después formular de una manera qiás definitiva la política que debe seguir en el futuro. . El Sr. TIRONA. ¿Cree Su Señoría que seria buena pOiítica para un gobierno acometer muchos proyectos para no verlos realizados, y que entre tanto comencemos a estudiar otros nuevos? El Sr. OSfAS. Creo que es buena politica para que. tengan suficiente visión los llaJDados a llevar sobre sus hombros la responsabilidad del Gobierno. Quiero decir que estos planes no son una cosa nueva. Ya lo han hecho paises como Alemania, Canadá, Suiza y otros. · EL SR. ALEGRE FORMULA PREGUNTAS PARLAMENTARIAS El Sr. ALEGRE. Señor Presidente, para algunas preguntas al orador. El PRESIDENTE INTERINO. ¿Accede a ellas el orador? · El Sr. OsíAS. Sí, señor. El Sr. ALEGRE. ¿Ha consultado el orador a· los representantes por Mindanao, sobre este proyecto? El Sr. OslAS. ·Si, señor. El Sr. ALEGRE. ¿Se podría saber su opinión? El Sr. OsfAS. Están muy conformes, y precisamente hemos consultado con el-' que creemos conote mejor la situación general de aquella isla. El Sr. ALEGRE. ¿Se puede saber cuál de los dos Senadores? El Sr: Os!AS. El Senador Had.ii Butu. EL SR. MABANAG FORMULA OTRAS PREGUNTAS PARLAMENTARIAS El Sr. MABANAG. Para otras preguntas al orador, señor Presidente. El PRESIDENTE INTERINO. ¿Accede a ellas el orador? El Sr. OslAS. Sí, señor. El Sr. MABANAG. ¿Se puede saber si la mayorfa tiene planes, como se ha anunciado en la prensa, de construir carreteras en Mindanao? El Sr. OslAs. Si, señor. Es un plan que data desde hace muchos años. El Sr. MABANAG. Si hay el plan de construir ferrocarriles a costa del Gobierno, ¿no cree. el orador que seríy. mejor acometer de una vez este último plan, en vez de gastar dinero en carreteras? El Sr. OsfAs. Creemos que es mejor construir un sistema de carreteras conjuntamente con la línea fel'roviaria y las ventajas que ofrecen ciertos puertos, y así tener un plan coordinado para el desarrollo de aquella tierra de promisión. El Sr. MABANAG. Ya que no tenemps dinero para acometer todos estos magníficos planes, ¿no cree Su Señoría que sería mejor adelantar de una vez la construcción del ferrocarril y después construir caminos si hay dinero sobrante? El Sr. OslAS. Se pueden hacer a la vez las dos cosas. Hay pueblos allí que necesitan de buenas carreteras, sin que sea óbice para en el futuro construir en más grande escala que ese plan esbozado. LEGISLATURA FILIPINA 1535 El Sr. MABANAG. ¿Cree el orador que el Gobierno tiene dinero para acometer esos planes? El Sr. OsiAs. ·El gobierno no cuenta con recursos sutiCientes hoy, pero paulatinamente se puede llevar a cabo los planes, y, precisamente, se trata de construir lineas férreas conjuntamente con los caminos de pi:imera clase, porqtie creemos que, a la larga, eso sería más económico para el país, sobre todo, teniendo en cuenta que los terrenos en Mindanao cuestan casi nada en ciertos sitios. Si hemos de esperar todavía mucho tiempo, puede llegar el día en que el Gobierno tenga que pagar más por el terreno. El Sr. MABANAG. ¿No cree el orador que la construcción de carreteras ahora y después la construcción del ferrocarril darán lugar, como ha sucedido en Luzón, a la apertura de carreteras paralelas al ferrocarril que harán la competencia a éste, y que sería, por tanto, dinero tirado? El Sr. OsfAs. Precisamente, es uno de los objetos de este bill evitar en todo lo posible el que las carreteras sean Ptralelas a las ~íneas férreas, pero es de conocimiento pñl:>lico que hay carreteras que necesariamente tienen que ser construídas, y esas son las que no debemos dejar de construir mientras tenemos dinero. Señor Presidente, ya que no hay más turnos, pido que se vote el proyecto. El PRESIDENTE INTERINO. Los que estén collformes con el proyecto, digan sí. (V<trios Senadores: Sí.) Los que no lo estén, digan no. (Silencio.) Aprobado. ,,,.,._. Pase el proyecto a tercera lectura por su titulo solamente, si no hay objeción. (No.hubo objeción.) APROBACIÓN EN TERCERA LECTURA DEL PROYECTO DE LEY NO. 396 DEL SENADO El CLERK DE ACTAS: An Act provlding for the appointment of engineers to make a study of, and report of the feasible railroad lines and highways in Mindanao, appropriating funds therefor, and for other purposes. El PRESIDENTE INTERINO. Los que estén conformes con el proyecto, cuyo titulo acaba de leerse, digan sí. (Varios Senadores: Sí.) Los que no lo estén, digan no. (Süencio.) Aprobado. MOCIÓN ALEGRE Y SU APROBACIÓN El Sr. ALEGRE. Señor Presidente, pido que la consideración del Proyecto de Ley No. 387 del Senado · señalada para hoy, sea transferida para la sesión del lunes próximo. El PRESIDENTE INTERINO. Si no hay objeción, así se acuerda. (No hubo objeción.) LEVANTAMIENTO DE.LA SESIÓN El Sr. VILLANUEVA. Señor Presidente, pido que se levante la sesión hasta mañana a las cinco de la tarde. · El PRESIDENTE INTERINO. Si no hay objeción, se levanta la sisión hasta mañana a las cinco de la tarde. (No hubo objeción.) Eran las 7.50 p.m. CÁMAltA DE REPRESENTANTE~ MARTES, 18 DE OCTUBRE 1927 Se abre la sesión a las 5.37 p. m., bajo la presidencia del Hon. Manuel Roxas. El PRESIDENTE. Léase la lista de los Representantes. . El CLERK DE ACTAS lee la lista de los Representantes, da~do el siguiente resultado: Sres. Alcazaren, Alrneida, Altavás, Arancillo, Avelino, Azanza, Bautista, Biteng, Braganza, Briones, Buendia, Caillés, Clarín, Confesor, Cudilla, Cuenco, Dacanay, De la Llana, De las Alas, Dizon, E al dama, Es camilla, Fernández, Festín, Formoso, Fuentebella, Gastón, Guariña, Guintó, Gullas, Guzmán, Remando, Hilado, Kamora, Ka punan, Laico, Sres.•Agan, Aquino, Banson, Carranceja, Codanion, De la Cruz, Felipe, García, Hilario, Labrador, Lacson, PRESENTES: 72 Sres. Laserna, Leuterio, Marcaida, Marcos, Melencio, Mendoza, Morrero, Moscoso, N epomuceno, Nieto, Noel, Oppus, Ortiz, Palarca, Paredes, Peña, Perfecto (F. A.), Perfecto (G.), Piang, Rama, Ramoso, Rod:riguez, Sabido, San Agustín, Serapio, Soriano, Su azo, Taupan. TOrralba, Torres, Valdés Liongson, Villanueva (E. C.), Villanueva (G. Z.) 1 Ybáñez, Ybiernas, El PRESIDENTE. AUSENTES: 21 Sres. Montejo, Padilla, Ramos, Recto, Reyes, Sánchez, Siapno, Sison, Vélez, Veloso.El PRESIDENTE. Hay quorum. (A las 5.40 p. m., el Speaker cede la presidencia al Caballero por Mindoro, Sr. Leuterio.) APROBACIÓN DEL ACTA El CLERK DE ACTAS lee el Acta del lunes, 17 de octubre de 1927, que es áprobada sin enmienda. 1536 PROYECTOS DE LEY EN PRIMERA LECTURA PROYECTOS DE LEY DE CARÁCTER PÚBLICO Del Representante Nieto (C. R. No. 3260, 7.• L. F.). titulado: Ley que dispone que el distrito municipal de San :Mariano de la provincia de Isabela se convierta en municipio regular. El PRESIDENTE PRO TEMPORE .. Al Comité de • Gobiernos Provinciales y Municipales. By Representative Dacanay (H. No. 3261, 7th P. L.). entitled : An Act transferring the national ca:Pital of the Philippines from Manila to the City of Baguio, Mountain· Province, and for other purposes. The SPEAKER PRO TEMPORE. To the Committee on City of Manila. Del Representante Ramos (C. R. No. 3262, 7.• L. F.). titulado: Ley que destina la cantidad de cuatro mil pesos como ayuda insular para la terminación de la escuela de Cadanglaan del municipio de Sinait, provincia de Ilocos Sur. El PRESIDENTE PRO TEMPORE. Al Comité de Obras Públicas. Del Representante Ramos (C. R. No. 3263, 7.• L. F.), titulado: Ley que destina la cantidad de tres mil pesos como ayuda insular para la terminación de la escuela de Bacsil del municipio de L8pog, provincia de Ilocos Sur. El PRESIDENTE PRO TEMPORE. Al Comité de Obras Públicas. - Del Representante Ramos (C. R. No. 3264, 7.• L. F.), titulado: Ley que destina la cantidad de cuatro mil pesos como · tt.yuda insular para la terminación de la escuela de Catucdaan del municipio de Cabugao, provincia de llt;icos Sur. El PRESIDENTE PRO TEMPORE. Al Comité de Obras Públicas. · Del Representante Formoso (C. R. No. 3265, 7.• L. F.), titulado: -· Ley que apropia la suma de cuatro mil pesos de los fondos de la Tesoreria Insular no dispuestos de otro modo para la reparación de la escuela primaria en el barrio de Dugayong, municipio de Amulung, provincia de Cagayán. El PRESIDENTE PRO TEMPORE. Al Comité de Obras Públicas. Del Representante Formoso (C. R. No. 3266, 7.• L. F.), titulado: Ley que apropia la suma de cuatro mil pesos de los fondos ¡!( ~:p~~ÍÓ~ríde V!s°e1 ::Uel: :!f!!~~::sen d~l 0~~~0~~ ~:;~ bayog, municipio de Alcalá, provincia de Cagayán. El PRESIDENTE PRO TEMPORE. Al Comité de Obras Públicas. LEGISLATURA FILIPINA 1537 By Representatives Nepomuceno and Biteng (H. No. 3267, 7th P. L.), entitled: na!~s !~t th~:~!~go/°~ut'fiu~f:,P~l~fz?nsªC:/::ºdo º!ofª:!.~! them, and for other purposes. The SPEAKER PRo TEMPORE. To the Committee on Revision of Laws. By Representatives Torralba, Dacanay, Carranceja, Marcos, Perfecto (F. A.), Peña, and Ramos (H. No. 3268, 7th P. L.), entitled: An Act to amend section two líundred and eighty-seven of Act Numbered Twenty-seven hundred and eleven, known as the .Administrative Code. (Re leave to go abroad half pay. and travel allowance.) The SPEAKER PRO TEMPORE. To the Committee on . Civil Servfüe. Del Representante Valdés Liongson (C. R. No. 3269, 7.• L. F.), titulado: Ley que apropia la suma de cien mil _Pesos para la construcción de una high school en el municipio de Lubao, provincia de Pampanga. · . El.PRESIDENTE PRO TEMPORE. Al Comité de Obras Públicas. Del Representante Valdés Liongson (C. R. No. 3270, 7.• L. F.), titulado: Lei que apropia la suma de treinta y siete mil pesos para la reparación de la carretera interprovincial LubaoHermosa, de las provincias de Pampanga y Bataan. El PRESIDENTE PRO TEMPORE. Al Comité de Obras Públicas. ' Del Representante Valdés Liongson (C. R. No. 32-71, 7.• L. F.), titulado: Ley que apropia l~ suma de cincuenta mil pesos para la construcción de boca-incendios en el municipio de Guagua, · provincia de Pampanga, y la adquisición del equipo necesario para la extinción pronta e inmediata del fuego en casos de incendio. · El PRESIDENTE PRO TEMPORE. Al Comité de Obras Públicas. Del Representante Azanza (C. R. No. 3272, 7.• L. F.), titulado: Ley apropiando siete mil pesos de los fondos de la Tesorería Insular para ta ampliación y mejora de la escuela de San Sebastián, municipio de Wright, provincia de Sámar. El PRESIDENTE PRO TEMPORE. Al Comité de Obras Públicas. Del Representante Azanza (C. R. No. 3273, 7 .• L. F.) , titulado : Ley consignando cinco mil pesos de los fondos de la Tesorería Insular para la escuela de Magallanes, municipio de Basey, provincia de Sámar. · El PRESIDENTE PRO TEMPORE. Al Comité de Obras Públicas. Del Representante Azanza (C. R. No. 3274, 7.• L. F.), titulado: Ley consignando cuatro mil pesos de los fondos de la Tesorería Insular p8.ra la escuela de B&clayan, municipio de Zumárraga, provincia de Sámar. El PRESIDENTE PRO TEMPORE. Al Comité de Obras Públicas. · By Representative Me!encio (H. No. 3275, 7th P. L.), entitled: An Act to amend seetion nineteen of Act Numbered Three thousand one hundred thirty-four entitled "An Act to protect intellectual property." The SPEAKER PRO TEMPORE. To the Committee on Patenta. By Representative Melencio (H. No. 3276 7th P. L.), entitled: ' An Act to create a Board of Educational E:x.perts to make a study and survey of the education · and school needs of the special provinces of Mindanao and Sulu, to appropriate funds therefor and for other 'purposes. The SPEAKER PRO TEMPORE. To the Committee on Mindanao Affairs and Special Governments. Del Representante Valdés Liongson (C. R. No. 3277, 7.• L. F.), titulado: Ley que apropia la suma de cincuenta mil pesos para la r~pa_ración y de~ido acondicionamiento de la carretera provincial Santa R1ta-Porac, que une a esos dos municipios de la provncia de Pampanga. El PRESIDENTE PRO TEMPORE. Al Comité de Obras Públicas. PROYECTO DE LEY DE CARÁTER PRIVADO Del Representante Paredes (C. R. No. 3278, 7.• L. F.) , titulado: insf:1~r ,c~~~1~i~~d; :ia~~~~~º e:~~u:i~ipf~i1~eW:nfu~d provincia de Abra, Islas Filipinas, un sistema de alumbrado; calefacción y potencia eléctricos. El PRESIDENTE PRO TEMPORE. Al Comité de Ferrocarriles y Franquicias. DESPACHO DE LOS ASUNTOS QUE ESTÁN SOBRE LA MESA DEL SPEAKER El. CLERK DE ACTAS, leyendo : MENSAJES DEL SENADO SEÑOR PRESIDENTE: MANILA, octub1·e 17, 1927 rab~: cá!:r~~::~~ i~en¡~~g:-ei:ii~~~~i~1:id!t~a~e ee:!i!~d:; de la. Cámara. de Representantes al Proyecto de Ley del Senado No. 113, titulado: . ra~~~:'1f::s ~~~~d~ ~!1~~:tb~~~e~ª d~n:ai:i~i!~la iii;¡~~;a~~! dispone las condiciones para su funcionamiento, y que provee penas en casQ de infracción," y por tal motivo solicita una conferencia con la Cámara de Representantes sobre los votos en discordia de ambas Cámaras, habiendo nombrade como representantes suyos en dicha confei:encia a los Senadores Salazar, Ledesma y Veloso. Muy respestuosamente. (Fdo.) FAUSTINO ÁGUILAR Secretario del Senado Af Honorable PRESIDENTE DE LA CÁHARA DE REPRESENTANTES. El PRESIDENTE PRO TEMPORE. Al Comité de Navegación. MANILA, octubre 18, 1927 SEÑOR PRESIDENTE: Se me ha ordenado que ponga en conocimiento de esa Honorable Cámara que el Senado aprobó el 18 de octubre de 1927 el siguiente Proyecto de Ley No. 621 del Senado en que se solicita el concurso de la Cámara de Reliresentantes: tfo~~nm!d! ei~te~:ti~nt~n~m;a::~np~hi~!:1t !n?~~~ri!f 1538 DIARIO DE SESIONES · Act Numbered Thirty-two hundred and fifty-:.eight may be expended." Muy respestuosamente. (Fdo.) F AUSTINO AGUILA&. Secretario del Se?tado Al Honorable PRESIDENTE DE LA CÁJlARA DE REPRESENTANTES. El PRESIDENTE PRO TEMPORE. Al Comité de Obras Públicas. PETICIONES DE CARÁCTER PÚBLICO Por el Speaker : cosRÑS:~~c.i6;¡dfe~d!8~u~elef~~~=~º e~~h!~i~~~t:n~inef :~s 1~; agosto y las vacaciones largas sean. en los meses de junio y julio de cada año. (Pet. No. 1074, 7.ª L. F.) El PRESIDENTE PRO TEMPORE. Al Comité de Instrucción Pública. Resolución No. 49 del Concejo Municipal de Santa, Ilocos Sur, adhiriéndose al proyecto de ley que apropia fondos para la . mayor producción de la vacuna contra el rinderpest; (Pet. No. 1075, 7.' L. F.) El PRESIDENTE PRO TEMPORE. Al Comité de Agricultura. Resolución No. 60 del Concejo Municipal de Cabatuan, Iloílo, sobre el mismo asunto. (Pet. No. 1076, 7.• L. F.) El PRESIDENTE PRO TEMPORE. Al Comité de Agricultura. Resolución No. 101 del Concejo Municipal de Tagudín, Ilocos Sur, adhiriéndose al proyecto de le:y presentado por d~P!~a¡::;:~n;:b:;~;ciiuJe '.l!~:~~º ~rA~n~ª~~~1ª(P~t: N?· 1077, 7.' L. F.) El PRESIDENTE PRO TEMPORE. Al Comité de Gobiernos Provinciales y Municipales. INFORME DE COMITÉ Informe del Comité de Sanidad (l. C. R. No. 542, 7.• L. F.), sobre el Proyecto de Ley No. 373 de la Cámara, titulado: "Ley que concede libertad a los leprosos bajo ciertas condiciones," recomendando que sea aprobado sin eitmienda. Ponente: Representante Fuentebella. El. PRESIDENTE PRO TEMPORE. Al Caltlildario de la Cámara. Sr. PERFECTO (G.). Señor Presidente, deseo hacer uso del privilegio de la media hora que conceden los Reglamentos. El PRESIDENTE PRO TEMPORE. El Caballero por Manila está reconocido para ese objeto. MANIFESTACIONES DEL SR. PERFECTO ( G.) Sr. PERFECTO (G.) . .Señor Presidente, quiero aprovechar la oportunidad de que el Comité de Sariidad haya rendido informe sobre· el proyecto de ley que conc~de libertad a los leprosos bajo ciertas condiciones, y quiero aprovechar esta oportunidad para decir algunas palabras, al objeto de inducir a la Cámara a que proceda tan pronto como sea posible, a la consideración de este proyecto. Se trata de una medida de urgente necesidad, de una medida impuesta por la humanidad misma. Muchos de nosotros, tal vez, no estén enterados de que la consideración de leproso, bajo la ley vigente, es de las más lamentables. Es preferible, muchas veces, la Si·tuación de una bestia, la situación de un animal, a la situación del leproso bajo la ley vigente. La ley vigente, en primer término, coloCJL en manos del Director de Sanidad poderes tan grandes, tan extraordinarios, que no los ejerce ni el Gobernador General mismo. Bajo la actual ley, la mera sospecha de que una persona· puéde estar enferma de la lepra, es suficiente para que esta persona quede detenida por uno, dos, o tres meses, y años, para determinar simplemente si está enferma de la lepra dicha persona; tiene <iue afrontar la ordalia de la privación de libertad, de la separación de los seres más queridos, y ~uántos, señor Presidente, cuántos ciudadanos en quienes ha recaido la sospecha, la mera sospecha, han sido enviados a la Isla del Dolor, a la Isla de Culión, para después de uno o dos años de prueba, volver a su hogar por haberse demostrado que en nin~ún momento habían con~raido la enfermedad de la lepra. Es tan grande este poder conferido al Director de Sanid;¡d, que aún la misma garantía constitucional que salvaguarda a los miembros de la Legislatura de ser detenidos en período de sesiones, aún esa garantía constitucional :Puede quebrantarse ante ese poder conferido al Director de Sanidád. Un distrito del Archipiélago está privado de su representación en esta Cámara., sólo por la sencilla razón de que el Director de Sanidad tiene un poder omnímodo para privar de la libertad a aquellos que están enfermos, o que solamente se sospecha que están enfermos, de este mal. Se in~ voca la seguridad pública para cometer los mayores atropellos contra los enfermos de lepra. Y es el caso, señor Presidente, que la cuestión del -carácter contagioso de la enfermedad todavía es una cuestión debatible. Pero aún suponiendo que la lepra fuese una enfermedad contagiosa, no lo es más que · otras muchas enfermedades. Tenemos, en primer término, la terrible enfermedad causada por la espirocheta pálida, ese mal secreto que está causando estragos en la comunidad, sin que muchos sepan qu;énes están distribuyendo la terrible enfermedad. Tenemos la tuberculosis, señor Presidente, que es la enfermedad más contagiosa y por ende Ja más mortal. No hay enfermedad que esté causando tantas víctimas en el país como la tuberculosis, y sin embargo, Ja hospitalización forzosa que se impone para la lepra, no se impone para. la tuberculosis. Sr. GUARI:ÑA. Señor Presidente~ para algunas preguntas al orador. El PRESIDENTE PRO TEMPORE. El orador puede contestar, si le place. Sr. PERFECTO (G.). Sí, señor. Sr. GUARii;!A. ¿Puede citarnos Su Señoría casos postivos, concretos, de personas sospechosas de lepra que han sido detenidas indefinidamente? Sr. PERFECTO (G.). Un ciudadano de Iloilo acudió a mi bufete, y este ciudadano ha estado privado de libertad por espacio de unos tres o cuatro años, si no recuerdo mal. . Sr. GUARIS'A. ¿Y durante e"se tiempo, ese ciudadano dónde ha estado? Sr. PERFECTO (G.). En Culión. LEGISLA TURA FILIPINA 1539 Sr. GUARI!lA. ¿Cree Su Señoría que en Culión no existen aparatos para determinar si dicha persona padecía de lepra o no? Sr. PERFECTO (G.). Todo el expediente de esta persona demuestra que en ningún momento ha es~ tado enfermo de lepra. Solamente estuvo detenida, porque se sospechó durante ese tiempo que pudiera estar enfermo de lepra. Sr. GUARillA. ¿Puede decirnos Su Señoría en qué se basaba esa sospecha de que tal persona padeefa de lepra? Sr. PERFECTO (G.). En ciertas manchas cutáneas. Sr. GUARillA. ¿No sabe Su Señoría que de acuerdo con los adelantos de la medicina, tenemos ahora aparatos por Jos cuales.J>odemos examinar la sangre del enfermo y llegar a la conclusión de si está o no está enfermo de lepra? Sr. PERFECTO (G.). Así es, pero sin embargo, no sé lo que pasa, no sé por qué ocurren casos corno el que he aludido. Sr. GUARillA. ¿Qué-medios propondría Su Señoría para cortar de alguna manera esa autocracia de Sr. GUARI&A. ¿No sería· compulsoria para estos casos de incii:>ientes pobres, la hospitalización? Sr. PERFECTO. Puede ser ·necesario y puede no serlo.. Si el paciente indigente, no obstante ser pobre, puede aislarse voluntariamente para evitar la molestia que puede producir a su prójimo el aspecto realmente horroroso que produce esa· enfermedad, creo que n.o es necesaria la hospitalización forzosa. Pere en aquellos casos en que el paciente indigente no puede hacer esto, el Gobierno debe hacerlo por él. · · (Prosiguiendo.) Señor Presidente, yo he querido llamar la atención simplemente sobre algunos hechos relativos a esta situación, al objeto de redimir a algunos hermanos de una esclavitud que es absolutamente contraria al espíritu de las instituciones del país, al objeto de que la Cámara, a ser posible, pueda proceder tan pronto como las condiciones lo permitan, a la consideración del proyecto informado por el Comité de Sanidad. Muchas gracias. MOCIÓN MOSCOSO parte del Director de Sanidad? Sr .. PERFECTO (G.). Revisar la ley vigente, esta.- Sr. Moscoso. Señor Presidente; propongo que los blecer limitaciones a las facultades conferidas al proyectos de ley señalados para hoy que se refieren Director de Sanidad, establecer mayor garantía para a franquicias, se traten antes que la resolución los ciudadanos de quienes se sospécha que pudieran sobre el levantamiento de la prohibición de la excontraer esta enfermedad, imponer solamente la portación al extranjero del arroz, ya que dichos prohospitalización .forzosa para Jos casos verdadera,- yectos requieren poca o ninguna discusión. ménte graves en donde el paciente no cuenta con El PRESIDENTE PRO TEMPORE. ¿Hay alguna objemedios para aislarse voluntariamente. ción a esta moción del Caballero por Ap.tique? (SiSr. GUARillA. ¿De modo que Su Señoría cree que lencio.) La Mesa no oye ninguna. Aprobada. aun en casos graves , la hospitalización no debía ser • Está en orden ahora la consideración del Proyecto forzosa para los pudientes? de Ley No. 3056 de la Cámara. Léase el proyecl¡a. Sr. PERFECTO (G.). Si el paciente se halla en condiciones de poder establecerse separadamente de la comunidad en general, con medios suficientes para · mantenerse, creo que no es necesaria. la hospitalización, aun en los casos gravisimos. Ahora, para aquellos pacientes que no disponen de medios con que ser cuidados por personal eficiente, para esos casos, creo yo, que en interés del mismo paciente, la hqspitalización forzosa es conveniente, y así se ha establecido, según recuerdo,· en un país donde la campaña contra la lepra ha obtenido un éxito sin igual. FRANQUICIA DE. ALUMBRADO A FAVOR DE PEDRO GIRÓN El CLERK DE ACTAS, leyendo : PROYECTO DE LEY NO. 3056 DE LA CÁMARA [Presentado por el Represent.nte Soriano] LEY CONCEDIENDO A PEDRO GIRóN, UN PRIVILEGIO PARA INSTALAR, EXPLOTAR Y MANTENER EN EL MUNICIPIO DE SILANG, PROVINCIA DE CA~~ÓJ,8~Uikb~\1&~Sy '¡,~T~~~rf~L~~T~róh~: Me refiere a No ruega, el país del Dr. Han sen, el El SfJ'"IUUlo 11 la Cáma;ra. die Repr,esentantes de Füipina,s consdescubridor del microbio de la lepra, en donde la tituídos en Legislatura y por autoridad de la misma. hospitalización es relativa, bajo ciertas condiciones. decretan: ~ Sr. GUARIÑA. ¿Y para los casos incipiéntes qué recomendaría Su Señoría? Sr. PERFECTO (G.). La vigilancia simplemente. Sr. GUARillA. ¿Y en cuanto al tratamiento? Sr. PERFECTO (G.) Una supervisión ~implemente del Director de Sanidad. Sr. GUARillA: ¿Sin ser tratados? ¿Aun suponiendo que fuese una persona pobre? Sr. PERFECTO (G.). En los casos en que el enfermo no puede ser tratado por sus ·medios propios, eri ese caso es deber del Gobierno el aportar la ayuda necesaria para la curación de esos pacientes, al igual que en el caso de la tuberculosis, el Gobierno está procurando ayudar a los pacientes pobres. Sr. GUARillA. ¿En qué forma se podria extender esa ayuda en los casos incipientes? Sr. PERFECTO (G.). Seria muy largo de determinar eso. Los técnicos pueden decir en .-qué consiste. 282026--4 ARTfcuLO l. Sujeto a las condiciones que establece esta ley y a las disposiciones de la Ley Número Tres mil ciento ocho y sus enmiendas que sean aplicables, por la presente se concede a Pedro Gir6n, el derecho, privilegio y autorización, por un período de cincuenta años a contar desde la aprobación de esta Ley, para construir, mantener y explotar un sistema de alumbrado, calefacción y potencia eléctricqs con el objeto de producir y distribuir luz, calórico y fuerza motriz para su venta dentro de los "límites del municipio de Silang, de la provincia de Cavite, Islas Filipinas. El concesionario tendrá, además, el derecho y privilegio de instalar 1 extender y mantener en todas las calles, vías públicas, puentes y lugares públicos dentro de los expresados límites, los postes, conductores, interruptores, transformadores, cables, alambres y otros aparatos suspendidos, así como cuantos accesorios y aparatos fueren menester, para el suministro y distribución de flúido eléctrico, y para surtir, vender y facilitar flúidos eléctricos a cualquiera. persona, corporación o entidad pública o privada dentro de los referidos limites para usos provinciales, municipales .. domésticos o de fabri·cación y para cualquier otro uso a que pueda aplicarse la electricidad, y también para imponer y·recaudar una tarifa 1540 DIARIO DE SESIONES de precios convencionales por el uso de dicho flúido eléctrico: Entendiéndose, Que esta concesión no tendrá efecto hasta que el concesionario haya obtenido de la Comisión de Servicios Públicos un certificado acreditativo de lao pública· necesidad y conveniencia de la misma, según el o:bjeto del artículo quince, inciso (i) de la Ley Número Tres mil ciento ocho, tal como está enmendada, y haya presentado dicho certificado al Secretario de Comercio y Comunicaciones al aceptar este privilegio: Y entendiéndose, ademds, Que si el concesionario no presentase a la Comisión de Servicios Píiblieos la correspondiE;:nte solicitud para obtener el expresado certificado dentro del plazo de tres meses. a contar desde la fecha de la · aprobación de esta Ley, quedará nulo y sin efecto este priVilegio. ART. 2. Los postes que el concesionario levante serán de tal altura que puedan sostener los alambres tendidos sobre los mismos a una distancia, por lo menos, de veinte pies de alto sobre el nivel del terreno y su aspecto deberá ser tal, que no afee las calles, y se colocarán de conformidad con la seguridad pública, de tal modo que no constituyan un peligro para la misma, de acuerdo con un plano aprobado por las autoridades provinciales o municipales correspondientes, representadas respectivamente por el gobernador provincial o presidente municipal, según sea el caso, y dicho concesionario suministrará potencia, alumbrado y calefacción eléctricos a cualquiera que los solicite, dentro d~ los quince dias después de la fecha Q.e la solicitud, siguiendo el orden correlativo de las solicitudes hasta el limite de la fuerza que pueda desp.rrollarse en la fábrica del concesionario que será fijado por el ingeniero electricista de la Comisión de Servicios Públicos a petición de dicho concesionario, y si la demanda de la potencia, calefacción y alumbrado eléctricos excediere en alguna época de la fuerza que se pueda desarrollar en su fábrica, el expresado concesionario aumentar4 la fuerza de la misma para atender a la demanda, de acuei-do con lo que decida la Comisión de Servicios Públicos, o su legítimo sucesor: Entendiéndose, sin embargo, Que si el punto en que la luz, calefacción o potencia eléctricos se han de suminiStrar, está a una distancia mayor de treinta metros de las lineas o alambres explotados por dicho concesionario, éste no estará obligado a facilitar dicho servicio. • ART. 3. Todos los aparatos y accesorios que emplee el concesionario serán modernos y de primera clase bajo todos los conceptos y los citados alambres estarán aislados y cuidadosamente conectados y ·amarrados, de modo que no puedan estar en contacto directo con ningún objeto por medio del_ cual pudiera formarse una c~nexión terrestr~, haci!nd~se el tendido en la forma que no interrumpa el libre transito de dichaS calles y vias públicas, ni cause daños al público, peligro de incendios o per~~icios e incomodidade~ a l~ duenos de propied~des: Entendiendos~,, Que el conc.~1onario estará siempre suJeto en la conservacion y explotac1on de su planta y sistema de transmisión y disti:,ibución de . corrientes eléctricos a los reglamentos prudenciales que dicten en 18; ~a­ teria el concejo municipal de Stlang y la J.unta Provmc1al de Ca vite, y, además, a los reglamentos prescritos por el National Electrical Code of Fire Underwriters Rules de América: Entendiéndose, además, Que si la Legislatura Filipina, previa recomendación de la Comisión de Servic~os Públicos o su legítimo sucesor, así lo ordenase, el conces10nar"io colocará por su propia cuent.a dichos alambres en tubos o conductos subterráneos sin costo alguno o perjuicio para el "municipio arriba nombrado. A.RT. 4. Siempre que sea necesario para la colocación de 1oS citados postes, levantar alguna parte de las aceras o hacer. excavaciones en el suelo de las aceras de las calles o vías :Públicas, el concesionario, después que los postes hayan sido colocados, hará sin demora volver a colocar dichas aceras en la forma debida o arreglar dichas calles o vias públicas, quitando de las mismas todos los escombros, tierra, basura, u otros materiales que hayan sido colocados alli, sacados o extraidos para la colocación de los citados postes, dejándolos en tan buen estado como estaban antes de efectuarse el trabajo, y siempre que por ensanche de carreteras, acordado por la junta provincial de Cavite, o por ensanche de calles o plazas acordado por el concejo municipal del municipio arriba nombrado, sea necesario cambiar la colocación de los expresados Postes, este cambio lo harán el concesionario, sus sucesores y cesionarios, a sus expensas, sin demora alguna y en loS sitios que designe dicha junta provincial o dicho conaejo municip_al. ART. 5. 'Siempre que una persona haya obtenido permiso para usar alguna de las calles o vias públicas del municipio arriba nombrado con el objeto de trasladar algún ed'ificio, o para la ejecución de alguna obra municipal, o por cualquier otro motivo justificado que haga necesario levantar o quitar alguno o algunos postes o alambres conductores .de electricidad, que pudieran obstruir el traslado de dicho edificio, o impedir la ejecución de la citada obra, el concesionario previo aviso por eScrito del presidente municipal de dicho municipio, servido con anticipación de cuarenta y ocho horas, por lo menos, el mismo concesionari9, levantará o quitará cualquiera. de dichos alambres que pudiera estorbar la ejecución de dicha obra o impedir el traslado de dicho edificio de manera que se deje libre y sin obstrucción el paso de dicho edificio o la ejecución de la citada obra, debiendo pagar la persona o entidad, a cuya instancia haya sido movido el e0dificio o haya sido ejecutada la obra, una mitad del costo verdadero de levantar o quitar los postes y alambres y otros conductores aéreos o subterráneQli, y de volver a colocarlos. El aviso se servirá en la forma ordinaria y en el caso de que el concesionario rehusare o dejare de cumplir lo requerido en dicho aviso, el expresado presidente municipal, después de obtener la debida aprobación de su concejo municipal, ordenará que se levanten O· se quiten dichos posteS' o alambres por cuenta del . concesionario para los fines arriba mencionados: Entendiéndose, sin embargo, Que el concesionario puede apelar de cualquier decisión de esta clase a la Junta Provincial de Cavite, cuya decisión será final. ART. 6. El concesionario será responsable al municipio arriba nombrado por cualquier perjuicio por todas las reclamaciones que surjan de accidentes de personas o cosas a consecuencia de la construcción de las obras hechas en virtud de este privilegio, o por -cualquier negligenciá o falta de con. servar dichos postes o alambres en condiciones de se.litllridad. A.RT. 7. El concesionario presentará al SecretariO de Comercio y Comunicaciones su aceptación de las condiciones. de este privilegio dentro de los ciento veinte días a contar desde la fecha en que haya obtenido el certificado requerido en el articulo uno de esta ley, y empezará la ejecución de la obra que se ))ará bajo la inspeccion y aprobación del ingeniero electricista de la Conusión de Servicios Públicos de acuerdo con el plano, especificaciones y prosupuestos previamente aprobados por la Comisión de Servicios Públicos, dentro del plazo de seis meses a contar desde la fecha en' que se presentó dicha aceptación, a menos que sea impedidci para ello por un caso fortuito o de fuerza mayor, el poder usurpado o militar, la ley marcial, algún motín o sublevación u otra causa inevitable, y terminará el sistema y lo pondrá en explotación dentro de los dieciocho meses desde la fecha• de dicha aceptación y en lo sucesivo mantendrá uii servicio de primera clase de potencia, calefacción y alumbrado eléctricos: Entendiéndose, Que en consideración al privilegio concedido por la presente, el concesionario abonará trimestralmente a la tesorería municipal del municipio arriba nombrado el uno por ciento del ingreso bruto de su negocio eléctrico durante los treinta primeros añ,os, y el dos por ciento durante los veinte años restantes de la duración de este privilegio. ART. 8. El concesionario, al tiempo de presentar la aceptación mencionada en el articulo siete, como prueba de su buena fe y como garantía de que empezará ·et negocio del alumbrado, calefacción y potencia eléctricos y de que podrá estar completamente provisto de los equipos necesarios para ello y preparado para ponerlo en explotación según los tér~!~~:e:i~ ¡~t:u1~~n~e~!nCu~~f:raddeº~i!;d::e~~i~~eÍa d;r~ vincia de Cavite, mil pesos o bonos negociables de los Esta.dos Unidos u otros valores, aprobados por el Secretario de Comercio y Comunicaciones, del valor nominal de mil pesos: Entendiéndose, sin embargo, Que el depósito, si se hiciere en efectivo, podrá hacerse en un banco depositario del Gobierno en nombre del concesionario y sujeto a la orden del Tesorero Insular, quien retendrá el certificado de depósito así heeho. En este caso así como en el caso de depósito de bonos negociables u otros valores, hehos según se dispone en este articulo, los intereses del depósito en efectivo o de los bonos o valores depositados, si los hubiere, pertenecerán al· concesionario. Si el citado concesionario rehusare, dejare o descuidare, a menos que lo impida un caso fortuito o de fuerza mayor, el enemigo público, el poder usurpado o militar, la ley marcial, algún motín, sublevación u otra causa inevitable, de .empezar. li;is tr~~aj_os p~ra. el ~ervicio de sumi11:istrar alumLEGISLA TURA FILIPINA 1541 brado, calefacción y potencia eléctricos dentro de los seis el Gobierno de las Islas Filipinas tendrá derecho a comprar meses a contar desde la fecha de la aceptación de este privi- el sistema de alumbrado eléctrico y todo su equipo y perlegio, o dejare de proveerse de los equipos necesarios y de tenencias, como se dispone en esta Ley, a un precio igual estar preparado para hacer funcionar dicho servicio dentro al verdadero valor que consta en Jos libros del concesionario de los dieciocho meses siguientes a la fecha de dicha acep- en la fecha de la compra, veinte años después de haber tación de acuerdo con los términos de este privilegio, entonces entrado en vigor esta Ley: Entendiéndose, además, Que en el depósito prescrito por este artículo en poder del Tesorero caso de alguna emergencia nacional que afecte y comproInsular, ya sea en efectivo ya en obligaciones u otros valores, meta la seguridad y orden público, el Gobierno de las Islas vendrá a ser propiedad del gobierno provincial de Cavite, por Filipinas tendrá derecho de posesionarse del sistema de vía de indemnización de daños y perjuicios por la infracción alumbrado eléctrico, como se dispone en esta Ley, y de exdel contrato tácito que envuelve la aceptación de este pri- plotarlo hasta .que haya pasado dicha emergencia. vilegio. Si el concesionario empezare el negocio de alum- ART. 15. La Comisión de Servicios Públicos, o su legítimo brado, calefacción y pot.encia eléctricos y estuviere preparado, sucesor, estará facultada, después de oír a los interesados, para hacer funcionar de acuerdo con los términos de est.e previa notificación y. mediante orden por escrito para deprivilegio dentro de los plazos fijados, el depósito prescrito clarar la caducidad y pérdida de este privilegio y de todos por este articulo, previa 'recomendación de la Comisión de los derechos inherentes al mismo, a consecuencia de la falta ~er~:~~~e;í!bll~~~1~/~f°c~~~!fu~:ri~~s°É~~=~~i~d:!~~o Q~~ ~~n::n;e:l~~~s, d: ~~1:E~i~u~01:1i:h:11:1:!ª s:eh:;: d:hl~i~ todo el tiempo durante el cual el concesionario hubiese estado directa y principalmente a caso fortuito o de fuerza mayor, imposibilitado de llevar a cabo los términos y condiciones de o enemigo público. Contra la declaración de caducidad o este privilegio por alguno de los motivos arriba nombrados, pérdida de ·este privilegio, hecha por la Comisión de Serse aumentará al tiempo concedido por este privilegio para vicios Públicos, o su legítimo sucesor, podrá utilizar Y encumplir sus disposicibnes. tablar el concesionario los remedios de revisión prescritos · ART. 10. El municipio arriba nombrado tendrá el privilegio en el artículo treinta y cinco de la Ley Número Tres mil sin remuneración de usar los postes del concesionario con ciento ocho, según está enmendada. el fin de instalar, mantener y explotar un sistema de teléfonos ART. 16. En cualquier tiempo después de veinte años a de policía y de alarma. contra incendios pero los alambres de contar desde la fecha de esta Ley, el Gobierno de las Islas dicho sistetna de teléfonos y alarma se colocarán y tenderán Filipinas, 0 de cualquiera.._ subdivisión política: del mismo a de tal modo que no impidan ni ~erjudiquen los alambres del quien corresponda este derecho, podrá comprar, y el concesioservicio eléctrico del concesionano. nario venderá todas sus instalaciones, postes, alambres, edifiART. 10. Este privilegio se concede en la inteligencia y cios, bienes raíces y todas las demás propiedades usadas en el bajo la condición de que estará sujeto a ser reformado, al- disfrute de este privilegio, a un precio basado en las gananterado o derogado por el Congreso de los Estados Unidos cías netas del concesionario, determinándose este precio, desCºo~:r::o '!:;~b:d:n ele1v~~t;~~:veve~~ti~~~~toded¡a mTue~o~:~ ' r~:~ ~u;;~~~. l~~e P!°J!:;, -~:OJª J~;:ate d:~:b~:os~e.1;: cientos dieciséis, titulada "Ley para declarar el propósito decisión adóptada por una mayoría de los miembros de la de los Estados Unidos con respecto a la futura condición misma, será definitiva. . política del Pueblo de las Islas Filipinas y establecer un ART 17. Los precios del servicio de la luz tanto por .iibono Gobierno más autónomo para aquellas Islas," o por la Le- (/lat T~te) como por contador (meter rote) que _fije el congislatura Filipina, y estará sujeto en todos los respectos a cesionario estarán siempre sujetos.. a las reglas dictadas por las restricciones para corporaciones y concesiones de privi- la Ley de la Legislatura Filipina, o por _las entidades o legio, contenidas en dicha Ley del Congreso, y todos los autoridades autorizadas, por la ley, y en ningún caso exceterrenos y derechos de uso y ocupación de terrenos, obtenidos derán de cuarenta centavos por kilowatt hora, Entend~ndose, en virtud de este privilegio, rnertirán cuando termine a Que sólo tetidrán derecho a que se les provea de contador los Gobiernos Insular, provincial o municipal que fueren los abonados que en un solo edificio tengan instalados más de propietarios de los mismos en la fecha de la concesión, y ocho portal u ces ( outlets). todas.las propiedades del conce.onario usadas en conexión ART. 18. Siempre que en este privilegio se emplee la p~la­ con este privilegio pasarán a ser propiedad del Gobierno· bra "concesionario" se entenderá que se refiere a Pedro G1r6n Insular. a sus representantes, sucesores o cesionarios. ART. 11. Queda prohibido el concesionario emitir acciones ART. 19. Esta Ley tendr• efecto en cuanto sea aprobada. Íey~~~~;~~n~ c~i:nb%rt;: e::!ti;:~:fJlictroes:~~tqpr~~ied!d Aprobada, a una valoración equitativa igual al valor par de las acciones El PRESIDENTE PRO TEMPORE. Tiene la palabra el u obligaciones emitidas y previa autorización de la Comisión ponente del proyecto. de Servicios Públicos. Tampoco podrá emitir el concesionario As_C:.io~r lo:burr:;o;esc::nl::ªJeld~0~;~~~~~~Í~ estarán INFORME ORAL DEL PONENTE, SR. DIZON siempre sujetos a la inspección del tesorero provincial de 'sr. DIZON. Señor Presidente, creo que para la Cavite, o de su representante autorizado, y será deber del aprobación de este proyecto de ley no ~ndré ~ece­ concesionario presentar trimestralmente al tesorero provin- sidad de decir muchas palabras. Todos los m1em~~to~el;ci~~:'s ~~~r:s~~~~:~teiu~l d:;r~::t~!n a!~~rl:rgr;s~¡ bros de la Cámara conocen las condiciones uniformes estado general del negocio, una de las cuales será enviada en que desde un principio se han concedido franquipor el tesorero provincial ·al Auditor Insular, quien la archi- cias a los concesionarios que las han pedido par~ vará. la instalación de alumbrado público. Todo el mundo edit~s, 1~i.s!1:~i~:S;:n:i~:ufu~~:: ~orde:ás b;~:;ie~~íd!! también, señor Presidente~ eonoce los beneficios que muebles los mismos impuestos que exige 0 más adelante reporta el alumbrado P4J?ljqo. para una lo~lidad. exigiere la Ley a las demás personas. Todo el mundo sabe que. la d-e:ct.ricidad es el s1mbolo ART. 14. El concesionario no podrá arrendar, ceder, ven- de la civilización. Dondei'~é:'eneuentra' y se esta.1!::· p;~~i:d:d~s 0y d::re~ho:s:l~i!fdo~si:n P;f;:~dgi~e{ m~sC:~ blece la electrü;idad, se n!Q't;il· Que en esa localidad a cualquiera persona o corporación sin previa autorización aumenta la civjlizacióh. ·'·El concesionario, Señor de la Comisión de Servicios Públicos: Entendiéndose, Que Presidente, en.este proyecte: de ley, no podrá propara dicho arriendo, cesión .• venta, traspaso o dación en ceder inmediatamente a gOzar de esta franquic;ia, ~::tZri~tod:s c~:;;:i~a Y 1C:!~S:k~~~~~s e'de1ªu~~~i~:e:i~ ::; a menos que se consiga primeramente la licencia escrito en que se obligue ta persona o corporación a cuyo correspondiente de la Oficina del Servicio Público, favor se hiciere el mencionado arrendamiento, cesión, venta, y a menos que el concesionario cU.mpla primeramente traspaso o daci6n en usufructo, a cumplir con todos los las condiciones establecidas en eSte mismo proyecto !~~~~~:lo; :~:P~~º~fªpj~y:;¡0to:uj:lo c:n:d~~k,~ioté~~~n:~ de· ley y las condiciones establecidas por las leyes y con<Uciones vigentes: Entendiéndose, sin embaTgo, Que vigentes~ · 1542 DIARIO DE SESIONES Se trata, pues, señor Presidente, de una franquicia solicitada por Pedro Girón, para construir, mantener y explotar un sistema de alumbrado, calefacción y potencia eléctricos en el municipio de Silang, provincia de Cavite. Por tanto, señor Presidente, conocidos ya por todos los miembros de la Cámara los beneficios que reporta la instalación del alumbrado eléctrico en una localidad, pido que se apruebe este proyecto. . 1 Sr. PERFECTO (G.). Señor Presidente, para una pregunta al orador. Eil PRESIDENTE PRO TEMPORE. El orador puede contestar, si le place. Sr. DIZON. Sí, sefior. Sr. PERFECTO (G.). Según recuerdo, parece que algUnos miembros de esta Cámara, entre ellos el mismo autor del proyecto, han presentado un proyecto autorizando a la Manila; Electric para establecer el mismo servicio que se trata de establecer por este solicitante en la provincia de Cavite y en la provincia de Bulacán. Sr. DIZON. Deseo informar al Caballero por Manila, que también este servidor es uno de los autores del proyecto. a que se ha referido, pero dicho proyecto solamente concede una franquicia a la Ma.n.ila. Electric hasta el munic~pio de Tanza, Cavite, no estando comprendido en aquel proyecto el municipio de Silang. Es tOdo. El PRESIDENTE PRO TEMPORE. ¿Puede pasar el proyecto a tercera lectura? La CÁMARA. Sí. El PRESIDENTE PRO TEMPORE. Léase el título del proyecto. El CLERK DE ACTAS, leyendo : Ley concediendo a Pedro Gir6n, un privilegio para instalar, explotar y mantener en el municipio de Silang, provincia de Cavite, Islas Filipinas, un sistema de alumbrado, calefacción y potencia eléctricos. El PRESIDENTE PRO TEMPORE. Los que estén en favor del proyecto, digan sí. La CÁMARA. Sí. El PRESIDENTE PRO TEMPORE. Los que estén en contra, digan no. (Silencio.) Aprobado. Está en orden el Proyecto de Ley No. 2912 de la Cámara. FRANQUICIA DE ALUMBRADO A FAVOR DE "ELECTRA CASTELLANA'' El CLERK DE ACTAS, leyendo: PROYECTO DE LEY NO. 2912 DE LA CÁMARA [Presentado por el Representante Nepoinucenol NOTA EXPLICATIVA El adjunto proyecto, convertido en Ley, producirá efectos mejores tanto para el Gobierno como para el municipio de La Castellana, de la provincia de Negros Occidental. Es grande la utilidad que el alumbrado reportaria a los residentes del mem::ionado municipio, y no es menos el benefi.cio que rendiría al Gobierno por las rentas que se derivarán de la concesión del privilegio a la "Electra Castellana," Sociedad Incorporada. · . Huelga hacer constar aqui el buen aspecto que presentarán las calles públicas del municipio arriba mencionado, si se realiza el plan de la citada "Electra Castellana" de explotar un sistema de alumbrado, calefacción y potencia eléctricos en el mencionado municipio, lo que significaré. un avance más en su actividad comercial. Por las razones arriba expuestas, el autor del adjunto proyecto de ley pide a la Cámara la aprobaeíón del mismo. (Fdo.) RICARDO NEPOMUCENO Repres~twnte por Marinduque LEY CONCEDIENDO A LA "ELECTRA CASTELLANA," SOCIEDAD INCORPORADA, UN PRIVILEGIO PARA INSTALAR, EXPLOTAR Y MANTENER EN EL MUNICIPIO DE LA CASTELLANA, DE LA PROVINCIA DE NEGROS OCCIDENTAL, ISLAS FILIPINAS, UN SISTEMA DE ALUMBRADO, CALE~'AC­ CI6N Y P\)TENCIA ELJ!:CTRICOS. El Sena.do y la, Cámara. de Representantes de Filipinas constituidos en Legisla.tura, y por autoridad de la. misma decretan: ARTÍCULO l. Sujeto a las condiciones que establece esta ley y a las disposiciones de la Ley Número Tres mil ciento ocho y sus enmiendas que sean aplicables, por la presente se concede a la "Electra Castellana," Sociedad Incorporada, el derecho, privilegio y autorización, por un períódo de cincuenta años ~ contar desde la aprobación de esta Ley, para construir, mantener y explotar un sistema de alumbrado, calefacción y potencia eléctricos con el objeto de producir y distribuir luz, calórico y fuerza motriz para su venta dentro de los limites del municipio de La Castellana, de la pro~a~i~ª ~~d~~de~:~:d:ri:!~e~~!s y F~!f!il:~o ~~ i~~:~!~: extender y mantener en todas las calles, vias públicas, puentes y lugares públicos dentro de los expresados limites, los postes, conductores, interruptores, transformadores, cables, alambree y otros aparatos suspendidos, así .como cuantos accesorios y aparatos fueren menester, para el sumirustro y distribución de flúido eléctrico, y para surtir, vender y facilitar . flúidos eléctricos a cualquiera persona, corporación o ~ntidad pública o privada dentro de los referidos límites para usos provinciales, municipales, domésticos o de fabri~ie~~~cÍda~~r; :!~1~~e~::~º¡i!!;~n:r q;erfc~~~~rª~~~a~~riJ: de precios convencionales por el uso de dicho flúido eléctrico: Entendiéndose, Que esta concesión no tendrá efecto hasta que la concesionaria haya obtenido de la Comisión de Servicios Públicos un certificado acreditativo de la pública n~cesidad f conveniencia de la misma, según el objeto del artículo quince, inciso (i), de la Ley Número Tres mil ciento ocho, tal como está enmenflada, y haya presentado dicho certificado al Secretario de Comercio y Comunicaciones al :~~~i:ro:::ia P~~vi;~:~t!'sesn¡e¡:'to!fsi6n "7:t~~ci:s s~~~ ~~ific~~ºd~:~~~n3~jn;fa::!!l!t~ei~:s~:i:n~~n;~:X/e~dsea1: fecha de la aprobac1on de esta Ley, quedará nulo y sin efecto este privilegio. ART. 2. Los postes que la concesionaria levante serán de tal altura que puedan sostener los alambres tendidos sobre los mismos a una distancia, por lo menos, de veinte pies de alto sobre el nivel del terreno y su aspecto deberá ser tal que no afee las calles, y se colocarán de·conformidad con la seguridad pública, de tal modo que no constituyan un peligro para la misma, de acuerdo con un plano aprobado por las autoridades provi~ciales o municipales correspondientes, representadas respectivamente por el gobernador provincial o presidente municipal, según sea el caso, y dicha concesionaria suministrará potencia, alumbrado y calefacción eléctricos a cualquiera que los solicite, dentro de los quince dias des,1>ués de la fecha de la solicitud, siguiendo el orden correlativo de las solicitudes hasta el limite de la fuerza que pueda desarrollarse en la fábrica de la Concesionaria que será fijado por el ingeniero electricista de la Comisión de Servicios Públicos a petición de dicha concesionaria; y si la demanda de la potencia, calefacción y alum)lrado eléctricos excediere en alguna época de la fuerza que se pueda desarrollar en d! f!b~\~~a p!~:Z-::!de;o:cf:ide:!~d!~~=n~~:r~~ !:~r¡~ que decida la Coinisión de Servicios Públicos, o su legítimo sucesor: Entendiiént:Wse, sin embargo, Que si el punto en que la luz, ~lefacción o potencia eléctricos se han de suministrar, está a una distancia mayor de treinta metros de las líneas o alambres explotados por dicha concesionaria, ésta no estará obligada a facilitar dicho servicio. ART. 3. Todos los aparatos y accesorios que emplee la concesionaria serán modernos y de primera clase bajo todos los conceptos y los citados alambres estarán aislados y cuidadosamente conectados y amarrados, de modo que no puedan estar en contacto directo con ningún objeto .por medio del eual pu.diel!a fol111larse una conexión terrestre, haciéndose el tendido en ,la. forma que no interrumpa el libre tránsitn LEGISLATURA FILIPINA 1543·· de dichas calles y vías públicas, ni caµse daños al público, peligro de incendios o perjuicios o incomodidades a los dueños de propiedades: Entendiéndose, Que la concesionaria estará siempre sujeta en la conservación y explotl8.ción de su planta y sistema de transmisión y distribución de corrientes eléctricas a los reglamentos prudenciales que dicten en la materia el concejo municipal de La Castellana y la Junta Provincial de Negros Occidental, y, además, a los reglamentos prescritos por el NATIONAL ELECTRICAL CODE OF FIRE UNDERWRITERS RULES de América: Entendiéndose, además, Que si la Legislatura Filipina, previa recomendación de la Comisión de Servicios Públicos o su legitimo sucesor, asi lo ordenase, la concesonaria colocará por su propia cuenta dichos alambres en -tubos o conductos subterráneos sin costo algllno o perjuicio para el municipio arriba nombrado. ART. 4. Siempre que sea necesario para la colocación de los citados postes, levantar alguna parte de las aceras o hacer excavaciones en el suelo de las aceras de las calles o vías públicas, la concesionaria, después que los postes hayan sido colocados,. hará sin demora Volver a colocar dichas aceras en la forma debida o arreglar dichas calles o vías públicas, quitando de las mismas todos los escombros, tierras, basura, u otros materiales que hayan sido colocados alli, sacados o extraídos para la colocación de los citados postes, dejándolos en tan buen estado como estaban antes de efectuarse el trabajo, y siempre que por ensanche de carreteras, acordado por la junta provincial de Negros Occidental, o por ensanche ~~ci;i~e~:r&1:z~~:b~~t~ºs::r ne~c:::ri~º C:.:bf:~i~ d:!1:~:. ción de los expresados postes, este cambio lo harán la concesionaria, sus sucesores 'l. cesionarios, a sus expensas. sin demora alguna y en los sitios que designe dicha junta provincial o dicho concejo municipal. ART. 5. Siempre que una persona haya obtenido permiso para usar alguna de las calles o vías públicas del mwrlcipio arriba nombrado con el objeto de trasladar algún edificio, o para la ejecución de alguna obra municipal, o por cual:~{:r º!1i~1:~ti:ºa/;::!ca::~:e o h:f:mh~::s~~~d=~~ d~ electricidad', que pudieran obstruir el traslado de dicho edificio, o impedir la ejecución de la citada obra, la concesionaria previo aviso por escrito del presidente municipal de dicho municipio, servicio con anticipación de cuarenta y ocho ~~;.8;l~~a~~uÍe~~º¿e ªd/:hC:i~T~~~~e:::ª~d'ie~:ª:S~~ta~ la ejecución de dicha obra o impedir el traslado de dicho d~1~i~h:ee~~f:~ )'!,e !fe:~ió!ibJ:· fa s~~t:l:trob~~~nd:~i~:d: pagar la persona o entidad, a cuya instancia haya sido movido el edificio o haya sido ejecutada la obra,, una mitad del cogto verdadero de levantar o quitar los postes y afambres y otros conductores aéreos o subtarráneos y de volver a co· Iocarlos. El aviso se servirá en la forma ordinaria y en el caso de que la concesionaria rehusare o dejare de cumplir lo requerid.o en dicho aviso, el expresado presidente municipal, después de obtener la debida aprobación de su concejo ::n~c!.:)!!:ibº:e~e;~~á c~!:t:ed!ei!~~:C:si:iir~~te;'a:~cfg: ¡::; arriba¡ mencionados: Entendiénclose, sin embargo, Que la concesionaria puede apelar de cualquier decisión de esta clase a la junta provincial de Negros Occidental, cuya decisión será final. ART. 6. La concesionaria, será responsable al municipio arriba nombrado por cualquier perjuicio por todas las reclamaciones que surjan de accidentes de personas o cosas a consecuencia de la construcción de las obras hechas en virtud de este privilegio, O por cualquier negligencia o falta de conservar dichos postes y alambres en condiciones de seguridad. A.RT. 7. La concesionaria presentará al Secretario de Comercio y Comunicaciones su aceptación de las condiciones de este privilegio dentro de los ciento veinte días a contar desde la fecha en que haya obtenido el certificado requerid.o en el artículo uno de esta Ley, y empezará la ejecueión de la obra que se hará bajo la inspección y aprobación del ingeniero electricista de la Comisión de Servicios Públicos de acuerdo con el plano, especificaciones y presupuestos previamente aprobados por la Comisión de Servicios Públicos, den· tro del plazo· de seis meses a contar desde la fecha en que se presentó dicha aceptación, a menos que sea impedido para ~~1tlop~r ~¡}i~~~1f}~ui:a:c~i. f~= :~Íf:1°'o e!ut~:.:!c:6~r~ otra causa inevitable, y terminará el sistema· y lo pondrá. en explotaci6n dentro de los diez y ochQ meses desde la fecha de dicha aceptación. y en lo sucesivo mantendrá un servicio ·de primera clase de :Potencia, calefacción y alumbrado eléctricos: Entendiéndose, Que en consideración al privilegio concedido por la presente, la •concesionaria abonará trimes· tralmente a la tesorería municipal del municipio arriba nombrado .el uno por ciento del ingreso bruto de su negocio eléc· trico durante los treinta primeros años, y el dos por ciento durante los veinte años restantes de la duración de este privilegio. · ART. 8. La concesión del derecho, privilegio y autorización mencionados en los artículos anteriores, no tendrán efecto a menos que la concesionaria acepte por escrito y haga. parte de esta concesión la condición siguiente, a saber: Que la concesionaria, y sus sucesoires y cesionarios mani· festarán por escrito, en su aceptación de esta franquicia, que están enterados de la aspiración del pueblo Filipino a constituirse en nación libre e independiente; y que la concesionaria y sus sucesores y cesionarios se obligan a no dedicarse ni ayudar, por medio de contribución pecuniaria o en cualquier otra forma, a ninguna tentativa contraria a dicha aspiración. ART. 9. La concesionaria, al tiempo de presentar la aceptación mencionada en el artículo siete, como prueba de su buena fé y como garantía de que empezará el negocio del alumbrado, calefacci6n y potencia eléctricos y de que podrá estar completamente provisto de los equipos necesarios para ello y preparado para ponerlo en explotaci6n según los términos de esta concesión, tendrá depositados en poder de la Tesoreria Insular o de cualquiera de sus agentes en la provincia de _Negros Occidental, mil pesos o bonos negociables de los Estados Unidos u .ptros valores, aprobados por el Secretario de Comercio y Comunicaciones, del valor nominal de mil pesos: Entendiéndose, sin embargo, Que el depósito, si se hiciere en efectivo, podrá hacerse en un banco depo· sitario del Gobierno en nombre de la concesionaria y sujeto a la orden del Tesorero Insular, quien retendrá el certificado de depósito así hecho. En este caso así como en el caso de depósito de bonos negociables u otros valores, hechos según se dispone en este articulo, los intereses del dep6sito ~n efectivo o de los bonos o valores depositados, si los hubien, pertenecerán a la concesionaria. Si la citada concesionaria rehusare, dejare o descuidare, a menos que lo impida un caso fortuito o de fuerza mayor, el enemigo público, el poder usurpado o militar, la ley marcial, algún motín, sublevación u otra causa inevitable, de empezar los trabajos para el servicio de suministrar alumbrado, calefacción y potencia eléctricos dentro de Jos seis meses a contar desde la fecha de la aceptación de este privilegio, o dejare de proveerse de los equipos necesarios y · de estar preparada para hacer funcionar dicho servicio dentro de los diez y ocho meses siguientes a la fecha de dicha aceptación de acuerdo con los términos de este privilegio, entonces el depósito prescrito por este articulo en poder del Tesorero Insular, ya sea en efectivo ya en obligaciones u otros valores, vendrá a ser propiedad del gobierno provincial de Negros Occidental, por vía de indemnizaci6n de daños y perjuicios por la infracción del c1;mtrato tácito que envuelve la aceptación de este privilegio. Si la concesionaria empezare el negocio de alumbrado, calefacción y potencia eléctricos y estuviere preparada para hacer funcionar de acuerdo con los términos de este privilegio dentro de los plazos fijados. el depósito prescrito por eSte articulo; previa. recomendación d_e la ~misión de Servicios Públicos o de su legitimo sucesor, será devuelto poi- la Tesorería Insular a la concesionaria: Enttmdiéndose, Que todo el tiempo durante el cual la concesionaria hubiese estado imposibili· tada de llevar a cabo los términos y. condiciones de este privilegio por alguno de los motivos ari-i.ba nombrados, se aumentará al tiempo concedido por este privilegio para cum~ plir sus disposiciones. ART. 10. El municipio· arriba nombrado tendrá el privilegio sin remuneración de usar los postes de la concesionaria con el fin de instalar, mantener y explotar un sistema de teléfonos de policía y de alarma contra incendios; pero los alambres de dicho sistema de teléfom~s y alarma se colocarán y tenderán de tal modo que no impidan ni perjudiquen los alambres del servicio eléctrico de la concesionaria. ART. 11. Este privilegio se concede en la inteligencia y bajo la condición de que estará sujeto a ser reformado, alterado o derogado por el Congreso de los Estados Unidos como se dispone en el articulo veintiocho de la Ley del Congreso aprobada el veintinueve de agosto dé mil novecientos 1544 DIARIO DE SESIONES dieciséis, titulada "Ley para declarar el propósito de los Estados Unidos con respecto a la fu\ura condición política del pueblo de las Islas Filipinas y establecer un Gobierno· más autónomo para aquellas Islas," o por la Legislatura Filipina, y estará sujeto en todos los respectos a las restricciones para corporaciones y concesiones de privilegio, contenidas en dicha Ley del Congreso, y todos los terrenos ~irf~~ec3:s es~ ~~ivifegf~~pr~~:~tir~~ t::d~s, t:r~~~!d°: 1!~ ~i~~~e;¡~;s d!01~~1~is:i~~v~r:ici~ ;echaªd~if:1coii~~JJ1:,r;n tlJ:; las propiedades de la concesionaria usadas en conexión con este privilegio pasarán a ser propiedad del Gobiernc;i Insular. ART. 12. Queda prohibido a la concesionaria emitir acciones u ·obligaciones en virtud del privilegio prescrito en esta ley, excepto a cambio de efectivo metálico o por propiedad a una valoración e9.uitativa igual al valor par de las acciones u obligaciones emitidas y previa autorización de la Comisión de Servicios Públicos. Tampoco podrá emitir la concesionari8. acciones y obligaciones en lugar de dividendos. ART. 13. Los libros y cuentas de la concesionaria estarán siempre_ sujetos a la inspección del tesorero provincial de Negros Occidental, o de su representante autorizado, y será de~r de la concesionaria presentar trimestralmente al tesorero provincial relaciones por duplicado que demuestren los ingresos brutos y netos .correspondientes al trimestre anterior y el estado general del negocio, una de las cuales será enviada por el tesorero provincial al Auditor Insular, quien la archivará. ART. 14. La concesionaria pagará por sus bienes raíces, edificios, instalaciones, maquinarias y demás propiedades muebles los mismos impuestas que exige o más adelante exigiere la Ley a las demás personas. ART. 15. La conCesionaria no podrá arrendar, ceder, vender, traspasar o dar en usufructo este privilegio y todas las propiedades y derechos adquiridos en virtud del mismo a cualquiera persona o -corporación sin previa autorización de la Comisión de Servicios Públicos: Entendiéndose, Que para dicho arriendo, cesión, venta, traspaso o dación en usufructo es necesaria la presentación -en la Oficina dd Secretario de Comercio y Comunicaciones de un convenio por escrito en que se obligue la persona o corporación a cuyo favor se hiciere el mencionado arrendamiento, cesión, venta, traspaso o dación en usufructo, a cumplir con todos los términos y condiciones impuestos a la concesionaria por el privilegio ~io~~e;~~e~lei~i~~~~:CZi,i:!d!:e,ª ~~~~o:g~Qu~º~i ÓobÍe~~~ de las Islas Filipinas tendrá derecho a comprar el sistema de alumbrado eléctrico y todo su equipo y pertenencias, como se dispone en esta Ley, a un precio igual al verdadero valor. que consta en los libros de la compañía en la fecha de la compra, veinte años después de haber entrado en vigor e.sta Ley:- Entendiéndt?se, ademá8, Que en caso de alguna emergencia nacional que afecte y comprometa la seguridad y orden público, él Gobierno de las Islas Filipinas tendrá derecho de posesionarse del sistema de alumb_rado eléctrico, como se dispone en e~ta Ley, y de explotarlo hasta que haya _pasado dicha emergencia. . ART. 16. La Comisión de Servicios Públicos, o su legítimo sucesor, estará facultada, después de oír a los interesados, previa notificación y mediante orden por escrito, para de-clarar la . caducidad y pérdida de ·este privilegio y de todos los derechos inherentes al mismo, a consecuencia de la falta de la concesionaria de cumplir con cualquiera de sus condiciones y términos, amenos que dicha falta se haya debido directa y principalmente a caso fortuito o de fuerza mayor, o enemigo . público. Contra la declaración de caducidad o pérdida de este pri\rilegio, hecha por la Comisión de Servicios Públicos, o su legitimo sucesor, podrá _utilizar y entablar la concesionaria los remedios de revisión prescritos en el articulo treinta y cinco de la Ley Número Tres mil ciento- ocho, según está enmendada. ART. 17. En cualquier tiempo después de veinte años a contar desde la fecha de esta Ley, el Gobierno de las Islas Filipinas, o de cualquiera subdivisión política del mismo a quien corresponda este derecho, podrá comprar, y la concesionaria venderá todas sus instalaciones, postes, alambres, edificios, bienes raíces y todas las demás propiedades usadas en el disfrute de este privilegio, a un precio basado en las ganancias netas de la concesionaria, determinándose este precio, después de oídas las pruebas, por la Corte .Suprema de las Islas Filit>inas, que actuará como Junta de Árbitros, cuya decisión, adoptada por una mayoría de los miembros de la misma, será definitiva. ART. 18. Los precios del servicio de la luz tanto por abono (fiat 1·aee) como por contador (metM- ra:te) que :fije la concesionaria estarán siempre sujetos a las reglas dictadas por la Ley de la Legislatura Filipina, o por las entidades o autoridades autorizadas, por la Ley, y en ningún caso excederán de cuarenta centavos por kilowatt hora: Entendiéndose, Que sólo tendrán derecho a que se les pro:vea de contador los abonados que en un solo edificio tengan instalados más de ocho portaluces (outlets.) ART. 19. Siempre que en este privilegio se emplee la palabra uconcesionaria" se entenderá que se refiere a "Elec!~~e~o~~i:l!ª~!~i!°::f:s~d Incorporada" o -sus representan~s, ART. 20. Esta Ley tendrá efecto en cuanto sea aprobada. Aprobada, El PRESIDENTE PRO TEMPORE. Tiene la palabra el Comité. Sr .. DIZON. Señor Presidente, siendo las condiciones impuestas en este proyecto las mismas o idénticas a las del proyecto que acabamos de aprobar, todo lo que he dicho del proyecto anterior lo digo con respecto a este, pidiendo que se apruebe. Sr. PERFECTO (G.). Señor Presidente, para algunas preguntas al orador. El PRESIDENTE PRO TEMPORE. El orador puede contestar, si le place. Sr. DIZON. Sí, señor. Sr. PERFECTO (G.). ¿Se establece en el proyecto el término dentro del cual debe aprovechar el concesionario el privilegio? Sr. DIZON. Hay un plazo de tres meses. Sr. PERFECTO (G.). ¿Y si dentro de tres meses el concesionario no se aprovecha de la concesión? Sr. DIZON. Pierde la franquicia. Sr. PERFECTO (G.). ¿Consta esto en el proyecto anterior? Sr. DIZON. Sí, señor, y en todos los proyectos si·milares. Pido que se apruebe el proyecto. El PRESIDENTE PRO TEMPORE. ¿Puede pasar el proyecto a tercera lectura? La CÁMARA. Si. El PRESIDENTE PRO TEMPORE. Léase el titulo tlel proyecto. El CLERK DE ACTAS, leyendo: Ley concediendo a la "Electra Castellana" Sociedad Incorporada un privilegio para. instalar, explotar y mantener en el municipio de la Castellana, de la provincia de Negros Occidental, Islas Filipin,as, un sistema de alumbrado, calefacción y potencia eléctricos. · El PRESIDENTE PRO . TEMPORE. Los que estén en favor del proyecto, digan sí. Lá CÁMARA. Sí. El PRESIDENTE PRO TEMPORE. Los que estén en contra, digan no. (Süencio.) Aprobado. MOCIÓN CONFESOR Sr. CONFESOR .. Señor . Presidente, quisiera pedir a la Cámara Q.ue se considere el Proyecto de Ley No. 2472 de la Cámara señalado para este día, antes tle la Resolución sobre el arroz. Este proyecto de ley fué aprobado el año pasado, pero por algunos defectos fué vetado por el Gobernador General. El PRESIDENTE PRO TEMPORE. La cuestión es la moción del.· Caball~ro 'por Iloílo. ¿Hay alguna objeción a dicha moción? (Süencio.) LI} Mesa no oye ninguna. Aprobada. Está en orden el ProLEGISLA TURA FILIPINA 1545 yecto de Ley No. 24 72 de la Cámara. Léaae el proyecto. PROHIBICIÓN DE LA DISMINUCIÓN EN EL PESO O MEDIDA EN LAS TRANSACCIONES SOBRE PRODUCTOS DEL PAIS. . El CLERK DE ACTAS, leyendo : PROYECTO DE LEY NO •. 2472 DE LA CÁMARA [Presentado pro el Representante Sabido] NOTA BXPLICA'HV4 De algún tiempo a esta pa:i:-t;e, se ha venido observando por algunos comerciantes de algunas provincias, sobre todo de la provincia de Albay en las transacciones de venta de f!~~~erc':fnr~es~u:!~8o ~~tu~~ió~ =~m~~a;::~ ~~ ¡rpá:~~Íen~ y a veces hasta de 10 por ciento con grave daño y perjuicio de Jos intereses del vendedor. Los fectos perniciosos de semejante práctica suben de punto si se tiene en cuenta que muchos compradores, aprovechándose de la ignol'ancia de las masas, llegan a imponer no solamente un descuento de 3 por ciento ó 10 por ciento sino algo más, re,!Jultando de esta manera que los pobres productores se hallan no solamente a merced de los caprichos del agiotismo, sino de la poca escrupulosidad de algunos comerciantes logreros. Para remediar este mal se presenta el proyecto de ley que ya en la Sexta Legislatura fué aprobado por la Cámara. (Fdo.) PEDllO SABIDO Representante, PrVme1· Di.st1'ito, Albay LEY Di~~u~1k°TigBl J'itDU~~~g~c1i?~ EE ~i1tJ'%u~EfDmA DE LAS TRANSACCIONES DE CONTROVERSIA DE ABACA, COPRA, TABACO, MAGUEY, PALAY, AZOCAR, MADERA U OTROS PRODUCTOS. El Senado 11 la Cámara de Re,,,.esentantes de Filipinas constitu.ídos en Legi.sla,tura y por autoridad de la. misma decreta,n: AaTfcuLO l. Por la presente será considerada ilegal la imposición de cualquier descuento o deducción en el peso o medida en las transacciones de venta de abacá, copra, tabaco, maguey, palay, azúcar, madera u otros productos, dentro de las Islas Filipinas, por parte del comprador o de su agente. AltT. 2. Cualquiera infracción de esta Ley será penada con una multa 9ue no exceda de seiscientos pesos o prisión no mayor de seis meses o con ambas penas a la vez a discreción del Tribunal. AltT. 3. Esta Ley entrará en vigor en cuanto sea aprobada. Aprobada, Sr. CONFESOR. Señor Presidente, el Comité desea hacer una corrección al efecto de que d~spués de la palabra "agente" que aparece en la línea 6, página 1 del proyecto, debe insertarse la siguiente cláusula: "a menos que el valor de dichos productos se desmerezca por razón de su calidad, trabajo y reparación." El PRESIDENTE PRO TEMPORE. ¿Hay alguna objeción a esta corrección? (Silencio.) La Mesa no oye ninguna. Ap~obada. Tiene la palabra el Comité. Sr. CONFESOR. Señor Presidente, el ponente del ~~:,ecto es el Representante por Anti que, S.r. Mos-, El PRESIDENTE PRO TEMPORE. Tiene la palabra el Caballero por Antique. INFORME ORAL DEL PONENTE, SR. MOSCOSO Sr. Moscoso. SeñOr Presidente, nuestro país es eminentemente agrícola; nuestras industrias, si bien rinden ingresos al Gobierno no puede compararse su c;lase y extensión con la agricultura, que es casi toda la ocupación de la inmensa mayoría de los habitantes de estas Islas. La introducción de los modernos im:Plementos de labor, el uso de métodos científicos en algunas partes de las Islas, fomenta nuestr~ agricultura y la constituye la fuente principal de su progreso económico y. social. No es un secreto para nadie, señor Presidente, que un país genuinamente agrícola, que produce o puede producir los artíc.ulos de. prime.ra necesidad para el consumo de sus habitantes, sin necesidad de importarlos de fuera, es un país con suficiencia propia, es estable. . Sr. DIZON. Señor Presidente, para algunas preguntas al orador. Sr. Moscoso. Me perdonará el Caballero por Laguna que le conteste después. (Prosiguiendo.) Señor Presidente, mientras los países industriales que para el consumo de sus habitantes dependen de productos importados a·· fin de mantener su equilibrio económico y . social han quedado exhaustos y rendidos ante· 1as imposiciones de otros países, cual a poco hubiera sucedido a Inglaterra du,rante la pasada guerra mundial, el pais agrícola por otro lado se. mantiene tranquilo e impertérrito, como hemos observado de No,rte-América durante dicha conflagración europea, ante las convulsiones sociales de los demás paises faltos de producción y de productos propios. Señor Presidente, creo que ha llegado el momento de que el Gobierno dedique más su atención a los sufridos hijos del suelo, a los soldados del campo, abnegados agricultores del país, promulgando medidas que tiendan a protegerles de las insanas prácticas del agiotismo logrero. Conviene que el G,.gbierno procure que el agricultor del país, que es el que principalmente surte al pueblo y al Gobierno de la savia necesaria para su existencia, pueda disponer del fruto de su sudor, del producto del terreno labrado con sus ya fatigados brazos, al precio que tengan en plaza según la demanda, sin las injustas deducciones en su peso o medida, que le impusieran algunos comerciantes sin escrúpulos. Se ha oído en todos los sectores de la opinión pública que nuestros jóvenes hoy día se muestran rehacíos a abrazar la carera del agro ; pero sabemos por otro lado, que no se le rodea al agricultor del país de todos los medios conducentes a proteger sus productos y el precio en que pueden ser ven-:didos en el mercado. A remediar dicho mal social y con el fin de ofrecer estimulos a los jóvenes del país que deseen dedicars~ a la más digna, a la más independiente, y a· la más· segura de las profesiones, que es la agricultra, solicitamos de la benevolencia de los distinguidos caballeros que integran este cuerpo legislativo, la aprobación del presente proyecto. Mr. MARCOS. Mr. Speaker, will the gentleman yield for sorne questions? El PRESIDENTE PRO TEMPORE. El orador puede contestar, si le place. Mr. Moscoso. Willingly. Mr. MARCOS. For example the buyer and the seller agree that there is a discount. Will that be penalized by the provisions of this law? 1546 DIARIO DE SESIONES Mr. Moscoso. Well, I believe that is their liberty of the contract. I would have no objection to have that come under the scope of the provisions of this bill, because the purpose is to avoid p_recisely any illicit agreement entered into which the buyers and pfoducers may devise. Mr. MARCOS. And I believe that is the very thing that is being d.one at present. There is an agreement between the buyer and the seller, for which reason a certain amount of the weight of the products is deducted from the gross weight. Mr. Moscoso. As I told the gentleman from Ilocos Norte, that is .the very point which, according to my personal opinion, is covered by the provisions of this bill, because if we have to legislate against undue deduction by the dealers on agricultura! products, we should provide for a111Y possible agreement which might reduce the price · which the producers may ha ve. . Mr. MARCOS. I wish to make the gentleman from Antique understand that I am in favor of the bill, but I am just' anticipating any probable objection. Mr. Moscoso. As I said, Mr. Speaker, the point raised by the gentleman from Ilocos Norte is covered by the bill; however, if tl!e gentleman from !locos Norte desires to make the provisions of this bill clearer, I think the committee would have no objection to accept his amendment. Mr. MARCOS. Does the gentleman from Antique want me to understand that we can present an. amendment to the effect that even those that come under the agreement are covered by the provisions of this bill under consideration? Mr. Moscoso. If the gentleman from Ilocos Norte thinks so, I would have no objection. Mr. MARCOS. According to the explanatory note this bill was appoved by the lower House during the 6th Legislature. Mr. Moscoso. Y es, sir. Mr. MARCOS. Do I undérstand that the provisions of that bill. approved by the Iower House during the 6th Legislature are the same as the provisions of this bill that is now under consideration? Mr .. Moscoso. Almost the same, except the allowance given to sorne objeetions against the wording of the old bill. Mr. MARCOS. Objected by the. Senate? . Mr. Moscoso. I think by the Governor-General, if I am not mistaken. Mr. MARCOS. Well, I believe that the Senate did not act upan this bill, because it says here, "fué aprobado por la Cámara." From this 1 deduce the fact that it was not approved by the Senate. Mr. Moscoso. I am not quite positive about that. I think it was approved by the Senate. Mr. MARCOS. The Senate did not act upon this. But 1 arn in favor of the bill, because in sorne instances these poor sellers are the real victims of seemingly good intentions of .these buyers. They suffer a great deal, I like to know what were the points objected to by the Senate, so that we would correct them this time. Mr. Moscoso. I think the objection of the Senate is already eliminated and this bill will meet favor· able action in the Senate. · Mr. MARCOS. Well, I am very glad for the information given me by the gentleman from Antique. Mr. Moscoso. I thank you. Sr. DIZON. Señor Presidente, para algunas preguntas al orador. El PRESIDENTE PRO TEMPORE. El orador puede contestar si ·lo desea. Sr. Moscoso. Sí, señor. Sr. DIZON. ¿Puede informarnos Su Señoria cual es el primer efecto que puede producir la aprobación de este proyecto de ley? Sr. Moscoso. Al primer efecto es evitar que los agiotistas o comerciantes puedan engañar a los productores y hacerles que vendan sus productos . por un precio aparentemente según la plaza, pero que el peso de esos productos lo rebajan o lo aumentan. Sr. DIZON. ¿No sabe Su Señoría que esa reducción que imponían los comerciantes compradores se ha establecido desde tiempo inmemorial y aceptado· por lo~ vendedores, como en el caso de cóprax, la deducción en el peso se ha establecido desde tiempo inmemorial, y ha sido aceptada por los vendedores? Sr. Moscoso. Precisamente, esa es la idea, evitar esas deducciones, porque no parece sino que se da a entender que nuestros productores, al disponer de sus productos. están animados del deseo de engañar al fabricante o al negociante, cuando en realidad de verdad, estos son los que imponía1Cesas deducciones para conseguir ventajas sobre los productores. Sr. DIZON. ¿No cree Su Señorla que tan pronto como se apruebe este proyecto, también los comerciantes compradores pueden rebajar· un poco el precio de las mercancías, calculando la deducción .correspondiente para tal mercancía, y los efectos del proyecto serían ilusorios, por que nadie beneficiaría? Sr. Moscoso. No veo la posibildad ·apuntada por Su Señoría. Mr. DACANAY. Mr. Speaker, will the gentleman yield for sorne questions? El PRESIDENTE PRO TEMPORE. El orador puede contestar, si le place. Mr. Moscoso. Willingly. Mr. DACANAY. According to the title of the bill it would prohibit the imposition of any discount o; reduction in the weight or measure. Does the gentleman from Antique believe, tlíat any tendency to reduce the weight or the measure of any product to be sold, favors the producer? · . Mr. Moscoso. No, sir, on the contrary the reduction of the measurement or of the weight of any particular product makes the dealers also pay less a~ou~t, less price. I.n <?ne wod, they pay tbe pr1ce m the market; with mcrease weight or measurement' they pay more, but they pay less price for Iess weight or measurement. Mr, DACANAY. But the measure would prohibit only any .redu~ion or decrease in the weight or measure, m wh1ch case a producer selling a Iess amount of product for the market price would be favored. · Mr. Moscoso. Well, the idea of the bill is not precisely to favor only the producers but to establish a fixed price for a certain weight of measure. In one word, if.the dealer deals in his product. disposes of his merchandize by réquiring reduced weight or LEGISLATURA FILIPINA 1547 meaSure, that wollld come under the provisions of this bill. Mr. DACANAY. Is it not the pratice of merchants or dealers to inerease the weight of measure of any product purchased by them, or to give allowance for drying or reduction in the weight? Mr. Moscoso. I think that is also the practice. Mr. DACANAY. That is the practice of dealers, especially . those who are buying tobacco. They usually take off a certain number of kilos, giving allowance for the reseco in the drying of tobacco. Does not the gentleman from Antique be!ieve that, instead of prohibiting only the reduction or decrease we should also prohibit the increase? Mr. Moscoso. Personally, I would favor any amendment that may be introduced by the gentleman from La Union to that effect. Mr. DACANAY. Because if the dealers would increase the weight of the product purchased, it would be disfavorable to the producers. · Mr. Moscoso. As 1 have said, I _would be willing to vote with the gentleman from La Union on an amendment to that effect. Sr. PAbARCA. Señor Presidente, para algunas preguntas al orador. El PRESIDENTE PRO TEMPORE. El orador puede contestar, si le place. Sr. Moscoso. Sí, señor. Sr. PALARCA. ¿Ha leído Su Señoría las disposi, cianea de la Ley de Rentas Internas, y ha tenido las mismas en consideración al tratar de informar este proyecto de ley? Sr. Moscoso. Sí, señor, pero la Ley de Rentas Internas, solamente establece penalidad para Jos que miden bajo alguna, deducción según Ja unidad de peso, pero no prohibe las deducciones en cuanto a la cantidad de los productos pesados. Sr. PALARCA. ¿No es verdad que Ja Ley de Rentas Internas fija ciertas unidades de medida para todos Jos productos, de tal modo que el uso indebido de esas unidades de medida está castigado por la Ley de- Rentas Internas? Sr. Moscoso. Sí, señor. Sr. PALARCA. Si ése es el caso, ¿qué finalidad tiene este proyecto de ley ahora? Sr. Moscoso. Evitar que se cometa eso. Hay Ja diferencia, de que la Ley de Rentas Internas pro·· hibe la medición menos o más de lo fijado, según la medida establecida por Rentas Internas. Puede darse el caso de que Ja falta de cumplimiento de esas disposiciones de la Ley de . Rentas Internas, se deba, no precisamente a la voluntad del vendedor, sino a algún defecto de la máquina. En cambio, en este proyecto no ·solamente se establece esa penalidad, sino que se prohibe además, tanto a los productores corno a los comerciantes, exigir eso. . Sr. PALARCA. Voy a referirme solamente al arroz, que es el producto más importante en mi provincia. El peso mareado pOr la ley para el caván de palay, es 44 kilos. Los compradores imponen el peso de 46 para un peso igual a 44. Sr. Moscoso. Esta ley es la que provee .que ellos pesen tal corno deben pesar, pero sin imponer esa deducción. Sr. PALARCA. Al revés, el vendedor lleva su palay para vender al· co~prador, y el comprador impone los 46 kilos por caván, pero legalmente no debe pesar más de 44 kilos; en ese caso resulta perjudicado el Vendedor. Sr. Moscoso. Quisiera decir al Caballero por Tárlac que el Caballero por La Unión ha tocadp precisamente ese extremo, y parece que trata de presentar una enmienda, no ·solamente eon respecto a las deducciones, sino a los aumentos injustamente exigidos. Sr. PALARCA. ¿·Está dispuesto Su Señoría a admitir una enmienda en el sentido de castigar igualmente a todos aquellos compradores que aumentan el peso inareado por la ley, Para defraudar al vendedor? Sr. Moscoso. No tendría inconveniente· en acePtar una enmienda en ese sentido. Mr. FERNANDEZ. Mr. Speaker, will the gentleman yield for sorne questio:ps? El PRESIDENTE. PRO TEMPORE. El orador puede contestar, si le place. Mr. Moscoso. Willingly. Mr. FERNANDEZ. Will the gentleman from Antique kindly inform us what is the standard measure for maguey? Mr. Moscoso. I do not quite well remembei:. it now, but 1 think it is the picu). Mr. FERNANDEZ. How many kilos are there in a picul? Mr. Moscoso. I think we have fixed the picul at 63! kilos. Mr. FERNANDEZ. Well, that refers to copra, does it not? Mr. Moscoso. It refers to everything. That is the standard weight. Mr. FERNANDEZ. With reference to lumber, what is the standard measure? Mr. Moscoso. It is the board foot. Mr. FERNANDEZ. Is not the gentleman aware of the fact that at present the Spanish cubic meter is the standard measure used? Mr. Moscoso. I think it is the English standard measurement which is .followed here, and if 1 remember well, there is a provision in the Interna} Revenue Law fixing tlie standard measuremeñt far lumbe.r. · Mr. FERNANDEZ. I would like to inform the gentleman from Antique that in Palawan, .far instance in figuring out the forest charges to be paid by lumbermen, the standard measurement on which the Bureau of Forestry bases its charges, is the cubic meter, not board foot. - Mr. Moscoso. And what is the point of the gentlema·n from Pala wan ? · Mr. FERNANDEZ. My point Ís this. Does not the gentleman believe it proper to jnsert al! the different standard measurements of the items hlentioned in the bill? Mr. Moscoso. 1 would like to inform the gentleman from Palawan that 1 have no objection to an amendment to that effect, but I think it is out of place in this bill. 1 think we should present another bill fixing the other standard measurements. Mr. FERNANDEZ. But in this case, if we include the standard measurements of the different items mentioned in the same law, the courts of justice 1548 DIARIO DE SESIONES in interpreting the law will be guided by the other items in that law. Mr. Moscoso. I would like to inform the gentleman from Palawan that personally I fear the law lpight be declared unconstitutional, because we are providing in the bill so many items which, according to the Organic Law, should not be done. Mr. FERNANDEZ. No, it is not prov:iding another item, but it is only de:tining the standard measurements of abacá, copra, etc. It is only definmg or expressing in clear terms the standard measurements of these products, . Mr. Moscoso. If the gentleman from Palawan will B::.!~nt t~at amendment, we will consider it in due Mr. FERNANDEZ. What do the words "otros productos" refer to? Mr. Moscoso. Well, they .refer to any product which could be measured by weight. Mr. FERNANDEZ. Agricultura! products? Mr. Moscoso. Y es. Sr. FORMOso. Señor Presidente, para algunas preguntas al orador. El PRESIDENTE PRO TEMPORE. El orador puede contestar, si le place. Sr. Moscoso. Sí, s.eñor. Sr. FORMOSO. Tendría la amabilidad el Caballero por Antique de aclararme las siguientes dudas que yo tengo. Observo de este bill que dice que será con. siderada ilegal la imposición de cualquier descuento o deducción en el peso o medida en las transacciones de venta de varios productos, como, por ejemplo, el tsbaco y la madera. Quiero plantear a Su Señoría una cuestión práctica. Actualmente tenemos una medida, no talmente oficial, para la medición de las maderas, que es el metro cúbico. Ordinariamente un concesionario o dueño de maderas en bruto, que factura 100 metros cúbicos, embarca 100 metros cúbicos y los trae a Manila para la venta. Cuando el dueño o propietario de las maderas ofrece en venta esos 100 metros cúbicos, al hacerse la medición y al hacerse las deducciones de acuerdo con la medición comercial, no precisamente de acuerdo con la medición oficial del Buró Forestal, se convierten los 100 metros cúbicos, en unos 80 ó 70 metros cúbicos. En esta transacción en que vendedor y comprador se sujetan a la deducción de 100 metros cúbicos a 70 metros cúbicos, ¿cree Su Señoría se incurria en penalidad bajo este bill caso de aprobarse? Sr, Moscoso. Si se hubiese fijado el precio ·de esa madera bajo la base de 100 metros cúbicos como dice el Caballero por Cagayán, y luego la venden por otra medida menor, me parece que cae bajo las disposiciones de este proyecto. Sr. FORMO~O. Yo n6 sé si me ha expresado bien. El caso es el siguiente: un concesionario de maderas factura según el Buró Forestsl 100 metros cúbicos de madera que extrae de su concesión; este dueño o concesionario trae la madera facturada en 100 metros cúbicos a Manila para su venta. Busca comprador y ofrece al vendedor su madera que monta a 100 metros cúbicos según la factura oficial. Éste se aviene con el precio, pero no con la cantidad de metros cúbicos, por cuanto que no ha hecho la medición necesaria; pero comprador y vendedor van a ver la madera en bruto y hacen la medición. La medición comercial que se observa en el mercado de maderas es bastante diferente de la medición oficial del Buró Forestal. Ahora biei¡, vendedor y comprador se avienen en que los 100 metros cúbicos facturados por el Buró Forestal no montan a más de 70 metros cúbicos después de hecha la deducción por el banacal, por las orejas, por los ojos y otros defectos de natura de la madera. Ahora bien, esa transacción o avenencia habida entre comprador y vendedor por la reducción de 100 i:netros cúbicos a 70 ¿quiere decir Su Señoría que sería penable de acuerdo con el proyecto? Sr. Moscoso. Personalmente creo que sí. El dejarles en libertad de fijar el precio para cualquier peso en que ellos convengan, sería demasiado arbitrario y las disposiciones del proyecto serían ilusorias. Sr. FORMOSO. ¿No cree Su Señoria que este proyecto sería anticonstitucional, porque pena un convenio habido entre las partes? Sr. 1'Moscoso. Creo que no, bajo, la base de que existe una medida de peso , o unidad de medida, así como en la ley de compensación que hemos.aprobado se disponia que era nulo cualquier convenio entre patronos y Obreros. Sr. FORMOSO. Es verdad, pero en toda contratación civil Su Señoría sabe que la voluntsd de las partes es la suprema ley. Siendo ese el principio fundamental en la contratación civil, no comprendo por qué, Su Señoría ha de penar un convenio habido entre ambas partes sobre el precio y cantidad del objeto vendido. Sr. Moscoso. Creo que cae bajo las disposiciones del proyecto. Si el objeto es deducir el peso, puede hacerse, pero no la unidad de la medida. Sr. FORMOSO. Es que no se trats de reducir la unidad de medida. Sr. Moscoso. Si se reduce, cae dentro de las disposiciones del proyecto. Sr. FoRMoso. ¿No cree Su Señoría que si se llegara a penar ese caso convenido entre comprador y v~ndedor, se pondrían dificultades a muchas transacciones comerci&les? ., Sr. Moscoso. No creo que sea así; la política que informa el proyecto es general y creo que es deber del Estsdo el fijar una unidad de medida. Sr. FORMOSO. ¿Sabe Su Señoría si actllalmente en muchos artículos comerciales, por ejemplo, en la madera, la medida observada o puesta en vigor por el Buró Forestal no se puede imponer en las transacciones comerciales en el mercado local, de tal manera que la medida puesta en vigor por este Buró no viene a ser la medida comercial, ni tampoco puede ser la medida oficial que podemos imponer? Sr. Moscoso. Ése es el punto suscitado por el Caballero por Palawan y él sugirió la idea de que se insertara en el bill una disposición fijando la unidad y medida. Sr. FORMOSO. ¿No cree Su Señoría que antes de aprobarse un proyecto de esta naturaleza, de carácter comei-cial, se debería primeramente aprobar un proyecto tendente a determ~nar cuál es la medida oficial en la cuestión de madera, de tabaco, de azúcar, por e~emplo, citando dónde Jfo hay una verdaLEGISLATURA FILIPINA 1549 dera medición oficial, que debe ser obligatoria para fijado una unidad de peso Y medida, y los· contratado el mundo? tan tes pueden fijar el precio que quieran, pero no Sr. Moscoso. Contestando al Caballero por Caga- pueden decir, por ejemplo, que un pico que vale yán, creo realmente que hace falta un proyecto en 63t kilos, de 62 kilos solamente. · ese sentido. Sr. LAico. ¿Pero no es verdad que es práctica eso Sr. FORMOSO. Con respecto al tabaco, dudo mucho del ;regateo en las tiendas? de la eficacia del bill, toda vez que un quintal de ta- Sr. Moscoso. Precisamente eso es lo que querebaco, según guía oficial, actµalmente pesa dos quin- mas evitar, el regateo en cuanto al peso. tales y medio. Después de algunos meses, con mo- Sr. LAICO. ¿No cree $u Señoria que guarda anativo de la humedad o por haberse mojado parte del logía entre sí el regateo y la reducción del peso? bulto del tabaco, el peso de dos quintales y medio Sr. Moscoso. No, señor. Voy a poner a Su Sese ha aumentado, porque Su Señoría sabe que un ñoría un ejemplo: La libra tiene 16 onzas; Su cuerpo mojado pesa más que un cuerpo seco. Ahora Señoría puede regatear una libra de carne, por ejembien, cuando ese bulto según peso oficial no tenía plo, de 60 centavos a ?'1.20; pero no puede hacer más que dos ·quintales y medio se ofreció en venta que la libra aperezca solamente con 10 u 11 onzas, a un comprador, y al pesarse tiene tres quintales, sino que tiene que cttmplirse la ley en el sentido de ¿quiere decir Su Señoría que habría que castigar que la libra tiene 16 onzas. al dueño del tabaco? Sr. LAICO. Desde luego, concuerdo con los fines Sr. Moscoso. Esa posibilidad está fuera del al- del proyecto, pero estoy pidiendo· estas acla.raciones, canee de las disposiciones del proyecto. Se sabe por que me temo que sea vetado este proyecto. desque eso se debe a circunstancias que no son de la pués de aprobado, porque puede se:r tachado de anvoluntad del dueño. ticonstitucional. Digo esto, porque recuerdo que la Sr. FORMOSO. Pero el peso al tiempo de la venta, ley de la jornada de 8 horas de trabajo, aprobada no es el mismo que el peso anterior. . por el Congreso de los Estados Unidos, fué declaSr. Moscoso. No podemos culpar al 'dueño por el ra~a anticonstitucional, y por tanto ilegal, por el aumento debido a la mojadura. Tribunal Supremo de los Estados Unidos, bajo el Sr. FoRMosp. Suponga Su Señoría que al ve:iderse fundamento de que va contra la libertad de contraese bulto de tabaco, ha aumentado de peso, por ha- tación. berse mojado, pero entre comprador Y vendedor hay . Sr. Moscoso. Es diferente, pol-que no se infringe avenencia en que el peso del bulto es sólam~nte do.i nmguna unidad o base definitiva sobre el número de· quintales y medio, ¿cree Su Señoría que ese acto horas que uno debe _trabajar; y en cambio, en esto del comprador y vendedor sería penable? de las pesas y medidas, tanto en las prácticas coSr. Moscoso. No, señor. Lo que prohibe el pro- merciales como en el Gobie.rno se ha adoptado una yecto es la imposición injusta en la deducción, no unidad determinada que segui;, en el precio, sino en el peso o medida. Sr. FORMOSO. ¿Quién tendría que fija.r el precio? Sr. LAICO. Parece que hay analogía entre esos dos ¿Quiere decir que en toda transacción de venta so- casos, porque, si el Gobierno acepta que por trabajar bre azúcar· o tabaco tendría que intervenir un ern- más de 8 horas el patrono pagara más en el caso pleado de Rentas Internas para comprobar el peso presente, si el comprador impone una ;reducción al 0 la medida? vendedor Y este la acepta, hay convenio en ambos Sr. Moscoso. No necesariamente. En el caso del casos. tabaco, que ha puesto Su Señoría como ejemplo, se Sr. Moscoso. Si señor, pero es un convenio ilíatendería a la verdadera unidad. Sup•mgo c¡ne esos cito, porque h·ay una unidad determinada por la, productos vienen con sus facturas correspondientes. ley, Y en las horas de trabajo, la ley no dice gue el Sr. LAICO. Para algunas preguntas al orador. obrero tiene que trabajar necesariamente cie,rtO El PRESIDENTE PRO TEMPORE. El o.radar puede número de horas. contestar si lo desea. Sr. LAICO. ¿Las distinciones de este proyecto seSr. Moscoso. Si, señor. rían extensivas a la práctica seguida en la venta de Sr. LAICO. El título del proyecto dice que pro- cocos que llaman palio, que quiere decir que en vez hibe la imposición de algun descuento o deducción de que el comprador reciba solamente 1,000 cocos, en el peso o la medida de las transacciones de con- recibe 1,010, es decir, que en vez de reducir el nútroversia, etc. mero, todavía se aumenta? Sr. Moscoso. No señor, es compra venta; fué un Sr. Moscoso. Si no se hace la transacción meerror del copista. <liante peso o medida, no cae ,bajo las disposiciones Sr. LAICO. La ley dice que prohibe la imposición de esta ley. de cualquier descuento Y se pena ese descuento; pero Sr. LAICO. La unidad de medida es la misma nuyo pregunto ¿si esa imposición que hace el compra- meración comenzando desde uno hasta el millar dor la acepta el vendedor, .todavía va a ser p_enado?. Sr. Mo'scoso. Yo creo que no cae bajo las di~poSr. Moscoso. Es una umdad de pes? Y medida que siciones de este proyecto. no s~ puede en~endar; se puede estipula:r. sobre el Sr. LAICO. Supóngase que un comprador de abacá, precio, pero no pueden. hacerse deducczones en en vez de recibir un pico, recibe un pico y 10 cates, cuanto al peso o a la medida. _ , . , que equivale a un pico. En la venta de cocos, en vez Sr. LAICO. ¿ Pe~o no cree Su Senori.a que eso iria de dar 1,000 cocos el comprador recibe 1,010, y se en contra de la libertad de contratación? paga con el mismo pr~cio convenidQ. Sr. MOSCQSO. No hay ninguna libertad c¡ue coar- Sr. ·Moscoso. Su Señoría comprenderá que la ley tar, porque la ley y las· costumbres comerciales han no fija que el abacá se venda por millar. 1550 DIARIO DE SESIONES Sr. LAICO. Y o estoy precisando eso, porque si los productores. de abacá han de gozar de este benefi.cio,. creO' que loa productores de coco deben gozar también del mismo. Sr. Moscoso. Los productores de coco están protegidos por este proyecto, si realizan la transacción por medio de peso o medida. Sr. LAICO. ¿No se podría enmendar este proyecta en este sentido? Sr. Moscoso. No, señor, porque sería peor. Sr. GUINTÓ. Señor Presidente, para algunas preguntas al orador. El PRESIDENTE PRO TEMPORE. El orador puede contestar si le place. Sr. Moscoso. Sí, señor. Sr. GUINTÓ. Parece que Su Señoría ha dado a comprender que el descue_nto o deducción convenida por las partes está también penada por este proyecto.· Sr. Moscoso. Creo que sí. Sr. GUINTÓ. Quiero decir a Su Señoría que la interpretación de la fraseología del proyecto, es que todo aQ.uello que sea objeto de convenio no se pena por este proyecto, porque aquí tenemos esta palabra "imposición." Sr. Moscoso. Francamente, mi opinión personal es esa, que bajo las disposiciones de este proyecto, se pena eso ; pero como nosotros no somos los llamados a interpretar el alcance de lo que estamos .promulgando, yo creo que· ese punto realmente es bastante discutible, pero no nos incumbe aclararlo. Sr. GUINTÓ. ¿Pero no cree Su Señoría que debemos corregir el proyecto si hay necesidad, al objeto de hacerlo más claro? Sr. Moscoso. Si Su Señoría tiene alguna corrección para mejorar el proyecto, no tendremos ningún conveniente en aceptarla. Sr. GUINTÓ. ¿Pero cree Su Señoría que los convenios sobre deducciones están penados, de acuerdo con este proyecto? Sr. Moscoso. Creo que sí, porque la unidad de peso o medida está establecida por la ley, y si ellos ·alteran ese peso o medida, caen bajo las disposicioJ¡es del proyecto. Señor Presidente, pido que el proyecto pase a tercera lectura. El PRESIDENTE PRO TEMPORE. Están en orden ahora las enmiendas al proyecto. ENMIENDA PERFECTO ( G.) Sr. PERFECTO (G.). Señor Presidente, para una enmienda. Propongo que entre las palabras "imposición" y "de" que aparecen en la línea 2 de la página primera, se inserten las palabra:s: "directa o indirecta." El PRESIDENTE PRO TEMPORE. ¿Qué dice el Comité? Sr. Moscoso. El Comité acepta la enmienda. El PRESIDENTE PRO TEMPORE. ¿Hay alguna objeción por parte de la Cámara? (Silencio.) La Mesa no oye ninguna. Aprobada. · ENMIENDA DACANAY Sr. DACANAY. Señor Presidente, para una enmienda en la misma línea. Propongo que después de la palabra "cualquier" se añadan las palabras "aumento o." El PRESIDENTE PRO TEMPORE. ¿Qué dice el Comité? Sr. Moscoso. El Comité acepta la enmienda;El PRESIDENTE PRO TEMPORE. ¿Hay alguna objeción por parte de la Cámara? (Silencio.) La Mesa na oye ninguna. .Aprobada. ENMIENDA LASERNA Sr. LASERNA. Señor Presidente, para una. enmienda. Propongo que entre· las palabras "azúcar" y "madera," que aparecen en la línea 4, página i.~. se.inserten las palabras: "maíz, mongo." El PRESIDENTE PRO TEMPORE. ¿Qué dice el Comité? Sr. Moscoso. El Comité acepta la enmienda. El PRESIDENTE PRO TEMLORE. ¿Hay alguna objeción por parte de la Cámara? (Süencio.) La Mesa no oye ninguna. Aprobada. OTRA ENMIENDA PERFECTO ( G.) Sr. PERFECTO (G.). Señor Presidente, propongo que la cláusula introducida por el Comité, por vía ~: l~~rr:o~~ó~¡;}e ~n~,~~:! ~~~re~iAn d:~ r~~d~to~ las partes contratantes que convengan en un precio menor o mayor que el vigente en plaza, ·si Creen que las condiciones del producto objeto de transacción así lo justifican," Sr. Moscoso. El Comité acepta la enmienda. El PRESIDENTE PRO TEMPORE. ¿Hay alguna objeción por parte de la Cámara? (Silencio.) La Mesa no oye ninguna. Aprobada. ENMIENDA AL TITULO Sr. DACANAY. Propongo, como consecuencia de mi anterior enmienda, que después de · l~ palabra "cualquier" que aparece en el título del proyecto., se añadan las palabras "aumento o." Sr. Moscoso. El Comité acepta la enmienda. El PRESIDENTE PRO TEMFORE. ¿Hay alguna objeción por parte de la Cámara? (Silencio.) La Mesa no oye ninguna. Aprobada. ' ¿Puede pasar el proyecto a tercera lectura? La CÁMARA. Si. El PRESIDENTE PRO TEMPORE. Léase el título. El CLERK DE ACTAS, leyendo : Ley que prohibe la imposición de cualquier aumento o descuento o deducción en el peso o medida de las transacciones de compraventa de abacá, copra, tabaco, maguey. palay, azúcar, maíz, mongo, madera u otros productos. El PRESIDENTE PRO TEMPORE. Los que estén ~on­ formes con el proyecto tal como ha quedado enmendado, tengan la bondad de decir sí. La CÁMARA. Si. El PRESIDENTE PRO TEMPORE. Los que estén en contra, sírvanse decir no. (Silencio.) Aprobado. EXTERMINIO DEI:. "BUD';.,ROT" Sr. V ALDÉS LJONGSON. Señor Presidente, pido que ~e considere ahora el Proyecto de Resolución Concurrente No. 77 de la Cámara, señalado para este día. , ,, El PRESIDENTE. ¿Hay alguna objeción? (Süencio.) La Mesa no oye ninguna. Léase el proyecto de resolución. · LEGISLA TURA FILIPINA 1551 El CLERK DE ACTAS, leyendo: PROYECTO DE RESOLUCIÓN CONCURRENTE NO. 77 DE LA CÁMARA [Preuentlldo por el Representante San Agustin] RESOLUCION CONCURRENTE DISPONIENDO QUE LA OFICINA DE CIENCIAS HAGA LOS ESTUDIOS NECESARIOS PARA EL EXTERMINIO DEL "BUDROT," CON EL FIN DE HALLAR OTRO REMEDIO QUE NO SEA LA DESTRUCCIÓN DEL ARBOL DE COCO Y SOMETA SU INFORME DEL RESULTADO DE SUS ESTUDIOS EN O ANTES DE LA APERTURA DEL PRIMER PERIODO DE SESIONES DE LA OCTAVA LEGISLATURA Flj:.IPINA. Poa CUANTO, la enfermedad del coco, conocida con el nombre de "bud-rot," no está dominada hasta ahora, causando en los coca les los consiguientes estragos; Po~ CUANTO, el remedio recomendado y puesto en práctica por la Oficina de Agricultura es la destrucción del árbol, tan pronto como se noten los síntomas de la enfermedad; Poa CUANTO la siembra del coco está en pleno desarrollo, no sólo en las 'provincias llamadas "cocoteras" sino también en otras debido a su importancia como. producto mercantil e industrial; POR CUANTO si no se extirpa de raiz el mal que ataca nuestros cocale~ ha de llegar el día en que este importante pi'oducto desap¿rezca, al igual· que los cafetos, privándonos así de uno de los medios más poderosos para nuestro desarrollo y progreso economicos; POR CUANTO, el VII Co:rigreso Agrícola de Filipi~as de 1925 en una resolución adoptada recomendó la adopción de la medida prcipuesta en la presente; Por tanto, ru~:n':tiueJ:i' G':a'& c;;a;:¡;i~:p~e:d:~:;,te~:;: :o:ºi~ presente se ordena, a la Oficina de Ciencias, haga una acabada investigación y un detenido estudio de las causas de la enfermedad del coco denominada "bud-rot" y prescriba el remedio adecuado para su exterminio, sin ne_cesidad de acudir a la destrucción del árbol, sometiendo su informe en 0 antes de la apertura del Primer Período de Sesiones de la Octava Legislatura Filipina. Adoptada, El PRESIDENTE PRO TEMPORE. Tiene la palabra el ponente del proyecto. INFORME ORAL DEL PONENTE, SR. VALDÉS LIONGSON Sr. VALDÉS LIONGSON. Señor Presidente, el proyecto de resolución concurrente que acaba de leerse, es muy sencillo y fácil. Los de las provincias cocoteras se quejan contra el medio que el Buró de ~gricultura está adoptando para el exterminio del bud-rot, un bicho que mata y aniquila los cocos, y determina la destrucción del mismo árbol donde están posados estos bichos. Hasta ahora el Buró de Agricultura no ha estudiado debidamente cual es el medio más eficaz pai"a el exterminio de estos insectos. Todo Jo que hace, s,eño:r: Presidente, es; mandar d~struir los árboles que están infestados de estos bichos. Se propone por el presente proyecto de resolución concurrente, que el Buró de Ciencias haga los estudios necesarios, para que en vez de mandar cortar los árboles que estuviesen infestados de esta clase de bichos, se estudien los medios o el remedio para. poderlos exterminar. Sr. KAPuNAN. Señor P~eside)lte, para algunas preguntas al orador. E1I PRESIDENTE PRO TEMPORE. El orador puede contestar, si le place. Sr. VALDÉS LIONGSON. Sí, señor. Sr. KAPUNAN. Quisiera preguntar a Su Señoría si es verdad lo que acabo de oír, de que la plaga del bud-rot se debe a ciertos bichos. Sr. VALDÉS LIONGSON. Tengo entendido que el bud-rot es una clase de bicho o insecto que al posarse y meterse ·entre las hojas o entre los troncos de los árboles de coco, los matan absolutamente, porque creo que tienen estos una salivación tal, que al ponerse en contacto eon la saviá que tienen los árbles de coco, su inmediato resultado es matar el árbol. Sr. KAPUNAN. ¿Se ha podido conseguir algún ejemplar de ese bicho? Sr. V ALDÉS LION«SON. Creo que sí. Mr. MARCOS. Mr. Speaker, will the gentleman yield for sorne questions? El PRESIDENTE PRO TEMPORE. El orador puede contestar, si le place. Mr. VALDÉS LIONGsON. Willingly. Mr. MARCOS. Mr. Speaker, do 1 understand that this Resolution is equivalent to saying that the experts of the Bureau of Agriculture are not doing their duty accordingly? Sr. VALDÉS LIONGSON. No, señor, lo que estaba diciendo es que el Buró de Agricultura hasta ahora no ha encontrado ningún otro remedio eficaz para el exterminio de estos. insectos, más que el hechar abajo los árboles donde se hayan posado y que hayan estado careomiendo estos insectos. Mr. MARCOS. And do 1 understand that there are more able persons in the Bureau of Science to study: the matter than there are in the Bureau of Agriculture? Sr. V ALDÉS LIONGSON. Es posible, dada la naturaleza y el carácter de los estudios que hacen o deben hacer los empleados del Buró de Ciencias, es posible, repito, que puedan encontrar algún remedio para exterminar esta plaga, que constituye un verdadero peligro y una verdadera amenaza para los árboles de coco. El Buró de Ciencias es el que tjene completos todos los aparatos necesarios para hacer un estudio científico y buscar y hallar el remedio para este mal. Mr. MARCOS. Cannot the Bureau of Science do the work without the approval of this Concurrent Resolution, gentleman from Pampanga? · Sr. V ALDÉS LIONGSON. Desde luego no hace falta y si se aprueba una resolución semejante, es para que el Buró de Ciencias hiciese el estudio necesario; pero creo q~~ es mejor que la Legislatura apruebe esta resoluc1on, no ya para demostrar que los representantes constitucionales del país han cumplido con su deber, siendo como es necesaria una medida como ésta, sino también para que el Buró de Ciencias se vea hasta cierto punto compelido u obligado a hacer lo que indirectamente se exige que haga por medio de esta resolución. · ' Sr. LAICO: Señor Presidente, para algunas preguntas al orador. El PRESIDENTE PRO TEMPORE. El orador puede contestar, si le place. Sr. V ALDÉS LIONGSON. Sí, señor. Sr. LAICO. ¿Sabe Su Señoría si el Buró de Ciencias cuenta con personal debidamente calificado y preparado para hacer este trabajo de investigación? 1552 DIARIO DE SESIONES Sr. VALDÉS LIONGSON. Supongo que sí. No lo sé a ciencia cierta, porque sinceramente tengo que confesar que yo no conozco las diversas actividades a que están consagrados los trabajos y los estudios de los funcionarios de esta oficina; pero creo, poco más o menos, que un estudio como el que se requiere en la presente resolución, debe ser de la incumbencia de los funcionarios del Buró de Ciencias. Sr. LAICO. ¿No es cierto que a fin de que los funcionarios del Buró de Ciencias puedan hacer el estudio e investigación de ese mal llamado bud-rot tendrán que constituirse en el mismo lugar donde fos cocos están atacados del mal ? Sr. VALDÉS LIONGSON. Puede ser que hiciera falta, pero también creo yo que podrían valerse de otro medio, cual es el obtener ejemplares, para ser llevados a la misma·Oficina de Ciencias y ser sujetos dichos ejemplares al estudio y examen, mediante los aparatos con que cuenta el Buró. Y aún en el ·caso de que ,hubiese verdadera necesidad de que los funcionarios del Buró se constituyan donde puedan hacer un estudio bueno, sabemos positivamente que el Buró de Ciencias cuenta con el presupuesto necesario para los gastos de viaje del personal encargado de esta clase de estudios. Sr. LAICO. ¿No es cierto que uno de los fines de est~ resolución es conseguir un medio más bien preventivo, porque hasta ahora el medio conocido para cortar el mal es cortar el coco afectado, pero lo que se propone es conseguir cortar el mal, sin cortar el coco? Sr. VALDÉS LIONGSON. Ese es el verdadero objetivo. Sr. LAICO. En este caso, los científicos o bacteriólogos que van a hacer este estudio, tendrán que construir escaleras o aparatos de caña por lo menos, alrededor del coco atacado por el mal, para ver el mal y estudiarlo en el mismo terreno; y esto, natul'.'almente ha de ocasionar muchos gastos, en cantidad mayor de la que tiene el Buró de Ciencias destinada para sus estudios. Sr. V ALDÉS LIONGSON. Yo no sé francamente si los funcionarios del Buró de Ciencias que van a encargarse del estudio han. de necesitar escaleras, como dice el Caballero por Laguna; pero si los han de necesitar o no, eso no es de nuestra incumbencia, porque la Oficina de Ciencias tiene su presupuesto propio para ser invertido en gastos de esta naturaleza. Sr. LAICO. Yo había hecho estas preguntas, no para matar la resolución, sino para hacerla más efectiva. Sr. DIZON. Señor Presidente, para algunas preguntas al orador. El PRESIDENTE PRO TEMPORE. El orador puede contestar, si le place. Sr. VALDÉS LIONGSON. Sí, señor. Sr. DIZON. ¿Su Señoría ha visto alguna vez un médico que para curar una enfermedad tiene que matar al enférmo? Sr. VALDÉS LIONGSON. Francamente, ese es un caso extraordinario; pero si hemos de desarrollar un tema sobre este respecto, creo que podrá darse el caso de que haya. enfermos que padecen de cierta clase de enfermedad, y que para prevenir y evitar su propagación en bien de la comunidad en que viven, se hace necesario el matarles. Pero· este es un caso, como ya digo, sumamente extraordinario, excepcional. Sr. DIZON. i. Y ese es el procedimiento que se adopta por la Oficina de Agricultura, para extirpar el bud-rot, matando los cocos? Sr. VALDÉS LIONGSON. Sí, señor. Sr. DIZON. Su Señoría sabe también que desde 1915 hasta 1923 se han destruido 23,000 árboles de coco. Sr. V ALDÉS LIONGSON. Sí, señor. Sr. DIZON. Su Señoría sabe también que se han cortado coCos, no muertos aún. Sr. VALDÉS LIONGSON. Sí, señor. Sr. DIZON. ¿De modo que la plantación cocotera se expone a desaparecer por ese procedimiento de la Oficina de Agricultura? Sr. VALDÉS LIONGSON. Sí, señor, y por eso es imperativa la aprobación de esta resolución. Mr. DACANAY. Mr. Speaker, will the gentleman yield for sorne questions? The SPEAKER PRO TEMPORE. The gentleman from Pampanga may yield if he ·so desires. Mr. VALDES LIONGSON. Yes, sir. Mr. DACANAY .• The gentleman from· Pampanga, who, I understand is the sponsor of this bill, is aware of the fact that special extEaordinary efforts have already been made to find out, or to discover a remedy for this plant disease called bu<t-rot, and until ilow they have not been able to find any remedy. Is that right? Sr. VALDÉS LIONGSON. No tengo informes al efecto de que se han dado casos para el estudio debido, de poder cortar y extirpar por completo esta enfermedad, llamémosla así, de los árboles de coco, y si se presenta este proyecto, es precisamente con ese fin. Mr. DACANAY. And knowing as the gentleman does, that notwithstanding the existence of ihe Bureau of Science for over fifteen years now', more or less, its offi.cials or scientists rather have not been able to discover any rernedy for the disease? Sr. VALDÉS LIONGSON. Yo no sé si los funcionarios de la Oficiná de Ciencias se han dedicado alguna vez al estudio del remedio necesario para este fin. Y tengo entendido que no. · • Mr. DACANAY. lnasmuch as this does not provide any appropriation, gentleman from Pampanga ... Sr. V ALDÉS LIONGSON. No hace falta, como he dicho, cóntestando a las preguntas del Caballero por Laguna. · Mr. DACANAY. Is it not rather proper for each and everyone of us interested in the discovery of the remedy of this disease to urge the sci.entists of the Bureau of Science to make a special study of this disease instead of .&,pending time approving a Resolution like this? Sr. VALDÉS LIONGSON. Precisarnente·estos son los propósitos de la resolución. Señor Presidente, por las consideraciones expuestas, pedirnos que se vote el proyecto. LEGlSLATURA FlLIPINA 1553 El PRESIDENTE PRO TEMPORE. Se va a votar el proyecto de resolución. Los que estén en favor de dicha resolución, digan sí. (Una mayoría: Sí.) Los que estén en contra, digan no. (Una minoría: No.) Adoptada. MOCIÓN SABIDO Sr. SABIDO. Señor Presidente, pido el consentimiento unánime de fa Cámara para la inmediata consideración del Proyecto de Ley No. · 521 del Senado. El PRESIDENTE PRO TEMPORE. Hay alguna objeción? (Silencio.) La Mesa no oye ninguna. Léase el proyecto. EXTENSIÓN DEL TIEMPO DENTRO DEL CUAL PUEDEN GASTARSE CIERTOS FONDOS DESTINADOS PARA ALGUNAS OBRAS PÚBLICAS. El CLERK DE ACTAS, leyendo: SENATÉ BILL NO. 521 [Introduced by. Senator Villanueva] SXl'LANATORY NOTE The appropriation for the construction of training school for teachers, as a part of the Normal School at Manila, became available, on its release by the Governor-General, January 9, 1926. The preparation of plans and specifications required several months and the projedi, could not be advertised for bids until September 21, 1926. A long delay then ensued due to the fact that no bid was received which was within the appropriation and the question was raised as to the propriety of executing the work by administration. Authority was finally granted to do the work in that manner and construction was started early in 1927. The structure is now 76 per cent complete and, if no interruption occurs, can be finished by the end of the present year and well witbin the appropriation. To stop work and wait for a new appropriation would cause great loss to the Government, not on)y in actual construction costs, but in the resulting lack of use of the building. The Bureau of Education is at present renting a building for the Training School and has not renewed its lease. which expires at the end of the current year on the assurance that the new building will be available for use. Hence, it is imperative that construction be carried forwarded without interruption. Of the appropriation of "'226,000, made in Section 1, paragrapb (ee-4), of .Act No. 3268 for the construction of additional ligbthouses, the amount of P119,000 was set aside for the construction of a lightbouse in Tubbataha Island and 'P60,000 for a similar purpose in Saluag Island, The dwellings in said two islands were completed before July 30, 1927, but work on the construction of the towers could not commence before said date, due to the fact that tbe prepara~~~id!r:tie 1;,.~~':::{Yo/~i!ªe. an:e:@:~:fifft!.?!1: ::~~~:r~d t~ advertise for bids, and the successful bidder, the Atlantic, Gulf and Pacific Co. of Manila, was allowed sixty days for the manufacture of the steel tower for Tubbataha and one hundred fifty days for that for Saluag. The steel tower for Tubbataha was received about the míddle of September, 1927, and is now· being installed in said.,. Island. The steel tower for Saluag will be delivered by the contractor before December 14, 1927, and the work of installation will proceed as soon thereafter as possible. This Act in no way increases the appropriations for these projects and will obviate the losses and delays which will result if work is stopped pending a new appropriation, for which reasons its prompt passage will be of great benefit to the Government. (Sgd.) H. VILLANUEVA Senator ff'om the Eighth District AN ACT EXTENDING THE TIME WITHIN WHICH THE APPROPRIATIONS MADE IN SECTION ONE, PAR·AGRAPHS (ee-1) AND (ee-4) OF ACT NUMBERED THIRTY-TWO HUNDRED AND FIFTY-EIGHT MAY BE EXPENDED. Be it enacted by tite Senate and House of Representati11es of the Philippines in Legislature assembled and by tite authority of tke swme: SECTION l. Any and all unexpended balances of tbe approi:iriation of two hundred seventy thousand pesos made in sect1on one, paragrapb (ee-1), of Act Numbered Thirty-two hundred and fifty-eight for a building for the practfoal instruction of teachers in the practice of their profession, and · of the appropriation of two hundred twenty-five thousand pe'sos made in section one, paragrapb (ee-4), of Act Numbered Thirty-two hundred and fifty-eight for the construction of additional lighthouses are hereby made available for expenditure up to July thirty-first, nineteen hundred and twenty-eight, any provision of existing law to the contrary notwitbstanding. SEc •. 2. This Act shaII take effect on its approval. Approved, 1 hereby certify that the foregoing Bill (S. No. 521, 7th P. L.), was passed by the Senate on October 18, 1927. ( Sgd.) F AUSTINO AGUILAR Secrefo:ry of the Sen.ate El PRESIDENTE PRO TEMPORE. Tiene la palabra el Caballero por Albay. INFORME PRAL DEL SR. SABIDO Sr. SABIDO. Señor Presidente; este es un proyecto que se ha aprobado por el Senado para remediar la situación crítica en que se encuentran las construcciones de la Normal School y algunos faros y boya$. El año pasado, en la ley de Obras Públicas apropiamos la cantidad de '!"300,000 para la construcción de la Normal School de Manila y de algunos faros; pero en la preparación de los planos se empleó bastante tiempo y resulta ahora que no· se ha· podido gastar toda la cantidad hasta el 30 'de julio de este año. Y como la ley de Obras Públicas autoriza dicho gasto· hasta tal fecha, resulta que si no se aprueba este proyecto hoy mismo, tendría que sus-penderse el trabajo mañana mismo, por falta de fondos. Sr. MENDOZA. ¿Por que no se discute este proyecto mañana, en vez de fijar su discusión hoy mismo? · Sr. SABIDO. Porque de no aprobarse este proyecto; mañana mismo se suspenden los trabajos, por falta de fondos. No se trata de ninguna apropiación nueva, sino solamente de autorizar al Gobierno que pueda hacer el release, o sea, gastar la cantidad votada en la ley del año pasado. SUSPENSIÓN DE LA SESIÓN El PRESIDENTE PRO TEMPORE. Se suspende, la sesión. REANUDACIÓN DE LA SESIÓN Se reanuda la sesión. El PRESIDENTE PRO TEMPORE. Tiene la palabra el Caballero por Albay. Sr. SABIDO. Señor Presidente, con las explicaciones ya dadas, y si no hay objeción, pido que el proyecto pase a tercera lectura. 155~ DIARIO DE SESIONES El PRESIDENTE PRO TEMPORE. ¿Pueden pasar el proyecto a tercera lectura? La CÁMARA. Sí. El PRESIDENTE PRO TEMPORE. Léase el título del proyecto. . El CLERK DE ACTAS, leyendo: An Act extending the time within which the appropriations made in section one, paragraphs (ee-1) and (ee-4) of Aet Numbered Thirty-two hundred and fifty-eight may be expended. El PRESIDENTE PRO TEMPORE. Los que estén en. favor del proyecto, digan sí. (Una mayorl,a: Sí.) Los que estén en contra, digan no. (Süencio.) Aprobado. ORDEN ESPECIAL Sr. NEPOMUCENO. Señor Presidente, el Comité de ·Reglamentos solicita una Orden Especial (O. E. No. 93, 7.• L. F.), para que en la sesión de mañana, 19 de octubre de 1927, se considere el Proyecto de Ley No. 3024 de la Cámara; en la del jueves, 20 del actual, los Proyectos de Ley Nos. 1855 y 2960 de la Cántara ; en la del viernes, 21 del presente, los Proyectos de Ley Nos. 2949, 1871 y 2094 de la Cámara; y en la ·del lunes, 24 del actual, los Proyectos de Ley Nos. SOSO y 520 de la Cámara. El PRESIDENTE PRO TEMPORE. ¿Hay alguna objeción a la Orden Especial solicitada por el Comité de Reglamentos? (Süencio.) La Mesa no oye ninguna. Adoptada. ¿Mociones? LEVANTAMIENTO DE LA SESIÓN Sr. BRIONES. Señor Presidente, pido que se levante la sesión y que los asuntos pendientes se pospongan para la sesión de mañana. El PRESIDENTE PRO TEMPO RE. Hay alguna obj eción? (Süencio.) Se levanta la sesión. Eran las 7 .15 p. m.